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1. La Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y el Reglamento de dicha Ley y sus modificaciones posteriores.
2. Decreto Alcaldicio N°007 del 31 de diciembre de 2024, que aprueba el reglamento de compras públicas de la Municipalidad de Villa Alegre.
3. Decreto Alcaldicio N°2652 del 31 de diciembre de 2024, que aprueba Presupuesto Municipal 2025.
4. Decreto Alcaldicio N°2572 del 06 de diciembre de 2024, a través del cual se efectúa nombramiento
del Sr. Alcalde de la comuna de Villa Alegre don ARTURO PALMA VILCHES.
5. Decreto Alcaldicio N° 36 del 14 de enero de 2025, mediante el cual se Delega la firma en el Sr.
Director Comunal de Planificación y sus suplentes o subrogantes para autorizar y firmar las
adquisiciones del Municipio bajo la fórmula "Por orden del Sr. Alcalde" y el decreto alcaldicio N°88
del 17 de enero de 2025, donde se establece que la delegación comienza a regir a partir del 20 de enero
de 2025.
6. Decreto Alcaldicio N°2378 del 09 de diciembre de 2025, mediante el cual se aprueba bases y
designa comision evaluadora de la licitación pública "CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE
ELABORACIÓN DEL PLAN COMUNAL PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE
DESASTRES".
7. Decreto Alcaldicio N° 2445 del 18 de diciembre de 2025, mediante el cual se modifica comisión
evaluadora.
8. Decreto Alcaldicio N° 2487 del 29 de diciembre de 2025, que modifica fecha de adjudicación de la
licitación pública "CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ELABORACIÓN DEL PLAN
COMUNAL PARA LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES".
9. Las facultades que me confiere la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus
modificaciones posteriores.
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1. Que, se recibió correo electrónico del Director de Servicios Generales, donde se requiere la
"CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ELABORACIÓN DEL PLAN COMUNAL PARA
LA REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES".
2. Que, el municipio requiere de la contratación de estos servicios de una consultora encargada
de ejecutar el proyecto de Elaboración del Plan Comunal para la reducción del Riesgo de Desastres de
la comuna de Villa Alegre (PRRD) en el marco de la Ley 21.364, el que será financiado conrecursos provenientes del Servicio Nacional de Prevención y Respuesta de Desastres (SENAPRED).
3. Que, cuenta con un presupuesto estimado de $7.000.000 (Siete millones de pesos) IVA Incluido
el cual se cargará al ítem presupuestario 214-05-24-043 “CONVENIO SENAPRED”, según consta
en Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°190, entregado por el jefe de Finanzas.
4. Que, artículo 29 del reglamento señala "Consulta del Catálogo del Convenio Marco. Las
Entidades deberán consultar el Catálogo de Convenio Marco previo de llamar a una Licitación Pública,
llamar a una Licitación Privada, efectuar un Trato Directo o realizar otro procedimiento especial
de contratación, según corresponda; salvo, para el caso de la contratación por Compra Ágil, respecto
de la cual no se requerirá realizar la consulta previa al mencionado catálogo, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley de Compras. Si el Catálogo del Convenio Marco contiene el
bien y/o servicio requerido, las Entidades deberán adquirirlo, en conformidad con el artículo 89
del presente reglamento".
5. Que, la Municipalidad de Villa Alegre a consultado el catalogo de convenios marcos vigentes
de manera previa a realizar cualquier procedimiento de compra de los bienes señalados, considerando
que se trata de una adquisicion superior a 100 UTM, no encontrando disponible ofertas para
estos productos.
6. Que, existiendo recursos disponibles para efectuar la contratación y, de conformidad a
las disposiciones vigentes sobre la materia, es necesario realizar una licitación pública, a través del
portal Mercado Público, con el objeto de adquirir los productos requeridos.
7. Que, según lo establecido en el Artículo 46.- Plazos mínimos entre llamado y cierre de ofertas
del reglamento señala "Cuando el monto de la contratación sea igual o superior a 100 UTM e inferior
a 1.000 UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información de la Dirección con
una antelación de a lo menos diez días corridos anteriores a la fecha de cierre de las ofertas. No
obstante, el plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta cinco días corridos en el
evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y
que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas".
8. Que, la evaluación de las ofertas debe ser realizada por una comisión designada mediante Decreto
Alcaldicio, la que deberá estar conformada por al menos 3 funcionarios públicos y excepcionalmente
podrán considerarse personas ajenas a la administración como Honorarios, pero en una cantidad
inferior, todos ellos sin conflictos de interés con los oferentes.
9. Que, el numeral 7 del artículo 4° de la Ley N°20.730 Ley del Lobby, en relación con la letra E
del artículo 4° del decreto 71, Reglamento de la Ley N°20.730 establece que: “Se considerarán
sujetos pasivos de esta ley los integrantes de las Comisiones Evaluadoras formadas en el marco de la
ley Nº19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren
esas Comisiones”.
10. Que, se realizo el llamado a licitación publica ID 1738-17-LE25 mediante decreto
alcadicio N°2.378 de fecha 09 de Diciembre de 2025, según el siguiente cronograma:
Fecha de Publicación: 09-12-2025 13:14:00
Fecha inicio de preguntas: 09-12-2025 14:01:00
Fecha final de preguntas: 12-12-2025 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 15-12-2025 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 19-12-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 19-12-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 30-12-2025 17:00:00
11. Que, durante el plazo establecido para las consultas no se recibieron preguntas.
12. Que, se realizó el acto de Apertura el 19 de diciembre 2025.
13. Que, dentro del plazo de recepción de las ofertas, se presentaron 11 oferentes para la licitación
ID 1738-17-LE25.
14. Que, debido a que uno de los integrantes de la comisión evaluadora, en específico, el
funcionario Claudio Silva Silva se encuentra haciendo uso de feriado legal, retomando a sus funciones
el día 02 de enero de 2026, lo que ha imposibilitado que la comisión se reuna a analizar las ofertas
recibidas y finalmente llevar a cabo el acto de adjudicación.
15. Que, se modificó el calendario de fechas de la licitación Pública ID 1738-17-LE25 mediante el
decreto alcaldicio N°2487 del 29 de diciembre de 2025, según el siguiente detalle:
Fecha de Adjudicación: 05-01-2026 17:00:00.-
16. Que, analizadas las ofertas recibidas en el portal www.mercadopublico.cl, la comisión evaluadora
emitió un Acta de Evaluación de Ofertas donde sugiere al señor alcalde adjudicar al oferente
CONSULTORA GESTION INTEGRAL Y MULTISERVICIOS ANTONIO PALMA E.I.R.L. RUT
77.993.552-3 por un monto total de $4.000.000 (Cuatro millones de pesos) y un plazo de entrega de
200 dias.
17. Que, el proveedor se encuentra en estado Hábil en el registro de proveedores para ser
contratado por el Estado de Chile.
18. Que, por los Vistos y Considerandos expuestos, he resuelto dictar el siguiente:
DECRETO
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