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1. Que la Ilustre Municipalidad de Quintero requirió contratar el «Servicio de Suministro de Tala, Poda, Desrame y Retiro de Árboles de la Comuna», mediante licitación pública ID 1202333-45-LE25, en el Portal Chile Compra, conforme a las Bases Administrativas y Técnicas aprobadas por Decreto Alcaldicio N.º 003941, de fecha 26 de mayo de 2025.
2. Que consta en el Certificado de Factibilidad Presupuestaria N.º 192, de la Directora de Administración y Finanzas, la existencia de disponibilidad presupuestaria en la cuenta subtítulo 22 ítem 12 asignación 999 subasignación 002 “Otros Servicios Comunitarios” por un monto de $25.000.000 IVA incluido.
3. Que según el Acta de Apertura de Ofertas del 10 de junio de 2025, se recibieron dos ofertas: de Servicios Nodriza SpA y de Mario Enrique Morales Morales, ambas declaradas admisibles conforme al Informe Técnico N.º 041/2025.
4. Que el referido Informe Técnico acreditó la evaluación de ofertas considerando los criterios, subcriterios y ponderaciones establecidos en las Bases, concluyendo con un puntaje final favorable para Mario Enrique Morales Morales, quien obtuvo la mayor puntuación conforme al procedimiento reglado de evaluación
5. Que el artículo 58 del Decreto Supremo N.º 661 exige que el acto de adjudicación sea fundado, identifique el adjudicatario y el monto adjudicado, incorpore las referencias a la licitación respectiva, el análisis técnico de la propuesta seleccionada y la constancia de disponibilidad presupuestaria, el cual se señala a continuación;
La Comisión de Apertura una vez efectuada la revisión de los anexos, documentos y demás antecedentes presentados por los oferentes en el marco de la presente Licitación Pública, determinó lo siguiente:
1.-El Oferente correspondiente a SERVICIOS NODRIZA SPA presento todos los antecedentes administrativos correspondientes y requerimientos técnicos solicitados para la prestación de la licitación por el “SERVICIO DE SUMINISTRO DE TALA, PODA, DESRAME Y RETIRO DE ARBOLES DE LA COMUNA”, por lo cual, su oferta es declarada ADMISIBLE, de acuerdo a la evaluación correspondiente.
2.- El Oferente correspondiente a MARIO ENRIQUE MORALES MORALES (PODA), presento todos los antecedentes administrativos correspondientes y requerimientos técnicos solicitados para la prestación de la licitación por el “SERVICIO DE SUMINISTRO DE TALA, PODA, DESRAME Y RETIRO DE ARBOLES DE LA COMUNA”, por lo cual, su oferta es declarada ADMISIBLE, de acuerdo a la evaluación correspondiente.
PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN.
El suministro objeto de la presente propuesta se adjudicará al oferente mejor evaluado, considerando los factores y ponderaciones que se señalan a continuación:
Letra Criterio Ponderación
A Valor oferta económica. 15%
B Propuesta Técnica 30%
C Experiencia del oferente en el rubro 30%
D Tiempo de respuesta 10%
E Presencia Local 5%
F Cumplimiento de los requisitos formales 5%
G Programa de Integridad 5%
Por lo tanto, el oferente seleccionado será el que obtenga el mayor puntaje, producto de la sumatoria de todos los puntajes ponderados correspondientes a cada criterio de evaluación, en una escala de puntaje de 0 a 100. Luego, el puntaje asignado se ponderará de acuerdo al porcentaje (x%) del factor correspondiente para cada uno de ellos. El puntaje final resultará de la suma de los puntajes así obtenidos en cada uno de los factores.
FACTOR VALOR OFERTA ECONOMICA 15%.
El puntaje para este criterio se obtendrá usando como base el precio promedio ponderado, entendiendo este como la suma de los precios por cada tipo de árbol dividido por cuatro, para ello se obtendrá el puntaje aplicando la siguiente formula:
Prom (pt)+ Prom (pp)+ Prom (pd) / 4 = Precio Ponderado Promedio Ofertado
Precio Promedio Ponderado Puntaje Asignado
Precio promedio ponderado más bajo 100 puntos
Segundo precio promedio ponderado más bajo 80 puntos
Tercer precio promedio ponderado más bajo 60 puntos
Cuarto precio promedio ponderado más bajo 40 puntos
Demas precios promedio ponderados más bajos 0 puntos
En donde:
P(pt); Precio de tala
P(pp): Precio poda
P(pd): Precio desrame
OFERENTES OFERTAS PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA $125.445 80 12%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES $75.416 100 15%
FACTOR PROPUESTA TÉCNICA 30%.
Se evaluará con el mayor puntaje la propuesta técnica presentada por el oferente que a juicio de la Municipalidad desarrolle mejor todos los puntos expuestos señalados en las Bases Técnicas.
Criterio Puntaje
Mas que suficiente 100 puntos
Suficiente 70 puntos
Deficiente 40 puntos
No presenta 0 puntos
Donde:
Mas que Suficiente: La propuesta técnica presentada por el oferente cumple a cabalidad con todos los puntos y requisitos señalados por la Unidad Técnica en las Bases Técnicas.
Suficiente: La propuesta técnica presentada por el oferente cumple con el estándar mínimo requerido en las bases y desarrolla de manera parcial los puntos y requisitos señalados por la Unidad Técnica en las Bases Técnicas.
Deficiente: La propuesta técnica presentada por el oferente no cumple con el estándar mínimo requerido en las bases y desarrolla deficientemente los puntos y requisitos señalados por la Unidad Técnica en las Bases Técnicas.
OFERENTES CATEGORIA PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA SUFICIENTE:NO CUMPLE CON EL PUNTO 6. VIII Y NO MENCIONA LO SOLICITADO EN EL PUNTO N.4 DE LAS BASES TÉCNICAS. 70 21%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES MAS QUE SUFICIENTE: INDICA TODO LO SOLICITADO EN BASES TÉNICAS. 100 30%
A. FACTOR EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO 30%.
Se evaluarán los años de experiencia comprobada en el rubro de tala, poda y desrame de árboles que tenga el oferente tanto con empresas públicas y privadas. La experiencia deberá ser acreditada por medio de órdenes de compra, facturas, certificados, resoluciones administrativas o decretos alcaldicios de adjudicación, contratos celebrados, además de incluir evidencia fotográfica de trabajos realizados en la materia, esto último, resultará esencial en la acreditación. El oferente deberá acompañar 1 documentos por cada año de experiencia que pretenda acreditar.
Nota: Sólo serán evaluadas los trabajos que se indiquen en el respectivo Anexo y que sean respaldados por documentación adjunta. La evaluación de este criterio se realizará a partir de la tabla siguiente:
Criterio Puntaje
Mas de 5 años de experiencia acreditada en la tala, poda y desrame de arboles 100 puntos
Mas de 3 y hasta 5 años de experiencia acreditada en la tala, poda y desrame de árboles. 70 puntos
Mas de 1 y hasta 3 años de experiencia acreditada en la tala, poda y desrame de arboles 40 puntos
Menos de 1 año de experiencia acreditada en la tala, poda y desrame de arboles 20 puntos
OFERENTES AÑOS ACREDITADOS PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA 3 años 40 12%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES 11 años 100 30%
B. FACTOR TIEMPO DE RESPUESTA 10%.
El puntaje para este criterio se obtendrá de la declaración del oferente en la que debe indicar un plazo de respuesta para comenzar los servicios.
Factor Tiempo de respuesta en general:
El tiempo de respuesta en general: El tiempo de respuesta, está definido como el tiempo comprometido por el oferente desde que se le requiera de la prestación del servicio hasta que comienza la ejecución del mismo. Para tales efectos el oferente deberá señalar detalladamente en su Propuesta Técnica el tiempo respuesta en general.
Criterio Puntaje
Tiempo de 12 horas 100 puntos
Tiempo de 24 horas 75 puntos
Tiempo de 36 horas 50 puntos
Tiempo de 48 horas 25 puntos
Tiempo de respuesta superior a 48 horas 0 puntos
OFERENTES HORAS PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA 12 horas. 100 10%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES 12 horas. 100 10%
C. FACTOR PRESENCIA LOCAL 5%.
Como parte de los factores denominados “alto impacto social” que buscan incluir principios basados en diferentes aspectos, de carácter social e inclusivo, se considera en el presente proceso de propuesta pública la promoción de pequeñas empresas y/o proveedores de la Comuna, lo que se acreditará por medio del domicilio registrado en la patente comercial.
Criterio Puntaje Asignado
Cumple requisito presencia local 100 puntos
No cumple requisitos presencia local 0 puntos
OFERENTES PATENTE COMERCIAL PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA NO PRESENTA 0 0%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES NO PRESENTA 0 0%
D. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5%.
Para la determinación del puntaje en este criterio se considerará toda la información proporcionada por el Oferente, en los anexos, de acuerdo a las presentes Bases.
Criterio Puntaje Asignado
Cumple con todos los requisitos de presentación de antecedentes. 100 puntos
No cumple con todos los requisitos formales de presentación de antecedentes, los presenta incompletos o con errores en su presentación, siendo necesario solicitar aclaración a su oferta. 50 puntos
No presenta los antecedentes asociados con la oferta o no contempla ni salva los errores señalados en las aclaraciones. 0 puntos
OFERENTES POSTULACIÓN PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA ENTREGA COMPLETA 100 5%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES ENTREGA COMPLETA 100 5%
E. PROGRAMA DE INTEGRIDAD O CUMPLIMIENTO NORMATIVO “COMPLIANCE” (5%)
Para la puntuación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado y acompañado en la oferta. Se entenderá por Programa de Integridad, cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y, si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tiene lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Este criterio de evaluación, podrá ser acreditado presentando al menos uno de los siguientes documentos:
• Certificaciones en materia de cumplimiento normativo o compliance.
• Código de ética, plan o política de integridad o de compliance, o similar, implementado en la empresa.
• Capacitaciones, curso o jornadas en materia de integridad o compliance.
• Plan de integridad junto a declaración de trabajadores que señalen el conocimiento de dicho documento y prácticas de la empresa.
Deberá acreditar, además, por cualquier medio, que el programa es conocido por su personal, tales como correo electrónico dirigido al personal, nómina de trabajadores que den cuenta de haber participado en cursos o jornadas, o cualquier otro medio que acredite dicha circunstancia.
PROGRAMA DE INTEGRIDAD PUNTAJE
Acredita 100 puntos.
No Acredita 0 punto
OFERENTES PROGRAMA PUNTAJE PORCENTAJE
SERVICIOS NODRIZA SPA NO PRESENTA ENTRE DOCUMENTOS ADJUNTOS 0 0%
MARIO ENRIQUE MORALES MORALES NO PRESENTA ENTRE DOCUMENTOS ADJUNTOS 0 0%
TOTAL, PUNTAJE PONDERADO:
O FERENTE Valor oferta económica. Propuesta Técnica Experiencia en el rubro Tiempo de respuesta Presencia Local Requisitos Formales Prog. Integridad Total
SERVICIOS NODRIZA SPA 12% 21% 12% 10% 0% 5% 0% 60%
MARIO ENRIQUE MORALESRALES MORALES 15% 30% 30% 10% 0% 5% 0% 90%
CONCLUISIÓN
“En consideración a los antecedentes acompañados y al análisis efectuado en el presente Informe de Evaluación Técnica, correspondiente a la Licitación Pública ID 1202333-45-LE25, denominada “Servicio de Suministro de Tala, Poda, Desrame y Retiro de Árboles de la Comuna”, la Comisión Técnica de Evaluación formula la siguiente recomendación:
Adjudicar la mencionada licitación al oferente don Mario Enrique Morales Morales, RUT N.º 15.393.635-8, cuya propuesta se ajusta cabalmente a los requerimientos técnicos y administrativos establecidos en las Bases de Licitación y ha obtenido la más alta calificación conforme al procedimiento de evaluación definido.
El monto adjudicado asciende a la suma de $25.000.000 (veinticinco millones de pesos), IVA incluido, imputable al subtítulo presupuestario correspondiente. La vigencia del suministro se extenderá desde la fecha de emisión de la respectiva Orden de Compra, debidamente aceptada por el proveedor, y hasta el 31 de diciembre de 2025, o bien hasta la extinción total del valor adjudicado, según ocurra primero.”
6. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 117 del Decreto Supremo N.º 661, de fecha 3 de junio de 2024, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 19.886, la formalización de la adquisición del suministro correspondiente se efectuará mediante la emisión de la respectiva Orden de Compra y su aceptación por parte del proveedor, acto que perfecciona la relación contractual.
7. Que, de conformidad con lo prescrito en el artículo 4º de la Ley N.º 20.730, sobre Lobby, son considerados sujetos pasivos de dicha normativa las autoridades y funcionarios públicos que se indican en su numeral 7, comprendiendo expresamente a los integrantes de las Comisiones Evaluadoras constituidas en el marco de la Ley N.º 19.886, exclusivamente respecto del ejercicio de tales funciones y durante el período en que formen parte de dichas Comisiones.
8. Que, en mérito de los fundamentos precedentemente expuestos, de la documentación examinada y de la normativa legal aplicable, en especial la Ley N.º 19.886 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 661 de 2024, así como las atribuciones que confiere la Ley N.º 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, corresponde resolver en los términos que se dispondrán a continuación.
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