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Los intereses y necesidades del Hospital San Juan de Dios, en adelante, también indistintamente “HSJD” o “HSJD-CDT”;
lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado, cuyo texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por D.F.L. N° 1/19.653 de 2001, del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia; el D.L. 2.763/79, cuyo texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el
D.F.L. Nº 1, de 2006, del Ministerio de Salud; la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios y sus posteriores modificaciones y su Reglamento Decreto 661 de 2024; la Ley N°21.634, que
moderniza la Ley N°19.886, la ley 20.416 que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño; La Ley N°
20.880 sobre probidad en la función pública y prevención de conflictos de intereses y otras leyes; Ley de Presupuesto
para el Sector Público; el artículo 16 del D.L. 1.263 de 1975 del Ministerio de Hacienda, Orgánico de Administración
Financiera del Estado; el artículo 56 de la Ley Nº 10.336 Orgánica Constitucional de la Contraloría General de la
República; el artículo décimo quinto transitorio de la Ley N° 19.937, modificado por el artículo 1º de la Ley Nº 20.319,
mediante el cual se otorga por el solo ministerio de la ley la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red al Hospital
San Juan de Dios a contar del 31 de enero de 2010; y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 22 y 23
del D.S. Nº 38/2005 y el artículo único del D.S. Nº 823/99, ambos del Ministerio de Salud; las facultades que confieren la
Resolución Exenta N° 116395/122/2023 de fecha 17 de Abril de 2023, que recae en Doña Alis Rossana Catalán Araya;
las facultades que confieren la Resolución Exenta N°05635 de fecha 08 de mayo de 2025, que establece primer orden de
Subrogancia a Don Juan Carlos Piñeiro, en segunda orden de Subrogancia a Don Rodrigo Bravo Gajardo y tercer orden
de Subrogancia Jorge Karmi Román, cuando corresponda; la ResoluciónExenta Nº 07794 de fecha 6 de junio de 2024,
que delega facultades que se indican en el Subdirector Administrativo; Y lo previsto en la Resolución N.º 36 de 2024 de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
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1. Que, el Hospital San Juan de Dios - CDT es un Establecimiento Autogestionado en Red (EAR), cuyo principal deber es
la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud, así como también, la
rehabilitación y cuidados paliativos de las personas enfermas, como parte de la Red Asistencial del Servicio de Salud
Metropolitano Occidente.
2. Que, el Hospital forma parte del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, atendiendo a los usuarios de las comunas
ubicadas en el Sector Occidente de la Región Metropolitana, lo que contempla una población estimada de 1.200.000
personas.
3. Que, para el cumplimiento de la función que le corresponde a este establecimiento, es necesario que la dirección
adopte medidas en orden de mantener la continuidad en la provisión de “SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD
DE URGENCIAS” PARA EL HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS-CDT.
4. Que, en este contexto, el Hospital San Juan de Dios-CDT necesita el “SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD
DE URGENCIAS”, los cuales no se encuentran disponibles en el catálogo electrónico de bienes y servicios del portal
www.mercadopublico.cl (Convenio Marco). Según revisión realizada el día 12 de enero de 2026.
5. Que, con fecha 22 de diciembre de 2025, se publicó en el Sistema de Información de la Dirección de Compras
Públicas la Resolución Exenta N° 15237/2025, de fecha 19 de diciembre de 2025, aprobatoria de las Bases de
Licitación Privada para la contratación de “SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS” PARA EL
HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS-CDT, bajo el ID 1641-636-CO25, desarrollándose el proceso de acuerdo a las etapas y
plazos publicados en la ficha de la licitación.
6. Que, entre el 22 y el 30 de diciembre de 2025, se desarrolló la etapa de preguntas y respuestas, donde se
presentaron las siguientes consultas:
N° PREGUNTA RESPUESTA
1
Respecto a la autenticación de usuarios en la red inalámbrica, ¿se
requiere que la solución soporte integración con el Active Directory
del Hospital mediante protocolo RADIUS (WPA2/WPA3
Enterprise)? Esto con el fin de permitir que el personal asistencial
utilice sus credenciales institucionales para el acceso.
El hospital no cuenta con Active Directory
2
¿El Hospital dispone actualmente de un servidor RADIUS
configurado o el adjudicatario deberá proveer e implementar dicha
infraestructura para la validación de usuarios?
La provisión, instalación, configuración e implementación de la
infraestructura necesaria para la validación de usuarios es
responsabilidad de los oferentes.
3
Sobre la "Administración de Firewall incluido" mencionada en el Art.
22, ¿el Hospital requiere acceso de lectura/escritura para su equipo
de TI local, o la administración será 100% delegada al proveedor
(Managed Service)?
La administración de Firewall es de responsabilidad del proveedor.
Se solicita acceso a una cuenta de lectura para el equipo TI del
Hospital
4
¿Se requiere que el Firewall soporte funcionalidades de filtrado de
contenido (Web Filtering) y prevención de intrusiones (IPS) con
perfiles diferenciados para personal médico y pacientes/visitas?
Sí
5
Dado que se solicita un estudio de cobertura basado en inspección
visual, ¿el Hospital proporcionará los planos de arquitectura de la
Unidad de Urgencias en formato digital (CAD o PDF) para realizar
un diseño predictivo de radiofrecuencia más preciso?
El presente proceso de licitación incluye una visita a terreno para
realizar la inspección visual del área de cobertura WiFi. En caso de
ser estrictamente necesario, se pondrán a disposición los planos de
la unidad de Urgencias.
6
¿Las antenas AP deben ser gestionadas mediante una
Controladora (Cloud o On-premise) que permita el roaming fluido
(Fast Roaming) de los equipos médicos móviles sin pérdida de
conexión al desplazarse entre salas?
El oferente podrá proponer la arquitectura de gestión (Cloud o Onpremise)
que estime conveniente, siempre que asegure un roaming
fluido sin pérdida de paquetes para los dispositivos móviles.
7
¿Se requiere que los Access Points (AP) soporten el estándar
mínimo WiFi 6 (802.11ax) para asegurar la densidad de dispositivos
y el rendimiento en una zona de alta criticidad como Urgencias?
Sí
8
Para garantizar el Uptime del 99%, ¿el Hospital cuenta con
redundancia eléctrica (UPS/Grupo Electrógeno) en los puntos
donde se instalarán los equipos de comunicaciones, o el proveedor
debe incluir soluciones de respaldo energético local para cada
equipo propuesto?
Si bien el establecimiento cuenta con un grupo electrógeno, se
requiere que el proveedor instale una UPS para asegurar la
continuidad operativa de sus equipos durante el tiempo de
transferencia y activación del respaldo de energía.
9
Dado que el monto total estimado es inferior a 1.000 UTM, el
Artículo 11.3.2 indica que el contrato se podría formalizar solo
mediante Orden de Compra. ¿Podría el Hospital confirmar si exigirá
la firma de un contrato ante notario o si bastará con la aceptación
de la Orden de Compra para el inicio de los servicios?
Estimados, si bien existe la posibilidad de formalizar contrataciones
menores a 1.000 UTM a través de OC, lo más probable es que la
formalización se realice mediante la suscripción del contrato.
10
El Artículo 14.3 establece una multa del 5% del monto mensual por
falta de disponibilidad después del tiempo de recuperación. ¿Se
eximirá al proveedor de esta multa en casos de fuerza mayor, como
cortes de fibra óptica por terceros ajenos a la empresa o eventos de
vandalismo debidamente acreditados?
Se considerará la exención de multas únicamente en casos de
fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a la legislación vigente,
siempre que dichos eventos sean debidamente acreditados por la
autoridad competente y se demuestre que el proveedor agotó todas
las instancias técnicas para mitigar la falta de disponibilidad. Cortes
de fibra por terceros o vandalismo serán evaluados caso a caso.
11
El Anexo 2 exige un "Certificado de factibilidad técnica de
instalación". ¿Este certificado debe ser emitido por el propio
oferente tras la visita a terreno o se refiere a un documento emitido
por una entidad externa?
Certificación de Factibilidad Técnica, elaborada por el oferente tras la
inspección visual en terreno.
12
Con relación al Alcance del servicio, considerando que, el hospital
no garantiza cantidades mínimas ni stock fijo, favor confirmar si la
contratación será realizada a un oferente o esta podrá ser parcial a
diferentes oferentes.
Estimados, la contratación será con un solo proveedor.
13
Con relación al Alcance del servicio, considerando que, el hospital
no garantiza cantidades mínimas ni stock fijo ¿Será requerido que
el servicio sea dimensionado por el oferente?
El proceso de licitación contempla una visita a terreno por parte de
los oferentes para la elaboración del estudio de cobertura
correspondiente.
14
Con relación al Alcance del servicio, favor indicar requerimientos
técnicos mínimos de la red inalámbrica (velocidad, cobertura,
estándares Wi-Fi, seguridad, redundancia, etc.).
Estimados, requerimientos definidos en las bases de licitación
15
Con relación al Alcance del servicio, favor confirmar que, el servicio
requerido debe considerar la totalidad del equipamiento por parte
del oferente.
Sí
16
Con relación al Alcance del servicio, favor indicar si Hospital cuenta
con equipamiento Switch LAN PoE para energizar la totalidad de
equipos Access Point WIFI o si estos deberán ser considerados por
el oferente.
Considerados por el ofertante.
17 ¿Hospital aceptará energizar los equipos Access Point mediante
Power Injector? Sí
18
Con relación al Alcance del servicio, favor indicar la cantidad de
usuarios simultáneos promedio que se deben atender con esta
solución.
Aproximadamente 150 usuarios
19
Favor informar si el servicio debe integrarse con la infraestructura
tecnológica actual del hospital (red cableada, servidores, sistemas
clínicos).
No
20 De ser afirmativa la respuesta anterior, favor detallar los servicios a
los cuales se deberá integrar la solución. No aplica
21 ¿Qué equipamiento y servicios actualmente posee Hospital para
iluminar con servicio WIFI sus dependencias? Estimados, remitirse a las bases de licitación
22
¿El servicio que Hospital requiere, incluye la instalación de
equipamiento físico (Access Points, routers, switches) o solo la
administración de la red existente?
Estimados, requerimientos técnicos definidos en las bases de
licitación
23 ¿Qué estándares técnicos mínimos se requieren para la red
inalámbrica (ej. Wi-Fi 6, portal cautivo, analítica de datos, cobertura)
Wi-fi 6, Portal Cautivo, Analítica de datos. La solución debe
garantizar una cobertura del 100% en las áreas licitadas.
24
¿Qué medidas de seguridad mínima serán requeridas para la
iluminación WIFI (cifrado WPA3, autenticación con credenciales
institucionales, segmentación de red)?
WPA3/WPA2, segmentación de red, implementación de filtrado por
direcciones MAC para dispositivos médicos fijos y políticas de firewall
perimetral (NGFW) para el control de tráfico sospechoso.
25
¿El servicio debe integrarse con la infraestructura tecnológica
existente del hospital? Si es así, ¿qué compatibilidades deben
asegurarse a nivel de marca o protocolos actuales?
Red independiente.
26 ¿Qué equipamiento actualmente poseen para garantizar la
seguridad perimetral de la red? Estimados, remitirse a las bases de licitación
27
¿Requieren migrar u homologar los actuales parámetros de los
equipos Firewall a la nueva solución, o el Hospital será el
encargado de esta capa de la red?
Estimados, remitirse a las bases de licitación
28
De ser responsabilidad del oferente la capa de seguridad perimetral,
favor indicar los alcances mínimos requeridos o esperados sobre la
seguridad perimetral de la red.
"Protección contra amenazas externas: Firewall de próxima
generación (NGFW). Control de acceso: Autenticación segura,
filtrado por IP/MAC. Monitoreo: IDS/IPS, alertas en tiempo real.
Redundancia: Alta disponibilidad en dispositivos críticos.
Cumplimiento: Estándares como ISO 27001, buenas prácticas de
seguridad."
7. Que, con fecha 02 de enero de 2026, y una vez finalizada la etapa de preguntas y respuestas del proceso licitatorio, se
verificó el cierre de las ofertas, registrándose en la etapa de apertura, lo siguiente:
a) Acta de Apertura electrónica (en Mercado Público)
b) Detalle de la Apertura
PROVEEDOR RUT PROVEEDOR TOTAL OFERTA
BRUTO
DENTRO DE
PPTO. (SÍ/NO)
ANEXOS
OBL.
(SÍ/NO)
ACEPTADA O
RECHAZADA CAUSAL
GTD TELEDUCTOS S.A. 88.983.600-8 $30.844.800 SÍ (ESTIMADO) SÍ ACEPTADA N/A
NOTA: El monto ofertado por el proveedor ($30.844.800) supera en un 29,79% aprox. el presupuesto ESTIMADO
establecido para esta licitación ($23.764.398), lo cual se encuentra dentro del margen del 30% que se considera admisible
de acuerdo al punto 2.2 de las bases aprobadas mediante Resolución Exenta 15237/2025.
8. Que, en este proceso de establecieron los siguientes criterios de evaluación:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
Admisibilidad Técnica Admisibilidad
Requisitos Formales 3%
Criterio Económico 60%
Criterio Técnico 37%
9. Que, las bases, en el numeral “9.5 Errores u omisiones / Falta de certificaciones o antecedentes durante la
evaluación”, contemplaban la posibilidad de solicitar a los proveedores mediante foro inverso, aclarar el contenido de sus
ofertas o presentar antecedentes omitidos o aclaraciones de las propuestas, con el objeto de tener mayores antecedentes
para la evaluación de las ofertas. En la presente licitación no se solicitó la aclaración de antecedentes.
10. Que, el ACTA DE APERTURA E INFORME DE EVALUACIÓN DE OFERTAS PARA LA ADQUISICIÓN DE
“SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS” SEGÚN ID 1641-636-CO25, de fecha 08 de enero de
2026, contiene todos aquellos antecedentes, anexos y garantías que presentaron los oferentes en la Plataforma Mercado
Público, en el ID 1641-636-CO25, y que formaron parte integral de la evaluación y de la presente Resolución.
11. Que, se realizó el proceso de evaluación por parte de la Comisión de acuerdo a los criterios definidos en el
considerando anterior, generándose los siguientes totales:
ÍTEM N° 1: “SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS”, SEGÚN ID N°1641-636-CO25
PROVEEDOR RUT
Criterio
Económico
(60%)
CRITERIO
ADMINISTRATIVO CRITERIO TÉCNICO DESCUENTO PUNTAJE
Requisitos TOTAL
Formales
(2%)
Código de
ética para
proveedores
del Estado
(1%)
Plazo de
instalación
(27%)
Tiempo de
recuperación
(10%)
Multas
aplicadas en
ficha de
proveedores
Multas
aplicadas y
término de
contrato en
HSJD
GTD
TELEDUCTOS
S.A.
88.983.600-8 60 2 1 27 10 -1 0 99
12. Que, de acuerdo a la evaluación realizada en conformidad con las bases del proceso, y lo dispuesto en la Ley
Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y el Decreto N° 661 del año
2024 del Ministerio de Hacienda que aprueba reglamento de la citada ley, la Comisión Evaluadora propone a esta
Dirección del Hospital San Juan de Dios adjudicar la licitación privada para la contratación del “SERVICIO DE RED
INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS”, ID 1641-636-CO25, al proveedor GTD TELEDUCTOS S.A., RUT:
88.983.600-8, la suma total de $30.844.800.- (treinta millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos pesos)
IVA incluido, según lo que se indica:
GTD TELEDUCTOS S.A.
ITEM N°1: SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS
ÍTEM CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR NETO
MENSUAL
VALOR NETO 36
MESES
1 10-013-004-0125 SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE
URGENCIAS $720.000 $25.920.000
VALOR TOTAL NETO $25.920.000
IVA $4.924.800
VALOR TOTAL BRUTO $30.844.800
13. Que, el siguiente proveedor se encuentra hábil para contratar con el Estado, según certificado de habilidades extraído
del Portal de Mercado Público:
NOMBRE PROVEEDOR RUT PROVEEDOR FECHA CERTIFICADO HABILIDAD
GTD TELEDUCTOS S.A. 88.983.600-8 12 de enero de 2026
14. Que, en razón de lo expuesto:
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1. RATIFÍQUESE, la recomendación elaborada por la Comisión Evaluadora en el “ACTA DE APERTURA E INFORME
DE EVALUACIÓN DE OFERTAS PARA LA ADQUISICIÓN DE “SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE
URGENCIAS” SEGÚN ID 1641-636-CO25 de fecha 08 de enero de 2026.
2. ADJUDÍQUESE, la licitación privada para la contratación del “SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE
URGENCIAS”, ID 1641-636-CO25, por 36 meses contados desde la instalación, o hasta agotar el presupuesto
adjudicado, lo que ocurra primero, según lo que se indica:
ÍTEM N°1: Se propone adjudicar al proveedor GTD TELEDUCTOS S.A., RUT: 88.983.600-8, el monto total de
$30.844.800.- (treinta millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos pesos) IVA incluido según la
distribución indicada:
GTD TELEDUCTOS S.A.
ITEM N°1: SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS
ÍTEM CÓDIGO DESCRIPCIÓN VALOR NETO
MENSUAL
VALOR NETO 36
MESES
1 10-013-004-0125 SERVICIO DE RED INALÁMBRICA UNIDAD DE
URGENCIAS $720.000 $25.920.000
VALOR TOTAL NETO $25.920.000
IVA $4.924.800
VALOR TOTAL BRUTO $30.844.800
3. APRUÉBESE, el monto total adjudicado para la presente adquisición $30.844.800.- (treinta millones ochocientos
cuarenta y cuatro mil ochocientos pesos) IVA incluido, el cual posee una duración de contrato por 36
meses contados desde la instalación, o hasta agotar el presupuesto adjudicado, lo que ocurra primero, de acuerdo al
ACTA DE APERTURA E INFORME DE EVALUACIÓN DE OFERTAS PARA LA ADQUISICIÓN DE “SERVICIO DE RED
INALÁMBRICA UNIDAD DE URGENCIAS” SEGÚN ID 1641-636-CO25, de fecha 08 de enero de 2026.
4. FORMALÍCESE, la presente adjudicación mediante la suscripción del contrato correspondiente.
5. DESÍGNESE, como administrador del contrato a quien ejerza el cargo de “Supervisora de Licitaciones” o a quién
subrogue según resolución, para velar por el cumplimiento de las obligaciones contraídas por la presente contratación.
6. CONSIDÉRESE, el gasto que se autoriza por la presente resolución, según el clasificador presupuestario para los años
2026, 2027, 2028 y 2029 al ítem presupuestario 22.05.008 “Enlaces de Telecomunicaciones” del Hospital San Juan de
Dios – CDT, en concordancia con certificado de Disponibilidad Presupuestaria emitido por Jefatura de CR Administración
y Finanzas del Hospital.
7. INSTRÚYASE, al proveedor adjudicado, según corresponda, para presentar boleta de garantía de fiel cumplimiento del
contrato en la oportunidad establecida en las bases de licitación.
8. PUBLÍQUESE, la presente Resolución en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, en la
Licitación Privada ID 1641-636-CO25, a fin de cumplir con los requisitos de la Ley de Compras Públicas y su
Reglamento.
9. TÉNGASE PRESENTE, que la presente Resolución, conforme a lo establecido en la Ley N° 19.886 y su Reglamento,
producirá efectos a contar de las 24 horas transcurridas desde su notificación en el Sistema de Información de la
Dirección de Compras Públicas
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