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1. Que, mediante Decreto Exento N° 04132, de fecha 14 de noviembre del año 2024, se aprueban las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Documentos Anexos, que regirán la Licitación Pública denominada “SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR”.
2. Que, mediante Decreto Exento N° 04751, de fecha 16 de diciembre del año 2024, se declara Inadmisible o Fuera de Bases, la oferta presentada en la Propuesta Pública denominada “SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR”, identificado con el ID N° 2402-124-LP24, en el Portal Mercado Público, y se autoriza a un nuevo llamado a Licitación Pública.
3. Que, mediante Gestor Documental, con fecha 16 de diciembre del año 2024, solicita autorizar un nuevo llamado a Licitación Pública "SEGURO COMPLEMENTARIOS DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR ", sólo por 10 días en el Portal Mercado Público, ya que esta póliza termina el 31 de diciembre del 2024.
4. Que, mediante Pase Interno N° 12907, de fecha 17 de diciembre del año 2024, la Dirección de Asesoría Jurídica, indica que, en relación con la petición de rebajar el plazo a 10 días de publicación de la licitación pública sobre "SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR" informa lo siguiente:
a. Que, el pasado día 12 de diciembre del 2024, entraron a regir las nuevas disposiciones de la Ley N° 21.634, que moderniza la Ley N° 19.886, de Compras Públicas, junto con la publicación del nuevo Reglamento respectivo en el Diario Oficial, a través del Decreto N° 661/2024, del Ministerio de Hacienda. Al respecto, se debe recordar que las normas de derecho público, categoría a la que pertenece la indicada ley N° 19.886 y su Reglamento, rigen in actum, lo que significa que, desde su publicación, afectan a todas aquellas situaciones comprendidas en el ámbito de sus regulaciones, salvo que se prevea en ellas una fecha especial de vigencia (dictamen Nº 8.515 de 2020 de la Contraloría General de la República), como ocurrió para este caso.
b. Pues bien, habida consideración que la presente licitación pública conlleva un monto igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000
UTM, el llamado deberá publicarse en el Sistema de Información de la Dirección con una antelación de a lo menos 20 días corridos anteriores a la fecha de cierre de las ofertas, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 46, inciso 3°, del nuevo Reglamento de la Ley 19.886.
Excepcionalmente la misma disposición antes citada en el inciso siguiente permite que "No obstante, el plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta diez días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas".
c. De la revisión de los antecedentes dispuestos, aparece que el objeto de la licitación corresponde a la contratación de seguros de salud que entreguen las prestaciones exigidas por las especificaciones técnicas de las bases de licitación, y para estos efectos, el punto 4.3 de las bases administrativas establece que solo se admitirá la formulación de propuestas por parte de oferentes que constituyan compañías de seguros, ya sea que lo hagan personalmente o a través de corredores de seguros.
Por lo anterior, resulta de toda lógica y razonable que para las citadas compañías de seguros conlleve un esfuerzo menor el formular una propuesta, por tratarse de bienes que están dentro del giro de su comercio, máxime cuando se considera que por lo mismo dichas empresas ni siquiera debieran consultar o cotizar con terceros; además, las pólizas de seguros y sus cláusulas adicionales se encuentran estandarizadas y previamente codificadas para su venta, puesto que se encuentran sometidas al régimen de autorización previa mediante su depósito ante la Comisión para el Mercado Financiero.
Consecuente con lo anterior, es de opinión de esa Dirección de Asesoría Jurídica que, por las razones descritas en el presente informe, no existen reparos para que se autorice que la presente licitación pública para la contratación del "SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR " sea publicada por un plazo de 10 días corridos, anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal de mercado público, debiendo esta autorización y los fundamentos que la justifican encontrarse debidamente incorporados en el contenido del correspondiente acto administrativo que así lo ordene.
5. El Certificado N° 10, de fecha 18 de diciembre del año 2024, emitido por la Encomendada del Departamento de Bienestar Social de la Ilustre Municipalidad de Rancagua.
6. El Informe de Apertura y evaluación Evaluación Licitación Pública “SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR” ID N° 2402-136-LP24, de fecha 06 de enero del año 2025, en su punto 6, sobre Propuesta de comisión evaluadora,
6.1, adjudicación, indica que, evaluada la propuesta, por la comisión, analizados los antecedentes y asignados los puntajes según pauta de evaluación para la propuesta pública denominada “SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR”, ID N° 2402-136-LP24, cumpliendo con todos los requisitos exigidos por las bases de esa licitación se sugiere adjudicar la presente licitación a:
OFERENTE COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA CAMARA S.A.
RUT 99.003.000-6
REGISTRO PROVEEDORES HÁBIL (Cumple con los requisitos de inscripción en el Registro)
DOMICILIO Avenida Apoquindo N° 6750, Piso 10, Las Condes.
TELÉFONO +56 9 45622021
CORREO ELECTRÓNICO LICITACIONES@VIDACAMARA.CL
TOTAL PUNTOS 95
MONTO OFERTA NETO $ UF 2.555,6016
MONTO OFERTA CON IVA $ UF 3.041,1659
En su Punto N° 7, sobre Formalización del Contrato, señala, se formalizará a través de la entrega de la Póliza por el oferente adjudicado, la que deberá ser emitida en idioma español y ser entregada en la Dirección de Asesoría Jurídica del Municipio, en un plazo no superior a 10 días hábiles administrativos contados desde la fecha de aceptación de la Orden de Compra por el Oferente Adjudicado, siendo de su cargo todos los costos que puedan ser originados en su otorgamiento.
7. Que, mediante Pase Interno N° 00122, de fecha 06 de enero del año 2025, la Dirección de Control, indica que, revisado el informe de apertura y evaluación de fecha 06 de enero del año 2025, elaborado por la Comisión de la propuesta ID 2402-136-LP24, denominada, “SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR ”, esa Dirección de Control, no tiene observaciones respecto del procedimiento de revisión y proposición de la Comisión de adjudicar la presente licitación al oferente, "COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA CAMARA S.A.", por la suma de UF 3.041,1659.- IVA Incluido, conforme lo detalla el formulario N° 5, de oferta económica adjunto. hace presente que en pesos se trata de un total de $ 104.712.056 (valor UF al 06 de enero del año
2025 de $ 34.431,55), de los cuales el servicio de Bienestar cubrirá el 21%, correspondientes aproximadamente a $ 21.989.532 y el
79%, restante corresponderá sea cancelado por los socios adheridos al seguro en caso de requerir el servicio, la presente licitación cuenta con financiamiento municipal a través del Servicio de Bienestar por la suma de $ 28.000.000, conforme lo señala el Certificado N° 10, del mismo departamento de fecha 18 de diciembre del año 2024. Tratándose de una propuesta que supera las 500 UTM., requerirá de la aprobación del Concejo Municipal.
8. Lo instruido por el Señor Administrador de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, con fecha 06 de enero del año 2024, en orden a proceder a incorporar como punto de tabla del Honorable Concejo Municipal.
9. Que, en Sesión Ordinaria N° 6, de fecha 07 de enero del año 2025, el Honorable Concejo Municipal, aprobó, por la unanimidad de sus miembros asistentes, autorizar al Señor Alcalde la Adjudicación, celebración y suscripción de contrato al oferente "COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA CÁMARA S.A", Rut N° 99.003.000-6, por la suma de UF 3.041,1659, IVA Incluido, conforme lo detalla el formulario N° 5, de oferta económica, correspondiente a la Licitación Pública ID 2402-136-LP24, denominada "SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR”.
10. Lo instruido por el Señor Administrador de la Ilustre Municipalidad de Rancagua, con fecha 07 de enero del año 2025, en orden a proceder a la dictación del presente Decreto Exento.
11. Que, en Expediente Electrónico N° 25378/2024, constan los antecedentes señalados en los Considerandos anteriores, y
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I. ACÉPTASE la oferta y ADJUDICASE al oferente "COMPAÑÍA DE SEGUROS DE VIDA CÁMARA S.A", Rut N° 99.003.000-6, por la suma de UF 3.041,1659, IVA Incluido, conforme lo detalla el formulario N° 5, de oferta económica, la Licitación Pública ID 2402-
136-LP24, denominada "SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD PARA SOCIOS DE BIENESTAR” , quien, de acuerdo a la pauta de evaluación de ofertas, establecida en las Bases, obtuvo un puntaje final ponderado de 95 puntos (noventa y cinco), lo anterior, de acuerdo con señalado en los considerandos N° 1, al N° 10, del presente Decreto.
I I .EM Í TA SE por el Departamento de Compras Públicas y Abastecimiento, la orden de compra a través del portal www.mercadopubliuco.cl.
III. VÍSASE la respectiva Póliza de Seguro por la Dirección de Asesoría Jurídica.
IV. PUBLÍQUESE por el Departamento de Compras Públicas y Abastecimiento en el Portal Mercado Público.
V. PÁGUESE en su oportunidad e impútese al Ítem presupuestario correspondiente.
VI. NOTIFÍQUESE el presente Decreto, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley N° 19.880, que establece las bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, mediante correo electrónico al Director de la Dirección de Asesoría Jurídica, al Director de la Dirección de Control, al Director de la Dirección de Administración y Finanzas, a la Jefa del Departamento de Compras Públicas y Abastecimiento, al Director de Gestión de Personas, y a la Jefa Encomendada del Departamento de Bienestar Social
VII. PUBLÍQUESE el presente Decreto, en la Página Web Municipal.
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