Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 621921-3-LE26
Adjudicación Informada en portal el
16/3/2026 16:49

En Peñalolén, 16-03-2026
Nro de Resolución 4187-214-300
Vistos
1. Lo dispuesto en el D.F.L. N.° 1/19.653 de 2001 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N.° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 2. Lo dispuesto en la Ley N.° 18.928 de 1990 que fija Normas Sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y su respectivo Reglamento Complementario aprobado por Decreto Supremo N.º 95 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 22 de julio de 2006. 3. Lo dispuesto en la Ley N.° 19.880 de 2003 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 4. Lo dispuesto en la Ley N.° 19.886 de 2003, “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” y su Reglamento Complementario, aprobado por Decreto Supremo N.º 661 del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 12 de diciembre de 2024. 5. Lo dispuesto en la Ley N.° 21.796 Ley de Presupuestos del Sector Público Correspondiente al año 2026. 6. Lo dispuesto en la Resolución N.° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que “Fija Nomas Sobre Exención de Trámite de Toma de Razón”, modificada y complementada por resolución N°8, de 2025, y modificada por resolución N.º 3, de 2026. 7. La Circular de Comando CJE CAF JUR (P) N.° 4182/1618/PLAN EJÉRCITO A-2 de 02FEB2021. 8. La resolución del Director de Logística del Estado DLE AS JUR (P) N.º 4182/378/124/EXENTA de 12ENE2026. 9. La resolución JEFCOM DL (P) N.° 4187/157/238/EXENTA de fecha 24FEB2026, que llama a licitación pública, aprueba bases administrativas, bases técnicas y anexos para la adquisición de “Servicio de Internet para sistema de registro audiovisual para unidades desplegadas en la MZN”, publicadas en el portal mercado público bajo el ID 621921-3-LE26. 10. La resolución JEFCOM DLO (P) N.º 4187/186/271/EXENTA de 04MAR2026, que aprueba las respuestas a las preguntas formuladas por los proveedores de la licitación pública ID 621921-3-LE26, para la adquisición de “Servicio de Internet para sistema de registro audiovisual para unidades desplegadas en la MZN”. 11. La resolución JEFCOM DLO (P) N.º 4187/182/264/EXENTA de 04MAR2026, que designa integrantes de comisión evaluadora para la licitación pública ID 621921-3-LE26. 12. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria Folio N.º 339748-2026 13. La oferta presentada por la empresa oferente RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5. 14. El informe de la Comisión Evaluadora de la Licitación Pública ID 621921-3-LE26 de fecha 11MAR2026. 15. La Matriz de Evaluación de fecha 11MAR2026. 16. El certificado de Estado de Inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile.
Considerando
1. Que, en el marco de la licitación pública ID 621921-3-LE26 aprobada su publicación mediante resolución de Vistos N.° 9, para la contratación de servicios de internet para el sistema de registro audiovisual de cámaras corporales para MZN, el siguiente proponente presentó su oferta técnica y económica en el Sistema de Información y Gestión: OFERENTE RUT RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S A 94.150.000-5. 2. Que, no existieron otras ofertas publicadas en el Sistema de Información y Gestión, ni entregadas fuera del citado Sistema, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 de las Bases Administrativas, siendo éstas las únicas ofertas recibidas por esta Entidad Licitante. 3. Que, se verificaron preguntas y respuestas, las que fueron formuladas y publicadas a través del Sistema de Información y Gestión, conforme al cronograma de la licitación ID 621921-3-LE26, como tal aclaradas las mismas a los oferentes en el portal de compras públicas, y aprobadas mediante resolución de Vistos N.° 10. En dicha resolución tras un error de transcripción, se corrige, aclara y modifica las bases administrativas, en el Artículo 37° de la resolución de “Vistos 9”, conforme a la pregunta N.° 2 realizada, en el siguiente sentido: DONDE DICE: DE LA GARANTÍA DE ANTICIPO Artículo 37: El oferente adjudicado deberá entregar una garantía de almacenamiento del precio total adjudicado con cualquiera de los instrumentos mencionados en el Art. 31° y siguientes, pagadera a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata, considerando los siguientes requisitos: a) Deberá extenderse a nombre de la COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA, incluyendo su RUT Nº 61.101.019-2. b) Debe tener la siguiente glosa: "Para garantizar el almacenamiento del contrato, licitación pública N.° 621921-XX-LP26”. (Si la garantía presentada fuese un vale vista este deberá contar con la referida glosa en el reverso). c) Debe ser por la cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del precio total adjudicado (IVA INCLUIDO). d) Debe tener una vigencia mínima hasta 31 de marzo de 2027, considerando para estos efectos el plazo para que la Unidad emita el correspondiente certificado de recepción conforme final, indicado en el Art. 56° de las presentes bases. Sin perjuicio de lo señalado respecto de la vigencia, los proveedores se obligan a mantener vigente la Garantía de almacenamiento, hasta que se cumplan las condiciones y plazos establecidos para proceder a la devolución. En virtud de lo anterior, si en los 30 días corridos, previos al vencimiento de la garantía en comento, se mantuvieren obligaciones pendientes del proveedor, este deberá renovarla en el plazo señalado por la Institución, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencias que las indicadas en el presente articulado. e) Tratándose de pólizas de garantías, estas deberán indicar en las “Condiciones Particulares” que incluyen dentro de su cobertura las multas y clausulas penales establecidas en el contrato respectivo, así como las acciones o reclamaciones fundadas en lo dispuesto en el Art. 183-A, y siguientes Libro I del Código del Trabajo en Régimen de Subcontratación y de Trabajo en empresas de Servicios Transitorias, incluyendo además que las dificultades entre el asegurado o beneficiario, o cesionario y la aseguradora serán resuelta por los tribunales ordinarios de justicia. La garantía de restitución del almacenamiento deberá ser entregada en dependencias de la División de Telecomunicaciones, ubicada en Avenida Las Perdices 700, Peñalolén, Santiago, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación y la aceptación de la Orden de Compra en el sistema de información y gestión, junto con los antecedentes legales complementarios que sean solicitados por la Institución, conforme se indica en estas bases. Con todo, dicha garantía deberá encontrarse en poder del Ejército al momento de la suscripción del contrato respectivo. DEBE DECIR: DE LA GARANTÍA DE ANTICIPO Artículo 37: El oferente adjudicado deberá entregar una garantía de anticipo del precio total adjudicado con cualquiera de los instrumentos mencionados en el Art. 31° y siguientes, pagadera a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata, considerando los siguientes requisitos: a) Deberá extenderse a nombre de la COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA, incluyendo su RUT Nº 61.101.019-2. b) Debe tener la siguiente glosa: "Para garantizar el anticipo del contrato, licitación pública N.° 621921-2-LE26”. (Si la garantía presentada fuese un vale vista este deberá contar con la referida glosa en el reverso). c) Debe ser por la cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del precio total adjudicado (IVA INCLUIDO). d) Debe tener una vigencia mínima hasta 31 de marzo de 2027, considerando para estos efectos el plazo para que la Unidad emita el correspondiente certificado de recepción conforme final, indicado en el Art. 56° de las presentes bases. Sin perjuicio de lo señalado respecto de la vigencia, los proveedores se obligan a mantener vigente la Garantía de Anticipo, hasta que se cumplan las condiciones y plazos establecidos para proceder a la devolución. En virtud de lo anterior, si en los 30 días corridos, previos al vencimiento de la garantía en comento, se mantuvieren obligaciones pendientes del proveedor, este deberá renovarla en el plazo señalado por la Institución, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencias que las indicadas en el presente articulado. e) Tratándose de pólizas de garantías, estas deberán indicar en las “Condiciones Particulares” que incluyen dentro de su cobertura las multas y clausulas penales establecidas en el contrato respectivo, así como las acciones o reclamaciones fundadas en lo dispuesto en el Art. 183-A, y siguientes Libro I del Código del Trabajo en Régimen de Subcontratación y de Trabajo en empresas de Servicios Transitorias, incluyendo además que las dificultades entre el asegurado o beneficiario, o cesionario y la aseguradora serán resuelta por los tribunales ordinarios de justicia. La garantía de restitución del anticipo deberá ser entregada en dependencias de la División de Telecomunicaciones, ubicada en Avenida Las Perdices 700, Peñalolén, Santiago, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación y la aceptación de la Orden de Compra en el sistema de información y gestión, junto con los antecedentes legales complementarios que sean solicitados por la Institución, conforme se indica en estas bases. Con todo, dicha garantía deberá encontrarse en poder del Ejército al momento de la suscripción del contrato respectivo. 4. Que, se verificaron preguntas y respuestas, las que fueron formuladas y publicadas a través del Sistema de Información y Gestión, conforme al cronograma de la licitación ID 621921-3-LE26, como tal aclaradas las mismas a los oferentes en el portal de compras públicas, y aprobadas mediante resolución de Vistos N.° 10. En dicha resolución tras un error de transcripción, se corrige, aclara y modifica las bases administrativas, en el Artículo 68° de la resolución “Vistos 9”, conforme a la pregunta N.° 3 realizada, en el siguiente sentido: DONDE DICE: Por retraso en la activación del servicio. Artículo 68: Se entenderá por retraso en la activación del servicio de internet para sistema de registro audiovisual de las unidades desplegadas en la Macro Zona Sur, el tiempo transcurrido en días corridos desde la fecha ofertada por el proveedor adjudicado, hasta la fecha de recepción conforme del servicio de internet contratado. En caso de retraso en la activación del servicio de internet para sistema de registro audiovisual para las unidades desplegadas en la Macro Zona Sur contratado, la Jefatura de Comunicaciones aplicará una multa al proveedor adjudicado equivalente al 0.5% (cero coma cinco por ciento) del precio NETO del contrato, por cada DÍA CORRIDO DE RETRASO, hasta que se lleve a efecto la activación en las condiciones convenidas. DEBE DECIR: Por retraso en la activación del servicio. Artículo 68: Se entenderá por retraso en la activación del servicio de internet para sistema de registro audiovisual de las unidades desplegadas en la Macro Zona Norte, el tiempo transcurrido en días corridos desde la fecha ofertada por el proveedor adjudicado, hasta la fecha de recepción conforme del servicio de internet contratado. En caso de retraso en la activación del servicio de internet para sistema de registro audiovisual para las unidades desplegadas en la Macro Zona Norte contratado, la Jefatura de Comunicaciones aplicará una multa al proveedor adjudicado equivalente al 0.5% (cero coma cinco por ciento) del precio NETO del contrato, por cada DÍA CORRIDO DE RETRASO, hasta que se lleve a efecto la activación en las condiciones convenidas. 5. Que, se verificaron preguntas y respuestas, las que fueron formuladas y publicadas a través del Sistema de Información y Gestión, conforme al cronograma de la licitación ID 621921-3-LE26, como tal aclaradas las mismas a los oferentes en el portal de compras públicas, y aprobadas mediante resolución de Vistos N.° 10. En dicha resolución tras un error de transcripción, se corrige, aclara y modifica las bases administrativas, en el Artículo 52° de la resolución de “Vistos 9”, conforme a la pregunta N.° 4 y 5 realizada, en el siguiente sentido: DONDE DICE: Artículo 52: La orden de compra deberá especificar el servicio contratado, indicando su plazo de activación, debiendo efectuarse su aceptación por parte del proveedor adjudicado, dentro del plazo de 3 (tres) días corridos contados desde la notificación de la orden de compra. En el evento que la orden de compra no haya sido aceptada, la Jefatura de Comunicaciones podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. Las obligaciones emanadas de la presente contratación comenzarán a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado y mantendrán su vigencia hasta el 31 diciembre 2026. DEBE DECIR: Artículo 52: La orden de compra deberá especificar el servicio contratado, indicando su plazo de activación, debiendo efectuarse su aceptación por parte del proveedor adjudicado, dentro del plazo de 3 (tres) días corridos contados desde la notificación de la orden de compra. En el evento que la orden de compra no haya sido aceptada, la Jefatura de Comunicaciones podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. Las obligaciones emanadas de la presente contratación comenzarán a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado y mantendrán su vigencia por un periodo de doce meses. 6. Que, en conformidad a lo indicado en el Informe de la Comisión Evaluadora de Visto N.° 14, la oferta presentada por el proveedor RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5, cumple con las exigencias indicadas en las Bases de Licitación Pública ID 621921-3-LE26, por lo que su oferta fue sometida a evaluación conforme a la Matriz de Evaluación de Vistos N.° 15, según los criterios establecidos en el Anexo A de las Bases de Licitación, conforme a lo siguiente: N.º CRITERIO POND. CRITERIO 1. Cumplimiento de requisitos técnicos (CRT) 40% 2. Oferta Económica (OE) 25 % 3. Tiempo de implementación (TI) 17 % 4. Cumplimiento Requisitos Formales (CRF) 7 % 5. Programa de Integridad (PI) 3 % 6. Garantía y soporte postventa (GSP) 5% 7. Experiencia trayectoria Empresa (ETE) 3% TOTAL 100% 7. Que, habiéndose aplicado la Matriz de Evaluación referida, la oferta presentada por el proponente, RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5, obtuvo un puntaje final de 100 puntos, de acuerdo con lo siguiente: Nº CRITERIO POND. CRITERIO PUNTAJE OBTENIDO 1. Cumplimiento de requisitos técnicos (CRT) 40% 40 2. Oferta Económica (OE) 25 % 25 3. Tiempo de implementación (TI) 17 % 17 4. Cumplimiento Requisitos Formales (CRF) 7 % 7 5. Programa de Integridad (PI) 3 % 3 6. Garantía y soporte postventa (GSP) 5% 5 7. Experiencia trayectoria Empresa (ETE) 3% 3 TOTAL 100% 100 Puntos 8. Que, la Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación de Vistos N.° 14, propone adjudicar al proveedor RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5. 9. Que, el oferente RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5, se encuentra en estado hábil (cumple con los requisitos para contratar con el Estado de acuerdo a las causales establecidas en el Reglamento de la Ley N.° 19.886), según certificado de Visto N.° 16. 10. Que, el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria emitido por el Jefe de la Sección Finanzas de la JAL CMP Subrogante, autoriza el uso de la cuenta “Otros Anticipos”, en conformidad al presupuesto aprobado por documento COT VIII/a (P) N.º 10540/434/SD de 02FEB2026, con cargo al Ítem 22.05.007 “Acceso de Internet”, por el monto de dicho certificado indica. 11. Que, los documentos denominados Informe de la Comisión Evaluadora licitación pública ID 62921-3-LE26, que contiene el análisis ejecutado por la comisión evaluadora, más la matriz de evaluación, se adjuntan en el portal mercado publico y se entienden incorporados a la presente resolución.
Resuelvo
1. Adjudicase la licitación pública ID 621921-3-LE26 al proponente RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5, por cumplir con los requisitos exigidos y en virtud del puntaje obtenido en la Matriz de Evaluación y ser la oferta conveniente para los intereses de la Jefatura de Comunicaciones, de acuerdo con lo siguiente: Línea de licitación Precio unitario neto Total IVA incluido Servicios de Internet para sistema de registro audiovisual para cámaras corporales para la MZS. $36.801.094.- $43.793.302.- 2. Dentro del plazo de 8 (ocho) días corridos, contados desde la notificación de la presente resolución, el oferente adjudicado deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la cual deberá ser de ejecución inmediata, a la vista e irrevocable, otorgada en pesos chilenos, por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio final neto ofertado por el adjudicatario, a fin de caucionar su fiel y oportuno cumplimiento con una fecha de vencimiento de 90 (noventa) días corridos posteriores a la fecha prevista para el término del contrato, la que deberá extenderse a nombre del Comando de Educación y Doctrina, incluyendo su RUT N.° 61.101.019-2. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas de la contratación del servicio de internet para sistema de registro audiovisual”. Se deberá adjuntar a este instrumento un certificado de verificación de autenticidad de la entidad financiera emisora que permita validar su trazabilidad de origen, su contenido, y el procedimiento requerido por la entidad emisora para hacer efectivo el citado instrumento valorado. 3. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En el evento en que se otorgue de manera electrónica deberá ajustarse a la Ley N.° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma y ser remitida al correo electrónico adquisiciones.jc@ejercito.cl. 4. Transcurridos los 8 (ocho) días corridos señalados, sin que el proveedor adjudicado haga entrega de la mencionada garantía, se entenderá por este solo hecho que no existe interés de contratar y que revoca o retira su oferta, quedando facultada esta Entidad licitante para dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, o declarar desierta la presente licitación pública, según sea el caso. 5. El oferente adjudicado deberá entregar una garantía de anticipo del precio total adjudicado con cualquiera de los instrumentos mencionados en el Art. 31° y sus siguientes, de las bases de licitación de Vistos N.° 9, modificada mediante resolución de Vistos N.° 10, pagadera a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata, considerando los siguientes requisitos: a) Deberá extenderse a nombre de la COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA, incluyendo su RUT Nº 61.101.019-2. b) Debe tener la siguiente glosa: "Para garantizar el anticipo del contrato, licitación pública N.° 621921-2-LE26”. (Si la garantía presentada fuese un vale vista este deberá contar con la referida glosa en el reverso). c) Debe ser por la cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del precio total adjudicado (IVA INCLUIDO). d) Debe tener una vigencia mínima hasta 31 de marzo de 2027, considerando para estos efectos el plazo para que la Unidad emita el correspondiente certificado de recepción conforme final, indicado en el Art. 57° de las bases de Vistos N.° 9. Sin perjuicio de lo señalado respecto de la vigencia, los proveedores se obligan a mantener vigente la Garantía de anticipo, hasta que se cumplan las condiciones y plazos establecidos para proceder a la devolución. En virtud de lo anterior, si en los 30 días corridos, previos al vencimiento de la garantía en comento, se mantuvieren obligaciones pendientes del proveedor, este deberá renovarla en el plazo señalado por la Institución, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencias que las indicadas en el presente articulado. e) Tratándose de pólizas de garantías, estas deberán indicar en las “Condiciones Particulares” que incluyen dentro de su cobertura las multas y clausulas penales establecidas en el contrato respectivo, así como las acciones o reclamaciones fundadas en lo dispuesto en el Art. 183-A, y siguientes Libro I del Código del Trabajo en Régimen de Subcontratación y de Trabajo en empresas de Servicios Transitorias, incluyendo además que las dificultades entre el asegurado o beneficiario, o cesionario y la aseguradora serán resuelta por los tribunales ordinarios de justicia. La garantía de restitución del anticipo deberá ser entregada en dependencias de la Jefatura de Comunicaciones, ubicada en Avenida Las Perdices 700, Peñalolén, Santiago, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación y la aceptación de la Orden de Compra en el sistema de información y gestión, junto con los antecedentes legales complementarios que sean solicitados por la Institución, conforme se indica en estas bases. Con todo, dicha garantía deberá encontrarse en poder del Ejército al momento de la suscripción de la contratación. 6. Si a la fecha de la aceptación de la Orden de Compra, el proveedor no ha hecho entrega de la mencionada garantía, se entenderá, por este sólo hecho, que no existe interés en contratar y que revoca o retira su oferta. 7. La devolución de la garantía de anticipo no podrá ser solicitada por el oferente adjudicado, antes de la fecha de término de las obligaciones que esta caucione. En este sentido, una vez que se haya emitido el certificado de recepción conforme final del Art. 57° y siguientes de las bases de Vistos N.° 9, el oferente podrá solicitar, a la Jefatura de Comunicaciones mediante carta certificada o correo electrónico, la devolución de esta garantía, en caso de corresponder. La responsabilidad de solicitar la restitución de esta garantía recae absolutamente en el oferente adjudicado. 8. Es preciso que la garantía entregada cuente con un elemento que permita verificar su autenticidad en línea, en caso contrario la Institución podrá solicitar acompañar un documento trazable (con posibilidad de verificación) que formule para estos fines la respectiva Institución financiera emisora del documento, el que debe reflejar expresamente la autenticidad del instrumento presentado. 9. Sin perjuicio de lo señalado respecto a la vigencia, el proveedor deberá mantener vigente la garantía de anticipo hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 10 (diez) días hábiles administrativos previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, éste deberá renovarla, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias indicadas en el Art. 37 de Vistos N. 9, o bien aquella vigencia exigida por la Institución, al momento de solicitar su renovación. Si el proveedor no renovare dicha garantía en el plazo señalado, el Ejército podrá cobrarla administrativamente, a su sola presentación y sin más trámite. El proveedor adjudicado podrá, semestralmente, solicitar la devolución de la garantía de anticipo a contra entrega de una nueva garantía por los saldos pendientes para generar requerimientos, la que deberá ser emitida en las mismas condiciones mencionadas anteriormente. 10. Sin perjuicio de lo señalado, se aplicará lo dispuesto en el artículo 124 y 125 del reglamento complementario de la Ley 19.886. 11. El proveedor adjudicado, deberá aceptar la orden de compra que especifica el servicio contratado, indicando su plazo de activación, dentro del plazo de 03 (tres) días corridos contados desde la notificación de la orden de compra. En el evento que la orden de compra no haya sido aceptada, la Jefatura de Comunicaciones podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. Las obligaciones emanadas de la presente contratación comenzarán a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado y mantendrán su vigencia por un periodo de 12 meses desde la aceptación de la orden de compra. 12. Impútese el gasto que irrogue la presente contratación, a la cuenta “Otros Anticipos” administrada por el COT, en el Ítem presupuestario 22.05.007 “Acceso a Internet”. 13. Elévese la presente resolución al sistema de información establecido en la Ley N.º 19.886 y su Reglamento. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA. 1. Adjudicase la licitación pública ID 621921-3-LE26 al proponente RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S.A., RUT N.° 94.150.000-5, por cumplir con los requisitos exigidos y en virtud del puntaje obtenido en la Matriz de Evaluación y ser la oferta conveniente para los intereses de la Jefatura de Comunicaciones, de acuerdo con lo siguiente: Línea de licitación Precio unitario neto Total IVA incluido Servicios de Internet para sistema de registro audiovisual para cámaras corporales para la MZS. $36.801.094.- $43.793.302.- 2. Dentro del plazo de 8 (ocho) días corridos, contados desde la notificación de la presente resolución, el oferente adjudicado deberá presentar una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la cual deberá ser de ejecución inmediata, a la vista e irrevocable, otorgada en pesos chilenos, por un monto equivalente al 5% (cinco por ciento), del precio final neto ofertado por el adjudicatario, a fin de caucionar su fiel y oportuno cumplimiento con una fecha de vencimiento de 90 (noventa) días corridos posteriores a la fecha prevista para el término del contrato, la que deberá extenderse a nombre del Comando de Educación y Doctrina, incluyendo su RUT N.° 61.101.019-2. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones derivadas de la contratación del servicio de internet para sistema de registro audiovisual”. Se deberá adjuntar a este instrumento un certificado de verificación de autenticidad de la entidad financiera emisora que permita validar su trazabilidad de origen, su contenido, y el procedimiento requerido por la entidad emisora para hacer efectivo el citado instrumento valorado. 3. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En el evento en que se otorgue de manera electrónica deberá ajustarse a la Ley N.° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha Firma y ser remitida al correo electrónico adquisiciones.jc@ejercito.cl. 4. Transcurridos los 8 (ocho) días corridos señalados, sin que el proveedor adjudicado haga entrega de la mencionada garantía, se entenderá por este solo hecho que no existe interés de contratar y que revoca o retira su oferta, quedando facultada esta Entidad licitante para dejar sin efecto la adjudicación original y adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje, o declarar desierta la presente licitación pública, según sea el caso. 5. El oferente adjudicado deberá entregar una garantía de anticipo del precio total adjudicado con cualquiera de los instrumentos mencionados en el Art. 31° y sus siguientes, de las bases de licitación de Vistos N.° 9, modificada mediante resolución de Vistos N.° 10, pagadera a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata, considerando los siguientes requisitos: a) Deberá extenderse a nombre de la COMANDO DE EDUCACIÓN Y DOCTRINA, incluyendo su RUT Nº 61.101.019-2. b) Debe tener la siguiente glosa: "Para garantizar el anticipo del contrato, licitación pública N.° 621921-2-LE26”. (Si la garantía presentada fuese un vale vista este deberá contar con la referida glosa en el reverso). c) Debe ser por la cantidad equivalente al 100% (cien por ciento) del precio total adjudicado (IVA INCLUIDO). d) Debe tener una vigencia mínima hasta 31 de marzo de 2027, considerando para estos efectos el plazo para que la Unidad emita el correspondiente certificado de recepción conforme final, indicado en el Art. 57° de las bases de Vistos N.° 9. Sin perjuicio de lo señalado respecto de la vigencia, los proveedores se obligan a mantener vigente la Garantía de anticipo, hasta que se cumplan las condiciones y plazos establecidos para proceder a la devolución. En virtud de lo anterior, si en los 30 días corridos, previos al vencimiento de la garantía en comento, se mantuvieren obligaciones pendientes del proveedor, este deberá renovarla en el plazo señalado por la Institución, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias y vigencias que las indicadas en el presente articulado. e) Tratándose de pólizas de garantías, estas deberán indicar en las “Condiciones Particulares” que incluyen dentro de su cobertura las multas y clausulas penales establecidas en el contrato respectivo, así como las acciones o reclamaciones fundadas en lo dispuesto en el Art. 183-A, y siguientes Libro I del Código del Trabajo en Régimen de Subcontratación y de Trabajo en empresas de Servicios Transitorias, incluyendo además que las dificultades entre el asegurado o beneficiario, o cesionario y la aseguradora serán resuelta por los tribunales ordinarios de justicia. La garantía de restitución del anticipo deberá ser entregada en dependencias de la Jefatura de Comunicaciones, ubicada en Avenida Las Perdices 700, Peñalolén, Santiago, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación y la aceptación de la Orden de Compra en el sistema de información y gestión, junto con los antecedentes legales complementarios que sean solicitados por la Institución, conforme se indica en estas bases. Con todo, dicha garantía deberá encontrarse en poder del Ejército al momento de la suscripción de la contratación. 6. Si a la fecha de la aceptación de la Orden de Compra, el proveedor no ha hecho entrega de la mencionada garantía, se entenderá, por este sólo hecho, que no existe interés en contratar y que revoca o retira su oferta. 7. La devolución de la garantía de anticipo no podrá ser solicitada por el oferente adjudicado, antes de la fecha de término de las obligaciones que esta caucione. En este sentido, una vez que se haya emitido el certificado de recepción conforme final del Art. 57° y siguientes de las bases de Vistos N.° 9, el oferente podrá solicitar, a la Jefatura de Comunicaciones mediante carta certificada o correo electrónico, la devolución de esta garantía, en caso de corresponder. La responsabilidad de solicitar la restitución de esta garantía recae absolutamente en el oferente adjudicado. 8. Es preciso que la garantía entregada cuente con un elemento que permita verificar su autenticidad en línea, en caso contrario la Institución podrá solicitar acompañar un documento trazable (con posibilidad de verificación) que formule para estos fines la respectiva Institución financiera emisora del documento, el que debe reflejar expresamente la autenticidad del instrumento presentado. 9. Sin perjuicio de lo señalado respecto a la vigencia, el proveedor deberá mantener vigente la garantía de anticipo hasta que se cumplan las condiciones establecidas para proceder a su devolución. En virtud de lo anterior, si en los 10 (diez) días hábiles administrativos previos al vencimiento de la garantía se mantuvieran aún obligaciones pendientes por parte del proveedor, éste deberá renovarla, presentando una prórroga o nueva garantía con las mismas exigencias indicadas en el Art. 37 de Vistos N. 9, o bien aquella vigencia exigida por la Institución, al momento de solicitar su renovación. Si el proveedor no renovare dicha garantía en el plazo señalado, el Ejército podrá cobrarla administrativamente, a su sola presentación y sin más trámite. El proveedor adjudicado podrá, semestralmente, solicitar la devolución de la garantía de anticipo a contra entrega de una nueva garantía por los saldos pendientes para generar requerimientos, la que deberá ser emitida en las mismas condiciones mencionadas anteriormente. 10. Sin perjuicio de lo señalado, se aplicará lo dispuesto en el artículo 124 y 125 del reglamento complementario de la Ley 19.886. 11. El proveedor adjudicado, deberá aceptar la orden de compra que especifica el servicio contratado, indicando su plazo de activación, dentro del plazo de 03 (tres) días corridos contados desde la notificación de la orden de compra. En el evento que la orden de compra no haya sido aceptada, la Jefatura de Comunicaciones podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 (veinticuatro) horas desde dicha solicitud. Las obligaciones emanadas de la presente contratación comenzarán a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado y mantendrán su vigencia por un periodo de 12 meses desde la aceptación de la orden de compra. 12. Impútese el gasto que irrogue la presente contratación, a la cuenta “Otros Anticipos” administrada por el COT, en el Ítem presupuestario 22.05.007 “Acceso a Internet”. 13. Elévese la presente resolución al sistema de información establecido en la Ley N.º 19.886 y su Reglamento. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN PÚBLICA.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social Ejercito de Chile
Unidad de Compra Jefatura de Comunicaciones - JEFCOM
R.U.T. 61.979.900-3
Dirección Av. Las Perdices N° 700
Comuna Peñalolén
Ciudad en que se genera la Adquisición Región Metropolitana de Santiago
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Alex Rojas Bustos
Cargo Supervisor
Teléfono 56-02-26935117
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 621921-3-LE26
Nombre de Adquisición Servicio de Internet para registro audiovisual MZN
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción La Jefatura de Comunicaciones del Ejército de Chile requiere contratar un servicio integral, continuo y administrado de registro audiovisual y transmisión en tiempo real, orientado a apoyar el empleo operativo de unidades desplegadas en la Macro Zona Norte MZN, en el contexto de las Operaciones Militares Distintas a la Guerra MOOTW, como parte integrante de la Red de Mando Operativa del Ejército de Chile. El servicio tendrá por objeto asegurar la captura, transmisión, gestión, almacenamiento, custodia y análisis de evidencia audiovisual, generada a partir del empleo de cámaras corporales HYTERA de propiedad institucional, las cuales constituyen una capacidad previamente adquirida, actualmente desplegada e integrada a los sistemas operativos del Ejército. En este sentido, la contratación busca asegurar la continuidad operativa, interoperabilidad nativa y sostenimiento técnico de dicha capacidad, mediante una plataforma tecnológica especializada, infraestructura de servidores dedicada en territorio nacional y servicios de conectividad subordinados al sistema. Asimismo, la contratación tiene como finalidad fortalecer las capacidades de monitoreo, control y supervisión operativa, mediante la visualización en tiempo real de eventos en terreno, la trazabilidad completa de la información audiovisual y su integración efectiva a los sistemas de mando y control institucionales, garantizando la seguridad de la información, la soberanía de los datos y la disponibilidad permanente del servicio, especialmente en zonas de alta sensibilidad operativa.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 24/2/2026 16:32
Fecha de Cierre 6/3/2026 15:35
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 36.801.094
Monto Neto Estimado del Contrato $ 43.793.302
Análisis de valores de mercado Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
Declaracion de ausencia de conflicto de intereses OMAR CEBALLOS_0.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDeclaración de ausencia de conflicto de intereses OMAR CEBALLOS1037 KB16-03-2026 16:48:37
Declaracion de ausencia de conflicto de intereses JUAN CARLOS SAN.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDeclaración de ausencia de conflicto de intereses JUAN SANCHEZ1023 KB16-03-2026 16:48:16
Declaracion de ausencia de conflicto de intereses ESTEBAN GUTIERR.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDeclaración de ausencia de conflicto de intereses ESTEBAN GUTIERREZ1020 KB16-03-2026 16:47:59
Matriz de evaluación.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTMatriz de evaluación 219 KB16-03-2026 16:46:31
Informe de la comisión evaluadora.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTInforme de la Comisión Evaluadora 1217 KB16-03-2026 16:46:17
Resolución de Adjudicación.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónResolución de adjudicación 5118 KB16-03-2026 16:45:50

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
16357272-9ESTEBAN ANDRES GUTIERREZ PORTALESJEFE DEL DEPARTAMENTO DE REDES ESPECIALES
18017286-6OMAR FERNANDO CEBALLOS MARTINEZOperador Sección Conmutación
13040795-1JUAN CARLOS SANCHEZ ESPINOZAASESOR DE INTERNET
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 83121703 Servicios relacionados con Internet
Especificaciones del Comprador : Servicio de internet para sistema de registro audiovisual MZN
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
94.150.000-5 RAYLEX REPRESENTACIONES Y SERVICIOS S A El sistema de comunicaciones propuesto permite, entre otras funciones, visualizar, enlazar y monitorear las unidades desplegadas en las áreas de operaciones de la respectiva Macro Zona Norte. $ 36801094 1 36801094 Adjudicada

Total Línea

$ 36.801.094



Monto Total Adjudicado $ 36.801.094