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1. Que, la Municipalidad de Coquimbo es una corporación de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, según lo dispone el artículo 1° de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
2. Que, al tenor de lo indicado en el artículo 4° letras f), g) y ll) de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con el deporte y la recreación, el turismo y el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
3. Que, con la finalidad de promover el deporte como un estilo de vida saludable, la creatividad y el sentido de comunidad en un entorno entretenido, la Oficina de Deportes dependiente de la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de Coquimbo está organizando una jornada deportiva recreativa no competitiva diseñado para personas de todas las edades, abierto a la comunidad y que permitirá visualizar y practicar distintas disciplinas náuticas existentes. Esta iniciativa busca fomentar la actividad física, la recreación y el bienestar, impulsar la cultura, revitalizar espacios públicos e incentivar el turismo y la economía para negocios locales. Para ello se requiere licitar el Servicio de Producción para Fomento de Deportes Acuáticos, Canotaje Polinésico, Kayak.
4. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la licitación pública ID 2446-233-LE25.
5. Que, por Decreto N° 302 y N° 303 del 31 de enero de 2025, se aprueba Plan Anual de Compras periodo 2025, que autoriza el Servicio de Producción para Fomento de Deportes Acuáticos, Canotaje Polinésico, Kayak, asignado a la cuenta N° 22-08-011 “Servicios de Producción y Desarrollo de Eventos” asignándole el ID N° 3438-632-PC25.
6. El Decreto Exento N° 2859 de fecha 11 de julio de 2025 que aprueba las bases técnicas y administrativas para el Servicio de Producción para Fomento de Deportes Acuáticos, Canotaje Polinésico, Kayak, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
Cargo Nombre Rut
Profesional Apoyo DIDECO Karla Oros Astudillo 13.761.749-8
Encargada Oficina de Control y Gestión Pilar Montenegro Castillo 8.780.900-5
Jefe Departamento de Gestión de Riesgos Ante Desastres y Emergencias Dirección de Seguridad Pública Alexis Bustamante Hidalgo 15.050.733-2
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en la las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
CRITERIO DESCRIPCION
PORCENTAJE
Precio (Menor Precio Ofertado / Precio a Evaluar) X 100. 50%
Experiencia en el Rubro 0 a 1 documentos que acrediten: 0 puntos
2 a 4 documentos que acrediten: 50 puntos
5 a 7 documentos que acrediten: 80 puntos
8 o más documentos que acrediten: 100 puntos
Para la evaluación de este criterio el oferente deberá acompañar documentos que acrediten experiencia en el mismo rubro o similar a los servicios requeridos en la presente licitación.
Se considerarán como documentos válidos copias de contratos, órdenes de compra o certificados de cumplimiento o ejecución.
Los servicios o trabajos similares respecto de los cuales no se acompañen estos documentos no serán considerados para la evaluación. 30%
Comportamiento Contractual Anterior Proveedor Registra 5 o más Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 0 Punto
Proveedor Registra entre 1 y 4 Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 50 Puntos
Proveedor No Registra Reclamos, durante los últimos 24 meses en Mercado Público: 100 Puntos 10%
Cumplimiento Requisitos Formales 100 puntos: Oferta cumple con todos los requisitos de forma. No se solicitaron correcciones, aclaraciones, modificaciones, o acompañar documentación faltante; tampoco debió ser corregida de oficio la propuesta o alguno de sus documentos, ni por la comisión evaluadora en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.50 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma. a) Debiendo el municipio solicitar correcciones, aclaraciones, o modificaciones, a la oferta, en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora, sin necesidad de acompañar documentación faltante. b) La oferta o alguno de sus documentos debió ser corregida de oficio por la comisión evaluadora.0 puntos: Oferta no cumple con todos los requisitos de forma, debiendo el municipio solicitar acompañar documentación faltante en el acto de apertura o en la revisión hecha por la comisión evaluadora.
Se deja expresa constancia que al tenor de lo señalado en el artículo 56 del DS 661/2024 No se considerará error formal errores en el precio de la oferta 8%
Programa (s) de Integridad y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa (s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con programa de Integridad y Compliance conocido por su personal; adjuntando copia del señalado programa, y medios de verificación que acrediten ser conocidos por sus trabajadores. 100 puntos.
No acredita contar con programas de Integridad y Compliance y que estos son conocidos por su personal al tenor de lo solicitado en el presente criterio de evaluación. 0 puntos. 2%
7. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
PROVEEDOR RUT PROVEEDOR TOTAL OFERTA (NETO) TOTAL OFERTA IVA INCLUIDO
ALTA MONTAÑA SPA 76.679.502-1 $ 12.600.840 $ 14.995.000
8. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
Precio 50%
Experiencia en el rubro 30% Comportamiento contractual anterior 10% Cumplimiento Requisitos Formales 8% Programa (s) de Integridad y Compliance 2% Puntaje Final
NOMBRE OFERENTE RUT Precio Ofertado IVA Incluido Precio Menor Ofertado Puntos N° Documentos Factor Puntos N° Reclamos Factor Puntos Cumple Factor Puntos Cumple Factor Puntos
ALTA MONTAÑA SPA 76.679.502-1 $ 14.995.000 $ 14.995.000 50 9 100 30 0 100 10 Si 100 8
Si
100
2 100
9. El Acta de Evaluación de la oferta de fecha 22 de julio de 2025, donde se propone adjudicar la licitación ID 2446-233-LE25 al oferente ALTA MONTAÑA SPA, RUT. 76.679.502-1, en virtud de que obtiene puntaje ponderado de 100 puntos, cumpliendo con los requisitos de adjudicación.
10. El Certificado Disponibilidad Presupuestaria N° 4774, de fecha 22 de julio de 2025, que da cuenta de la existencia de la disponibilidad presupuestaria necesaria para el SERVICIO DE PRODUCCION PARA FOMENTO DE DEPORTES ACUÁTICOS, CANOTAJE POLINÉSICO, KAYAK. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento N° 1079 de fecha 6 de junio de 2025.
11. Que, verificado el sistema de información, se constatan que no se efectúan observaciones al acto de apertura, al tenor de lo establecido en el artículo 51 del DS 661 de 2024, Reglamento de la Ley N°19.886.
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1. APRUÉBESE el acta de evaluación, de fecha 22 de julio de 2025, emitida por los evaluadores designados mediante la Guía de Requerimiento N° 1079 de fecha 6 de junio de 2025 y el Decreto Exento N° 2859 de fecha 11 de julio de 2025.
2. ADJUDÍQUESE la Propuesta Pública Nº 277/2025 ID-2446-233-LE25 SERVICIO DE PRODUCCION PARA FOMENTO DE DEPORTES ACUÁTICOS, CANOTAJE POLINÉSICO, KAYAK al proveedor ALTA MONTAÑA SPA, RUT. 76.679.502-1, por un monto total de $ 14.995.000.- (Catorce millones novecientos noventa y cinco mil pesos) IVA Incluido.
3. PUBLÍQUESE la presente resolución en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, para los efectos previstos en la Ley N° 19.886 y en su Reglamento.
4. IMPÚTESE el gasto de la presente licitación al Presupuesto Municipal año 2025, Centro de Costo de la Dirección de Desarrollo Comunitario, N° de cuenta 215-22-08-011-000-000-023.
5. AUTORÍCESE a formalizar la contratación al tenor de lo indicado en el punto N° 16 las bases administrativas del proceso licitatorio, una vez que el Departamento de Adquisiciones y Propuestas Públicas verifique el cumplimiento de los requisitos para contratar.
Anótese, Comuníquese, Publíquese, Regístrese y Archívese
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