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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1499-178-LR25
Adjudicación Informada en portal el
28/11/2025 15:55
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En
Providencia,
26-11-2025
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Nro de
Resolución
2365
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Vistos
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La Ley N.º 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, que establece los principios de legalidad, eficiencia, control y responsabilidad en el ejercicio de la función pública; La Ley N.º 19.653, sobre Probidad Administrativa, que consagra los deberes de transparencia, integridad y responsabilidad de los funcionarios públicos; La Ley N.º 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y su Reglamento, aprobado por el Decreto N.º 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que regula los procedimientos de contratación pública; El Decreto N.º 662, que aprueba el reglamento de la ley sobre economía circular, en el marco de la gestión sustentable de bienes y servicios en el sector público; La Ley N.º 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; El Decreto con Fuerza de Ley N.º 29 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N.º 18.834, sobre Estatuto Administrativo; El Decreto con Fuerza de Ley N.º 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N.º 2.763 de 1979 y de las leyes N.º 18.933 y N.º 18.469, que regulan el funcionamiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud; Las facultades que confiere el Decreto N.º 140 de 2004, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, en especial lo relativo a la articulación, gestión y desarrollo de la red asistencial; El Decreto N.º 38 de 2005, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; La Resolución N.º 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; La Resolución Exenta N.º 760 de 27 de diciembre de 2006, del Ministerio de Salud, que otorga la calidad de establecimiento de autogestión en red al Instituto Nacional del Tórax; y la Resolución Exenta RA Nº 444/430 del 1 de agosto de 2024 de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Oriente que nombra el cargo de director del Instituto Nacional del Tórax.
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Considerando
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a) Que el Instituto Nacional del Tórax, pertenece a la red de Establecimientos Públicos de Salud y que desde el año 2006 ostenta la calidad de Establecimiento Autogestionado en Red, lo cual implica una mayor complejidad técnica y de gestión respecto de los procedimientos que en esta Institución se desarrollan.
b) Que el Instituto Nacional del Tórax se ha constituido, además, como una institución pública de referencia nacional de excelencia en las áreas asistencial en patologías torácicas y cardiacas de alta complejidad.
c) Que, dado su carácter de centro de referencia nacional de las patologías torácicas y cardiacas de alta complejidad, el Instituto Nacional del Tórax recibe a pacientes beneficiarios del sistema público de salud derivados de cualquier centro hospitalario del país, lo cual implica un flujo constante de pacientes desde y hacia el Instituto.
d) Que la alta complejidad que caracteriza al Instituto Nacional del Tórax nos compromete a disponer en forma constante y permanente de los servicios necesarios para responder adecuadamente la demanda asistencial de nuestros pacientes, a fin de brindar a toda nuestra comunidad de pacientes beneficiarios la posibilidad de acceder a una atención en salud de la más alta calidad que el sistema público pueda brindar.
e) Que atendido lo anterior, el Instituto Nacional del Tórax convocó al proceso de licitación pública a través del portal Mercado Público bajo el ID 1499-178-LR25, para contratar, el servicio de profesionales médicos para la realización de reemplazos de turnos para las Unidades de Pacientes Críticos del Instituto Nacional del Tórax, la que se rige por las Bases de licitación, aprobadas a través de Resolución Exenta Nº 1909 de fecha 30 de septiembre de 2025, para responder adecuadamente a la demanda asistencial de nuestros pacientes beneficiarios.
f) Que, una vez vencido el plazo de recepción de ofertas, se ha constatado que se presentó una (1) oferta, de acuerdo con el cuadro de apertura de ofertas, obtenido desde el sistema de información www.mercadopublico.cl:
Oferente Rut
ANEDIN LTDA 76.197.538-2
g) Que la empresa ANEDIN LTDA. ejecuta sus servicios con personal que actualmente tienen la calidad de funcionarios del Instituto y/o forman parte de la antedicha sociedad, por lo que le aplica la inhabilidad para contratar con esta Institución según lo estipulado en el artículo N°35 quáter de la Ley °19.886 Ley De Bases Sobre Contratos Administrativos De Suministro Y Prestación De Servicios, el cual señala lo siguiente: “Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
h) La prohibición establecida en el inciso anterior debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
i) “Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.”
j) Que En el mismo cuerpo legal de la Ley N°19.886, en el inciso final del Articulo N°35 quáter, se establece la excepcionalidad de celebrar contratos con quienes se encuentren afectos a las prohibiciones de contratar, señalando la normativa citada lo siguiente: “Sin perjuicio de lo anterior, cuando circunstancias excepcionales lo hagan necesario, de acuerdo a lo señalado por el jefe de servicio, los organismos del Estado podrán celebrar dichos contratos, siempre que se ajusten a condiciones de equidad similares a las que habitualmente prevalecen en el mercado. La aprobación del contrato deberá hacerse por resolución fundada, que se comunicará al superior jerárquico del suscriptor, a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Diputados, en el caso de los órganos de la Administración del Estado”.
k) Que, realizado el examen de admisibilidad administrativa y en relación con lo expuesto, y considerando que es la única empresa postulante en el proceso, la oferta de la empresa: ANEDIN LTDA, RUT 76.197.538-2; es declarada admisible.
l) Que, con posterioridad al examen de admisibilidad administrativa y técnica de la oferta, se procedió a la evaluación técnica y económica de la oferta declarada admisible en este proceso, obteniendo el oferente adjudicado, en todos los criterios de evaluación señalados en las bases, el resultado que a continuación se señala:
Línea Portal Servicio Cantidad Proveedor Puntaje Obtenido
1 Médico para Unidad de Cuidado Intensivo 9.000 ANEDIN LTDA. 80,98
Médico para Unidad de Tratamiento Intermedio 9.000
m) Que teniendo en cuenta la excepción legal para contratar con dicho proveedor, según lo indicado precedentemente, y en consideración a que las ultimas licitaciones públicas ID 1499-8-LQ16, 1499-55-LQ18, 1499-52-LQ19, 1499-156-LQ21, 1499-37-LQ23, 1499-23-LQ24 fue contratada la empresa, cumpliendo con todas las características de los servicios licitados y que estos servicios son necesarios para el debido funcionamiento del Instituto.
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Resuelvo
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1.- Apruébese la siguiente acta de adjudicación para el ID: 1499-178-LR25, servicios profesionales médicos para la realización de reemplazos de turnos para las Unidades de Pacientes Críticos del Instituto Nacional del Tórax, Contar con el SERVICIOS PROFESIONALES MÉDICOS PARA LA REALIZACIÓN DE REEMPLAZOS DE TURNOS PARA LAS UNIDADES DE PACIENTES CRÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TÓRAX en la cantidad, por el tiempo y valor indicado en el anexo 7.
Este servicio no generará vínculo de subordinación y dependencia con el Instituto, no otorgara la calidad de funcionario público ni serán aplicables las normas estatuarias que rigen para los profesionales funcionarios, respecto de los servicios de que trata esta licitación
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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INSTITUTO NACIONAL DEL TORAX
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Unidad de Compra
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INSTITUTO NACIONAL DEL TORAX
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R.U.T.
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61.608.402-k
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Dirección
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José Manuel Infante 717
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Comuna
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Providencia
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Carlos Palma
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Cargo
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Teléfono
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Fax
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--
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1499-178-LR25
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Nombre de Adquisición
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servicios profesionales médicos para la realización de reemplazos de turnos para las Unidades de Pacientes Críticos del Instituto Nacional del Tórax
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
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Descripción
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Contar con el SERVICIOS PROFESIONALES MÉDICOS PARA LA REALIZACIÓN DE REEMPLAZOS DE TURNOS PARA LAS UNIDADES DE PACIENTES CRÍTICOS DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TÓRAX en la cantidad, por el tiempo y valor indicado en el anexo 7.
Este servicio no generará vínculo de subordinación y dependencia con el Instituto, no otorgara la calidad de funcionario público ni serán aplicables las normas estatuarias que rigen para los profesionales funcionarios, respecto de los servicios de que trata esta licitación
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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1/10/2025 15:47
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Fecha de Cierre
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3/11/2025 18:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 566.649.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 566.649.000
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Comisión Evaluadora
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| 9457009-3 | Claudia Sepúlveda L. | Subdirectora (s) Médica |
| 9615465-8 | Pablo Caniulao M. | Subdirector Administrativo y de Finanzas |
| 14147906-7 | Tamara Alvarez S. | Subdirectora (s) de Gestión y Desarrollo de las Personas |
| 13209088-2 | Paola Alfaro L. | Subdirectora de Gestión del Cuidado |
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Resultado de la Adjudicación
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Total Línea |
$ 566.649.000 |
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