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Lo dispuesto en el D. F. L. N º 01/2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; lo dispuesto por el D. F. L. Nº 01/2006, del Ministerio de Salud, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763/1979 y de las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; lo dispuesto por el Decreto Nº 38/2005, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y Establecimientos de Autogestión en Red; lo dispuesto por la Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; Lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 661/2004 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, y deja sin efecto el Decreto Supremo N°250/2004 del Ministerio de Hacienda; lo dispuesto por La Ley N°21.634 de fecha 11 de diciembre del año 2023, que moderniza la Ley 19.886 de Compras Públicas; lo establecido por el Decreto N° 22, de fecha 1 de julio de 2019 del Ministerio de Salud; lo establecido por la Resolución Nº7/2019 y Resolución N°14/2023, ambas de la Contraloría General de la República; Ley N°20.891 perfecciona el permiso postnatal parental y el ejercicio del derecho a sala cuna para funcionarios públicos que indica; lo dispuesto por la Resolución Exenta N°04.870 de fecha 13 de Noviembre del año 2024, y Resolución Exenta N°05.079 de fecha 03 de Diciembre del año 2024, Ambas de la Dirección del Servicio de Salud de Tarapacá que nombra al Director del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames y órden de subrogancia respectivamente; lo dispuesto por la Ley Nº 19.937 de 2008, que otorga la calidad de Hospital Autogestionado al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique; Lo dispuesto por la Ley N° 21.722 de Presupuestos del sector público correspondiente al año 2025, de fecha 13 de diciembre de 2024; lo dispuesto en la Comisión evaluadora de fecha 29 de Enero del 2025, presenciado por el Jefe del Departamento de Calidad de Vida como referente técnico del contrato, por el Subdirector Administrativo, por el Jefe del Departamento de Abastecimiento y por la Jefa (s) de la Unidad Cuidados Infantiles del Servicio Salud Tarapaca, todos pertenecientes a este establecimiento hospitalario y Servicio de Salud; lo expuesto en el Acta de Evaluación de fecha 29 de Enero del 2025 de “SERVICIOS DE SALA CUNA EXTERNA AÑO 2025, PARA EL HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”; lo expuesto en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N.º 43(LIC)/2025 de fecha 29 Enero del año 2025 emitido por el Jefe del Subdepartamento de Finanzas y Contabilidad del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique; lo dispuesto en Resolución Exenta Nro. 2718, del 31 de Diciembre del año 2024 de la Dirección del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, por medio de la cual se aprueban las bases de licitación del “SERVICIOS DE SALA CUNA EXTERNA AÑO 2025, PARA EL HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES” y, los demás antecedentes contenidos en la carpeta electrónica de la licitación pública ID 1070620-1-LQ25, y:
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1. Que, el Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, mediante Resolución Exenta N.º 2718 de fecha 31 de Diciembre del 2025, se aprueban las bases licitatorias y se llama a Licitación pública ID 1070620-1-LQ25, para la contratación del “SERVICIOS DE SALA CUNA EXTERNA AÑO 2025, PARA EL HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES”, por un período de 12 meses, con el objeto de cumplir y satisfacer de manera adecuada y eficiente la demanda asistencial, que permita entregar un servicio con la efectividad, seguridad y condiciones de calidad para la atención de los hijos de funcionarios del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique. Publicadas bajo el ID 1070620-1-LQ25, en la plataforma informática de la Dirección de Compras y Contratación Pública del Ministerio de Hacienda: www.mercadopublico.cl.
2. Que, con fecha 14 de Enero del año 2025, se procedió a la apertura administrativa de la licitación señalada, en la que se presentó solo el siguiente oferente, que se detallan en la siguiente tabla adjunta:
OFERTA OFERENTE RUT
1 SERVICIOS EDUCACIONALES MARFER LIMITADA. (JARDIN MELODIA) 76.167.085-9
CHECK LIST
DOCUMENTO SOLICITADO ANEXO 1 F-30 CDF DJS DISPONIBILIDAD
VACANTES EXPERIENCIA
ANEXO 3 ANEXOS 3B ANEXO 2 BOLETA DE GARANTIA
OFERENTE N°1 SI SI SI SI SI SI SI SI SI
Realizada la revisión de la documentación presentada por la empresa participante se obtiene los siguientes resultados:
OFERENTE OFERTA ACEPTADA / RECHAZADA OBSERVACIÓN / MOTIVO
N°1 ACEPTADA Cumple administrativamente con lo solicitado en las bases de la licitación.
3. Que, una vez realizado el acto de apertura, revisados los antecedentes conforme a la evaluación administrativa se determina aceptar la oferta del proponente: SERVICIOS EDUCACIONALES MARFER LIMITADA. (JARDIN MELODIA), RUT: 76.167.085-9, por cumplir con la totalidad de los requisitos mínimos administrativos obligatorios de las bases de la Licitación ID 1070620-1-LQ25, por el principio de estricta sujeción a las Bases Administrativas y Técnicas de la Licitación Pública, ya que el oferente cumple con los requisitos formales, por lo que avanza a la etapa de evaluación técnica.
4. Una vez revisada la oferta recibida con lo requerido en las bases técnicas de la licitación en el acto de apertura, y de acuerdo con lo expresado en la evaluación de las ofertas mediante la comisión evaluadora de fecha 29 de Enero del año 2025, presenciado por el Jefe del Departamento de Calidad de Vida como referente técnico del contrato, por el Subdirector Administrativo, por el Jefe del Departamento de Abastecimiento y por la Jefa (s) de la Unidad Cuidados Infantiles del Servicio Salud Tarapaca, todos pertenecientes a este establecimiento hospitalario y Servicio de Salud; se concluye que la oferta presentada cumple con las características técnicas solicitadas en las bases de la licitación.
5. Que, con fecha 29 de Enero del año 2025, según da cuenta el Acta de evaluación extendida por la “Comisión Evaluadora” designada para este mecanismo de compras, se procedió a la evaluación administrativa - técnico - económica de las ofertas acogidas para análisis, de acuerdo a la Ley 19.886, a las bases del presente proceso de compras y a los respectivos criterios de evaluación, según lo establecido en el acápite N°4 y a las Especificaciones Técnicas, de acuerdo con lo expresado mediante la comisión evaluadora conformada por el Jefe del Departamento de Calidad de Vida como referente técnico del contrato, por el Subdirector Administrativo, por el Jefe del Departamento de Abastecimiento y por la Jefa (s) de la Unidad Cuidados Infantiles del Servicio Salud Tarapaca, todos pertenecientes a este establecimiento hospitalario y Servicio de Salud, a continuación, se exponen los criterios de evaluación con sus respectivas ponderaciones, conforme a lo establecido en las bases de licitación:
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES ADMINISTRATIVOS DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA. (5%):
Para la evaluación del criterio administrativo se calculará según el siguiente cuadro:
Criterios Asignación de puntaje Ponderación Medios de verificación
Cumplimiento Criterios Formales Presenta Documentos Obligatorios y el resto de los documentos administrativos, dentro del plazo recepción de oferta.
100 puntos 5% antecedentes
Presenta documentos obligatorios y No presenta la totalidad de los otros documentos administrativos, dentro del plazo recepción de oferta.
50 puntos
Solo presenta documentos obligatorios, dentro del plazo recepción de oferta
0 puntos
No presenta documentos obligatorios. INADMISIBLE
Una vez obtenido los puntajes, estos serán multiplicados por 5% de ponderación arrojando el puntaje ponderado obtenido en este criterio.
Puntaje Cumplimiento Criterios Formales = Puntaje * 0,05
EVALUACIÓN TÉCNICA: DISPONIBILIDAD DE VACANTES (20%)
Para la evaluación del criterio técnico se calculará según el siguiente cuadro:
Número de vacantes Puntaje
Entre 16 y 20 vacantes 100 puntos
Entre 11 y 15 vacantes 50 puntos
Entre 05 y 10 vacantes 25 puntos
Menos de 5 vacantes INADMISIBLE
EVALUACIÓN TÉCNICA: EXPERIENCIA DE LA EMPRESA EN EL RUBRO DEL SERVICIO SOLICITADO (15%):
Para la evaluación del criterio técnico se calculará según el siguiente cuadro:
Descripción Puntaje
4 años o más. 100 puntos
Entre 2 y 3 años. 50 puntos
Menos de 1 años. 10 puntos
Proveedor no adjunta antecedentes, la oferta será declarada inadmisible INADMISIBLE
EVALUACIÓN ECONÓMICA (60%)
En ésta se analizarán las cifras, con el objeto de que las ofertas sean absolutamente comparables y se expliciten las posibles diferencias.
En el estudio de las cotizaciones, se utilizará el análisis comparativo de la oferta.
Se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula:
X=Precio (mínimo entre los oferentes) *100/precio del oferente evaluado
6. Que, conforme a los criterios de evaluación establecidos en el acápite número 4 de las bases de licitación, se procedió a la evaluación técnica, económica y formal de la oferta aceptada, siendo calificada de la siguiente manera:
LICITACION ID 1070620-1-LQ25
Descripción Lunes a Viernes
“SERVICIOS DE SALA CUNA EXTERNA AÑO 2025, PARA EL HOSPITAL DR. ERNESTO TORRES GALDAMES” Evaluación Económica (60%) Evaluación Técnica (35%) Evaluación Administrativa (5%) TOTAL
Proveedor Precio Unitario Pje 60% Sub-Criterio N° vacantes Pje. 20% Sub-Criterio N° Años en el rubro Pje. 15% Sub-Criterio Pje. 5% 100
SERVICIOS EDUCACIONALES MARFER LIMITADA. (JARDIN MELODIA) $1.395.000 100 60 Disponibilidad de vacantes 30 vacantes 100 20 Años de experiencia 29 años 100 15 Cumplimiento requisitos formales administrativos 100 5
7. Que, en virtud del análisis efectuado a la propuesta revisada por la Comisión Evaluadora, lo cual consta en el Acta de Evaluación administrativa, técnica y económica de fecha 29 de Enero del año 2025 de este proceso de licitación pública, de acuerdo con acta adjunta, y en estricto apego a las bases administrativas y técnicas aprobadas para el mismo, la Comisión concluye que la siguiente oferta presentada reúne la combinación de factores más ventajosa para la institución mandante, por lo que se sugiere al Director (S) del Hospital adjudicar la presente licitación pública al oferente indicado a continuación, por cuanto en la tabla de evaluación de criterios obtuvieron ponderación máxima, según los criterios Administrativos, técnicos y económicos, ajustando su propuesta al requerimiento formulado, encontrándose dentro del presupuesto de la licitación, lo que resulta conveniente para el interés fiscal, obteniendo las siguientes puntuaciones:
Puntaje ponderado por ítem de acuerdo con los criterios técnicos y económicos.
Ítem Proveedor RUT Pje. Pdo. Económico Pje. Pdo.
Técnico Pje. Pdo.
Administrativo Total
1 SERVICIOS EDUCACIONALES MARFER LIMITADA. (JARDIN MELODIA) 76.167.085-9 60 35 5 100
8. Que mediante Memorándum N°6 de fecha 21 de enero del año 2025, el Jefe del Departamento de Calidad de Vida del Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames de Iquique, entrega resultado del informe técnico y de la visita a terreno coordinada según lo estipulado en bases, a lo cual responde lo siguiente;
Bajo este contexto, como resultado de la evaluación, tanto documental como en visita a terreno, se puede observar que la sala cuna y jardín infantil melodía, se encuentra cumpliendo con los requisitos citados en el punto 2 “consideraciones de la licitación” de la presente propuesta publica, contenida en las bases técnicas, sobre en particular, se establecieron 22 items a evaluar, en relación a las exigencias de implementación de sala cuna, en la propuesta publica ID 1070620-1-LQ25, por lo anterior se concluye que cumple sin observaciones, para prestar servicios de sala cuna para los hijos/as de las funcionarias pertenecientes al Hospital Dr. Ernesto Torres Galdames por el año 2025.
9. Que, de acuerdo con lo anteriormente expuesto, así como por lo dispuesto en las normas legales citadas en los vistos y en particular de acuerdo con el Acta de Evaluación Técnica y económica suscrita en esta licitación pública, y en toda normativa vigente aplicable,
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