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Lo dispuesto en los D.F.L. Nº 3 de 2007 del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 153 de 1981, que establece los Estatutos de la Universidad de Chile, D.U. Nº 0026321 de 2023, Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, Teniendo presente lo establecido en la Resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones, La Resolución Nº 203 de 2026 de la Universidad de Chile, que aprueba el Plan de Compras, D.U. Nº 0026537 de 2019, Decreto 309/114/2022, D.U. Nº 0026537 de 2019, D.U. Nº 0020834 de 2022, Decreto 309/68/2020 y D.S. Nº 180 de 1987 del Ministerio de Hacienda.
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1. Que, el Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales, en adelante IDIEM, es un centro tecnológico dependiente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas de la Universidad de Chile, orientado a la resolución de problemas de alta complejidad en la cadena de valor de la industria de la construcción, ingeniería y minería, a través de ensayos, estudios técnicos y peritaje.
2. Que, el Centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales requiere la contratación de pólizas de seguros con el propósito de asegurar la adecuada cobertura de los equipos móviles institucionales utilizados en la ejecución de los diversos proyectos desarrollados por la entidad, dando cumplimiento a la necesidad pública de resguardar dichos bienes.
3. Que, en este contexto mediante Resolución Exenta N° E1550 de 2025, llamó a Licitación Pública para la contratación del servicio de pólizas de equipos móviles, por un periodo de 36 meses, registrado con el ID 5520-65-LE25 del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
4. Que, dicho proceso licitatorio fue declarado desierto mediante Resolución Exenta N° E1946 de 2025, motivo por el cual se procedió a efectuar un llamado a Licitación Privada para el mismo servicio, registrado con el ID 5520-88-CO25 en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
5. Que, la presente licitación privada comprende una línea de servicio:
- Línea N° 1: servicio de póliza de equipos móviles.
6. Que, la Licitación Privada ID 5520-88-CO25 fue desarrollado conforme lo previsto en las respectivas bases de licitación, del que es preciso señalar lo siguiente:
a) Las bases de licitación fueron publicadas el día 18 de diciembre de 2025, en el portal www.mercadopublico.cl, administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública.
b) Se recibieron 20 preguntas en el foro habilitado en el sistema de Información aludido entre el 18 y 23 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive.
c) Con fecha 06 de enero de 2026, a las 17:00 horas, se realizó el cierre de recepción de las ofertas en el Sistema de Compras Públicas.
7. Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 65 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, se procedió, a través del portal www.mercadopublico.cl, a invitar a tres proveedores que hubiesen sido adjudicados en negocios de naturaleza similar al servicio requerido, según el siguiente detalle y conforme el documento adjunto al presente proceso: WIENECKE CORREDORES DE SEGUROS LIMITADA, JUAN RODRIGO y RENTA NACIONAL CIA DE SEGUROS GENERALES S A.
8. Que, cumplido el plazo de cierre de recepción de ofertas, se constató el ingreso de una oferta, correspondiente al oferente Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A., RUT: 94.510.000-1.
9. Que, según lo dispuesto en el numeral 10 de las Bases Administrativas, y previo a evaluar la propuesta recibida, se verifico que la oferta presentada por la empresa Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A., RUT: 94.510.000-1, cumplen con los requisitos mínimos de admisibilidad.
10. Que, conforme a lo establecido en las bases de licitación, se verificó que la oferta presentada por Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A. cumpla con las instrucciones allí señaladas, sin presentar deficiencias formales que afecten los principios de igualdad entre oferentes ni las condiciones esenciales necesarias para la evaluación de la propuesta, constatándose lo siguiente:
a) El oferente adjunta correctamente el Anexo N°3 correspondiente a la Oferta Técnica, incorporando la información requerida. No obstante, resulta necesario corroborar que el deducible indicado en la oferta corresponde a $0; en razón de ello, se ingresó la siguiente solicitud de aclaración de la oferta:
Pregunta: Estimado Proveedor, junto con saludar, se solicita corroborar el deducible presentado en su oferta es 0.
Fecha: 2026-02-05 13:16:46 .
Respuesta: “Buen día (: Se confirma que nuestra oferta presentada contempla la cobertura para flota de Equipos Móviles sin deducibles. Atenta a sus comentarios”.
Fecha: 2026-02-06 10:33:09.
En virtud que la aclaración solicitada tuvo por único objeto corroborar un antecedente omitido, corresponde evaluar al oferente con puntaje 0 en el criterio de requisitos formales, según lo establecido en el numeral 11 letra e) de las bases administrativas.
b) El oferente adjunta Anexo N°5A y 5B indicando que no cuenta con sellos, por lo que se procede a evaluar conforme a lo establecido en el numeral 11 letra c) de las bases administrativas, asignando 0 puntos.
c) Se verifica que el oferente cumple con la correcta presentación de la oferta, encontrándose en condiciones de aplicar los criterios, fórmulas y ponderaciones establecidas en el proceso de evaluación.
11. Que, la comisión evaluadora procederá a aplicar las fórmulas y escalas correspondientes, conforme a los criterios y mecanismos establecidos en la cláusula N° 11 de las Bases Administrativas, los cuales corresponden a: Prima anual neta 80%, Porcentaje anual Propuesta deducible 15%, Criterio de sustentabilidad (2%): ProPyme 1% y Huella Chile 1%, Cumplimiento del programa de integridad 2%, Cumplimiento de los requisitos formales 1%.
12. Que, conforme a los criterios establecidos en el número 11 de las Bases Administrativas, la evaluación al proveedor Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A., RUT: 94.510.000-1 fue desarrollada de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia y estricta sujeción a las disposiciones contenidas en las bases, garantizando la correcta aplicación de los factores ponderados y asegurando la selección de la oferta más ventajosa para los fines institucionales, quedando de la siguiente forma:
- Línea N°1: Prima anual neta 80%, Porcentaje anual Propuesta deducible 15%, Criterio de sustentabilidad (0%): ProPyme 0% y Huella Chile 0%, Cumplimiento del programa de integridad 2%, Cumplimiento de los requisitos formales 1%. Ponderación total 98%.
13. Que, como consta en Informe de Evaluación, suscrito que designa y faculta a la Comisión de evaluación y en virtud de la Resolución Exenta N° E1550 de 2025 y la Resolución Exenta N° E1946 de 2025 que autoriza el llamado a Licitación Privada ID 5520-88-CO25, para la contratación del Servicio de Póliza de equipos móviles, a través del portal www.mercadopublico.cl, la comisión propone al señor Decano adjudicar a la empresa Renta Nacional Compañía de Seguros Generales S.A., RUT: 94.510.000-1, por haber cumplido satisfactoriamente con los criterios administrativos, técnicos y económicos establecidos en las bases, y por haber obtenido el mayor puntaje en el proceso de evaluación, resultando su oferta la más conveniente para los intereses del centro de Investigación, Desarrollo e Innovación de Estructuras y Materiales (IDIEM).
14. Que, los integrantes de la Comisión declaran bajo juramento, mediante Declaración Jurada adjunta al presente acto administrativo, no tener conflicto de interés alguno con los oferentes del proceso licitatorio, de los mencionados en el artículo 62 N° 2 y N° 6 de DFL N°1/19.653 de 2000 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y en el artículo 12 de la Ley N° 19.880, de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, garantizando la imparcialidad y probidad del presente proceso.
15. Que, dicha contratación se encuentra considerada en el Plan Anual de Compras (PAC) 2017-10-PC26, 1 Seguros de Vida / Seguros Generales / Seguros, [22-10-002] Primas y Gastos de Seguros, aprobado mediante Resolución Exenta N° 203 de 2026 de la Universidad de Chile.
16. Que, se generó el certificado de disponibilidad presupuestaria, en el que consta que la Universidad de Chile cuenta con el presupuesto para el financiamiento de la contratación requerida.
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