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1. Lo dispuesto en el DFL Nº 1 del 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; 2. La Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; 3. La Ley Nº 21.634, que moderniza la ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo de Hacienda Nº 661 de 2024 y sus modificaciones; 4. La Ley Nº 21.796, de Presupuestos del Sector Público, correspondiente al año 2026; 5. El DFL N° 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las Leyes N° 18.933 y N° 18.469; 6. El Decreto N° 38 de 2005 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; 7. La Resolución Ex. Nº 1172/2007 de los Ministerios de Salud y Hacienda, que otorga la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red al Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak”; 8. La Resolución Exenta RA 447/427/2023 de fecha 08 de agosto de 2023, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que renueva el nombramiento del Dr. Juan Maass Vivanco en el cargo de Director del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak en calidad de titular; 9. La Resolución Nº 36/2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; 10. La Resolución N°8/2025, de la Contraloría General de la República, que modifica y complementa la Resolución 36/2024, de la misma entidad; y,
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1) Que, mediante Resolución Exenta N° 2387, de fecha 26 de noviembre de 2025, se aprobaron las Bases de Licitación que rigen el llamado a Licitación Pública para la adquisición de “Tóner Varios”, destinados al stock de la Bodega Central del Instituto Psiquiátrico, correspondiente a un proceso concursal de adjudicación múltiple, el cual contempla dos líneas de requerimiento, referidas a tóner originales y a tóner alternativos y/o originales;
2) Que, el proceso fue publicado en la plataforma de Mercado Público, con fecha 27 de noviembre de 2025, bajo el ID 1057476-49-LE25 y fue adjudicado mediante Resolución Exenta N°2627, de fecha 23 de diciembre de 2025, a los siguientes oferentes:
PROVEEDOR RUT LINEA ADJUDICADA MONTO TOTAL IVA INCLUIDO
IMPORTADORA ITG LTDA. 76.493.820-8 LÍNEA N°1: TONER ORIGINALES $26.937.792.-
RED ONLINE TECHNOLOGIC 77.343.863-3 LÍNEA N°2: TONER ALTERNATIVOS $12.243.458.-
TOTAL $39.181.250.-
3) Que, considerando que el monto total a adjudicar fue de 581,07,10 UTM, calculado según el valor de la Unidad Tributaria Mensual, vigente al 1 de enero de 2025, y atendido que los bienes requeridos corresponden a insumos de simple y objetiva especificación, la formalización de las contrataciones respectivas se debía efectuar mediante la aceptación de las primeras Órdenes de Compra emitidas a cada proveedor adjudicado, esto en un plazo fatal de 3 días hábiles;
4) Que, para efectos de formalizar la contratación, la Unidad de Abastecimiento emitió dos órdenes de compra, una por cada proveedor adjudicado, las cuales fueron enviadas con fecha 24 de diciembre de 2025. En este contexto, la empresa “IMPORTADORA ITG LTDA.”, adjudicataria de la Línea N° 1, no aceptó la orden de compra, con fecha 29 de diciembre de 2025, señalando la existencia de “errores en montos o valores mal ingresados”, específicamente, “una inconsistencia en el precio informado, lo que impide continuar con la adjudicación en las condiciones actuales”. Asimismo, en la misma fecha, remitió mediante correo electrónico una carta de rechazo/desistimiento de la adjudicación, documento que se adjunta al presente acto administrativo;
5) Que, el artículo 18.3 “Readjudicación” de las Bases de Licitación, aprobadas mediante Resolución Exenta N° 2387/2025, establece que el Instituto se encuentra facultado para readjudicar el proceso al oferente que siga en orden de prelación según puntaje obtenido, en aquellos casos en que el adjudicatario se desista de la adjudicación, circunstancia que habilita a dejar sin efecto la adjudicación original y proceder a adjudicar al proveedor que le continúa en puntaje;
6) Que, de acuerdo con el cuadro de evaluación de ofertas correspondiente a la Línea N° 1 “Tóner Originales”, el proveedor ALCA LTDA. obtuvo el segundo mayor puntaje total, con una ponderación de 97,00%, ubicándose inmediatamente a continuación del proveedor originalmente adjudicado, razón por la cual corresponde su consideración como oferente siguiente en orden de prelación, para efectos de la readjudicación del proceso, conforme a lo establecido en el artículo 18.3 de las Bases de Licitación, de acuerdo al siguiente detalle:
OFERENTE Garantía de Reposición
de Productos Defectuosos.
(10%) Plazos de Entrega. (15%) Correcta Presentación
de Antecedentes. (3%) Programa de Integridad.
(2%) Programa de recolección
y Reciclaje de tóner. (10%) Multas. (-5%) Valor total línea
completa.
IVA incluido. Oferta Económica.
(60%) Total.
ALCA LTDA 10% 15% 3% 2% 10% -3% $26.526.528.- 60,00% 97,00%
IMPORTADORA
ITG LTDA 10% 15% 3% 2% 10% 0% $26.937.792.- 59,08% 99,08%
RED ONLINE
TECHNOLOGIC 10% 15% 1% 2% 10% 0% $37.311.327.- 42,66% 80,66%
7) Que, el Informe de Evaluación y el cuadro comparativo de puntajes, elaborados por la Comisión Evaluadora, se encuentran adjuntos a la presente resolución, entendiéndose íntegramente incorporados a este acto administrativo para todos los efectos legales y administrativos, constituyendo el fundamento técnico que respalda la decisión de readjudicación adoptada por esta Autoridad;
8) Que, el monto total adjudicado del presente proceso licitatorio asciende a la suma de $38.769.986.- (treinta y ocho millones setecientos sesenta y nueve mil novecientos ochenta y seis pesos), IVA incluido, de acuerdo con el siguiente detalle por proveedor y línea adjudicada:
PROVEEDOR RUT LINEA ADJUDICADA MONTO TOTAL IVA INCLUIDO
ALCA LTDA. 76.596.570-5 LÍNEA N°1: TONER ORIGINALES $26.526.528.-
RED ONLINE TECHNOLOGIC 77.343.863-3 LÍNEA N°2: TONER ALTERNATIVOS $12.243.458.-
TOTAL $38.769.986
9) Que, con motivo de la readjudicación dispuesta mediante el presente acto administrativo, el Instituto Psiquiátrico “Dr. José Horwitz Barak” cuenta con la disponibilidad presupuestaria suficiente para solventar el gasto que irroga dicha readjudicación, conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria, emitido con fecha 06 de enero de 2026, debidamente aprobado por la Jefatura del Centro de Responsabilidad de Finanzas de esta Institución, dejándose constancia que el gasto afecta presupuesto institucional del año 2026 y 2027;
10) Que, el Proveedor adjudicado, deberá aceptar la orden de compra dentro del plazo indicado en el calendario de la licitación, esto es, dentro de los 3 días siguientes hábiles a la emisión y correspondiente envío de la orden de compra a través del portal de Mercado Público;
11) Que, los proveedores adjudicados serán notificados a través de la publicación del presente acto administrativo en el Sistema de Información;
12) Que, en virtud de las facultades que me confieren las normas citadas anteriormente y las necesidades de este Instituto;
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1) RE ADJUDÍCASE, la línea de requerimiento N°1, relativa a “Toner Originales”, de Licitación Pública ID 1057476-49-LE25, al proveedor ALCA LTDA., RUT N° 76.596.570-5, por un monto total de $26.526.528.- (veintiséis millones quinientos veintiséis mil quinientos veintiocho pesos) IVA incluido, en las mismas condiciones técnicas y económicas ofertadas y evaluadas en el proceso licitatorio.
2) FORMALÍCESE, la contratación derivada de la presente readjudicación, correspondiente a la Línea N° 1, mediante la emisión y aceptación de la correspondiente orden de compra, conforme a lo establecido en las Bases de Licitación y la normativa vigente, la cual deberá ser aceptada por el proveedor dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde su envío a través del portal de Mercado Público.
3) PÁGUESE, al proveedor individualizado en el numeral primero de lo resolutivo del presente instrumento, en la oportunidad que corresponda, por los bienes efectivamente recibidos por este Instituto, una vez aceptada la orden de compra y emitida la factura correspondiente, de conformidad con lo establecido en las Bases de Licitación, debiendo incluirse el ID de la orden de compra en el glosario del documento tributario, el cual deberá ser enviado en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, único medio válido para su ingreso y contabilización.
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