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VISTOS: Estos antecedentes, y teniendo presente lo dispuesto en: 1) La Ley Nº 20.882, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2016; 2) Lo establecido en la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado a través del D.F.L. N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en su artículo 9°; 3) Las normas de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el D.S. (H) N° 250, de 2004; 4) Lo dispuesto en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; 5) Las facultades conferidas al Director Nacional en el artículo 6° Nºs. 1, 10, 11, 14, 17 y 18 del D.L. Nº 2.859, de 1979, del Ministerio de Justicia, que fijó la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile; 6) Lo dispuesto en el Decreto Supremo de Justicia N°33, de 1977, que delega atribuciones, funciones y firmas en los Directores Regionales de la Institución; 7) Las normas contenidas en la Resolución Exenta Nº 2947, de 02 de noviembre de 2001, del Sr. Director Nacional que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de las normas sobre delegación de facultades en los Directores Regionales de Gendarmería de Chile; 8) Las normas de la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; 9) Ordinario N°312, de 22 de junio de 2016 del Jefe del CET Camino La Pólvora; 10) FOSOAUPE N°87, de 14 de junio de 2016, del CET Camino La Pólvora; 11) Certificado N°30, de 21 de junio de 2016, emitido por la Encargada de Logística del CET La Pólvora y 12) Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°84, de 21 de junio de 2016, del Jefe Administrativo y Jefe del CET Camino La Pólvora.
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CONSIDERANDO
1.- Que, la Resolución Exenta N° 2031, de fecha 24 de Junio de 2016, de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, Región de Valparaíso, aprobó las Bases Administrativas y Técnicas, que regularon el llamado a propuesta pública para la “ADQUISICIÓN DE SOBADORA INDUSTRIAL TRIFÁSICA CON RODILLO DE 600 mm PROYECTOS LABORALES DEL CET CAMINO LA POLVORA 2016”, lo que autorizó la publicación de la propuesta pública ID 1953-106-L116.
2.- Que, de acuerdo al Acta de Adjudicación N° 10, de fecha 5 de agosto del 2016, de la Comisión Evaluadora del C.E.T. Camino La Pólvora, se presentaron 19 ofertas, que se detallan a continuación:
RAZON SOCIAL DEL OFERENTE RUT
1 SERVICIOS Y GESTION S A 76.519.210-2
2 SOC COMERCIAL OFICINTA LIMITADA 79.702.500-3
3 ISAIAS RAMON ZAMORANO CHACON 13.916.541-1
4 MOISES MARIO ZAMORANO CHACON 10.860.526-k
5 MARSOL S A 91.443.000-3
6 ROBERTO FLORES E HIJOS LIMITADA 76.169.150-3
7 MARTINEZ RODRIGUEZ CARLOS Y OTRO 50.760.920-1
8 COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y SERVICIOS PSVIAL LTDA 76.875.520-5
9 COMERCIAL MAQUINET LTDA 77.534.640-k
10 COMERCIAL MAQUINET LTDA 77.534.640-k
11 COMERCIAL MAQUINET LTDA 77.534.640-k
12 SALAS SALAS ASOCIADOS LIMITADA 77.957.800-3
13 SOCIEDAD CONSULTORA Y COMERCIALIZADORA DUX LIMITADA 76.216.692-5
14 COMERCIAL MAQUINAS Y SERVICIOS 76.265.991-3
15 COMERCIAL MAQUINAS Y SERVICIOS 76.265.991-3
16 GESTIONES Y VENTAS JOMPAK LIMITADA 76.316.715-1
17 EDUPLAYS IMPORTADORA EXPORTADORA Y COMERCIALIZADOR 76.526.365-4
18 ASESORÍA EN GASTRONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN DE RESTAU 76.346.209-9
19 INDUSTRIA MECANICA ROMCO LIMITADA 79.517.560-1
3.- Que el artículo 9º de la Ley 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, establece que: “El órgano contratante declarará inadmisible las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases, declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En este sentido, la oferta del proveedor:
a) EDUPLAYS IMPORTADORA EXPORTADORA
Y COMERCIALIZADOR, RUT:76.526.365-4, De Acuerdo al Párrafo III Artículo 4° Sobre la presentación y Contenido de las propuestas, tales como, los anexos administrativos, técnicos y oferta económica. La propuesta administrativa y técnica No contiene los anexos 1, 2, 3 y 4, por lo que la oferta se declara Inadmisible, ya que se encuentra fuera de Bases Administrativas.
b) COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS Y
SERVICIOS PSVIAL LTDA, RUT: 76.875.520-5, De Acuerdo al Párrafo III Artículo 4° Sobre la Presentación y Contenido de las propuestas, tales como, los anexos Administrativos, técnicos y Oferta económica. La propuesta administrativa y Técnica No contiene el anexo N° 2, “Plazos de entrega y garantía” el cual es un Criterio de evaluación, por lo que la Oferta se declara Inadmisible, ya que se Encuentra fuera de Bases Administrativas.
c) SOCIEDAD CONSULTORA Y COMERCIALIZADORA DUX LIMITADA, RUT: 76.216.692-5, De Acuerdo al Párrafo III Artículo 4° Sobre la Presentación y Contenido de las propuestas, tales como, los anexos Administrativos, técnicos y Oferta económica. La propuesta administrativa y técnica No contiene los anexos 1 (Fue presentado, pero en otro formato), 2 (incompleto), 3 y 4, por lo que la Oferta se Declara Inadmisible, ya Que se encuentra fuera de Bases Administrativas.
d) MARSOL S A, RUT: 91.443.000-3, La oferta se Declara inadmisible Técnicamente, de acuerdo, al informe elaborado por el monitor del taller de Panadería, a raíz que El artículo ofertado, presenta un tablero en polipropileno y El requerido es que contenga un tablero cubierto por acero inoxidable, de acuerdo a lo requerido en el Anexo técnico de las Bases Administrativas 2031 del 24.06.2016.
e) COMERCIAL MAQUINAS Y SERVICIOS RUT: 76.265.991-3, La oferta se declara Inadmisible técnicamente, de acuerdo, al informe elaborado por el Monitor del taller de panadería, a raíz que el artículo ofertado, es de un motor de 3Hp y se necesita de 5hp o más, de acuerdo a lo requerido en el anexo Técnico de las Bases Administrativas 2031 del 24.06.2016.
f) ISAIAS RAMON ZAMORANO CHACON, RUT: 13.916.541-1, La oferta se Declara Inadmisible técnicamente, de acuerdo, al informe elaborado por el Monitor del taller de panadería, a raíz que el artículo ofertado, presenta un Tablero en polipropileno y el requerido es que contenga un tablero cubierto por Acero inoxidable, de acuerdo a lo requerido en el anexo técnico de las Bases Administrativas 2031 del 24.06.2016.
g) SOC COMERCIAL OFICINTA LIMITADA, RUT: 79.702.500-3, La oferta se Declara Inadmisible técnicamente, de acuerdo, al informe elaborado por el Monitor del taller de panadería, a raíz que el artículo ofertado, es de un motor de 3Hp y se necesita de 5hp o más, de acuerdo a lo requerido en el anexo técnico de las Bases Administrativas 2031 del 24.06.2016.
4.- Que, con fecha 5 de agosto del 2016, según consta en Acta de Adjudicación Nº 10, la Comisión Evaluadora del C.E.T. Camino La Pólvora de Valparaíso, luego de analizar los antecedentes, las ofertas y presupuesto disponible, propone ADJUDICAR la propuesta pública ID Nº1953-106-L116, a los siguientes proveedores:
Proveedor RUT Total Mensual
(IVA Incluido)
ASESORIA EN GASTRONOMIA Y ADMINISTRACION DE RESTAURANTES LIMITADA 76.346.209-9 $1.331.842.-
5.- Que, habida consideración de lo anterior y en mérito de lo dispuesto en el artículo 41° del D.S. (H) N° 250, de 2004, que fija el Reglamento de la Ley N° 19.886, así como en los artículos 7°, 8°, 9° y siguientes de las Bases Administrativas que regularon la presente licitación, resulta procedente adjudicar la propuesta ID Nº 1953-106-L116, por 01 Sobadora industrial Trifásica de rodillo de 600 mm. Al proveedor ASESORÍA EN GASTRONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN DE RESTAURANTES LIMITADA. RUT: 76.346.209-9; Avenida Pedro Fontova 8047, N°51 Huechuraba - Santiago, Región Metropolitana, por el monto de Un millón trescientos treinta y un mil ochocientos cuarenta y dos pesos I.V.A. Incluido, ($1.331.842.-, I.V.A. Incluido).
He resuelto dictar la siguiente
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R E S O L U C I Ó N:
I.- APRUÉBASE Acta de Adjudicación N°10, de fecha 5 de Agosto de 2016 y el Cuadro Comparativo de Evaluación, de la Comisión Evaluadora del C.E.T. Camino La Pólvora de Valparaíso, que se adjunta a la presente resolución y que se entiende formar parte integrante de ella para los efectos legales, reglamentarios y administrativos a que haya lugar.
II.- ACÉPTESE las ofertas presentadas por los siguientes oferentes:
Proveedor RUT Total Mensual (IVA Incluido)
ASESORIA EN GASTRONOMIA Y ADMINISTRACION DE RESTAURANTES LIMITADA 76.346.209-9 $1.331.842.-
III.- ADJUDÍQUESE la licitación pública ID 1953-106-L116, “ADQUISICIÓN DE SOBADORA INDUSTRIAL TRIFÁSICA CON RODILLO DE 600 mm PROYECTOS LABORALES DEL CET CAMINO LA POLVORA 2016”, por 01 Sobadora industrial Trifásica de rodillo de 600 mm. Al proveedor ASESORÍA EN GASTRONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN DE RESTAURANTES LIMITADA. RUT: 76.346.209-9; Avenida Pedro Fontova 8047, N°51 Huechuraba - Santiago, Región Metropolitana, por el monto de Un millón trescientos treinta y un mil ochocientos cuarenta y dos pesos I.V.A. Incluido, ($1.331.842.-, I.V.A. Incluido).
IV.- DÉJASE constancia que la evaluación de las ofertas ha sido realizada de conformidad con los criterios de evaluación y ponderaciones previamente definidos en los artículos 7º y 8°, de las Bases Administrativas que regularon la propuesta y que son los siguientes:
CRITERIO PUNTAJE PONDERACIÓN
PRECIO 0-100 45%
PLAZO DE ENTREGA 80-100 30%
GARANTÍA 80-100 20%
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE LA OFERTA 80-100 05%
V.- LA PRESENTE ADJUDICACIÓN se efectúa con estricta sujeción al puntaje obtenido por la empresa participante, en cada uno de los criterios de evaluación indicados y cuyos resultados constan en el correspondiente cuadro de evaluación de la oferta y acta de adjudicación Nº10, de fecha 05 de agosto del 2016, de la licitación pública ID 1953-106-L116, que se adjunta a la presente resolución y que se entiende formar parte integrante de ella para todos los efectos legales, reglamentarios y administrativos a que haya lugar.
VI.- IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA: El gasto que irrogue la presente resolución se imputará al Ítem 40229003 (Máquinas y Equipos), según Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°84, de fecha 21 de Junio del 2016, de la Habilitada y Jefe Administrativo, ambos del CET Camino La Pólvora.
VII.- FACÚLTESE a la Habilitada del C.E.T. La Pólvora, para que proceda al pago de la(s) respectiva(s) factura(s) con cargo al Ítem presupuestario que se señala en la respectiva Orden de Compra.
ANÓTESE Y COMUNÍQUESE
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