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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
3352-5-LE25
Adjudicación Informada en portal el
26/2/2025 8:57
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En
Iquique,
25-02-2025
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Nro de
Resolución
4182-1979-302
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Vistos
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1. El artículo 9 del DFL N° 1/19.653, que “Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
2. La Ley Nº 19.880, que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”.
3. La Ley N° 19.886, “Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestaciones de Servicios” sus modificaciones en la Ley N° 21.634 y su reglamento complementario contenido en el D.S. Nº 661 del 2023, del Ministerio de Hacienda.
4. La Ley Nº 18.928, “Fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes corporales e Incorporales, Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas” y su reglamento complementario, contenido en D.S. Nº 95 del 2006, del Ministerio de Hacienda.
5. Lo establecido en la Ley Nº 19.496, que “Establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores”.
6. Lo dispuesto en la Resolución N° 7 del 29MAR2019 de la Contraloría General de la República, que “Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón”.
7. Lo dispuesto en la Resolución N°14 del 29DIC2022, de la Contraloría General de la República, que determina los montos en UTM., a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujeto a la toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda.
8. Lo consignado en la Resolución DLE AS JUR (P) N.º4182/6787/2208 EXENTA de fecha 31DIC2024, por la cual el Director de Logística del Ejército delega al Director de la Escuela de Caballería Blindada la facultad para efectuar las adquisiciones de bienes corporales e incorporales muebles y contratar o convenir servicios a través de los procedimientos de contratación contemplados en la Ley N° 18.928 y en la Ley N° 19.886 y sus modificaciones con cargo a los fondos presupuestarios asignados al Instituto para el año 2025.
9. Lo dispuesto en la CB UCTEL SECC ABAST COM ALIM (P) N° 4182/6733 y CB UCTEL SECC ABAST COM ALIM (P) N° 4182/6378, donde se solicita realizar adquisición de forraje y alimentación para caballar de la Clase I “Subsistencia” La disponibilidad presupuestaria estimativa, imputados al Ítem 22-01-002 “Para Animales” será de 60.000.000 (Sesenta millones de pesos) IVA incluido subdivididos como se detalla:
- Pellet, alfalfa y sal mineralizada equina por un monto estimado de $50.000.000 (Cincuenta millones de pesos) IVA. Incluido
- Viruta por un monto estimado de $10.000.000 (Diez millones de pesos) IVA. incluido
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Considerando
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1. Que, llegado el día de Recepción y Apertura de las ofertas, se presentaron 05 (Cinco) oferentes para la adquisición de viruta para cama de caballar y alimento para el ganado de cargo de la Escuela de Caballería Blindada
2. Que, la revisión y análisis efectuadas a las ofertas presentadas, en los aspectos formales, técnicos y económicos, en las cuales se consideraron los siguientes criterios de evaluación:
• Precio : 40 %
• Especificaciones Técnicos : 30 %
• Plazo de entrega : 20 %
• Cumplimiento de requisitos formales : 10 %
3. Que, La comisión evaluadora propone dejar fuera del proceso de evaluación a los proveedores AGRÍCOLA VALLE LAS CHILCAS RUT: 76.872.717-1 y PROVEEDORA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS LTDA RUT. 96.607.200-8 ya que ambas empresas han declarado cada una en el número 9 de la declaración Jurada digital, suscrita por el mismo representante legal de ambas empresas, que no forman parte de un grupo empresarial y no están relacionadas en los términos que el Artículo 9 de la Ley 19.886, información falsa ante los antecedentes publicados y quedan eliminados del proceso en conformidad al último párrafo del artículo 7 de las bases de licitación 3352-5-LE25.
4. Que, La oferta presentada por el proveedor IMPORTADORA HEVIA SPA RUT: 76.092.706-6, es declarada inadmisible por no cumplir con la totalidad de los requerimientos técnicos del Anexo N°1 no siendo sujeta a evaluación.
5. Que, La comisión evaluadora procedió a chequear y verificar los antecedentes solicitados en las bases de licitación con respecto a la habilidad y cumplimiento de los antecedentes técnicos y económicos
7. Que, producto del estudio de las ofertas recibidas en la señalada licitación pública, y de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación, se propuso ADJUDICAR la oferta presentada por el oferente SOCIEDAD DE GESTIÓN E INVERSIONES SANTA MÓNICA LTDA., RUT. 76.595.660-9, quien cumplen con los requerimientos administrativos, técnicos y económicos estipulados en las bases de la licitación pública ID. 3352-5-LE25.
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Resuelvo
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1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 3352-5-LE25, ADQUISICIÓN DE VIRUTA Y ALIMENTO PARA GANADO, Existe la necesidad de adquirir Viruta para cama de caballar y alimento para el ganado de cargo de la Escuela de Caballería, tales como: Pellet, Alfalfa y sal equina.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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EJERCITO DE CHILE ESCUELA CABALLERIA QUI
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Unidad de Compra
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Escuela de Caballería Blindada - ESC CBL
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R.U.T.
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61.101.024-9
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Dirección
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Avenida Salvador Allende N° 475
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Comuna
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Iquique
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región de Tarapacá
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Elvis Marcelo Cardenas Agurto
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Cargo
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Supervisor
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Teléfono
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56-02-26935019
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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3352-5-LE25
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Nombre de Adquisición
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ADQUISICIÓN DE VIRUTA Y ALIMENTO PARA GANADO
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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Existe la necesidad de adquirir Viruta para cama de caballar y alimento para el ganado de cargo de la Escuela de Caballería, tales como: Pellet, Alfalfa y sal equina.
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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6/2/2025 14:46
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Fecha de Cierre
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18/2/2025 10:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 49.448.814
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 49.448.814
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Análisis de valores de mercado
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Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.
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Comisión Evaluadora
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| 18273800-k | SEBASTIAN CAVIERES NUÑEZ | Jefe Sección Abastecimiento |
| 19182669-8 | NICOLAS CORDOVA CASTRO | Cdte de la Unidad de Cuartel |
| 16605705-1 | IGNACIO SOTO LEYTON | Subdirector de la Escuela Subrogante |
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Resultado de la Adjudicación
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