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a) Lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematiza fue aprobado por el D.F.L. N° 1/19.653, publicado en el Diario Oficial el 17.11.2001.
b) Lo establecido en los artículos 1° y 11° de la Ley N° 18.928 que fija normas sobre “Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas”, publicada en el Diario Oficial con fecha 13.02.1990.
c) Lo dispuesto en los artículos 9° y 10° de la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en relación con el artículo 41, del Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 250/2004, publicado en el Diario Oficial con fecha 24.09.2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios”.
d) El artículo 40° del Decreto N° 95, publicado en el Diario Oficial con fecha 22.07.2006, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.928 sobre Adquisiciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad”.
e) La Orden General Nº 2.910, de fecha 04.02.2022, de la Dirección Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales que, aprueba Manual de Procedimiento de Adquisiciones para las Unidades de Compras de Carabineros de Chile y deroga la normativa contenida en las Ordenes Generales Nos. 2.304, de fecha 12.12.2014 y 2.395, de fecha 29.02.2016, así como las Circulares Nos. 1.833, de fecha 19.03.2019 y 1.862, de fecha 27.08.2021, de la Dirección Nacional de Apoyo a las Operaciones Policiales.
f) Lo establecido en la Resolución N° 7 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, publicada en el Diario Oficial con fecha 29.03.2019 y La Resolución N° 14 del mismo ente Contralor, que determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, publicada en el Diario Oficial con fecha 09.01.2023.
g) La Resolución Exenta Nº 341, de fecha 09 de mayo de 2022, de la Dirección de Logística de Carabineros de Chile, mediante la cual delega en las Jefaturas que indica, la facultad para adquirir bienes muebles y contratar servicios en los términos que señala.
h) La Resolución Exenta N° 182, de fecha 31 de mayo del año 2024, por medio de la cual se autoriza Licitación Pública y aprueba Bases y Anexos para la adquisición, por líneas de adjudicación, de insumos químicos para el área laboratorios del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile (LABOCAR).
i) El Acta Designa Comisión Evaluadora del proceso licitatorio público ID 3868-11-LE24, por medio de la cual se designaron e individualizaron a los miembros de la Comisión Evaluadora de fecha 04 de junio del año 2024.
j) El Acta de Apertura Electrónica de Ofertas del Portal Mercado Público, ID 3868-11-LE24, informada en el portal con fecha 18 de junio del año 2024.
k) El Informe de la Comisión Evaluadora N° 09, de fecha 18 de julio del año 2024, elaborado por los miembros designados para tal efecto y entregado a la Oficina de Adquisiciones y Compras Públicas, dependiente de este Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile.
l) La Resolución Exenta N° 254, de fecha 22 de julio del año 2024, por medio de la cual se declara inadmisible ofertas que indica, desierta línea que indica y adjudica Licitación Pública ID 3868-11-LE24, para la adquisición, por líneas de adjudicación, de insumos químicos para el área Laboratorios del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile (LABOCAR).
m) La Orden de Compra N° 3868-47-SE24 enviada al proveedor Comercializadora de Productos para Laboratorios e Industria Limitada. R.U.T. N° 77.814.080-2.
n) El correo electrónico remitido por el proveedor COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS PARA LABORATORIOS E INDUSTRIA LIMITADA. R.U.T. N° 77.814.080-2, al Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile (LABOCAR), de fecha 29 de julio del año 2024.
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1) Que, conforme a lo dispuesto en los literales h), l) y m) del VISTO, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, se publicaron los actos administrativos que autorizaron tanto la Licitación Pública ID 3868-11-LE24 y su Base Administrativa y Anexos aprobados; con posterioridad se adjudicó el proceso en las líneas que indica; y se confeccionaron, emitieron y enviaron las respectivas Órdenes de Compra a los proveedores adjudicados.
2) Que, por medio de la Resolución Exenta citada en el literal l) del VISTO, publicada en el portal www.mercadopublico.cl, se adjudicaron las líneas en competencia, en atención al Informe de la Comisión Evaluadora citado en el literal k) del VISTO, a los siguientes proveedores:
• LABORATORIO LUIS PIZARRO VASQUEZ E.I.R.L. R.U.T. N° 76.108.556-5, con domicilio en Edison N° 4481, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para la línea de adjudicación N° 02, consistente en alcohol 70°, en botella de 1 litro, cantidad 80, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única de $166.560.- (ciento sesenta y seis mil quinientos sesenta pesos).
• ICONSA S.A. R.U.T. N° 76.202.463-2, con domicilio en La Concepción N° 141, 708, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para la línea de adjudicación N° 03, consistente en gas helio ultra puro grado 5, cilindros de 8 metros cúbicos cada uno, cantidad 04, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única de $2.821.347.- (dos millones ochocientos veintiún mil trescientos cuarenta y siete pesos).
• CHEMESTRY AND QUALITY S.P.A. R.U.T. N° 76.967.081-5, con domicilio en Antonio Bellet N° 193, Oficina N° 302 3P, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para la línea de adjudicación N° 04, consistente en ácido rodizonico sal disódica, en frascos de 5 gramos o similar, cantidad 02, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única de $629.383.- (seiscientos veinte nueve mil trescientos ochenta y tres pesos).
• FARMALATINA LTDA. R.U.T. N° 79.728.570-6, con domicilio en Las Encinas N° 1495, comuna de Lampa, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para las líneas de adjudicación Nos. 05, 06, 09 y 14, consistentes en hexano grado cromatográfico, botellas de cuatro litros cada una, cantidad 02; metanol grado cromatográfico, botella de cuatro litros, cantidad 01; acetona grado masa, botella de 4 litros, cantidad 05 y; kit para detección de sangre humana con publicaciones de su propia marca al campo forense (cada kit debe contener mínimo 24 determinaciones) con fecha de vencimiento igual o superior a 12 meses (no se aceptará menos), cantidad 150, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única que, comprende las 04 líneas de adjudicación ya individualizadas, de $16.324.658.- (dieciséis millones trescientos veinticuatro mil seiscientos cincuenta y ocho pesos).
• COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS PARA LABORATORIOS E INDUSTRIA LIMITADA. R.U.T. N° 77.814.080-2, con domicilio en Rengo N° 752, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para las líneas de adjudicación Nos. 07, 08 y 10, consistentes en acetonitrilo grado masa, botella de 4 litros, cantidad 01; metanol grado masa, botella de 4 litros, cantidad 01 y; agua grado masa, botellas de 2,5 litros cada una, cantidad 04 por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única que, comprende las 03 líneas de adjudicación ya individualizadas, de $629.677.- (seiscientos veintinueve mil seiscientos setenta y siete pesos).
• COMERCIAL Y TECNOLOGÍA SECTRADE S.A. R.U.T. N° 76.312.629-3, con domicilio en Los Militares N° 4777, Oficina N° 2101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para las líneas de adjudicación Nos. 11 y 12, consistentes en kit de tinción con anticuerpos monoclonales inmunofoluorescentes para espermatozoides humanos de uso forense. (cada kit debe contener mínimo 26 determinaciones) con fecha de vencimiento igual o superior a 12 meses (no se aceptará menos), cantidad 05 y; DTT 100X100 para kit de tinción con anticuerpos monoclonales inmunofluorescentes para espermatozoides humanos, cantidad 01, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única que, comprende las 02 líneas de adjudicación ya individualizadas, de $4.486.300.- (cuatro millones cuatrocientos ochenta y seis mil trescientos pesos).
• RAPID TEST CHILE S.P.A. (2) R.U.T. N° 76.057.398-1, con domicilio en Príncipe de Gales N° 5921, 305, comuna de La Reina, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para la línea de adjudicación N° 13, consistentes en kit para detección de PSA de uso forense con límite de detención igual o inferior a 4ng/ml. (cada kit debe contener un mínimo de 30 determinaciones) con fecha de vencimiento igual o superior a 12 meses (no se aceptará menos), cantidad 10, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única de $788.851.- (setecientos ochenta y ocho mil ochocientos cincuenta y un pesos).
Que, una vez adjudicada las líneas a los proveedores ya individualizados, se les remitieron las respectivas Órdenes de Compra para formalizar la adquisición de conformidad a lo dispuesto en el artículo 63° del Decreto N° 250, en relación al numeral 3.1., de la Base Administrativa, que a la letra dispone “Una vez adjudicada la propuesta, y en un plazo no superior al indicado en el numeral 1.4 de la presente Base Administrativa de Licitación Pública, el contrato será formalizado mediante le emisión de una o varias Órdenes de Compra a través del sistema www.mercadopublico.cl. Conforme a lo dispuesto por el artículo 63 del Decreto N° 250. La operación de la contratación se entenderá perfeccionado por la aceptación de la (s) Orden(es) de Compra por el o los proveedores adjudicados. El proveedor adjudicado tendrá el plazo de 2 (dos) días hábiles, contados desde el día hábil siguiente al envió a éste de la(s) Orden(es) de Compra para aceptarla(s) o rechazarla(s) en forma electrónica. Transcurrido este plazo, sin que la(s) Orden(es) de Compra haya(n) sido aceptada(s) o rechazada(s), se entenderá que el proveedor rechaza la orden de compra.”
3) Que, en este orden de ideas, y en lo que respecta al proveedor COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS PARA LABORATORIOS E INDUSTRIA LIMITADA. R.U.T. N° 77.814.080-2, que resultó adjudicado para las líneas Nos. 07, 08 y 10, al remitírsele con fecha 29 de julio del año 2024 la Orden de Compra citada en el literal m) del VISTO, éste, dentro de plazo, acepto la Orden de Compra, para posteriormente por medio de correo electrónico de fecha 29 de julio del año 2024, solicitar se cancelara la Orden de Compra 3868-47-SE24, por cuanto, indica el proveedor, no puede realizar la entrega en el formato requerido de los insumos adjudicados. Es por ello, que con fecha 30 de julio del año 2024 y, de conformidad a lo señalado por el proveedor, se procedió por medio de la plataforma mercado público a cancelar la respectiva Orden de Compra. En este sentido, el estado actual de ésta es cancelada.
4) Que, habiéndose configurado la cancelación de la Orden de Compra citada en el literal m) del VISTO, se agota en la especie lo dispuesto en el numeral 2.15., de la Base Administrativa sobre readjudicación, literal c), esto es, “LABOCAR, podrá readjudicar la licitación al oferente que ocupe el lugar siguiente en la evaluación, siempre que el Proponente de la segunda oferta así lo acepte. En caso de desistir el Proponente de dicha segunda oferta, podrá recurrirse a la oferta del tercer lugar y así sucesivamente. Podrá recurrirse hasta la oferta del último lugar, siempre que los Proponentes de las primeras ofertas, en el orden del segundo al último lugar se hubiesen desistido de la adjudicación y se dejará sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos: c) Si el adjudicatario habiendo aceptado la Orden de Compra, la rechaza con posterioridad o solicita su rechazo, a través del portal www.mercadopublico.cl.”.
5) Que, en este orden de ideas y conforme a lo expuesto precedentemente, se ha constatado por la respectiva unidad técnica, que el proveedor adjudicado COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS PARA LABORATORIOS E INDUSTRIA LIMITADA. R.U.T. N° 77.814.080-2, para las Líneas Nos. 07, 08 y 10, por un monto total de $629.677.- (seiscientos veintinueve mil seiscientos setenta y siete pesos) I.V.A incluido, solicitó expresamente, vía correo electrónico citada en el literal n) del VISTO la cancelación de la Orden de Compra citada en el literal m) del VISTO, al Departamento de Criminalística, acción que se materializó con fecha 30 de julio del año 2024, de conformidad al historial de la misma, configurando con ello la causal dispuesta en las Bases Administrativas del proceso licitatorio ID 3868-11-LE24 para proceder a la readjudicación de las líneas en que resultó adjudicado.
6) Que, a mayor abundamiento, el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886, señala que “Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del presente reglamento, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.”
7) Que, en virtud de lo expuesto, y habiéndose configurado las hipótesis previstas en las Bases Administrativas y sus Anexos de Licitación y en la normativa citada, se procederá a dejar parcialmente sin efecto la Resolución de adjudicación citada en el literal l) del VISTO, de conformidad a los argumentos de hecho y de derecho expuestos.
8) Que los antecedentes que sustentan la presente Resolución Exenta, han sido visados por el Sr. Jefe del Departamento de Criminalística Subrogante.
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I) DÉJESE SIN EFECTO, de manera parcial, la adjudicación para la adquisición, por líneas de adjudicación, de insumos químicos para el área Laboratorios del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile (LABOCAR), en las líneas Nos. 07, 08 y 10, al proveedor COMERCIALIZADORA DE PRODUCTOS PARA LABORATORIOS E INDUSTRIA LIMITADA. R.U.T. N° 77.814.080-2, con domicilio en Rengo N° 752, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, por los argumentos de hecho y de derecho expuestos en el acápite CONSIDERANDO de la presente Resolución Exenta.
II) READJUDÍQUESE, la propuesta pública ID 3868-11-LE24, para las líneas Nos. 07, 08 y 10, en atención al Informe de la Comisión Evaluadora N° 9, de fecha 18 de julio del año 2024, elaborado por los miembros designados para tal efecto y entregado a la Oficina de Adquisiciones y Compras Públicas, dependiente de este Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile, al siguiente proponente, conforme al siguiente detalle, de conformidad al numeral 2.15., de la Base Administrativa:
• FARMALATINA LTDA. R.U.T. N° 79.728.570-6, con domicilio en Las Encinas N° 1495, comuna de Lampa, Región Metropolitana. Estado de habilidad ficha del proveedor: HÁBIL, para las líneas de adjudicación Nos. 07, 08 y 10, consistentes en acetonitrilo grado masa, botella de 4 litros, cantidad 01; metanol grado masa, botella de 4 litros, cantidad 01 y; agua grado masa, botellas de 2,5 litros cada una, cantidad 04, por un monto total I.V.A., incluido que asciende a la suma única que, comprende las 03 líneas readjudicadas ya individualizadas, de $334.866.- (trescientos treinta y cuatro mil ochocientos sesenta y seis pesos).
III) PRECISASE, que los costos adicionales en que deba incurrir el proponente adjudicado por las líneas ya indicadas precedentemente, será de su entera responsabilidad, no otorgando derecho a reajustes, intereses, reembolsos ni devoluciones de ninguna especie.
IV) INDICAR, que en todo lo demás se mantiene lo señalado en la Resolución Exenta N° 254, de fecha 22 de julio del año 2024, por medio de la cual se declara inadmisible ofertas que indica, desierta línea que indica y adjudica Licitación Pública ID 3868-11-LE24, para la adquisición, por líneas de adjudicación, de insumos químicos para el área Laboratorios del Departamento de Criminalística de Carabineros de Chile (LABOCAR).
V) ACOMPÁÑESE, a la presente Resolución Exenta, la Orden de Compra N° 3868-47-SE24 y su Historial, respectivamente.
VI) DETERMÍNESE E IMPÚTESE, que, la referida transacción comercial será pagada con fondos del Subtítulo 22, Ítem 04.003 “PRODUCTOS QUÍMICOS” en moneda nacional, correspondiente al Presupuesto asignado al Departamento de Criminalística de Carabineros.
VII) PUBLÍQUESE, la presente Resolución Exenta en el sistema de información de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, conforme a lo establecido en el artículo 57 del Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda.
TÉNGASE PRESENTE, COMUNÍQUESE Y EFECTÚENSE LAS COORDINACIONES CORRESPONDIENTES.
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