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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
2111-60-LP26
Adjudicación Informada en portal el
20/4/2026 16:56
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En
Santiago,
20-04-2026
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Nro de
Resolución
928
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Vistos
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1. El decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763 de 1979, y de las Leyes Nº 18.469 y Nº 18.933;
2. El decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
3. La ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
4. Ley 21.634, que moderniza Ley 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado.
5. La ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado;
6. El Decreto Supremo Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios;
7. El decreto supremo Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud;
8. El decreto supremo N° 38, de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red;
9. Lo señalado en la resolución N°36 de 2024 de la Contraloría General de la República y su modificación, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y determina los montos en unidades tributarias mensuales, a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente;
10. La Resolución RA N°116675/419/2023, de fecha 21 de agosto de 2023, del Servicio de Salud Metropolitano Central, que designa Director del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, desde el 14 de agosto de 2023, a don Patricio Barría Ailef.
11. La Resolución Exenta RA 116675/92/2024, de 30 de enero de 2024, que modifica la Resolución Exenta RA 116675/419/2023, del Servicio de Salud Metropolitano Central, que nombra en calidad de titular el cargo de Director del Hospital de Urgencia Asistencia Pública;
12. La Resolución Exenta N°3195, del 31 de diciembre de 2024, que establece jefaturas, determina orden de subrogancia para los cargos de Director, Subdirector, Jefes y Encargados de Unidades y deroga Resolución Exenta N°1898 de 01 de septiembre de 2023;
13. Las Bases Administrativas, Documentos Anexos y la Comisión Evaluadora para el “INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA CON EQUIPO EN COMODATO”, aprobadas mediante Resolución Exenta Nº 664 de fecha 17 de marzo de 2026, del Hospital de Urgencia Asistencia Pública;
14. El Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas ID 2111-60-LP26, de fecha 30 de marzo de 2026;
15. El Acta de Comisión Evaluadora de fecha 16 de abril de 2026;
16. Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°329, N°330, N°331 y N°332, autorizado por Don Christian Echeverría Aburto, Subdirector Administrativo y Financiero, del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, todos de fecha 16 de abril de 2026.
17. Preguntas y respuestas del foro de licitación ID 2111-60-LP26.
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Considerando
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1. Que, mediante la Resolución Exenta N°664, citada en el numeral 13. de los Vistos, se aprueban las Bases Administrativas y Documentos Anexos y se designa la Comisión Evaluadora de la licitación Pública, para el “INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA CON EQUIPO EN COMODATO”” para el H.U.A.P.
2. Que, con relación al foro de preguntas y respuestas, se realizó la siguiente pregunta para esta Licitación, dentro del plazo establecido. Citado en el visto N°17:
3. Que, según lo consignado en el Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, citada en el numeral 14. de los Vistos, en relación con el Acta de Evaluación citada en el numeral 15. de los Vistos, en la cual consta la presentación de las ofertas realizadas por los proveedores que a continuación se individualizan:
N° RUT PROVEEDOR
1 77.353.051-3 BIOADVANCE MEDICAL SPA
2 78.874.470-6 STRYKER CORPORATION (CHILE) Y COMPAÑIA LIMITADA
4. Que, de acuerdo con lo consignado en el Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, citada en el numeral 14. de los Vistos y en relación con el Acta de Evaluación citada en el numeral 15. de los Vistos, en la cual consta las presentaciones de las ofertas realizadas por los proveedores, determinando así si las ofertas son aceptadas o declaradas Inadmisibles, según se detallan a continuación:
I. Verificación de antecedentes mínimos para ofertar.
De acuerdo con las Bases de la Licitación, se solicitaron antecedentes mínimos para ofertar a cada proveedor, entre los cuales: Anexo N°3-A, Anexo N°3-B, Anexo N°3-C, Anexo Nº4, Anexo N°6, Anexo N°7, Anexo N°8, Anexo N°10, y otros documentos publicados por los oferentes en el sistema de información www.mercadopublico.cl, determinando así si las ofertas son aceptadas o declaradas inadmisibles y/o desierta según se detalla a continuación:
• Se rechaza la oferta presentada por el proveedor STRYKER CORPORATION (CHILE) Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 78.874.470-6, respecto de las líneas N°4 y N°5, por no haber aprobado la Evaluación de Muestras efectuada por la Comisión Evaluadora, conforme a los criterios establecidos en los Anexos N°1 y N°7, en concordancia con lo exigido en las Bases de Licitación, específicamente en el numeral 3.2.4.2 “Requisitos de Admisibilidad”, letras c) y f):
c) Cumplir con todas las especificaciones y procedimientos establecidos en los Requerimientos Técnicos (Anexo N°1) (…)
f) Cumplir con todas las Especificaciones Técnicas Obligatorias solicitadas (Anexo N°7) (…)”
Lo anterior se fundamenta en que la Comisión Evaluadora, al completar el Anexo N°7, deja constancia de que, para las líneas N°4 y N°5, los tornillos canulados ofertados no cumplen con las longitudes requeridas, lo que implica el incumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas exigidas, mencionadas anteriormente.
*Se deja constancia, además, de que el proveedor no completo a cabalidad el Anexo N°7, la columna “nombre del archivo”, sin embargo, adjunto toda la documentación requerida, la cual estuvo a la vista de la comisión para verificar el cumplimiento de los requerimientos, esto, en conformidad con el Dictamen N° E500593 de la Contraloría General de la República, se establece que, aun cuando un oferente no haya completado íntegramente determinada información en los formularios exigidos, no corresponde desestimar su oferta si los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos se encuentran efectivamente acompañados, disponibles y a la vista permitiendo a la comisión evaluadora verificar el cumplimiento de los requisitos y su cumplimiento conforme a las bases de licitación.
II. Análisis Particular de las Propuestas.
Con fecha 16 de abril de 2026 se reúne la Comisión Evaluadora, revisa las ofertas de acuerdo con lo establecido en los “Criterios de Evaluación” de las Bases de Licitación, considera la información entregada por el oferente en los Anexos solicitados correspondientes a: Declaración Jurada Simple, Declaración Jurada de Independencia de la Oferta, Declaración Jurada de Inhabilidad para Contratar con el Estado, Oferta Económica, Programa de Integridad, Antecedentes para Evaluación y Admisibilidad, Cumplimiento de Criterios de Evaluación Técnica, Cumplimiento de Especificaciones Técnicas Obligatorias, Carta de Canje, Declaración Jurada Simple de Disponibilidad de Instrumental de Retiro, determinando los puntajes correspondientes según lo estipulado en las bases.
5. Que, las ofertas en competencia fueron evaluadas conforme a los criterios de evaluación establecidos para el presente proceso de Licitación, de acuerdo con lo establecido en el Acta de Comisión Evaluadora referida anteriormente.
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Resuelvo
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I. TÉNGASE PRESENTE, que se ingresó una pregunta en el foro de la Licitación Pública de “INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA CON EQUIPO EN COMODATO, ID 2111-60-LP26”, citado en el Considerando N°2.
II. DECLARESE INADMISIBLE, la oferta del siguiente Proveedore por los motivos que a continuación se indican:
• Se declara inadmisible la oferta presentada por el proveedor STRYKER CORPORATION (CHILE) Y COMPAÑÍA LIMITADA, RUT N° 78.874.470-6, respecto de las líneas N°4 y N°5, por no haber aprobado la Evaluación de Muestras efectuada por la Comisión Evaluadora, conforme a los criterios establecidos en los Anexos N°1 y N°7, en concordancia con lo exigido en las Bases de Licitación, específicamente en el numeral 3.2.4.2 “Requisitos de Admisibilidad”, letras c) y f):
c) Cumplir con todas las especificaciones y procedimientos establecidos en los Requerimientos Técnicos (Anexo N°1) (…)
f) Cumplir con todas las Especificaciones Técnicas Obligatorias solicitadas (Anexo N°7) (…)”
Lo anterior se fundamenta en que la Comisión Evaluadora, al completar el Anexo N°7, deja constancia de que, para las líneas N°4 y N°5, los tornillos canulados ofertados no cumplen con las longitudes requeridas, lo que implica el incumplimiento de las especificaciones técnicas mínimas exigidas, mencionadas anteriormente.
*Se deja constancia, además, de que el proveedor no completo a cabalidad el Anexo N°7, la columna “nombre del archivo”, sin embargo, adjunto toda la documentación requerida, la cual estuvo a la vista de la comisión para verificar el cumplimiento de los requerimientos, esto, en conformidad con el Dictamen N° E500593 de la Contraloría General de la República, se establece que, aun cuando un oferente no haya completado íntegramente determinada información en los formularios exigidos, no corresponde desestimar su oferta si los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos se encuentran efectivamente acompañados, disponibles y a la vista permitiendo a la comisión evaluadora verificar el cumplimiento de los requisitos y su cumplimiento conforme a las bases de licitación.
III. DECLÁRENSE DESIERTAS las líneas N°4 y N°5 de la Licitación Pública ID 2111-60-LP26 para el “INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA CON EQUIPO EN COMODATO”, lo anterior, según se establece en el Acta de Apertura Electrónica de las Ofertas, citadas en el numeral 14. de los Vistos y el Acta de Evaluación, citada en el numeral 15. de los Vistos, en concordancia con el Artículo 9° de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y según lo descrito en el considerando N°4.
IV. ADJUDÍQUENSE las líneas N°1, N°2 y N°3 de la Licitación Pública de ID 2111-60-LP26, para el “INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA CON EQUIPO EN COMODATO”, por 24 meses a los proveedores y a los precios que a continuación se detallan:
La presente adjudicación se motiva en que las ofertas presentadas por los proveedores antes señalado, cumple con los requerimientos administrativos y técnicos exigidos por el Hospital de Urgencia Asistencia Pública para el “INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA CON EQUIPO EN COMODATO”, logrando los siguientes porcentajes en los criterios de evaluación:
Lo anterior, consta en el Acta de Evaluación, citada en el numeral 15., de los Vistos, en concordancia con el Art. 10 de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
V. TÉNGASE PRESENTE, que los Contratos para las líneas N°2 y N°3 entrarán en vigencia desde la adjudicación y recepción de la documentación, y se formalizarán mediante el envío y aceptación de la Orden de Compra por el proveedor. Ésta (O.C) hará las veces de contrato y le será aplicable todo lo señalado en las presentes Bases Administrativas que hagan referencia a “contrato”, según lo dispuesto en el numeral 6.1. de las bases administrativas.
Por otro lado, el contrato para la línea N°1 entrará en vigencia, desde que se encuentra totalmente tramitado el acto que lo aprueba, en caso de ser necesario, por razones de buen servicio podrá iniciar, una vez entregada la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin embargo, el pago se podrá efectuar una vez se encuentre totalmente tramitado el contrato, según lo dispuesto en el numeral 6.1. de las bases administrativas.
VI. INSTRÚYASE a la Unidad de Licitaciones iniciar nuevo proceso para la línea desierta.
VII. AUTORÍZASE, la disponibilidad presupuestaria señalada en los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria N°329, N°330, N°331 y N°332, todos de fecha 16 de abril de 2026, de este Hospital.
VIII. IMPÚTESE el gasto que irrogue la presente Licitación al Ítem Presupuestario 22-04-004-004, “Prótesis” del Presupuesto 2026, 2027 y 2028 del Hospital de Urgencia Asistencia Pública
IX. INFÓRMESE Y PUBLÍQUESE la presente Resolución a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en la ley Nº21.634, que moderniza la Ley N°19.886 y su Reglamento.
ANÓTESE, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE en su oportunidad.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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CAMILO ESTEBAN CORONADO VILUGRON
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Cargo
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PROFESIONAL DE LICITACIONES
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Teléfono
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56-22-25681100
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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2111-60-LP26
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Nombre de Adquisición
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INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA EQUIPO COMODATO
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
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Descripción
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SUMINISTRAR AL HOSPITAL DE INSUMOS DE TRAUMATOLOGIA CADERA EQUIPO COMODATO
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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18/3/2026 14:43
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Fecha de Cierre
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30/3/2026 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 146.450.931
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 146.451.000
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Comisión Evaluadora
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| 15366280-0 | Miguel Ramírez Veillon | Médico Traumatologo |
| 15353614-7 | Viviana Salazar Miranda | Enfermera |
| 20146294-0 | Brenda Solís Garcia | TENS |
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Resultado de la Adjudicación
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Total Línea |
$ 100.800.000 |
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