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1° FORMALÍZASE LA ADJUDICACIÓN de la licitación pública, correspondiente al Llamado N°2024, "Zona 1-Calama", "Zona 2-
Antofagasta" y "Zona 1-Calama-2", todos sobre defensa penal pública general, ficha de licitación ID N°1333-2-LR24, del portal
www.mercadopublico.cl, a los siguientes proveedores: (A) RESPECTO DE LA ZONA 1-CALAMA, a F&T ABOGADOS SPA, RUT
N°77.417.661-6, respecto de las dos jornadas de abogados(as), por un total de $408.000.000.- (cuatrocientos ocho millones de
pesos), dividido en un Valor Promedio Mensual ("VPA") por abogado de $4.250.000.- (cuatro millones doscientos cincuenta mil
pesos), y por un plazo de 4 años. (B) RESPECTO DE LA ZONA 2-ANTOFAGASTA, a LEÓN Y ASTUDILLO LIMITADA, RUT
N°77.653.436-6, respecto de la única jornada concursable, por un total de $201.600.000.- (doscientos un millón seiscientos mil
pesos), divididos en un VPA mensual ascendente a $4.200.000.- (cuatro millones doscientos mil pesos), y por un plazo de 4 años.
(C) RESPECTO DE LA ZONA 1-CALAMA-2, a SOCIEDAD DE PROFESIONALES DEFENSA Y JUSTICIA LIMITADA, RUT N°78.028.523-0,
por una suma total de $384.000.000.- (trescientos ochenta y cuatro millones de pesos), divididos en un VPA mensual de
$4.000.000.- (cuatro millones de pesos), y también por un término de 4 años. Todo lo anterior según consta en "INFORME DE
ADJUDICACIÓN. COMITÉ DE ADJUDICACIÓN REGIONAL DE ANTOFAGASTA. LICITACIÓN DE SERVICIOS DE DEFENSA PENAL PÚBLICA
GENERAL (ID 1333-2-LR24)", acta que fue suscrita el pasado 15 de noviembre de esta anualidad, por todos los miembros del
Comité, y que es del siguiente tenor:
INFORME DE ADJUDICACIÓN
COMITÉ DE ADJUDICACIÓN REGIONAL DE ANTOFAGASTA
LICITACIÓN DE SERVICIOS DE DEFENSA PENAL PÚBLICA GENERAL (ID 1333-2-LR24)
A 15 de noviembre de 2024, siendo las 16:50 horas, concluida la evaluación de las ofertas económicas, en
dependencias de la Defensoría Regional de Antofagasta, ubicada en Avenida Balmaceda N°2536, Piso 4, de la
comuna y región de Antofagasta, se reúne el Comité de Adjudicación Regional de la Defensoría Regional de
Antofagasta (en adelante, indistintamente, el "CAR" o el "Comité"). El objeto de la sesión dice relación con la
selección y adjudicación de las propuestas incluidas en la lista de que habla el punto 6.4. de las Bases, declaradas
admisibles y examinadas en todas las fases anteriores por este Comité, respecto de las jornadas sobre defensa
penal pública general, requeridas mediante Llamado de Licitación N°2024. Se deja constancia que el examen de
dichas fases tuvieron lugar en las siguientes fechas, todas de 2024: Fases 1 y 2, el cuatro de noviembre; Fase 3, el
siete de noviembre, y Fases 4 y 5, el quince de noviembre. La presente Sesión de Adjudicación contó con todos sus
miembros integrantes, siendo subrogado el Defensor Regional, por la funcionaria que se indica a continuación, por
encontrarse aquél con feriado legal:
Integrantes del Comité de Adjudicación Regional
ORIETA ÁLVAREZ MONTES Representante del Ministerio de Justicia
PABLO SILVA SAUNDERS Representante del Defensor Nacional
CLAUDIA NIEVAS LÓPEZ Defensora Regional (s) de Antofagasta
FRANCISCO CARREÑO MERCADO Académico del Área de la Economía
LUZ OLIVA CHÁVEZ Jueza representante de Tribunales de Juicio Oral en lo Penal y Jueces de Garantía
Licitación Defensa General
Región de Antofagasta
Zona 1 - Calama
Listado de Ofertas Recibidas
# Nombre RUT
1 F&T Abogados SPA 77417661-6
Resumen Oferente #1 F&T Abogados SPA
Llamado: Licitación Defensa General N° 2024 Nombre Oferente: F&T Abogados SPA
Zona de Licitación: Zona 1 - Calama - II Región de
Antofagasta
Rut: 77417661-6
Fase 1: Evaluación de Antecedentes Administrativos
Criterios Selección Aclaración
Garantía de seriedad de la Oferta, según 4.3 de las BA. Cumple -
Copia escritura social, certificado de vigencia de la sociedad, antecedentes de la representación, y
publicaciones, según corresponda, de acuerdo al 4.4.2, letras a. y b. Cumple -
Fotocopia simple RUT o acreditación del trámite del mismo. Cumple -
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Criterios Selección Aclaración
Todos los antecedentes señalados en el punto 4.4.1, de las B.A, según corresponda, para los
miembros del equipo de defensa (Se chequea con Formato Persona Natural). Cumple -
Certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite no tener deudas previsionales pendientes. Cumple -
Cartas compromiso de cada uno de los abogados presentados en el equipo propuesto, según formato
anexo 7. Cumple -
Declaración jurada conforme formato Anexo 5. Cumple -
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
A. Garantía de seriedad. Tipo de documento: Certificado de fianza, N° de folio X0084387. Fecha y hora
presentación: mediante correo electrónico dirigido a la Directora Administrativa Regional (s) -que es la
funcionaria encargada de este proceso de compra- con fecha 25 de octubre de 2024, a las 9:35 hrs.
Esta posibilidad la permite el párrafo 5to, del punto 4.3 de las Bases Administrativas. Monto:
$500.000.-, lo que corresponde a una oferta por dos abogados. Vigencia: 26 de abril de 2025, que
cumple con la exigencia de que la vigencia de la garantía de seriedad no puede ser inferior a 180 días
corridos, contados desde la “fecha original” de la apertura de la oferta técnica. Glosa: “Para garantizar
la seriedad de la oferta, ID 1333-2-LR24, Defensa Penal General, Llamado N° 2024, Zona 1- Calama” B.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. Copia escritura social y modificaciones: Consta por “Certificado de
estatuto actualizado” emitido con fecha 12/10/2024, por el Registro de Empresas y Sociedades del
Ministerio de Economía Fomento y Turismo (en adelante el "Registro de Empresas y Sociedades"). Se
certifica que, “a la fecha de emisión del documento, la sociedad identificada se encuentra regulada
por el Estatuto que los socios o constituyentes han suscrito conforme a la ley”. Al final de ese
documento aparece el “Historial de actuaciones y anotaciones” donde, como única anotación, se
registra el hito de la Constitución, sin otras modificaciones. Consta documento denominado
“Certificado de vigencia”, de fecha 12 de octubre de 2024, emitido por el mismo Registro ya indicado.
El documento señala que la sociedad se encuentra inscrita y no se ha registrado la suscripción de su
Disolución. Su vigencia no es anterior a 60 días. La acreditación de la representación se extrae del
antedicho “Certificado de estatuto actualizado”. En sus artículos 6° y 8° se regula la administración de
la sociedad, así como las facultades de las que está preludio dicho administrador, indicándose que son
las propias de un factor de comercio. La administradora de la sociedad es Marcela Fuentes Montero.
Certificados de la Dirección del Trabajo (o en su caso Certificado Habilidad Registro de Proveedores):
Se acompañan ambos. Se analiza únicamente el “Certificado de Habilidad. Registro de Proveedores”,
emitido por Mercado Público con fecha 12/10/2024, en que consta que F&T ABOGADOS SpA, se
encuentra en estado hábil. Cartas de compromiso profesional: Se adjuntó dos cartas de compromisos
de abogados, una suscrita por Marcela Fuentes Montero y la otra por Felipe Palma Valero, con fecha
09 y 14 de octubre de 2024, respectivamente. Declaración jurada Anexo 5: Se adjuntó dos
declaraciones juradas de los dos abogados que conforman la oferta técnica, suscritas el 09 y 14 de
octubre de 2024. Uno de los abogados es también la representante legal (Marcela Fuentes) Cédulas y
CV integrantes equipo defensa: Se adjunta tres copias simples de cédulas de identidad,
correspondientes a cada uno de los tres integrantes del equipo de defensa. También se adjuntan tres
curriculum de cada uno de los miembros. Certificado de Título abogado(a) vigente: se adjuntan dos
certificados de título de los dos letrados que conforman la nómina: (1) uno emitido el 22/10/2024,
respecto de la abogada Marcela Fuentes Montero; y (2) otro certificado, de 07/10/2024, referido al
abogado Felipe Palma Valero. Finalmente, también se acompaña el Rut de la sociedad.
En la I Sesión Ordinaria
d e l C o m i t é d e
Adjudicación Regional
de Antofagasta, por
unanimidad de sus
miembros presentes, se
resolvió continuar con la
revisión del contenido y
presentación de la
oferta técnica, respecto
de aquellos criterios que
no otorgan puntaje,
s e g ú n e l o r d e n
dispuesto por el punto 6
d e l a s B a s e s
Administrativas.
La posibilidad de no acompañar, en esta etapa, “Certificados Oficiales emanados de la Dirección del Trabajo
competente, acerca de la existencia o no de deudas previsionales o de remuneraciones pendientes” (punto 4.4.2,
letra e, de las Bases Administrativas), cuando el oferente se encuentra inscrito y en estado “Hábil” en el Registro
de Proveedores del Estado, es una previsión normativa expresamente contemplada en el párrafo segundo del
punto 4.4.3 de las Bases Administrativas, que dispone que: “Los participantes que se encuentren inscritos en
estado “Hábil” en el Registro de Proveedores del Estado, hasta la fecha de apertura de la oferta económica,
podrán exceptuarse de informar en el referido Portal los documentos señalados en los numerales 4.4.2 e) y 4.4.3
f), respectivamente, si ellos se encuentran disponibles en el Portal en las condiciones y dentro de los plazos que
establecen estas bases".
Fase 2: Evaluación Técnica Criterios de Evaluación por Adhesión (Sin Puntaje)
1.- Infraestructura de atención de usuarios
Sala de espera Cumple -
Baño Cumple -
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Mobiliario Cumple -
Condiciones de privacidad Cumple -
Condiciones de atención a público Cumple -
Computación Cumple -
Conectividad Cumple -
Localización de la(s) oficina(s) Cumple -
2.- Mecanismos de control y sistemas de registros
Registro de gestiones y actualización de documentos Cumple -
Uso de herramientas de monitoreo Cumple -
3.- Apoyo de personal administrativo de los oferentes
Número de asistente por abogado disponible en la propuesta Cumple -
Requisito educacional de asistentes administrativas Cumple -
Experiencia laboral de asistente administrativo(meses) Cumple -
Número de apoyos especializados por abogados disponibles en la propuesta No Aplica -
Requisito educacional del o los apoyo(s) especializado(s) No Aplica -
Experiencia laboral del o los apoyo(s) especializado(s) No Aplica -
4.- Número y dedicación de abogados disponibles
El oferente compromete un número de abogados de acuerdo a las combinaciones establecidas en el Anexo N° 1 Cumple -
5.- Permanencia y habitualidad en la región
Permanecia y habitualidad en el ejercicio de la profesión en la región Cumple -
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Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
Respecto de los criterios por adhesión: (1) Infraestructura de atención de usuarios; (2)
Mecanismos de control y sistemas de registros; (3) Apoyo de personal administrativo de
los oferentes; (4) Número y dedicación de abogados disponibles y (5) Permanencia y
habitualidad en la región, dicha adhesión aparece en el propio Anexo 2, que contiene el
formulario de la Oferta Técnica. Esto es sin perjuicio de la acreditación que, en cada caso
corresponde realizar, y que se analizará en los párrafos siguientes. Con respecto a la
acreditación de la PERMANENCIA Y HABITUALIDAD EN LA REGIÓN, ambos abogados
cumplen con el mínimo de 3 meses exigido por el punto 7 del Anexo 1 respectivo,
aprobado por Resolución Exenta N°140, de 2024. El abogado Felipe Palma lo acredita
mediante (1) Resolución Exenta N°88, de fecha 18 de junio de 2024, de la Defensoría
Regional de Antofagasta, que autorizó la incorporación del señor Palma Valero, como
integrante titular de la nómina de defensa de la Prestadora “Defensa Catalina Verdejo
EIRL”, en la Zona 1PA-Calama. Se complementó esa información (2) con el contrato de
trabajo, de 18 de junio de 2024, suscrito entre la anota prestadora -como empleadora- y el
señor Palma -como trabajador-, que señala expresamente que este último desempeñará
“labores de abogado defensor, en el carácter de defensor penal público licitado”,
precisándose que el lugar de trabajo se ubica en calle Eduardo Abaroa N°1497, Calama.
Luego, entre el 18 de junio de 2024 y la fecha de presentación de las ofertas, hay más de
3 meses. Por su parte, la abogada Marcela Fuentes, presentó: (1) Resolución Exenta
N°258, de 2021, de la DR de Antofagasta, por la que, en el 26° proceso licitatorio, se
aprobó el contrato para la prestación de defensa penal, para la Zona 1-Calama, con la
misma persona jurídica que ahora postula. La cláusula cuarta del contrato indica que la
persona que se desempeñaría como abogada es Marcela Fuentes; y la cláusula octava
señala que la duración del mismo sería por 36 meses. Luego, (2) la conservación de esa
calidad en el tiempo se extrae del “Certificado”, emitido el 03 de octubre de 2024, por la
Directora Administrativa Regional (s), en que se da cuenta que doña Marcela Fuentes es
“Defensora Penal Pública licitada” (a la fecha de la expedición del documento”), y que, en
esa calidad, ha asistido a diversos cursos y capacitaciones impartidos a nivel regional. En
cuanto al requisito educacional y experiencia laboral de la asistente, se acredita mediante:
(1) documento electrónico denominado “Licencia de educación media técnico profesional”,
del 7 de octubre de 2024, suscrito por el Jefe de Unidad Nacional de Atención Ciudadana,
del Mineduc, y (2) con Certificado de cotizaciones”, emitido por la AFP Plan Vital, con fecha
07 de octubre de 2024, que da cuenta de cotizaciones ininterrumpidas entre septiembre
de 2021 y septiembre de 2024.
El Comité de Adjudicación Regional
de Antofagasta, por unanimidad de
sus integrantes presentes, resolvió
que la oferente ha adherido
correctamente a los criterios de
evaluación por adhesión; y que ha
acompañado íntegramente, ademas
de la garantía de seriedad de la
oferta y de los antecedentes
administrativos- todos los
documentos que permiten
corroborar la habitualidad y
permanencia de los abogados, los
requisitos exigidos a los apoyos
administrativos, así como los
antecedentes relativos a la
evaluación de los criterios de la
oferta que sí otorgan puntaje. En
consecuencia, se procederá a
evaluar esta última documentación
y a s i g n a r e l p u n t a j e q u e
corresponda a la oferta presentada,
en sesión a realizarse el jueves 7 de
noviembre de 2024 a las 16:30
horas.
Fase 3: Evaluación Técnica Criterios de Evaluación de Experiencia y Calificación (Con Puntaje)
Registros de Experiencia y Prueba del Equipo
Equipo Nombre RUT Experiencia Prueba
Estudios
Diplomas de
Postítulos
Magister y/o
Doctorado
Abogado FELIPE ANDRÉS PALMA
VALERO 468 76 Sí No
Abogado MARCELA ANDREA FUENTES
MONTERO 2871 83 Sí No
Asistente YAMILETH ALEXANDRA
BAUTISTA CHUQUIMIA
Puntajes del equipo de defensa
Equipo Nombre RUT Experiencia Prueba Estudios
Abogado FELIPE ANDRÉS PALMA VALERO 33 15 5
Abogado MARCELA ANDREA FUENTES MONTERO 33 15 5
Cantidad de Audiencias y/o Requerimientos: 400
Puntaje de la Oferta Técnica
Requisitos Formales Ptje. Experiencia Ptje. Prueba Ptje. Estudios Ptje. Total Oferta Técnica
2 33 15 5 55
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
A) EXPERIENCIA EN AUDIENCIA Y EXAMEN HABILITANTE. Se presentan los siguientes
documentos: (i) Informe de audiencias de Felipe Palma, de fecha 05/10/2024, con
fecha de corte al 30/09/2024, informándose que el número total de audiencias
asociada al defensor son 468. (ii) Informe de audiencias de Marcela Fuentes, de
fecha 6/10/2024, con corte al 30/9/2024, informándose que el número total de
audiencias asociada a la defensora son 2871. (iii) "Certificado de evaluación
técnica. Pruebas habilitantes rendidas", de fecha 26/04/2024, generado por esta
misma institución, que indica que el señor Felipe Palma tiene asociada 3 pruebas de
defensa general aprobadas y vigentes, y que, de ellas, su mejor puntaje son 76
puntos; y (iv) Certificado del mismo tipo, respecto de Marcela Fuentes, de fecha
1/10/2024, que indica que sólo tiene una prueba vigente de defensa general,
aprobada con 83 puntos. B) ESTUDIOS DE MARCELA FUENTES. (i) Respecto de
Marcela Fuentes se acredita “Diplomado en Derecho Penal”, impartido por la
Universidad de los Andes, lo que consta en “Certificado Aprobación Diplomado”,
emitido por la Directora General de Programas eClass de esa Casa de Estudios,
emitido con fecha 07/10/2024. No se acredita Magíster por lo que se dirá en
comentario general. (ii) Respecto de Felipe Palma, acredita varios diplomados, pero
como cada categoría sólo puede ser evaluada una vez, sólo se tendrá presente el
“Certificado” N°0488/2023, emitido por la Directora del Depto. de Registro
Académico de la Universidad de Talca, que informa que el señor Palma aprobó el
“Diplomado en Actualización en Derecho Penal” de 216 horas de duración, realizado
el 2021.
En Sesión Ordinaria II, de fecha 7 de
noviembre de 2024, el Comité de
Adjudicación Regional de Antofagasta, por
unanimidad de sus integrantes, resolvió
que la propuesta de F&T ABOGADOS SPA
debe avanzar a la siguiente etapa, y que,
en consecuencia, se procederá a evaluar la
oferta económica de la proponente, de
conformidad con lo dispuesto en el párrafo
final del punto 6.1.4. de las Bases
Administrativas. Asimismo, el Comité dejó
constancia de que, por haberse presentado
en forma completa y correcta todos los
documentos que comprende la evaluación
de los requisitos formales, deberá
adicionarle dos puntos por ese concepto.
Respecto de la abogada Marcela Fuentes, también se intentó acreditar la obtención del grado de magíster
mediante documento emitido con fecha 18 de julio de 2024, por la Universidad de Jaén (España), que contiene
una manifestación de conocimiento por la cual se certifica la expedición del “Máster de formación permanente en
Derecho Penal y Garantías Constitucionales (8° Edición)”. Consta, además, que el referido documento cuenta con
las todas las firmas y apostilla necesarias para hacer fe en territorio nacional. Con todo, en años anteriores este
Comité ya se ha pronunciado sobre la imposibilidad de asignar el puntaje correspondiente a los estudios de
magíster a aquellos programas de postgrados realizados y aprobados en el extranjero, cuando son presentados
sin la respectiva certificación de la autoridad competente nacional para efectuar la homologación. En efecto,
debe necesariamente considerarse que el otorgamiento de los 10 puntos que las bases asignan al subfactor de
evaluación “Estudios” (4.4.2 de las Bases Técnicas) requiere acreditar un “Magíster o Doctorado”; y de
conformidad con el artículo 9 del DFL 1 de 1981, del Ministerio de Educación: “[c]orresponde exclusivamente a
las universidades otorgar los grados académicos de Licenciado, Magíster y Doctor”. Luego, para el evento de que
se trate de estudios realizados en el extranjero, es la ley N°153, de 1981, que fija los Estatutos de la Universidad
de Chile, la que otorga competencia a esa Casa de Estudios para reconocer, revalidar y convalidar títulos
profesionales y grados académicos obtenidos en el extranjero, salvo que exista un tratado internacional
(Dictamen 680/2018). En consecuencia, independientemente de la indubitable autenticidad del instrumento, al no
consignarse ni desprenderse de modo alguno que la aprobación del referido Máster suponga haber obtenido el
grado académico de “Magíster”, este Comité está impedido de otorgar el puntaje asociado a ese nivel.
Fase 4: Evaluación Económica
Remuneración por Abogado:
Abogado Remuneración
Fija Mensual RUT
FELIPE ANDRÉS PALMA VALERO 2.500.000
MARCELA ANDREA FUENTES MONTERO 2.500.000
Remuneración por Asistente:
Asistente Remuneración
Fija Mensual RUT
YAMILETH ALEXANDRA BAUTISTA CHUQUIMIA 850.000
Remuneración por Apoyo Especializado:
Apoyo Especializado Remuneración
Fija Mensual RUT
Equipo de defensa sin apoyo especializado.
Otros Gastos:
Total otros gastos mensuales de la propuesta 2.650.000
Valor total mensual de la propuesta N° de abogados Valor promedio mensual por abogado(VPA)
$ 8.500.000 2 $ 4.250.000
Puntajes de la Evaluación Económica
Puntaje Económico Valor Promedio Mensual por Abogado 15
Puntaje Económico Mejor Remuneración Menor 10
Puntaje Económico Remuneración Promedio Equipo no Abogado 10
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
El Comité realizó un análisis pormenorizado de la oferta económica de la proponente,
de conformidad con los tres criterios que componen el costo del servicio a prestar,
establecidos en el punto 6.2.1 de las Bases Administrativas, a saber: (a) el Valor
Promedio por Abogado más bajo (VPA), que se refiere al Valor Total Mensual de la
Propuesta, dividido por la cantidad de abogados; (b) la Remuneración por abogado
mínima, más alta, y (c) la Remuneración Fija Promedio del personal no abogado, más
alta. Acto seguido, se analizó los montos propuestos para cada uno de los criterios
mencionados, que son los siguientes: a) VPA: 4.250.000.-; b) Remuneración por
abogado mínima más alta: $2.500.000.-, y c) Remuneración promedio del personal
no abogado: $850.000.-. Finalmente, se examinó el ítem “Otros gastos de la
propuesta”, que en el caso de la proponente asciende a la suma de: $2.650.000.-. El
Comité consideró que esa cifra resultaba económicamente razonable, por cuanto en
dicho monto se debe incluir, entre otros gastos: el arriendo mensual de una oficina
que cumpla con los estándares de infraestructura que exige el Anexo 1; la compra
de mobiliario, de equipos computacionales, así como otros gastos operacionales
inherentes a la implementación y puesta en marcha del contrato.
En Sesión Ordinaria III, de fecha 15 de
noviembre de 2024, el Comité de
Adjudicación Regional de Antofagasta, por
unanimidad de sus miembros, RESOLVIÓ
que la propuesta de F&T ABOGADOS SPA
debe avanzar a la siguiente etapa, y
DISPUSO que, previo análisis de los
descuentos de puntaje que tuvieren lugar,
si fuere el caso, correspondía incluir el
nombre y puntaje final de la empresa
oferente en el listado de ofertas
seleccionables de que habla el punto 6.4
de las Bases Administrativas.
Fase 5: Descuento de Puntajes
Descuento de puntaje
Descripción Valor
Sanciones respecto del prestador o abogado integrante de su nómina, en contratos terminados o en ejecución, en
cualquier zona del país, dentro de los últimos tres años, anteriores al llamado a licitación (Punto 4.4.3.2 de las
Bases Técnicas).
0
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
Revisado el registro público de sanciones que mantiene la Defensoría,
no existe constancia de haberse aplicado sanción respecto de la
oferente, ni tampoco respecto de uno o más de los abogados que
integra su equipo de defensa, dentro de los últimos 36 meses,
anteriores al mes de la respectiva publicación del llamado.
En Sesión Ordinaria III, de fecha 15 de noviembre de
2024, el Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de sus miembros,
RESOLVIÓ que no correspondía descontar puntaje a la
oferente por concepto de sanciones aplicadas.
Cuadro de Evaluación de Ofertas Fase 1, Fase 2 y Fase 3
Cuadro de Ofertas Zona 1 - Calama - II Región de Antofagasta
# Oferente N° Abogados
Req. Formal
Evaluación Técnica
Sub Total
Experiencia Prueba Estudios Evaluación
2 33 15 15
1
F&T Abogados SPA
2 2 33 15 5 55.0000
77417661-6
Cuadro de Evaluación de Ofertas
Ranking de Ofertas Zona 1 - Calama - II Región de Antofagasta: Jornadas Sin Adjudicar: 0
# Oferente N°
Abogados
Req.
Formal
Evaluación Técnica
Sub
Total
Evaluación Económica
Descuento
de
Puntaje
Puntaje
Total
(100)
Jornadas
Adjudicadas
Valor Total
Experiencia Prueba Estudios VPA Contrato
Mejor
Remuneración
Menor
Remuneración
Promedio
Equipo no
Abogado
Otros
Gastos
2 33 15 15 15 10 10
1
F&T
Abogados
SPA 2 2 33 15 5 55.0000
15 10 10
$2.650.000 0 90 2 $408.000.000
77417661-6 $4.250.000 $2.500.000 $850.000
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
En Sesión de adjudicación, de fecha 15 de noviembre de 2024, el
Comité, concluida las evaluaciones técnicas y económicas,
procedió a elaborar el listado de las ofertas que llegaron hasta
esta fase. El Comité dejó registro que en la Zona 1-Calama se
licitaron un total de 2 jornadas de abogados(as) para defensa
general, y que participó una (1) sola concursante por el total de los
cupos requeridos. Luego, según se aprecia en el cuadro de arriba,
la proveedora concursante corresponde a F&T ABOGADOS SPA,
RUT N°77.417.661-6, quien sorteó con éxito las 5 etapas del
proceso de licitación obteniendo un total de 90 puntos; todo ello
de conformidad con el análisis que antecede, efectuado en cada
una de las 5 fases. Se deja constancia dicho análisis se efectúo en
las Sesiones Ordinarias I, II y III de fechas 4, 7 y 15 de noviembre
respectivamente.
POR TANTO, El Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, en sesión de Adjudicación de fecha 15 de
noviembre de 2024, por unanimidad de sus miembros,
DECIDIÓ ADJUDICAR las 2 jornadas de abogado ofrecidas en
el proceso de licitación relativo a la Zona 1-Calama,
Llamado N°2024, ID N°1333-2-LR24, a la oferente F&T
ABOGADOS SPA, RUT N°77.417.661-6, por un plazo de 4
años, y por un total de $408.000.000- (cuatrocientos ocho
millones de pesos), divididos en un VPA mensual
ascendente a $4.250.000- (cuatro millones doscientos
cincuenta mil pesos). El Defensor Regional, o quien lo
subrogue, deberá emitir la respectiva resolución que
formalice esta adjudicación, de conformidad con los
dispuesto en el punto 6.5. de las Bases Administrativas.
Conforme lo indica el recuadro de la evaluación:
Licitación Defensa General
Región de Antofagasta
Zona 2 - Antofagasta
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Listado de Ofertas Recibidas
# Nombre RUT
1 LEÓN y ASTUDILLO LTDA 77653436-6
Resumen Oferente #1 LEÓN y ASTUDILLO LTDA
Llamado: Licitación Defensa General N° 2024 Nombre Oferente: LEÓN y ASTUDILLO LTDA
Zona de Licitación: Zona 2 - Antofagasta - II Región de
Antofagasta
Rut: 77653436-6
Fase 1: Evaluación de Antecedentes Administrativos
Criterios Selección Aclaración
Garantía de seriedad de la Oferta, según 4.3 de las BA. Aclaración
La oferente presentó Certificado de fianza N° de folio
P0041971, emitido por MásAval SAGR, con fecha 28 de
octubre de 2024, para garantizar a "LEON Y ASTUDILLO
SPA", RUT 77.653.436-6, en circunstancias que el
afianzado debía ser "LEÓN Y ASTUDILLO LTDA", del
mismo RUT. Se solicita aclaración y corrección porque:
(1) el error en la identificación no es un error esencial
que importe la inadmisibilidad de la oferta en los
términos del 4.3. de las Bases Administrativas, y (2)
porque la oferente acreditó en la documentación
societaria -además de colegirse así del mismo RUT que
comparten- que "LEÓN Y ASTUDILLO LTDA" es la
continuadora legal de "LEÓN Y ASTUDLLO SPA".
Copia escritura social, certificado de vigencia de la
sociedad, antecedentes de la representación, y
publicaciones, según corresponda, de acuerdo al 4.4.2,
letras a. y b.
Cumple -
Fotocopia simple RUT o acreditación del trámite del
mismo. Cumple -
Todos los antecedentes señalados en el punto 4.4.1, de
las B.A, según corresponda, para los miembros del
equipo de defensa (Se chequea con Formato Persona
Natural).
Cumple -
Certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite no
tener deudas previsionales pendientes. Cumple -
Cartas compromiso de cada uno de los abogados
presentados en el equipo propuesto, según formato
anexo 7.
Cumple -
Declaración jurada conforme formato Anexo 5. Cumple -
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Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
A) GARANTÍA DE SERIEDAD. se presentó un "Certificado de fianza" Folio N°P0041971,
emitido por MásAval SAGR, con fecha 28/10/2024, para garantizar a LEON Y
ASTUDILLO SPA, RUT 77.653.436-6. (Sobre esto último, se pide aclaración). - Fecha y
hora presentación: consta en sobre recibido que la fecha y hora de recepción de la
garantía, en la Oficina de Partes de la Defensoría Regional, fue el 18/10/2024 a las
13:10 horas, antes del cierre de la oferta. Por lo demás, la garantía también se
acompañó como documento electrónico por Mercado Público. Monto: $250.000.
Vigencia: 23 de abril de 2025. (Sobre este punto CAR realiza comentario).
Finalmente, la glosa identifica correctamente el llamado, la zona de defensa y el ID
de licitación. B) ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. La oferente acompañó: (1)
“Constitución de sociedad por acciones León y Astudillo SpA”, firmado ante la 1°
Notaría de Antofagasta, el 17/10/2022. (2) “Protocolización de documentos” otorgado
el 29/12/2022, por la misma Notaría, Repertorio N°3019-2022. En lo que importa, uno
de los documentos protocolizados es una “JUNTA EXTRAORDINARIA DE
MODIFICACIÓN RAZÓN SOCIAL ‘LEON Y ASTUDILLO SPA’”, por el que consta en el
punto N°5 del acta de la junta extraordinaria protocolizada que la proveedora pasó
de ser una “sociedad por acciones ‘SpA’ a una sociedad ‘Limitada’, por cuanto el
nombre de la empresa sería ‘LEÓN Y ASTUDILLO LIMITADA’ pudiendo funcionar y
actuar, inclusive ante bancos y entidades financieras con el nombre de fantasía de
‘LIBENORT LTDA’”. (3) También acompañó “Certificado de estatuto actualizado” de
27/10/2024, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades que certifica que, “a
la fecha de emisión del documento, la sociedad identificada se encuentra regulada
por el Estatuto que los socios o constituyentes han suscrito conforme a la ley”. (4)
“CERTIFICADO DE VIGENCIA” de 27/10/2024, del mismo Registro, que señala que
LEON Y ASTUDILLO LTDA, RUT N°77.653.436-6, se encuentra inscrita y no se ha
registrado la suscripción de su disolución. (5) La personería de Andrea Astudillo y
Hugo León para actuar, cualquiera e indistintamente, en representación de la
empresa policitante se deriva de los artículos 7 y 10 del Estatuto Actualizado. (6) Se
acompaña "Certificado de antecedentes laborales y previsionales"
N°2000/2024/450477, del Jefe de la Unidad de Gestión y Control de Procedimientos
de la Dirección del Trabajo, de 27/10/2024, que certifica que la empresa no registra
multas ni deudas laborales. (7) Carta de compromiso profesional”, de 28/10/2024, en
que aparece la firma del abogado de la oferta (Salvador Ponce Campos). (8) Obran 2
declaraciones juradas del Anexo 5: una de fecha 27/10/2024 de la representante
legal de la empresa (Andrea Astudillo) y otra del abogado de la nómina (Salvador
Ponce). (9) Dos cédulas de identidad, correspondiente a los integrantes del equipo de
defensa, tanto del abogado como del asistente, así como sus respectivos curriculum.
(10) Certificado de título de abogado del señor Ponce Campos, emitido con fecha
28/10/2024. (11) Rol Único Tributario de la sociedad LEON Y ASTUDILLO LIMITADA,
RUT N°77653436-6, N° de serie 202407004552, emitido con fecha 27 de octubre de
2024.
En la I Sesión Ordinaria del Comité de
Adjudicación Regional de Antofagasta,
por unanimidad de sus miembros
presentes, se ha resuelto: 1. Solicitar a la
oferente LEÓN Y ASTUDILLO LIMITADA
(LIBENORT LTDA)., que, dentro del plazo
de 24 horas hábiles, corrija la garantía de
seriedad de la oferta, por cuanto el
documento que ha presentado constituye
un certificado de fianza que cauciona a la
sociedad “LEÓN Y ASTUDILLO SPA”. En el
plazo indicado, esa oferente deberá
enmendar el error formal advertido ya
sea incluyendo en la glosa de la garantía
de seriedad la frase “en favor de la
sociedad LEÓN Y ASTUDILLO LTDA., RUT
77.653.436-6”, o bien presentando una
nueva garantía que afiance a “LEÓN Y
ASTUDILLO LIMITADA". 2. Proceder,
igualmente, a la revisión del contenido y
presentación de la oferta técnica,
respecto de aquellos criterios que no
otorgan puntaje, según el orden
dispuesto por el punto 6 de las Bases
Administrativas. 3. Se deja establecido
que tanto el resultado de la revisión del
contenido formal de la oferta técnica que
se procederá a efectuar a continuación,
en esta misma instancia, respecto de los
criterios de adhesión que no otorgan
puntaje, así como la continuidad de la
oferente en el presente concurso, están
supeditados a la efectiva y correcta
presentación de la solicitud de corrección
requerida.
En relación con la vigencia que debe tener la garantía de seriedad de la oferta, el Comité puntualizó que lo que
establecen las Bases Administrativas, en el párrafo tercero del punto 4.3, es lo siguiente: “La garantía de
seriedad de la oferta deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, no podrá tener una
vigencia inferior a 180 días corridos, contados desde la ‘FECHA ORIGINAL’ de la apertura de la oferta técnica,
según lo contemplado en el calendario de la licitación” (énfasis agregado). En consecuencia, si bien en el
procedimiento concursal correspondiente a la Zona 2-Antofagasta (y también en todos los demás procedimientos
del Llamado N°2024, de la región de Antofagasta) existió una modificación de las etapas “Cierre de recepción de
las ofertas” y “Apertura de las ofertas técnicas”, por virtud del cual se prorrogó ambos plazos, desde el 25 de
octubre al 28 de octubre de 2024 (según da cuenta la resolución exenta N°143, de 2024, de la Defensoría
Regional de Antofagasta), esa nueva fecha no ha significado alterar el plazo de vigencia que deben observar las
garantías de seriedad; por lo que el Comité, por unanimidad, entiende que son válidas las cauciones que
contemplaren una fecha de expiración igual o superior al 23 de abril de 2025. En relación con la aclaración
solicitada, el Comité, por unanimidad, entendió que la circunstancia de que la garantía afianzara a “LEÓN Y
ASTUDILLO SPA” y no a “LEÓN Y ASTUDILLO LIMITADA” constituía un error meramente formal, susceptible de
subsanarse, de conformidad con la regla dispuesta en el párrafo 7, del punto 4.3 de las Bases Administrativas. Al
efecto, ese inciso sólo considera tres tipos de errores en que la garantía de seriedad significa la inadmisibilidad
de la oferta, a saber: (1) cuando no se entrega oportunamente, (2) cuando el valor no se ajusta al monto exigido
y (3) cuando la vigencia es inferior al mínimo requerido por las bases.
Fase 2: Evaluación Técnica Criterios de Evaluación por Adhesión (Sin Puntaje)
1.- Infraestructura de atención de usuarios
Sala de espera Cumple -
Baño Cumple -
Mobiliario Cumple -
Condiciones de privacidad Cumple -
Condiciones de atención a público Cumple -
Computación Cumple -
Conectividad Cumple -
Localización de la(s) oficina(s) Cumple -
2.- Mecanismos de control y sistemas de registros
Registro de gestiones y actualización de documentos Cumple -
Uso de herramientas de monitoreo Cumple -
3.- Apoyo de personal administrativo de los oferentes
Número de asistente por abogado disponible en la propuesta Cumple -
Requisito educacional de asistentes administrativas Cumple -
Experiencia laboral de asistente administrativo(meses) Cumple -
Número de apoyos especializados por abogados disponibles en la propuesta No Aplica -
Requisito educacional del o los apoyo(s) especializado(s) No Aplica -
Experiencia laboral del o los apoyo(s) especializado(s) No Aplica -
4.- Número y dedicación de abogados disponibles
El oferente compromete un número de abogados de acuerdo a las combinaciones establecidas en el Anexo N° 1 Cumple -
5.- Permanencia y habitualidad en la región
Permanecia y habitualidad en el ejercicio de la profesión en la región Cumple -
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
Respecto de los criterios por adhesión: (1) Infraestructura de atención
de usuarios; (2) Mecanismos de control y sistemas de registro; (3)
Apoyo de personal administrativo de los oferentes; (4) Número y
dedicación de abogados disponibles y (5) Permanencia y habitualidad
en la región, dicha adhesión aparece en el propio Anexo 2, que
contiene el formulario de la Oferta Técnica. Esto es sin perjuicio de la
acreditación que, en cada caso corresponde realizar, y que se
analizará en los párrafos siguientes. PERMANENCIA Y HABITUALIDAD
EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA. La proponente acredita que el
abogado de la nómina mantiene una permanencia y habitualidad en el
ejercicio de la profesión, en la región de Antofagasta, a través de los
siguientes documentos: (1) Resolución Exenta N°36, de 29/02/2024,
de la Defensora Regional (s) de Antofagasta, que autoriza la
contratación directa del servicio de defensa penal general con la
persona natural, Salvador Ponce Campos. Consta en la cláusula octava
del convenio directo aprobado que su duración sería por 6 meses, a
contar del 01/03/2024. (2) Resolución Exenta N°128, de 29/08/2024,
de la misma procedencia, en que se autoriza nuevo convenio directo
con el proveedor. En el considerando 4to del acto aprobatorio se
señala, como fundamento de la causal invocada (seguridad y
confianza derivada de la experiencia previa del proveedor),
precisamente, el que se hubiera desempeñado como contratante
directo en la prestación del servicio de defensa general, en los
términos del precitado acto administrativo (RE N°36, de febrero de
2024). REQUISITO EDUCACIONAL Y EXPERIENCIA LABORAL ASISTENTE.
Ello se acredita mediante (1) Licencia de Educación Media H-C, emitida
con fecha 27/10/2024, por el Jefe Unidad Nacional de Atención
Ciudadana del Ministerio de Educación, y extendida en favor del señor
José Tranamil Retamales; (2)“Certificado Ley 18.120”, expedido por la
Prosecretaria General de la Universidad Autónoma de Chile, de fecha
8/04/2024, en que se certifica que el señor Tranamil Retamales egresó
de la carrera de Derecho el segundo semestre del año 2021. El mismo
certificado expone que la Universidad Autónoma de Chile "[f]igura
inscrita desde el 11 de agosto de 1989 en el Registro de Universidades
C-N°35 del Ministerio de Educación de Chile”. (3) “Contrato de Trabajo
Part – Time de Plazo Fijo”, de fecha 1°/3/2024, suscrito en
Antofagasta, entre Salvador Ponce y José Tranamil Retamales
(trabajador), quien “se compromete a ejecutar el trabajo de asistente
administrativo en oficina legal y [...] a ejecutar los trabajos y funciones
que se le designen para ello, cooperar en la gestión y tramitación de
los distintos requerimientos legales, judiciales [y] administrativos del
área”. (4) Luego hay un “Anexo de contrato de trabajo”, de fecha
30/8/2024, suscrito entre las mismas partes y bajo las mismas
calidades. En su cláusula primera se conviene que: “a partir de esta
fecha, la vigencia del contrato se extiende hasta el 01 de enero de
2025, se modifica y rectifica la cláusula que menciona el plazo y
vigencia de este”.
El Comité de Adjudicación Regional de Antofagasta, por
unanimidad de sus integrantes, ha dispuesto que: (1)
Con respecto a los criterios de adhesión, que no otorgan
puntaje, examinados en esta fase, la oferente ha
adherido correctamente a todos ellos. (2) En relación
con los antecedentes administrativos, la oferente ha
presentado documentación sobre la existencia, vigencia
y representación de la sociedad; ha demostrado el inicio
de actividades tributarias, así como la regularidad de
sus obligaciones en materia laboral y previsional, y
también ha acompañado las declaraciones y
compromisos exigidos por el punto 4.4.1 y 4.4.2 de las
Bases Administrativas. De igual modo, allegó elementos
de juicio que importan corroborar la habitualidad y
permanencia, en la región de Antofagasta, del abogado
propuesto, al tiempo que satisfizo las exigencias
formativas y de experiencia laboral requeridas para la
persona del apoyo administrativo, de conformidad con el
Anexo 1. Por último, también incorporó el acervo
referido a la evaluación de los criterios de la oferta que
sí otorgan puntaje, por lo que, en caso de cumplir con la
subsanación del yerro formal advertido en su garantía
de seriedad, se asignará el puntaje que corresponde a
esta última documentación técnica, a realizarse en la II
Sesión Ordinaria, fijada para el jueves 7 de noviembre
de 2024 a las 16:30 horas. (3) Que, tanto la
admisibilidad de la propuesta como la continuidad de la
participación de la oferente en este procedimiento
concursal, quedará condicionada a la oportuna, íntegra
y efectiva corrección de la desviación advertida en su
garantía de seriedad de la oferta, según se resolvió en el
examen de la fase primera, referida al análisis de los
antecedentes administrativos. (4) Que, finalmente, se
hace presente a la participante LEÓN Y ASTUDILLO
LIMITADA que, en caso de resultar adjudicataria de la
jornada por la que está concursando, referida a la
prestación del servicio de defensa penal general en la
Zona 2-Antofagasta, correspondiente al ID de licitación
1333-2-LR24, deberá -de modo previo a la eventual
suscripción del contrato- encontrarse en estado "Hábil",
con su razón social actualizada, en el Registro de
Contratistas de la Administración, de que habla el
artículo 16 de la ley N°19.886.
Fase 3: Evaluación Técnica Criterios de Evaluación de Experiencia y Calificación (Con Puntaje)
Registros de Experiencia y Prueba del Equipo
Equipo Nombre RUT Experiencia Prueba
Estudios
Diplomas de
Postítulos
Magister y/o
Doctorado
Abogado SALVADOR RODRIGO
PONCE CAMPOS 528 71 No No
Asistente JOSÉ DAVID TRANAMIL
RETAMALES
Puntajes del equipo de defensa
Equipo Nombre RUT Experiencia Prueba Estudios
Abogado SALVADOR RODRIGO PONCE CAMPOS 33 15 0
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Cantidad de Audiencias y/o Requerimientos: 400
Puntaje de la Oferta Técnica
Requisitos Formales Ptje. Experiencia Ptje. Prueba Ptje. Estudios Ptje. Total Oferta Técnica
0 33 15 0 48
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
A) REVISIÓN ACLARACIÓN GARANTÍA. Con fecha 6 de noviembre de 2024,
de conformidad con la solicitud de corrección pedida en Sesión de 4 de
noviembre pasado, el oferente adjuntó una nueva garantía de seriedad
de la oferta, consistente en un certificado de fianza, en que el proveedor
caucionado es LEÓN Y ASTUDILLO LIMITADA, RUT N°77.653.436-6, por lo
que se entiende subsanado el defecto de forma. B) EXPERIENCIA EN
AUDIENCIA Y EXAMEN HABILITANTE. Se acredita mediante los siguientes
documentos: (i) “Certificado de evaluación técnica. Pruebas habilitantes
rendidas”, generado por la Defensoría Penal Pública el 22/10/2024, que
da cuenta de que el 24 de octubre de la pasada anualidad, el señor
Ponce Campos rindió y aprobó el examen habilitante general con 71
puntos. (ii) Informe de audiencias generado por esta misma institución,
de fecha 22/10/2024, con corte al 30 de septiembre de 2024, que indica
que el señor PONCE CAMPOS tiene 528 audiencias. C) ESTUDIOS DEL
ABOGADO SALVADOR PONCE. No se acreditó estudios de especialización
o postgrado respecto del señor Ponce Campos.
En Sesión Ordinaria II, de fecha 7 de noviembre de
2024, el Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de sus integrantes,
resolvió que la propuesta de LEÓN Y ASTUDILLO
LIMITADA ha subsanado el defecto de forma
advertido en su garantía de seriedad de la oferta, y
que, habiendo cumplido con los demás requisitos
formales, se debe proceder a evaluar la oferta
económica de la proponente, de conformidad con lo
dispuesto en el párrafo final del punto 6.1.4. de las
Bases Administrativas. El Comité deja constancia de
que, por no haberse presentado en forma completa y
correcta todos los documentos que comprende la
evaluación de los requisitos formales, no procede
adicionarsele dos puntos por ese concepto.
Fase 4: Evaluación Económica
Remuneración por Abogado:
Abogado Remuneración
Fija Mensual RUT
SALVADOR RODRIGO PONCE CAMPOS 2.300.000
Remuneración por Asistente:
Asistente Remuneración
Fija Mensual RUT
JOSÉ DAVID TRANAMIL RETAMALES 650.000
Remuneración por Apoyo Especializado:
Apoyo Especializado Remuneración
Fija Mensual RUT
Equipo de defensa sin apoyo especializado.
Otros Gastos:
Total otros gastos mensuales de la propuesta 1.250.000
Valor total mensual de la propuesta N° de abogados Valor promedio mensual por abogado(VPA)
$ 4.200.000 1 $ 4.200.000
Puntajes de la Evaluación Económica
Puntaje Económico Valor Promedio Mensual por Abogado 15
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Puntajes de la Evaluación Económica
Puntaje Económico Mejor Remuneración Menor 10
Puntaje Económico Remuneración Promedio Equipo no Abogado 10
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
El Comité realizó un análisis pormenorizado de la oferta económica de la
proponente, de conformidad con los tres criterios que componen el costo del
servicio a prestar, establecidos en el punto 6.2.1 de las Bases Administrativas, a
saber: (a) el Valor Promedio por Abogado más bajo (VPA), que se refiere al Valor
Total Mensual de la Propuesta, dividido por la cantidad de abogados, más alta; (b) la
Remuneración por abogado mínima, más alta, y (c) la Remuneración Fija Promedio
del personal no abogado, más alta. Acto seguido, se analizó los montos propuestos
relativos a los tres criterios mencionados, que son los siguientes: a) VPA:
$4.200.000.- (sobre esto Comité realiza comentario*); b) Remuneración por abogado
mínima más alta: $2.300.000.-, y c) Remuneración promedio del personal no
abogado: $650.000.-. Acto seguido se procedió a revisar el ítem “Otros gastos de la
propuesta”, que en el caso de la proponente asciende a la suma de: $1.250.000.-. El
Comité consideró que este último monto resultaba económicamente razonable, por
cuanto en dicha suma corresponde incluir, entre otros gastos, el arriendo mensual
de una oficina, la compra de mobiliario, de equipos computacionales, gastos
operacionales de la implementación y puesta en marcha del contrato, etc.
En Sesión Ordinaria III, de fecha 15 de
noviembre de 2024, el Comité de
Adjudicación Regional de Antofagasta, por
unanimidad de sus miembros, RESOLVIÓ
que la propuesta de LEÓN Y ASTUDILLO
LTDA. debe avanzar a la siguiente etapa, y
DISPUSO que, previo análisis de los
descuentos de puntaje que tuvieren lugar,
si fuere el caso, correspondía incluir el
nombre y puntaje final de la empresa
oferente en el listado de ofertas
seleccionables de que habla el punto 6.4
de las Bases Administrativas.
*Comentario: Que, sobre el Valor Promedio por Abogado, se advirtió por el Comité de Adjudicación Regional que,
si bien en el formulario de su propuesta económica (Anexo 3), la interesada indicó un "VALOR PROMEDIO POR
ABOGADO MES, (VPA)" de $4.250.000.-, ello se debe a que cometió un error al sumar los valores indicados en los
puntos (A), (B), (C) y (D), que corresponde a los montos sobre remuneración del abogado, remuneración del
asistente y otros gastos. En efecto, la adición de todas esas partidas asciende a $4.200.000.- y no a $4.250.000.
No obstante, el Comité resolvió que se trataba de un mero error aritmético que, en caso alguno, proyectaba la
esencialidad y gravedad requerida para viciar la oferta. En apoyo a esa consideración, se tuvo presente el oficio
N°7.948, de 2018, de la Contraloría General de la República, por virtud del cual dictaminó que un vicio no es
esencial si la Administración del Estado dispone de medios o herramientas para superarlo, como sería la
realización de una simple operación matemática.
Fase 5: Descuento de Puntajes
Descuento de puntaje
Descripción Valor
Sanciones respecto del prestador o abogado integrante de su nómina, en contratos terminados o en ejecución, en
cualquier zona del país, dentro de los últimos tres años, anteriores al llamado a licitación (Punto 4.4.3.2 de las
Bases Técnicas).
0
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
Revisado el registro público de sanciones que mantiene la Defensoría,
no existe constancia de haberse aplicado sanción respecto de la
oferente, ni tampoco respecto de uno o más de los abogados que
integra su equipo de defensa, dentro de los últimos 36 meses,
anteriores al mes de la respectiva publicación del llamado.
En Sesión Ordinaria III, de fecha 15 de noviembre de
2024, el Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de sus miembros,
RESOLVIÓ que no correspondía descontar puntaje a la
oferente por concepto de sanciones aplicadas.
Cuadro de Evaluación de Ofertas Fase 1, Fase 2 y Fase 3
Cuadro de Ofertas Zona 2 - Antofagasta - II Región de Antofagasta
# Oferente N° Abogados
Req. Formal
Evaluación Técnica
Sub Total
Experiencia Prueba Estudios Evaluación
2 33 15 15
1
LEÓN y ASTUDILLO
LTDA
1 0 33 15 0 48.0000
77653436-6
Cuadro de Evaluación de Ofertas
Ranking de Ofertas Zona 2 - Antofagasta - II Región de Antofagasta: Jornadas Sin Adjudicar: 0
# Oferente N°
Abogados
Req.
Formal
Evaluación Técnica
Sub
Total
Evaluación Económica
Descuento
de
Puntaje
Puntaje
Total
(100)
Jornadas
Adjudicadas
Valor Total
Experiencia Prueba Estudios VPA Contrato
Mejor
Remuneración
Menor
Remuneración
Promedio
Equipo no
Abogado
Otros
Gastos
2 33 15 15 15 10 10
1
LEÓN y
ASTUDILLO
LTDA 1 0 33 15 0 48.0000
15 10 10
$1.250.000 0 83 1 $201.600.000
77653436-6 $4.200.000 $2.300.000 $650.000
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
En Sesión de adjudicación, de fecha 15 de noviembre de 2024, el
Comité, concluida las evaluaciones técnicas y económicas,
procedió a elaborar el listado de las ofertas que llegaron hasta
esta fase. El Comité dejó registro que en la Zona 2-Antofagasta se
licitó una sola jornada de abogado(a) para defensa penal general,
y que participó una (1) sola concursante por el total de los cupos
requeridos. Según se aprecia en el cuadro de arriba, la proveedora
concursante corresponde a LEÓN Y ASTUDILLO LIMITADA, RUT
N°77.653.436-6 quien sorteó con éxito las 5 etapas del proceso de
licitación obteniendo un total de 83 puntos; todo ello de
conformidad con el análisis que antecede, desarrollado en cada
una de las 5 fases. Se deja constancia dicho análisis se efectúo en
las Sesiones Ordinarias I, II y III de fechas 4, 7 y 15 de noviembre
respectivamente.
POR TANTO, El Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, en sesión de Adjudicación de fecha 15 de
noviembre de 2024, por unanimidad de sus miembros,
DECIDIÓ ADJUDICAR la única jornada de abogado ofrecida
en el proceso de licitación referido a la Zona 2-Antofagasta,
Llamado N°2024, ID N°1333-2-LR24, a la oferente LEÓN Y
ASTUDILLO LIMITADA, RUT N°77.653.436-6, por un plazo de
4 años, y por un total de $201.600.000- (doscientos un
millones seiscientos mil pesos), divididos en un VPA mensual
ascendente a $4.200.000- (cuatro millones doscientos mil
pesos). El Defensor Regional, o quien lo subrogue, deberá
emitir la respectiva resolución que formalice esta
adjudicación, de conformidad con los dispuesto en el punto
6.5. de las Bases Administrativas.
Conforme lo indica el recuadro de la evaluación:
Licitación Defensa General
Región de Antofagasta
Zona 1 - Calama -2
Listado de Ofertas Recibidas
# Nombre RUT
1 SOCIEDAD DE PROFESIONALES DEFENSA Y JUSTICIA LIMITADA 78028523-0
Resumen Oferente #1 SOCIEDAD DE PROFESIONALES DEFENSA Y JUSTICIA LIMITADA
Llamado: Licitación Defensa General N° 2024 Nombre Oferente: S O C I E D A D D E
PROFESIONALES DEFENSA Y
JUSTICIA LIMITADA
Zona de Licitación: Zona 1 - Calama -2 - II Región de Rut: 78028523-0
Antofagasta
Fase 1: Evaluación de Antecedentes Administrativos
Criterios Selección Aclaración
Garantía de seriedad de la Oferta, según 4.3 de las BA. Cumple -
Copia escritura social, certificado de vigencia de la sociedad, antecedentes de la representación, y
publicaciones, según corresponda, de acuerdo al 4.4.2, letras a. y b. Cumple -
Fotocopia simple RUT o acreditación del trámite del mismo. Cumple -
Todos los antecedentes señalados en el punto 4.4.1, de las B.A, según corresponda, para los
miembros del equipo de defensa (Se chequea con Formato Persona Natural). Cumple -
Certificado de la Dirección del Trabajo, que acredite no tener deudas previsionales pendientes. Cumple -
Cartas compromiso de cada uno de los abogados presentados en el equipo propuesto, según formato
anexo 7. Cumple -
Declaración jurada conforme formato Anexo 5. Cumple -
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
A. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA que presentó la proponente consiste en una "Boleta de
garantía" emitida por el Banco Estado, por un monto de $500.000.- (que se corresponde con la
contidad de jornadas por las que participa), y con un fecha de vigencia del 28 de abril de 2025, que
excede los 180 días de vigencia , contados desde la fecha original de la apertura de la oferta. Al
tratarse de un documento material, fue entregada presencialmente en la oficina de partes, el 23 de
octubre de 2024. Finalmente, la glosa identifica correctamente el llamado, la zona de defensa y el ID
de licitación. B. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS. Se acompañó (1) “Certificado de estatuto
actualizado” emitido con fecha 09 de octubre de 2024, por el Registro de Empresas y Sociedades, en
que se certifica que "la sociedad identificada se encuentra regulada por el Estatuto, que los socios o
constituyente han suscrito conforme a la ley". Ese mismo documento indica al final (pág. 6) el
"Historial de actuaciones y anotaciones" donde se advierte que el único movimiento de la sociedad
es su constitución de fecha 9/10/2024. (2) También se acompaño "Certificado de vigencia", de no
más de 60 días de antigüedad, emitido por el miso Registro, en que se indica que "al sociedad se
encuentra inscrita y no se ha registrado la suscripción de su Disolución". Con respecto a la
representación (3) ella se extrae del artículo 7mo (“De la administración”), en relación con el 11°
(“De los poderes conferidos a los administradores”), del Estatuto Actualizado. Esa representación se
otorga indistintamente a Catalina Verdejo y a Mauricio Hernández. (4) Respecto del Certificado de la
Dirección del Trabajo o, en su caso, la verificación de su habilidad en el Registro de Proveedores del
Estado, la proponente acompaña documentos que acreditan ambas situaciones. En cuanto a su
inscripción en el Registro de Proveedores, consta por certificado de fecha 19 de octubre de la
autoridad competente. (5) Ambos abogados acompañan documentos denominados “Carta
Compromiso Profesional”, de fechas 11/10/2024 (en el caso de Catalina) y 25/10/2024 (en el caso de
Mauricio). (6) Lo propio sucede con las declaraciones juradas del Anexo 5, aunque en este caso,
ambos documentos fueron suscritos el 25 de octubre de esta anualidad. (7) Finalmente, la oferente
adjunta RUT N° Serie 202406965969, fecha de emisión de 09/10/2024. C. ANTECEDENTES
PERSONALES DEL 4.4.1 DE LAS BASES. (1) Se adjuntan 3 cédulas de identidad y currículum de cada
uno de los miembros del equipo de defensa; (2) se adjunta igualmente dos certificados de título de
abogado/a: en el caso de Catalina, la fecha de emisión es del 1/10/2024 y en el caso de Mauricio, de
09/10/2024. Los certificados tienen validez de un año.
En la I Sesión Ordinaria
d e l C o m i t é d e
Adjudicación Regional de
A n t o f a g a s t a , p o r
u n a n i m i d a d d e s u s
miembros presentes, se
resolvió proceder a la
revisión del contenido y
presentación de la oferta
técnica, respecto de
aquellos criterios que no
otorgan puntaje, según el
orden dispuesto por el
punto 6 de las Bases
Administrativas.
*En relación con la garantía de seriedad de la oferta, esta fue tomada por la persona natural "VERDEJO BARRIOS
CATALINA GRACIELA RAQUEL". Sin embargo, consta en el dorso de del documento la frase "a nombre del
proponente sociedad de profesionales Defensa y Justicia Responsabilidad Limitada", lo que se aviene con la
disposición del párrafo 6, del punto 4.3. de las Bases Administrativas, que indica que: "Si el instrumento de
garantía es tomado por un tercero distinto del proponente, se debe explicitar en la garantía la individualización
del proponente por el cual se rinde dicha garantía, lo que también debe hacerse en el respectivo sobre".
Fase 2: Evaluación Técnica Criterios de Evaluación por Adhesión (Sin Puntaje)
1.- Infraestructura de atención de usuarios
Sala de espera Cumple -
Baño Cumple -
Mobiliario Cumple -
Condiciones de privacidad Cumple -
Condiciones de atención a público Cumple -
Computación Cumple -
Conectividad Cumple -
Localización de la(s) oficina(s) Cumple -
2.- Mecanismos de control y sistemas de registros
Registro de gestiones y actualización de documentos Cumple -
Uso de herramientas de monitoreo Cumple -
3.- Apoyo de personal administrativo de los oferentes
Número de asistente por abogado disponible en la propuesta Cumple -
Requisito educacional de asistentes administrativas Cumple -
Experiencia laboral de asistente administrativo(meses) Cumple -
Número de apoyos especializados por abogados disponibles en la propuesta No Aplica -
Requisito educacional del o los apoyo(s) especializado(s) No Aplica -
Experiencia laboral del o los apoyo(s) especializado(s) No Aplica -
4.- Número y dedicación de abogados disponibles
El oferente compromete un número de abogados de acuerdo a las combinaciones establecidas en el Anexo N° 1 Cumple -
5.- Permanencia y habitualidad en la región
Permanecia y habitualidad en el ejercicio de la profesión en la región Cumple -
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
Respecto de los criterios por adhesión: (1) Infraestructura de atención de usuarios; (2)
Mecanismos de control y sistemas de registros; (3) Apoyo de personal administrativo
de los oferentes; (4) Número y dedicación de abogados disponibles y (5) Permanencia y
habitualidad en la región, dicha adhesión aparece en el propio Anexo 2, que contiene el
formulario de la Oferta Técnica. Esto es sin perjuicio de la acreditación que, en cada
caso corresponde realizar, y que se analizará en los párrafos siguientes. PERMANENCIA
Y HABITUALIDAD EN LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA. La proponente acredita que ambos
abogados de la nómina mantienen o han mantenido una permanencia y habitualidad
en el ejercicio de la profesión, en la región de Antofagasta, a través de los siguientes
documentos: (1) Respecto de Catalina Verdejo: Certificado N°23811, de fecha
17/10/2024, firmado electrónicamente por la Directora Administrativa Regional (s),
donde da cuenta que la interesada “mantiene contrato de Defensa Penal Pública
Licitada de Primeras Audiencias desde 1 de julio de 2021 a la fecha con nuestra
institución, en la Zona 1-Calama, siendo parte de la empresa Defensa Catalina Verdejo
EIRL”. (2) Respecto de Mauricio Hernández: Certificado N°23810, de fecha 17/10/2024,
firmado electrónicamente por la misma funcionar, en que da cuenta que el interesado
“se desempeñó como Defensor Público Licitado de Primeras Audiencias de la Zona 1-
Calama…” entre el 14 de diciembre de 2020 hasta el 18 de junio de 2024 en las
empresas prestadoras de defensa que ahí se señala. REQUISITO EDUCACIONAL Y
EXPERIENCIA LABORAL APOYO ADMINISTRATIVO. Esto se acredita mediante: (1)
Certificado de Título de 20/06/2014, por el Secretario General del Instituto Profesional
AIEP, en que se indica que en esa data se confirió a doña Carolina Astorga el título de
Técnico Jurídico de Nivel Superior. (2) La experiencia laboral de, a lo menos 3 meses, se
verifica mediante Certificado N°23916, de fecha 22 de octubre de 2024, firmado
electrónicamente por la Directora Administrativa Regional (s), en que constata que
“doña Carolina Susana Astorga Toro, […] se ha desempeñado como Asistente
Administrativa Licitada en la Zona 1 – Calama, desde agosto de 2017…” siendo parte
de las empresas que ahí se indica.
El Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de sus
integrantes presentes, resolvió que la
oferente ha adherido correctamente a
los criterios de evaluación por
adhesión; y que ha acompañado
íntegramente, ademas de la garantía
de seriedad de la oferta y de los
antecedentes administrativos- todos los
documentos que permiten corroborar la
habitualidad y permanencia de los
abogados, los requisitos exigidos a los
apoyos administrativos, así como los
antecedentes relativos a la evaluación
de los criterios de la oferta que sí
otorgan puntaje. En consecuencia, se
procederá a evaluar esta última
documentación y asignar el puntaje
q u e c o r r e s p o n d a a l a o f e r t a
presentada, en sesión a realizarse el
jueves 7 de noviembre de 2024 a las
16:30 horas.
Fase 3: Evaluación Técnica Criterios de Evaluación de Experiencia y Calificación (Con Puntaje)
Registros de Experiencia y Prueba del Equipo
Equipo Nombre RUT Experiencia Prueba
Estudios
Diplomas de
Postítulos
Magister y/o
Doctorado
Abogado CATALINA GRACIELA RAQUEL
VERDEJO BARRIOS 18308814-9 5746 85 Sí No
Abogado MAURICIO ESTEBAN
HERNÁNDEZ BARRERA 16014952-3 5599 83 No No
Asistente CAROLINA SUSANA ASTORGA
TORO 16195267-2
Puntajes del equipo de defensa
Equipo Nombre RUT Experiencia Prueba Estudios
Abogado CATALINA GRACIELA RAQUEL VERDEJO BARRIOS 18308814-9 33 15 5
Abogado MAURICIO ESTEBAN HERNÁNDEZ BARRERA 16014952-3 33 15 0
Cantidad de Audiencias y/o Requerimientos: 400
Puntaje de la Oferta Técnica
Requisitos Formales Ptje. Experiencia Ptje. Prueba Ptje. Estudios Ptje. Total Oferta Técnica
2 33 15 2.5 52.5
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
A) ESTUDIOS DEL ABOGADO MAURICIO HERNÁNDEZ: se adjuntan certificados que dan
cuenta de la realización de 2 diplomados, además de una constancia que informa que el
señor Hernández “ha cursado las enseñanzas y aprobado satisfactoriamente los estudios
correspondientes al Programa de ‘MÁSTER EN DERECHO PENAL Y GARANTÍAS
CONSTITUCIONALES’”. Con respecto a los diplomados, se advierte que uno de ellos es
sobre actualización en derecho tributario, lo que no es un tema de interés para la DPP,
conforme al Anexo 1. El otro es un “Diploma de actualización en derecho 2016” en que no
queda clara la materia objeto del curso. Con respecto al Master, se trata de un documento
extranjero que no viene apostillado ni cumple con los requisitos para entenderse válido en
Chile. Por lo demás, debe necesariamente considerarse que el otorgamiento de los 10
puntos que las bases asignan al subfactor de evaluación “Estudios” (4.4.2 de las Bases
Técnicas) requiere acreditar un “Magíster o Doctorado”, cuestión que no es posible tener
por cumplida con la constancia de la realización del Master. B) ESTUDIOS DE LA ABOGADA
CATALINA VERDEJO: se adjunta el “CERTIFICADO N°9956-2024”, expedido por la
Universidad Alberto Hurtado con fecha 08 de octubre de 2024, que acredita que la
interesada cursó y aprobó el “POSTÍTULO TEORÍA Y PRÁCTICA DEL DERECHO PENAL,
realizado entre el 7 de septiembre de 2020 y el 20 de enero de 2021, con un total de 147
horas”. C) EXPERIENCIA EN AUDIENCIAS Y PRUEBA HABILITANTE: Se presentan los
siguientes documentos: (i) Informe de audiencias generado por esta misma institución, de
fecha 09 de octubre de 2024, con corte al 30 de septiembre de 2024, que indica que el
señor HERNÁNDEZ BARRERA tiene 5599 audiencias; (ii) y otro de fecha 01 de octubre de
2024, con corte al 31 de agosto de 2024, que indica que la señora VERDEJO BARRIOS tiene
5746 audiencias. (iii) “Certificado de Evaluacion Técnica. Pruebas Habilitantes Rendidas”,
de fecha 11/10/2024, generado por la Defensoría Penal Pública que da cuenta de que el
27/04/ 2022, el señor HERNÁNDEZ BARRERA rindió y aprobó el examen habilitante de
defensa general con 83 puntos. La evaluación está vigente; y (iv) otro certificado del mismo
tipo, de fecha 08 de octubre de 2024, generado por la Defensoría Penal Pública, que da
cuenta de que el 20/10/2021, la abogada VERDEJO BARRIOS rindió y aprobó el examen
habilitante de defensa general con 85 puntos.
En Sesión Ordinaria II, de fecha 7
de noviembre de 2024, el Comité
de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de
sus integrantes, resolvió que la
propuesta de SOCIEDAD DE
PROFESIONALES DEFENSA Y
JUSTICIA LIMITADA debe avanzar a
la siguiente etapa, y que, en
consecuencia, se procederá a
evaluar la oferta económica de la
proponente, de conformidad con lo
dispuesto en el párrafo final del
p u n t o 6 . 1 . 4 . d e l a s B a s e s
Administrativas. Asimismo, el
Comité dejó constancia de que, por
haberse presentado en forma
completa y correcta todos los
documentos que comprende la
evaluación de los requisitos
formales, deberá adicionarle dos
puntos por ese concepto.
Fase 4: Evaluación Económica
Remuneración por Abogado:
Abogado Remuneración
Fija Mensual RUT
CATALINA GRACIELA RAQUEL VERDEJO BARRIOS 3.119.000 18308814-9
MAURICIO ESTEBAN HERNÁNDEZ BARRERA 3.119.000 16014952-3
Remuneración por Asistente:
Asistente Remuneración
Fija Mensual RUT
CAROLINA SUSANA ASTORGA TORO 980.000 16195267-2
Remuneración por Apoyo Especializado:
Apoyo Especializado Remuneración
Fija Mensual RUT
Equipo de defensa sin apoyo especializado.
Otros Gastos:
Total otros gastos mensuales de la propuesta 782.000
Valor total mensual de la propuesta N° de abogados Valor promedio mensual por abogado(VPA)
$ 8.000.000 2 $ 4.000.000
Puntajes de la Evaluación Económica
Puntaje Económico Valor Promedio Mensual por Abogado 15
Puntaje Económico Mejor Remuneración Menor 10
Puntaje Económico Remuneración Promedio Equipo no Abogado 10
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
El Comité realizó un análisis pormenorizado de la oferta económica de la proponente, de
conformidad con los tres criterios que componen el costo del servicio a prestar,
establecidos en el punto 6.2.1 de las Bases Administrativas, a saber: (a) el Valor
Promedio por Abogado más bajo (VPA), que se refiere al Valor Total Mensual de la
Propuesta, dividido por la cantidad de abogados; (b) la Remuneración por abogado
mínima, más alta, y (c) la Remuneración Fija Promedio del personal no abogado, más
alta. Acto seguido, se analizó los montos propuestos para cada uno de los criterios
mencionados, siendo estos los siguientes: a) VPA: $4.000.000-; b) Remuneración por
abogado mínima más alta: $3.119.000.-, y c) Remuneración promedio del personal no
abogado: $980.000.-. Finalmente, se examinó el ítem “Otros gastos de la propuesta”, que
en el caso de la proponente asciende a la suma de: $782.000.-. El Comité consideró que
esa cifra resultaba económicamente razonable. Al efecto, estimó que ese monto -
sustancialmente menor a la de los proponentes de las otras zonas- era consistente con la
circunstancia de que el pliego de condiciones específico para la licitación de la “Zona 1-
Calama-2” (RE 140, de 2024, de la Defensoría Regional de Antofagasta), señala que es de
cargo de la Defensoría proporcionar el lugar de la oficina, por lo que no cabía
desembolsar dineros por ese factor, ni tampoco por la implementación de los ítems “Sala
de espera”, “Baños” ni “Condiciones de privacidad”. Fuera de eso, debían cumplir con
todas las demás obligaciones que significa la puesta en marcha del contrato, gastos
operacionales e implementación de las condiciones a que sí está obligada, como por
ejemplo: inmobiliario, computación y conectividad, reemplazos, vacaciones, licencias u
otras ausencias, aseo, etc. Por consiguiente, la suma antedicha permite justificar el
cumplimiento de esos menesteres.
En Sesión Ordinaria III, de fecha 15
de noviembre de 2024, el Comité de
A d j u d i c a c i ó n R e g i o n a l d e
Antofagasta, por unanimidad de sus
miembros, RESOLVIÓ que la
propuesta de la empresa SOCIEDAD
DE PROFESIONALES DEFENSA Y
JUSTICIA LIMITADA debe avanzar a la
siguiente etapa, y DISPUSO que,
previo análisis de los descuentos de
puntaje que tuvieren lugar, si fuere el
caso, correspondía incluir el nombre
y puntaje final de esa empresa
oferente en el listado de ofertas
seleccionables de que habla el punto
6.4 de las Bases Administrativas.
Fase 5: Descuento de Puntajes
Descuento de puntaje
Descripción Valor
Sanciones respecto del prestador o abogado integrante de su nómina, en contratos terminados o en ejecución, en
cualquier zona del país, dentro de los últimos tres años, anteriores al llamado a licitación (Punto 4.4.3.2 de las
Bases Técnicas).
-3
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
Revisado el registro público de sanciones que mantiene la Defensoría
Penal Pública, existe constancia de haberse aplicado una sanción
respecto del abogado Mauricio Hernández Barrera, consistente en una
infracción grave, ascendente a 15 UF, según consta por Resolución
Exenta N°615, de fecha 04 de septiembre de 2023, de la Defensoría
Regional de Antofagasta. La multa no fue apelada dentro del término
que establece el artículo 71 de la ley N°19.718, por lo que se encuentra
ejecutoriada. Además, se cumple con el requisito de haberse aplicado la
sanción dentro de los últimos 36 meses, anteriores al mes de la
respectiva publicación del llamado, por lo que corresponde descontar 3
puntos a la ponderación final de la proponente, de conformidad con lo
establecido en el artículo 4.6.1. de las Bases Técnicas.
En Sesión Ordinaria III, de fecha 15 de noviembre de
2024, el Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de sus miembros,
RESOLVIÓ que correspondía descontar 3 puntos al
puntaje de la oferente por concepto de la infracción
grave aplicada por Resolución Exenta N°615, de 04 de
septiembre de 2023, de la Defensoría Regional de
Antofagasta. Ello no obsta a que, de igual modo, deba
incluirse la oferta de la concursante en el listado de
ofertas seleccionables de que habla el punto 6.4 de las
Bases Administrativas.
Cuadro de Evaluación de Ofertas Fase 1, Fase 2 y Fase 3
Cuadro de Ofertas Zona 1 - Calama -2 - II Región de Antofagasta
# Oferente N° Abogados
Req.
Formal
Evaluación Técnica
Sub Total
Experiencia Prueba Estudios Evaluación
2 33 15 15
1
SOCIEDAD DE
PROFESIONALES DEFENSA Y
JUSTICIA LIMITADA 2 2 33 15 2.5 52.5000
78028523-0
Cuadro de Evaluación de Ofertas
Ranking de Ofertas Zona 1 - Calama -2 - II Región de Antofagasta: Jornadas Sin Adjudicar: 0
# Oferente N°
Abogados
Req.
Formal
Evaluación Técnica
Sub
Total
Evaluación Económica
Descuento
de
Puntaje
Puntaje
Total
(100)
Jornadas
Adjudicadas
Valor Total
Experiencia Prueba Estudios VPA Contrato
Mejor
Remuneración
Menor
Remuneración
Promedio
Equipo no
Abogado
Otros
Gastos
2 33 15 15 15 10 10
1
SOCIEDAD DE
PROFESIONALES
DEFENSA Y
JUSTICIA
LIMITADA
2 2 33 15 2.5 52.5000
15 10 10
$782.000 -3 84,5 2 $384.000.000
78028523-0 $4.000.000 $3.119.000 $980.000
Comentario general de la fase Acuerdos del CAR
En Sesión de adjudicación, de fecha 15 de noviembre de 2024,
concluidas las evaluaciones técnicas y económicas, el Comité
procedió a elaborar el listado de las ofertas que llegaron hasta esta
fase. El Comité dejó registro que en la Zona 1-Calama-2 se licitaron
un total de 2 jornadas de abogados(as) para defensa general, y
que participó una (1) sola concursante por el total de los cupos
requeridos. Luego, según se aprecia en el cuadro de arriba, la
proveedora concursante corresponde a SOCIEDAD DE
PROFESIONALES DEFENSA Y JUSTICIA LIMITADA, RUT
N°78.028.523-0, quien sorteó con éxito las 5 etapas del proceso de
licitación obteniendo un total de 84,5 puntos; todo ello de
conformidad con el análisis que antecede, efectuado en cada una
de las 5 fases. Se deja constancia dicho análisis se efectúo en las
Sesiones Ordinarias I, II y III de fechas 4, 7 y 15 de noviembre de
2024, respectivamente.
POR TANTO, El Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, en sesión de Adjudicación de fecha 15 de
noviembre de 2024, por unanimidad de sus miembros,
DECIDIÓ ADJUDICAR las 2 jornadas de abogado ofrecidas en
el proceso de licitación referido a la Zona 1-Calama-2,
Llamado N°2024, ID N°1333-2-LR24, a la oferente
SOCIEDAD DE PROFESIONALES DEFENSA Y JUSTICIA
LIMITADA, RUT N°78.028.523-0, por un plazo de 4 años, y
por un total de $384.000.000- (trescientos ochenta y cuatro
millones de pesos), divididos en un VPA mensual
ascendente a $4.000.000- (cuatro millones de pesos). El
Defensor Regional, o quien lo subrogue, deberá emitir la
respectiva resolución que formalice esta adjudicación, de
conformidad con los dispuesto en el punto 6.5. de las Bases
Administrativas.
Conforme lo indica el recuadro de la evaluación:
POR TANTO, en Sesión de Adjudicación de fecha 15 de noviembre de 2024, el Comité de Adjudicación Regional de
Antofagasta, por unanimidad de sus integrantes, RESOLVIÓ: I. Que corresponde ADJUDICAR las 2 jornadas de
abogado ofrecidas en el proceso de licitación referido a la Zona 1-Calama, Llamado N°2024, ID N°1333-2-LR24, a
la oferente F&T ABOGADOS SPA, RUT N°77.417.661-6, por un plazo de 4 años, y por un total de $408.000.000-
(cuatrocientos ocho millones de pesos), divididos en un VPA mensual ascendente a $4.250.000- (cuatro millones
doscientos cincuenta mil pesos). II. Que corresponde ADJUDICAR la única jornada de abogado ofrecida en el
proceso de licitación referido a la Zona 2-Antofagasta, Llamado N°2024, ID N°1333-2-LR24, a la oferente LEÓN Y
ASTUDILLO LIMITADA, RUT N°77.653.436-6, por un plazo de 4 años, y por un total de $201.600.000- (doscientos
un millones seiscientos mil pesos), divididos en un VPA mensual ascendente a $4.200.000- (cuatro millones
doscientos mil pesos). III. Que corresponde ADJUDICAR las 2 jornadas de abogado ofrecidas en el proceso de
licitación referido a la Zona 1-Calama-2, Llamado N°2024, ID N°1333-2-LR24, a la oferente SOCIEDAD DE
PROFESIONALES DEFENSA Y JUSTICIA LIMITADA, RUT N°78.028.523-0, por un plazo de 4 años, y por un total de
$384.000.000- (trescientos ochenta y cuatro millones de pesos), divididos en un VPA mensual ascendente a
$4.000.000- (cuatro millones de pesos). IV. El Defensor Regional de Antofagasta, o quien lo subrogue en su cargo,
deberá emitir la respectiva resolución que formalice esta adjudicación, de conformidad con los dispuesto en el
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punto 6.5. de las Bases Administrativas. Siendo las 17:10 horas, se pone término a la sesión.
2° IMPÚTESE, el gasto que genere la presente licitación pública y el cumplimiento del o los contratos que corresponda, al Subtítulo 24
Ítem 09, Asignación 610 del Programa de Licitaciones de Defensa Penal Pública del presupuesto vigente de la Defensoría Penal Pública.
3° REMITASE la presente resolución, con sus antecedentes de respaldo, al trámite de toma de razón por la Contraloría General de la
República, conforme lo dispuesto en las Resoluciones de la Contraloría General de la República, Nº s 7, de 26/03/2019, que fija normas
sobre Exención del Trámite de Toma de Razón y N°14, de 29 de diciembre de 2022, que determina los montos en unidades tributarias
mensuales a partir de los cuales los actos que individualiza quedan sujetos a toma de razón y establece controles de reemplazo cuando
corresponda, atendido el monto de la adjudicación.
4° PUBLÍQUESE la presente resolución, una vez tomada razón por la Contraloría General de la República, en el portal de compras
públicas www.mercadopublico.cl, conjuntamente con las respectivas actas del Comité de Adjudicación de la Región de de Antofagasta.
ANÓTESE, TÓMESE RAZÓN, PUBLÍQUESE Y ARCHÍVESE, POR ORDEN DEL DEFENSOR NACIONAL
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