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Resolucion Exenta N°2489:
a) El D.S. Nº 114, (V. y U.) de 1994, que reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa;
b) La Resolución Exenta Nº 1786 del 05 de Junio de 2013, que aprueba la Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes elaborados por el SERVIU Región del Maule, respecto a la Propuesta Pública Nº 13/2013, ID Mercado Público Nº 653-13-LP13, a suma alzada, correspondientes al Programa “Pavimentación Participativa llamado 22° llamado, comuna de Colbún”, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial;
c) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 05 de Junio de 2013 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 05 de Junio de 2013, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
d) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública N° 13-2013 , ID Mercado Público 653-13-LP13, de fecha 27 de Junio de 2013;
e) El Acta de Selección de Ofertas de fecha 03 de Julio de 2013, mediante la cual la Srta. Directora SERVIU, Región del Maule, con fecha 15 de Julio de 2013, autoriza la adjudicación del proyecto que se indica, a Constructora RAR S.A., Rut N° 76.095.727-5;
Comuna Obra Monto Ofertado
Colbún Pavimentación Participativa 22 llamado $ 228.311.691 (IVA incluido)
Proyectos (1) “Maule Sur“
(2) “Villa Sur”
ID-Mercado Público Nº 653-13-LP13
f) El Formulario Único de Revisión (FUR) Nº 17/2013 del Jefe (S) del Departamento de Programación Física y Control, emitido con fecha 18 de Julio de 2013;
g) La Adición Número 1 y Las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 13/2013, ID Mercado Público Nº 653-13-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule
h) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
i) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
j) La Resolución Nº 1.600 del 30 de Octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
k) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76, de V. y U. y Decreto 66 de 05 de Diciembre de 2011,de V. y U., y el D.F.L. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
Resolucion Exenta N°2490:
a) El D.S. Nº 114, (V. y U.) de 1994, que reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa;
b) La Resolución Exenta Nº 1786 del 05 de Junio de 2013, que aprueba la Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes elaborados por el SERVIU Región del Maule, respecto a la Propuesta Pública Nº 13/2013, ID Mercado Público Nº 653-13-LP13, a suma alzada, correspondientes al Programa “Pavimentación Participativa llamado 22° llamado, comuna de Colbún”, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial;
c) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 05 de Junio de 2013 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 05 de Junio de 2013, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
d) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública N° 13-2013, ID Mercado Público 653-13-LP13, de fecha 27 de Junio de 2013;
e) El Acta de Selección de Ofertas de fecha 03 de Julio de 2013, mediante la cual la Srta. Directora SERVIU, Región del Maule, con fecha 15 de Julio de 2013, autoriza la adjudicación del proyecto que se indica, a Constructora RAR S.A., Rut N° 76.095.727-5;
Comuna Obra Monto Ofertado
Colbún Pavimentación Participativa 22 llamado $ 64.973.798 (IVA incluido)
Proyectos (1) “Pablo Neruda“
(2) “Población El Esfuerzo de Panimávida” ID-Mercado Público Nº 653-13-LP13
f) El Formulario Único de Revisión (FUR) Nº 18/2013 del Jefe (S) del Departamento de Programación Física y Control, emitido con fecha 18 de Julio de 2013;
g) La Adición Número 1 y Las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 13/2013, ID Mercado Público Nº 653-13-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule
h) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
i) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
j) La Resolución Nº 1.600 del 30 de Octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
k) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76, de V. y U. y Decreto 66 de 05 de Diciembre de 2011,de V. y U., y el D.F.L. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
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Resolucion Exenta N°2489:
1º Apruébese el Acta de Selección de Ofertas indicada en el visto e) precedente, aceptase la oferta de, Constructora RAR S.A., Rut N° 76.095.727-5; por la suma de $ 228.311.691 IVA incluido, y contrátesele la ejecución de las obras, a suma alzada, Programa “Pavimentación Participativa 22 llamado, Proyectos “Maule Sur” y “Villa Sur” , ambos de la comuna de Colbún, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial.
2° Apruébese la Adición Número 1 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 13/2013, ID Mercado Público Nº 653-13-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule, en virtud de lo señalado en el artículo N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U., y en el artículo N° 27 de la ley N° 19.886, de Compras Públicas y Reglamento de 2003, del Ministerio de Hacienda.
3° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO– Srta. María Fazzi Soto - ITO Reemplazante - Sr. Manuel Norambuena Méndez.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantías por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que cuente con la Boleta de Garantías por Fiel Cumplimiento Adicional correctamente emitida
d) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copia del mismo al contratista y a la Unidad de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras y Entrega de Terreno: El plazo será de 120 días corridos a contar de la fecha del acta de entrega de terreno, conforme a lo señalado en el punto 3.5, letra d) y punto 6, letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: Las obras se pagarán mediante estados de pagos mensuales por 100% de avance físico programado, ejecutado y susceptible de cuantificar. Los Estados de Pagos serán formulados por el Director de la Obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, punto 3.4, letra g) y al Título VI Art. Nº 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Presentación documentos de Garantías: Conforme a lo establecido en el punto Nº 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Conforme a lo establecido en el punto Nº 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del
Contrato.
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales.
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
1) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
2) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía Adicional a nombre del SERVIU Región del Maule, por el monto de $ 1.019.000 (incluye proyección de reajuste), expresada en UF. a la fecha de la presente Resolución, para caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el punto 4 del Acta de Selección individualizada en el visto e) precedente, en el punto Nº 11.2.1, letra a), de las Bases Administrativas, y en el Art. N° 52 del D.S 236/2002, de V. y U.;
3) Entregar una Póliza de Seguros a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras, conforme a lo dispuesto en el Art. Nº 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra b), de las Bases Administrativas Especiales.
4) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), Ley 20.285, sobre acceso a la Información Pública y punto 11.2.1, letra c), de las Bases Administrativas Especiales.
K) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato
Conforme alo señalado en el Punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
m) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.2 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
4° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese al Proyecto “Construcción Programa de Pavimentación Participativa 22° llamado Región del Maule, Obras Civiles”:
ITEM N° 121-31-02-004-122 - BIP N° 30.124.223-0
Resolucion Exenta N°2490:
1º Apruébese el Acta de Selección de Ofertas indicada en el visto e) precedente, aceptase la oferta de, Constructora RAR S.A., Rut N° 76.095.727-5; por la suma de $ 64.973.798 IVA incluido, y contrátesele la ejecución de las obras, a suma alzada, Programa “Pavimentación Participativa 22 llamado, Proyectos “Pablo Neruda“ y “Población El Esfuerzo de Panimávida”, ambos de la comuna de Colbún, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial.
2° Apruébese la Adición Número 1 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 13/2013, ID Mercado Público Nº 653-13-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule, en virtud de lo señalado en el artículo N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U., y en el artículo N° 27 de la ley N° 19.886, de Compras Públicas y Reglamento de 2003, del Ministerio de Hacienda.
3° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO– Srta. María Fazzi Soto - ITO Reemplazante - Sr. Manuel Norambuena Méndez.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantía por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copia del mismo al contratista y a la Unidad de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras y Entrega de Terreno: El plazo será de 90 días corridos a contar de la fecha del acta de entrega de terreno, conforme a lo señalado en el punto 3.5, letra d) y punto 6, letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: Las obras se pagarán mediante estados de pagos mensuales por 100% de avance físico programado, ejecutado y susceptible de cuantificar. Los Estados de Pagos serán formulados por el Director de la Obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, punto 3.4, letra g) y al Título VI Art. Nº 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Presentación documentos de Garantías: Conforme a lo establecido en el punto Nº 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Conforme a lo establecido en el punto Nº 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del
Contrato.
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales.
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
1) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
2) Entregar una Póliza de Seguros a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras, conforme a lo dispuesto en el Art. Nº 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra b), de las Bases Administrativas Especiales.
3) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), Ley 20.285, sobre acceso a la Información Pública y punto 11.2.1, letra c), de las Bases Administrativas Especiales.
K) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato
Conforme alo señalado en el Punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
m) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.2 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
4° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese al Proyecto “Construcción Programa de Pavimentación Participativa 22° llamado Región del Maule, Obras Civiles”:
ITEM N° 121-31-02-004-122 - BIP N° 30.124.223-0
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