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1.- Que, mediante Decreto Alcaldicio N°2206 de fecha 21 de agosto de 2017, la I. Municipalidad de Valparaíso llamó a licitación pública y aprobó las Bases para la licitación pública denominada “Adquisición de Urnas Plásticas” ID 2427-54-LE17.
2.- Que, según consta en el acta de apertura electrónica de las ofertas del Portal Electrónico de Mercado Público, se presentó el siguiente proponente a la licitación:
Nombre del Oferente R.U.T
MARCO ANTONIO CATELLON ARAYA 10.033.678-2
RICARDO ANDRES URIZAR CORTES 10.077.048-2
COMERCIAL FENIX LIMITADA 76.023.126-9
COMERCIALIZADORA Y SERVICIOS NUEVO HORIZONTES LIMITADA 76.133.399-2
POWER DATA S.A. 99.558.630-4
3.- Que, según el Acta de la Comisión Evaluadora y, en el Informe Análisis Técnico y Evaluación de las Ofertas, señalados en los vistos, las ofertas presentadas por los proponentes Ricardo Andres Urizar Cortes y Comercializadora y Servicios Nuevo Horizontes Limitada deben ser declararas inadmisible por no cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación.
4.- Que, según consta en el acta de la comisión evaluadora y en el informe análisis técnico y evaluación de las ofertas, de acuerdo al estudio y aplicación de la pauta de evaluación contenida en las bases de licitación, la oferta presentada por el proponente Power Data S.A., obtiene el más alto puntaje en la evaluación técnica económica, proponiendo su adjudicación.
5.- Que, conforme lo indicado en el artículo 9 de la ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, corresponde declarar inadmisible una oferta, cuando no cumple con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
D E C R E T O:
I.- DECLÁRASE INADMISIBLE la oferta presentada por los proveedores Ricardo Andres Urizar Cortes y Comercializadora y Servicios Nuevo Horizontes Limitada en el marco de la licitación pública denominada Adquisición de Urnas Plásticas” ID 2427-54-LE17 por no dar cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases de la licitación.
II.- ADJUDÍCASE la propuesta pública denominada “Adquisición de Urnas Plásticas” ID 2427-54-LE17, al oferente POWER DATA S.A., RUT Nº 99.558.630-4, en los siguientes términos:
CONDICIONES GENERALES. La contratación señalada será desarrollada conforme lo establecido en las bases administrativas y técnicas, en las aclaraciones y respuestas a las consultas de la propuesta, en los documentos anexos, en la oferta y en los demás antecedentes presentados por el adjudicatario y todos aquellos documentos relacionados con el llamado a licitación, documentos que para todos los efectos legales, se entenderán formar parte de la correspondiente contratación.
PRECIO: Se pagará al proveedor antes individualizado, la suma máxima de $14.919.030.- impuesto incluidos, el pago que corresponda al adjudicatario se verificará 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro extendido a nombre de la I. Municipalidad de Valparaíso, previa recepción conforme de la Unidad solicitante.
Se hace presente que conforme a lo dispuesto en el artículo 3 Nº2 de la Ley 19.983, el plazo para el reclamo de las facturas presentadas se extenderá, para todos los efectos, a 30 días corridos desde la recepción de la factura por el Municipio, ampliación que se hará efectiva tanto si se presentan a cobro por el mismo proveedor o por terceros a quienes se las haya cedido.
Por su parte, el proveedor deberá informar por escrito cualquier cesión que haga de facturas relacionadas al presente contrato, y conservará la responsabilidad frente al municipio en caso de que se cobren facturas que no hayan sido aprobadas previamente por la unidad técnica respectiva.
PLAZO: Los bienes Adquiridos deberán ser entregados en el plazo máximo de 1 un día hábil, en la forma, lugares y horarios establecidos en las especificaciones, técnicas, sin perjuicio de lo cual, la Unidad Técnica previo acuerdo con el proveedor, podrá realizar modificación a la misma.
DEL CONTRATO. Atendido que se trata de bienes estándar de simple y objetiva especificación, la presente adquisición se formalizará mediante la emisión de una Orden de Compra y la aceptación del proveedor. Garantía La Garantía deberá ser tomada por el oferente o por un tercero, en favor de la Municipalidad de Valparaíso.
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
Atendida la naturaleza del programa y a efecto de garantizar los intereses municipales involucrados en la ejecución del contrato, el adjudicatario deberá presentar a la fecha de suscripción del mismo, una Boleta de Garantía Bancaria irrevocable, a la vista, Vale Vista o cualquier otro instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva y que cumpla con las condiciones señaladas, extendido a nombre de la I. Municipalidad de Valparaíso, por un monto en pesos equivalente al 5% del monto total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato más 90 días hábiles, contados desde la suscripción del respectivo contrato.
La glosa de la garantía debe indicar: “Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato ID 2427-54-LE17”.
Si el oferente adjudicado no hace entrega oportuna de la garantía señalada, se dejará sin efecto su adjudicación, pudiendo adjudicarse la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado conforme los resultados obtenidos en el Informe de adjudicación.
En aquellos casos excepcionales que resulte procedente efectuar una modificación del contrato, previo informe fundado de la Unidad Técnica que lo autorice, y que implique un aumento en los montos involucrados, la garantía deberá ser modificada conforme a los mismos porcentajes, con el objeto de mantener la suma establecida en las presentes Bases.
En caso de incumplimiento del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, la Municipalidad está facultada para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna.
En todo caso, el incumplimiento de la normativa laboral o previsional por parte del contratista, habilitará a la Unidad Técnica para dejar unilateralmente sin efecto el correspondiente contrato.
El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.
La presente garantía cauciona también el pago de las multas que puedan ser cursadas por la Unidad Técnica, conforme lo indicado en el procedimiento establecido para su aplicación en el número 21 de las presentes bases
Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que la Municipalidad pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Si el contrato es resuelto por alguna de las causales dispuestas en las Bases Administrativas y/o el Contrato, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se hará efectiva y el contratista perderá el 100% del valor de ésta, cantidad que se considerará como cláusula penal.
La Garantía será restituida una vez finiquitado el correspondiente contrato y evacuado el informe sin observaciones, de los bienes y/o servicio prestado, por parte de la Unidad Técnica designada.
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