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'Lo dispuesto en el D.F.L. MOP Nº 850/97, la Ley Nº 19.886, el Decreto de Hacienda Nº 661/2024, el Decreto MOP Nº 263/2016, que modifica Decretos MOP. Nº 1141/2006 y 412/2007, Res. Ex. DRV N° 337 de fecha 17.02.2025 que aprueba bases administrativas y técnicas de material pétreo tipo “LE”, Res. Ex. JPV BB N° 116 de fecha 13.05.2025 que autoriza llamado a licitación pública, ficha de licitación 1000-10-LE25, Acta de Evaluación de fecha 11.06.2025, y los antecedentes que se acompañan, Res. Ex. D.V. N° 881 de fecha 25.04.2023, que delega atribuciones como Jefatura Provincial de Vialidad de la Provincia de Biobío, Región del Biobío, a don Oscar Estubillo Estubillo, Res. Ex. D.V. N° 3720 de fecha 22.12.2021, complementada con Res. Ex. D.R.V. Nª 2277 de fecha 29.11.2022, que delega atribuciones como primer subrogante de la Jefatura Provincial de Vialidad de la Provincia de Biobío, Región del Biobío, a don Luis Ruiz Figueroa, y Res. Ex. D.V. N° 3643 de fecha 13.12.2023, modificada con Res. Ex. D.V. N° 369 de fecha 06.02.2024, que delega atribuciones como segunda subrogante de la Jefatura Provincial de Vialidad de la Provincia de Biobío, Región del Biobío, a doña Katherine Carmiglia Salorte, la Resolución Nº 36 de 2024, y Resolución N° 08 de 2025 de la Contraloría General de la República.
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1. Que, se realizó llamado de Licitación Pública para “SUMINISTRO DE MATERIAL PÉTREO PARA CAMINOS PERTENECIENTES A LAS COMUNAS DE CABRERO Y YUMBEL, DE LA PROVINCIA DE BIOBÍO, REGIÓN DEL BIOBÍO”, en el Portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 1000-10-LE25, de acuerdo a Res. Ex. DRV Nº 337 de fecha 17.02.2025 que aprueba bases administrativas y especificaciones técnicas y Res. Ex. JPV BB Nº 116 de fecha 13.05.2025 que autoriza llamado a licitación pública.
2. Que, efectuada la apertura electrónica de esta licitación en plataforma www.mercadopublico.cl, se recibieron 7 (siete) ofertas, correspondientes a las empresas ARIDOS MADESAL SpA, Rut. 76.250.013-2; YAÑEZ, GUDENSCHWAGER Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rut. 76.755.312-9; SERVICIOS MACORENTAL SpA, Rut. 77.683.354-1; MAQUINARIAS Y TRANSPORTES RIO ANDALIEN SpA, Rut. 7.290.714-1; RECUPERADORA DE DESECHOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN SpA, Rut. 77.758.663-7; ÁRIDOS SANTA ADELA LIMITADA, Rut. 77.152.891-0 y TRANSPORTES SAN MIGUEL SpA, Rut. 76.622.169-6, siendo todas aceptadas y pasan a etapa de evaluación.
3. Que, con fecha 05.06.2025 los revisores envían correo electrónico al Sub Departamento Regional de Medio Ambiente y Territorio, adjuntando en él los antecedentes medio ambientales presentados por las empresas ARIDOS MADESAL SpA, YAÑEZ, GUDENSCHWAGER Y COMPAÑÍA LIMITADA, SERVICIOS MACORENTAL SpA, MAQUINARIAS Y TRANSPORTES RIO ANDALIEN SpA, RECUPERADORA DE DESECHOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN SpA, ÁRIDOS SANTA ADELA LIMITADA y TRANSPORTES SAN MIGUEL SpA.
4. Que, con fecha 09.06.2025 el Sub Departamento Regional de Medio Ambiente y Territorio, responde vía correo electrónico señalando que los antecedentes medio ambientales de las empresas ARIDOS MADESAL SpA, YAÑEZ, GUDENSCHWAGER Y COMPAÑÍA LIMITADA, SERVICIOS MACORENTAL SpA, MAQUINARIAS Y TRANSPORTES RIO ANDALIEN SpA, ÁRIDOS SANTA ADELA LIMITADA y TRANSPORTES SAN MIGUEL SpA, se encuentran correctos, ya que cumplen con lo solicitado en las bases de licitación. Respecto de la empresa RECUPERADORA DE DESECHOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN SpA, se señala que el Decreto Alcaldicio que presenta esta caducado y que sólo presenta patente comercial, por lo que no cumple con lo establecido en el punto 1.5 Antecedentes para incluir en la oferta, Antecedentes Técnicos, de las bases de licitación. Dado lo anterior, la empresa RECUPERADORA DE DESECHOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN SpA, no continúa en la etapa de evaluación.
5. Que, conforme a lo estipulado en las bases de licitación, las ofertas fueron evaluadas con los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos porcentajes, Económico, 85%, Comportamiento contractual anterior, 5% y Programas de integridad y ética empresarial, 10%.
6. Que, de acuerdo a Acta de Evaluación de fecha 10.06.2025, los revisores concluyen que la oferta de la empresa SERVICIOS MACORENTAL SpA, Rut. 77.683.354-1, cumple con lo establecido en bases administrativas y técnicas, obtiene el mayor puntaje, proponiendo su adjudicación.
7. Que, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia de probidad administrativa, establecidas en los artículos 52 y 53 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y conforme a lo instruido por Ord. DV Nº 11243 de 18.12.2024 se deja constancia de que en el proceso de contratación 1000-10-LE25, correspondiente a “SUMINISTRO DE MATERIAL PÉTREO PARA CAMINOS PERTENECIENTES A LAS COMUNAS DE CABRERO Y YUMBEL, DE LA PROVINCIA DE BIOBÍO, REGIÓN DEL BIOBÍO", los revisores Katherine Carmiglia Salorte, Rut. 13.853.975-k, Alberto Alfaro Aguilar, Rut. 19.221.347-9 y Constanza Calderón Soto, Rut. 18.083.824-k; firmaron la Declaración Jurada de No Conflicto de Interés para Personas que Participan en Procesos de Contratación, la que se mantendrá en custodia en la Unidad Regional Gestión y Desarrollo de Personas y Administración de la Dirección de Vialidad, Región del Biobío.
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