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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado en el artículo 3° letra c) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Corresponderá a las municipalidades, en el ámbito de su territorio, funciones relacionadas con la promoción del desarrollo comunitario.
3. Que, para el cumplimiento de sus funciones, el municipio requiere la contratación de SUMINISTRO SERVICIO DE PUBLICACIÓN EN MEDIOS ESCRITOS DE CIRCULACIÓN COMUNAL Y REGIONAL, con el objetivo de Difundir los distintos programas y planes municipales que beneficien a los habitantes de la comuna de Coquimbo, mediante publicaciones que sean necesarias para el cumplimiento de las funciones propias del municipio, y aquellas que tengan por objeto informar a los usuarios sobre la forma de acceder a las prestaciones que se otorgan (aplica dictamen N°E471612, de 2024, de la Contraloría General de la República).
4. En relación con lo anterior, la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, contenida en los dictámenes N°s. 46.389, de 2002 y 10.220, de 2003, señala que las municipalidades pueden desarrollar en el ámbito local y con cargo a sus recursos presupuestarios, actividades relacionadas con sus funciones propias, las que se encuentran establecidas en la citada ley N° 18.695.
5. Que, dicho suministro sólo puede ser utilizado para dar a conocer a la comunidad los hechos o acciones directamente relacionadas con el cumplimiento de los fines propios del municipio y con su quehacer, que resulte necesario e imprescindible difundir o publicitar (aplica dictámenes N°s. 71.083, de 2013, 82.316, de 2014 y 20.527, de 2016). En caso alguno las publicaciones podrán tener por objeto único enumerar los logros de una autoridad específica, tampoco podrán ser utilizados para publicitar la imagen o los logros de una autoridad que postula a un cargo de elección popular (aplica dictamen N° 58.415, de 2013). Asimismo, será responsabilidad del encargado de la unidad requirente verificar que, el contenido de las publicaciones efectuadas en el marco del presente contrato de suministro, cumplan con los requisitos establecidos por la Contraloría General de la República en materia de publicidad y difusión, contenido entre otros, en los dictámenes N°s. 1979, de 2012, y 84.878, de 2013.
6. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID 2446-51-LE26.
7. El Decreto Exento N°986 de fecha 24 de febrero de 2026, que aprueba las bases técnicas y administrativas para el SUMINISTRO SERVICIO DE PUBLICACIÓN EN MEDIOS ESCRITOS DE CIRCULACIÓN COMUNAL Y REGIONAL, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora, de acuerdo al siguiente cuadro:
Nombre Rut Cargo
Patricio Silva Cáceres 15.055.403-9 Profesional Administración Municipal
Edward Conley Candia 14.147.930-K Director de Salud y Cementerios
Pamela Zárate Arqueros 8.427.163-2 Profesional Administración Municipal
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCION
PORCENTAJE
PRECIO (Menor Precio Ofertado/Precio Ofertado) x 100. 40%
EXPERIENCIA EN EL RUBRO 0 a 1 documentos que acrediten: 0 punto / 2 a 4 documentos que acrediten: 50 puntos/ 5 a 7 documentos que acrediten: 80 puntos / 8 o más documentos que acrediten: 100 puntos (Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente licitación. Se considerarán como documentos válidos copias de contratos, órdenes de compra o certificados de cumplimiento o ejecución. Los servicios o trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no serán considerados para la evaluación.). 40%
CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante.
b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora. (sin necesidad de requerir aclaratoria, por tratarse de errores evidentes).
0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS 661/2024 no se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 5%
COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Punto
Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos
Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos 10%
PROGRAMA (S) DE INTEGRIDAD Y COMPLIANCE De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa (s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programa de integridad y compliance conocidos por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos.
No acredita contar con programas de integridad y compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación. 0 puntos.
Para la evaluación de ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores, todos sus integrantes deberán acreditar contar con programas de integridad y ser conocidos por su personal, al tenor de lo indicado en el presente criterio. 5%
8. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
PROVEEDOR RUT PROVEEDOR TOTAL OFERTA (NETO) TOTAL OFERTA (IVA INCLUIDO)
OFERTA CANASTA N°1 SOC PERIODISTICA GUAYACAN COMPANIA LIMITADA 77.981.120-4 $4.605.000 $5.479.950
OFERTA CANASTA N°2 ANTONIO PUGA S.A. 80.764.900-0 $6.383.359 $7.596.197
9. Que, la comisión evaluadora de la propuesta, al revisar los antecedentes que forman parte de la misma, de forma previa a la evaluación, en conformidad a las facultades concedidas en las bases administrativas; realiza revisión de los antecedentes técnicos, administrativos y económicos presentados de las ofertas se determina lo siguiente:
- SOCIEDAD PERIODISTICA GUAYACAN CIA LTDA 77.981.120-4 Oferente no cuenta con Pacto de Integridad y Compliance. Pasa a etapa de evaluación.
10. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
CANASTA 1 PRECIO (A) 40%
EXPERIENCIA EN EL RUBRO (B) 40% COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (C) 10% CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (D) 5% PROGRAMA(S) INTEGRIDAD Y COMPLIANCE (E) 5%
NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO
OFERTADO PRECIO
MENOR
OFERTADO FACTOR PUNTOS
N° DOCUMENTOS
FACTOR
PUNTOS CANTIDAD
RECLAMOS FACTOR PUNTOS CUMPLE/NO CUMPLE FACTOR PUNTOS CUMPLE FACTOR PUNTOS
SOC PERIODISTICA GUAYACAN COMPANIA LIMITADA
77.981.120-4
$5.479.950
$5.479.950 100 40
9
100
40 0 100 10 100 5 NO 0 0
CANASTA 2 PRECIO (A) 40%
EXPERIENCIA EN EL RUBRO (B) 40% COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (C) 10% CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES (D) 5% PROGRAMA(S) INTEGRIDAD Y COMPLIANCE (E) 5%
NOMBRE OFERENTE RUT PRECIO
OFERTADO PRECIO
MENOR
OFERTADO FACTOR PUNTOS
N° DOCUMENTOS
FACTOR
PUNTOS CANTIDAD
RECLAMOS FACTOR PUNTOS CUMPLE/NO CUMPLE FACTOR PUNTOS CUMPLE FACTOR PUNTOS
ANTONIO PUGA S.A.
80.764.900-0
$7.596.197
$7.596.197 100 40
12
100
40
0 100 10 SI 100 5 SI 100 5
NOMBRE OFERENTE RUT A B C D E PUNTAJE TOTAL POR CANASTA
CANASTA 1 SOC PERIODISTICA GUAYACAN COMPANIA LIMITADA 77.981.120-4 40 40 10 5 0 95
CANASTA 2 ANTONIO PUGA S.A. 80.764.900-0 40 40 10 5 5 100
11. El Acta de Evaluación de la oferta de fecha 11 de marzo de 2026, donde se propone adjudicar la Canasta N°1 de licitación ID: 2446-51-LE26 al oferente SOCIEDAD PERIODISTICA GUAYACAN COMPANIA LIMITADA Rut 77.981.120-4. Siendo la única oferta recibida/evaluada para la canasta n°1, se verifica que cumple con la totalidad de los requisitos de adjudicación, obteniendo un puntaje de 95 puntos.
12. El Acta de Evaluación de la oferta de fecha 11 de marzo de 2026, donde se propone adjudicar la Canasta N°2 de licitación ID: 2446-51-LE26 al oferente ANTONIO PUGA S.A. Rut 80.764.900-0. Siendo la única oferta recibida/evaluada para la canasta n°2, se verifica que cumple con la totalidad de los requisitos de adjudicación, obteniendo un puntaje de 100 puntos.
13. Los Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°1672 y N°1674, ambos de fecha 11 de marzo de 2026 que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para el SUMINISTRO SERVICIO DE PUBLICACIÓN EN MEDIOS ESCRITOS DE CIRCULACIÓN COMUNAL Y REGIONAL. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N°15 de fecha 08 de enero de 2026 y el Proyecto Presupuestario año 2026.
14. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
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