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Lo dispuesto en el artículo 3°, letra a) del D.F.L. N° 292, de 1953, que aprueba la Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; los artículos 169° y 170° del D.L. N° 2.222, de 1978 del Ministerio de Defensa, “Sustituye la Ley de Navegación”; el artículo 105°, del D.S. N° 427 de 1979, del Ministerio de Defensa Nacional que Aprueba el Reglamento de Tarifas y Derechos de la Dirección del Litoral y de Marina Mercante; la Ley N° 18.928 que “Fija normas Sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas”; lo establecido en la Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.880, que “Establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”; la Ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública; el Decreto Ley Orgánico de Administración Financiera del Estado N° 1.263, de fecha 28 de noviembre de 1975; el D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886; la resoluciones de la Contraloría General de la República N°s. 7 y 16, de marzo de 2019 y diciembre de 2020, respectivamente; Circular N° 07, de fecha 20 de enero de 2021, del Ministerio de Hacienda; el Decreto N° 60, de fecha 25 de enero de 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, que nombra al Vicealmirante Sr. Ignacio MARDONES Costa, Director General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; la resolución de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante N° 12240/14 Vrs., de fecha 25 de junio de 2019, delega facultades en la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; la Ley N° 21.289, correspondiente a “Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2021”; el Oficio Ordinario N° 0632, de fecha 15 de marzo de 2021 del Subdirector de Presupuestos de la Dirección de Presupuestos; la Solicitud de Inversión N° 72/2021, de fecha 13 de abril de 2021, del Jefe del Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el Informe Técnico Ord. N° 12600/41/2021, de fecha 17 de mayo de 2021, del Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante; el Certificado de Disponibilidad de Recursos N° 0034/68, de fecha 14 de abril de 2021, emitido por el Jefe del Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, y teniendo presente las atribuciones que me confiere la normativa vigente,
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1.- Que, de conformidad con el artículo 3°, letra a) del D.F.L. N° 292, de 1953, Ley Orgánica de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, corresponde a esta Dirección General velar por la seguridad de la navegación y la protección de la vida humana en el mar.
2.- Que, la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, para los efectos de cumplir con las funciones que la ley le encomienda, tiene la necesidad de adquirir licencias Mcafee Mvision Protect Plus EDR for Endpoint, para la operatividad del Departamento de Tecnologías Marítimas de esta Dirección General.
3.- Que, la presente licitación será financiada con recursos provenientes de la Ley de Navegación N° 2.222, de fecha 31 de mayo de 1978, según la Ley N° 21.289 de Presupuestos del Sector Público año 2021, como se indica en el Certificado de Disponibilidad de Recursos N° 0034/68, de fecha 14 de abril de 2021, emitido por el Jefe del Departamento de Tecnologías Marítimas de la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
4.- Que, para los efectos de lo dispuesto en las resoluciones de la Contraloría General de la República N°s. 7 y 16, de marzo de 2019 y diciembre de 2020 respectivamente, el presupuesto asignado para esta adquisición, no supera las 10.000 UTM, por lo que la presente contratación se encuentra exenta del trámite de Toma de Razón.
5.- Que, mediante resolución D.G.T.M. y M.M. Exenta N° 4100/313 P.M.P., de fecha 21 de abril de 2021, se aprobaron las Bases Administrativas, Técnicas y llama a licitación pública, para la adquisición de licencias Mcafee Mvision Protect Plus EDR for Endpoint, para la operatividad del Departamento de Tecnologías Marítimas de esta Dirección General.
6.- Que, con fecha 22 de abril de 2021, se publicaron las bases de licitación ya individualizadas en el portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 3134-66-LE21 a la que se presentaron los siguientes oferentes:
a.- COMERCIAL 2050 SPA, RUT N° 76.324.469-5.
b.- COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K.
c.- MYM INFORMÁTICA SPA, RUT N° 76.992.204-0.
d.- OPCIONES S.A. SISTEMAS DE INFORMACIÓN, RUT N° 96.523.180-3.
e.- ING. Y CONST. RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA., RUT N° 89.912.300-K.
f.- SECURITY ADVISOR CHILE, RUT N° 76.031.486-2.
g.- WIDEFENSE CHILE S.A., RUT N° 76.363.643-7.
7.- Que, con fecha 26 de abril de 2021, se cierra la etapa de recepción de consultas, siendo consecuentemente respondidas dentro del plazo establecido en las bases administrativas a través del portal www.mercadopublico.cl, las cuales forman parte integral de las bases de licitación.
8.- Que, los criterios de evaluación fueron dispuestos en las Bases Administrativas, como se indica:
a) Evaluación de cumplimiento de los requisitos formales. (05%)
b) Comportamiento Contractual anterior. (05%)
c) Plazo de Entrega. (30%)
d) Distribuidor Autorizado. (20%)
e) Precio. (40%)
9.- Que, en la evaluación administrativa efectuada por la respectiva Comisión Evaluadora, se ha determinado:
A.- COMERCIAL 2050 SPA. NO CUMPLE Oferente no presenta Certificado de vigencia de la sociedad, ni Certificado de vigencia de la personería del representante legal, exigencia contenida en la Cláusula 8.-, numeral 1), letra c), no ajustándose al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
B.- COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA. NO CUMPLE Certificado de vigencia de la personería del representante legal, vigencia mayor a 30 días, desde el cierre de la recepción electrónica de ofertas, exigencia contenida en la Cláusula 8.-, numeral 1), letra c), no ajustándose al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
C.- MYM INFORMÁTICA SPA. NO CUMPLE Oferente no presenta Certificado de vigencia de la sociedad, ni Certificado de vigencia de la personería del representante legal, exigencia contenida en la Cláusula 8.-, numeral 1), letra c), no ajustándose al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
D.- OPCIONES S.A. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. CUMPLE Documentación administrativa conforme a las Bases Administrativas.
E.- INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA. NO CUMPLE Oferente no presenta Certificado de vigencia de la sociedad, ni Certificado de vigencia de la personería del representante legal, exigencia contenida en la Cláusula 8.-, numeral 1), letra c), no ajustándose al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
F.- SECURITY ADVISOR CHILE. CUMPLE Documentación administrativa conforme a las Bases Administrativas.
G.- WIDEFENSE CHILE S.A. CUMPLE Documentación administrativa conforme a las Bases Administrativas.
10.- Que, producto de la evaluación técnica, de acuerdo a la dispuesto en la Cláusula número 10.- de las bases administrativas, según el Informe Técnico Ord. N° 12600/41/2021, de fecha 17 de mayo de 2021, del Departamento de Tecnologías Marítimas, se ha determinado que:
A.- OPCIONES S.A. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. CUMPLE Se solicita aclaración del Anexo "C" a través del foro inverso.
B.- SECURITY ADVISOR CHILE. CUMPLE
C.- WIDEFENSE CHILE S.A. CUMPLE Se solicita aclaración de la propuesta técnica a través del foro inverso.
11.- Que, según los considerandos 9.- y 10.- precedentes, las empresas que se detallan pasan a la apertura económica.
A.- OPCIONES S.A. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. CUMPLE Sin observaciones
B.- SECURITY ADVISOR CHILE. NO CUMPLE Oferente no presenta Anexo "D", Antecedentes Económicos, exigencia contenida en la Cláusula 8.-, letra e.-, numeral 3), no ajustándose al principio de estricta sujeción a las bases administrativas.
C.- WIDEFENSE CHILE S.A. CUMPLE Sin observaciones
12.- Que, realizada la apertura económica de la empresa citada en el considerando anterior, se desglosa lo siguiente:
EMPRESA
VALOR NETO OFERTADO
PUNTOS OBTENIDOS
A.- OPCIONES S.A. SISTEMAS DE INFORMACIÓN.
$ 31.407.200.-
3,26
B.- WIDEFENSE CHILE S.A.
$ 25.568.950.-
4,00
12.- Que, producto de la evaluación final los oferentes citados en el considerando anterior, obtuvieron los siguientes puntajes:
EMPRESA
SUMA DE PUNTAJES
LUGAR OBTENIDO
A.- OPCIONES S.A. SISTEMAS DE INFORMACIÓN.
9,01
2
B.- WIDEFENSE CHILE S.A.
9,75
1
13.- Que, según consta en el Acta de Evaluación Final, de fecha 19 de abril de 2021, emanada por la Comisión Evaluadora, se ha determinado y propuesto adjudicar la presente licitación a la empresa WIDEFENSE CHILE S.A., RUT N° 76.363.643-7.,
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1.- DECLÁRANSE INADMISIBLES las ofertas presentadas por los oferentes que se indican, por no cumplir con los requisitos administrativos y económicos indicados en las bases de licitación, presentadas en la licitación pública ID. N° 3134-66-LE21, según se ha expuesto en detalle en los considerandos precedentes:
A.- COMERCIAL 2050 SPA, RUT N° 76.324.469-5.
B.- COMPUTACIÓN GRÁFICA APLICADA Y CIA. LTDA., RUT N° 79.770.640-K.
C.- MYM INFORMÁTICA SPA, RUT N° 76.992.204-0.
D.- ING. Y CONST. RICARDO RODRIGUEZ Y CIA. LTDA., RUT N° 89.912.300-K.
E.- SECURITY ADVISOR CHILE, RUT N° 76.031.486-2.
2.- ADJUDÍCASE la licitación pública ID. N° 3134-66-LE21, por la adquisición de licencias Mcafee Mvision Protect Plus EDR for Endpoint, para la operatividad del Departamento de Tecnologías Marítimas de esta Dirección General, a la empresa WIDEFENSE, RUT N° 76.363.643-7, por un valor de $ 30.427.051.-, (treinta millones cuatrocientos veintisiete mil cincuenta y un pesos), valor con IVA. Incluido.
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