Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 1704-2-LR24
Adjudicación Informada en portal el
22/7/2024 8:47

En Quillota, 19-07-2024
Nro de Resolución 2155
Vistos
El Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; El Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud que fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979 y de las Leyes N° 18.933 y N° 18.469; la Ley N° 19.880 “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”, la Ley N° 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; La Ley N° 20.285, “Sobre Acceso a la información Pública”; Ley N° 21.640 , de Presupuestos para el Sector Público, correspondientes al año 2024; el DS N° 140 de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el DS N° 38 de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; el DS N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; la Ley N° 21.634 que moderniza la Ley N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado; Resolución 7 de 2019 en relación con Resolución 14 de 2022, ambas, de la Contraloría General de la República; Resolución Exenta N°7071 del 10.11.2021 del Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota que establece Director Subrogante para el Hospital San Martín de Quillota; Resolución Exenta N° 93, del 16.03.2021, de delegación de facultades ambas dictadas por el Director del Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota.
Considerando
1. La Resolución Exenta (E) N°941 de fecha 22 de marzo de 2024, que autoriza el llamado a Licitación Pública ID 1704-2-LR24 y aprueba Bases Administrativas, Técnicas y Anexos respectivos y aprueba el formato de las cláusulas que contendrá el respectivo contrato, para contratar el “Servicio de Transporte de Personas”, para el Hospital Biprovincial Quillota Petorca”. 2. Que, se estableció un periodo de consultas mediante el foro de preguntas en el sitio www.mercadopublilco.cl, según Cronograma de licitación indicado en el Título I numeral 6 de las Bases Administrativas Especiales, donde se respondieron 6 preguntas realizadas por parte de los proveedores, las cuales, fueron respondidas dentro del plazo establecido. 3. Que, en el proceso se presentaron los siguientes oferentes:  26.736.825-2 JESUS ALBERTO MENDOZA LOPEZ.  76.345.484-3 VAMOOS SPA.  76.228.166-k JIMENEZ Y GALVEZ, TRANSPORTES Y SERVICIOS LTDA. 4. Los antecedentes presentados en el proceso de Licitación Pública, realizado a través del portal www.mercadopublico.cl 1704-2-LR24. 5. El Informe Final de Evaluación de fecha 03 de julio de 2024, correspondiente a la Licitación ID 1704-2-LR24, elaborado por la comisión evaluadora, esto conforme a lo dispuesto en el artículo N°37 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas y el numeral 7 del Título IV de las bases respectivas, especificando con detalle si los antecedentes presentados por los oferentes anteriormente mencionados cumplen o no con las exigencias establecidas. 6. Que, la Comisión Evaluadora se percata que el proveedor Jesús Alberto Mendoza López RUT N° 26.736.825-2, no adjuntó ningún documento en su oferta, por lo que, se rechaza la oferta del proveedor en el portal mercado público y se propone al Sr. Director declarar su oferta inadmisible, por no ajustarse a los requisitos esenciales establecidos en las bases. 7. Que, la Comisión Evaluadora procede a evaluar las propuestas de los proveedores Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 y Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k. Para ello, se utilizaron los criterios de evaluación, reflejados en el cuadro desplegado a continuación en concordancia con lo indicado en el título IV numeral 2 de las Bases Administrativas Especiales: Componente Ponderador Criterio Puntaje máximo Oferta económica 60% Precio 100 Oferta técnica 35% Experiencia del oferente en el rubro licitado 24 Antigüedad de los vehículos 36 Comportamiento contractual anterior 36 Programas de Integridad 4 Antecedentes administrativos 5% Cumplimiento de requerimientos formales de presentación de la oferta 100 8. De acuerdo a lo anteriormente mencionado, la Comisión Evaluadora procede a evaluar las propuestas de los oferentes mencionados en el considerando anterior, que cumplen con los requisitos señalados en las bases para ser evaluados, por lo tanto, la puntuación obtenida es la siguiente: OFERTA ECONÓMICA PRECIO OFERTA TÉCNICA EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO LICITADO SEGÚN ANEXO 1 60% 100 PUNTOS 35% 24 PUNTOS ITEM DESCRIPCIÓN PROVEEDOR MONTO TOTAL PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE (A+B+C+D) PUNTAJE (A) 1 Servicio de Transporte para el Hospital Biprovincial Quillota Petorca. VAAMOS SPA $ 4.467.750 60,0 100,0 25,20 0,0 JIMENEZ Y GALVEZ, TRANSPORTES Y SERVICIOS LTDA (TRANVIAL) $ 6.266.000 42,78 71,30 14,35 13,0 ANTIGÜEDAD DE LOS VEHÍCULOS COMPORTAMIENTO CONTRACUAL ANTERIOR PROGRAMAS DE INTEGRIDAD ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS FORMALES PRESENTACIÓN DE OFERTA 36 PUNTOS 36 PUNTOS 4 PUNTOS 5% 100 PUNTOS ∑ PUNTAJE (B) PUNTAJE (C) PUNTAJE (D) PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE PUNTAJE PUNTAJE FINAL PONDERADO 36,00 36,00 0,00 5,00 100,00 90,20 24,00 0,00 4,00 0,00 0,00 57,13 Detalle de la evaluación: 1. OFERTA ECONÓMICA 60%: a) Precio: La Comisión Evaluadora evaluó este criterio de acuerdo a lo establecido en el título IV numeral 3, subnumeral 3.1.1 de las Bases Administrativas Especiales donde se indica que: “Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, según la sumatoria de los precios unitarios ofertados correspondiente a cada viaje, según destino y jornada, por cada tipo de vehículo, de acuerdo al Anexo N°1. La fórmula para el cálculo del puntaje de la oferta de menor precio es la siguiente: ((Oferta de menor precio/Oferta a evaluar) * multiplicado por 100) = Puntaje oferta El puntaje obtenido al aplicar la fórmula de evaluación contemplará dos decimales, sin aproximación. Bajo esta fórmula de evaluación, el menor precio obtendrá un puntaje total de 100 puntos. En caso de proceder a evaluar económicamente una sola oferta, se asignará a ésta el puntaje máximo de 100 puntos. El Criterio Precio se acreditará mediante el Anexo N°1.” - De acuerdo a la formula indicada anteriormente se le asignan 100 puntos al proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 al ser la oferta de menor precio y 71,30 puntos al proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k. • Posteriormente, en conformidad al párrafo final del numeral 2 del título IV, el proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 habiendo obtenido 100 puntos en el criterio precio, corresponde que tal cantidad sea multiplicada por la ponderación del componente, esto es 60%, obteniendo un total de 60 puntos en su oferta económica y el proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k habiendo obtenido 71,30 puntos en el criterio precio, corresponde que tal cantidad sea multiplica por la ponderación del componente, esto es 60%, obteniendo un total de 42,78 puntos en su oferta económica 2. OFERTA TÉCNICA 35%: a) Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el subnumeral 3.2.1 del título IV de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que: “Para efectos de evaluación del presente criterio se tomará en cuenta la experiencia que posea el oferente en el ámbito de salud, habiéndose desempeñado en establecimientos de alta complejidad, conforme a la categorización de la Superintendencia de Salud, tanto en el sector público como en el privado, en la entrega del servicio relacionados con la materia en estudio. Se evaluará de acuerdo a la documentación efectivamente acreditada, tomando en cuenta los servicios en los que haya participado en los últimos 24 meses contados hacia atrás desde la presentación de su oferta, no importando el mes de inicio, contabilizando solo una contratación por mes, independiente del número de contrataciones que acredite el proveedor en dicho periodo. En función de lo anterior, en el presente criterio se le asignará un punto por cada mes de experiencia acreditada. Si el oferente no presenta información o no acredita experiencia, se le asignará 0 puntos en el presente criterio. El Criterio Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado, se acreditará conforme el Anexo Nº5, contra presentación de la información requerida, adjuntando los documentos solicitados en notas que se desprenden a continuación de este párrafo, que indiquen claramente el periodo en que el proveedor prestó el servicio (duración en meses y el inicio y término, desde – hasta), relacionado con la materia en estudio. Notas:  Para el caso de acreditación de experiencia con servicios públicos se debe adjuntar la copia de la Resolución respectiva, sin que resulte taxativo, Resolución aprueba contrato, Resolución de Adjudicación, Resolución Autoriza Trato Directo, Resolución Aprueba Anexo de Contrato, entre otras.  Para el caso de acreditación de experiencia con instituciones privadas, sólo se evaluarán copias de facturas electrónicas o manuales, siempre que cuente con V° B° del mandante (firma acuse recibo conforme).  Si el oferente no adjunta la información que acredite la experiencia de un determinado convenio o contrato, éste no será evaluado.  Será considerada la experiencia que se acredite mediante los documentos de respaldo solicitados.  Tratándose de postulación realizada por Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de dicha unión determinarán qué antecedentes presentarán conforme a las reglas expresadas precedentemente. NOTA: EN CASO DE ADJUNTAR DOCUMENTOS QUE INDIQUEN QUE LA FECHA DE INICIO DE ESTE ES A CONTAR DE LA TOTAL TRAMITACIÓN DE OTRO ACTO ADMINISTRATIVO, SE DEBE ADJUNTAR DICHO PLIEGO PARA CORROBORAR EL INICIO EFECTIVO DEL CONTRATO/CONVENIO, DE LO CONTRATIO IMPLICARÁ QUE ESTE (CONTRATO/CONVENIO) NO SERÁ EVALUADO”. En razón de lo anterior, la Comisión Evaluadora se percató de lo siguiente: - El proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, señala 14 convenios en su anexo N°5 “Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado”, de los cuales 1 pertenece al ámbito de salud del sector público, pero es un establecimiento de baja complejidad, conforme a la categorización de la Superintendencia de Salud, los otros 13 convenios no pertenecen al ámbito de la salud. • En razón de lo anterior, en concordancia con lo ceñido en el subnumeral ya mencionado al inicio de la letra a), numeral 2, la comisión evaluadora otorgó 0 puntos en el este criterio al proveedor en comento. - El proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k, señala 7 convenios en su anexo N°5 “Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado”, de los cuales 2 no pertenecen al ámbito de salud, 1 corresponde a Hospital de baja complejidad y 4 corresponden a establecimientos del ámbito de la salud y de alta complejidad, por lo que, la comisión evaluadora corroboró lo siguiente: CLIENTE OBSERVACIONES Hospital Carlos Van Buren Adjunta resolución N°4110 que aprueba contrato, de fecha 19 de julio de 2022, por un periodo de 4 meses, por lo que, se acreditan 4 meses de experiencia. Hospital San José de Melipilla Adjunta resolución N°197 de fecha 25 de marzo de 2021, por un periodo de 36 meses, pero no indica claramente desde cuándo comenzará el convenio, por lo que, no se considera para efectos de evaluación. Hospital Regional de Rancagua Adjunta resolución N°14 de fecha 14 julio de 2023, por un periodo de 12 meses, por lo que, se consideran 9 meses para efectos de evaluación. Hospital Feliz Bulnes Adjunta resolución N°418 de fecha 05 de enero de 2023, por un periodo de 9 meses, por lo que, se consideran 9 meses para efectos de evaluación. • En razón de lo anterior, en concordancia con lo ceñido en el subnumeral ya mencionado al inicio de la letra a), numeral 2, la comisión evaluadora otorgó 13 puntos en el este criterio al proveedor en comento. b) Antigüedad de los vehículos: Este criterio se evaluó conforme a lo establecido en el subnumeral 3.2.2 del título IV de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que “Se asignará puntaje conforme a la información otorgada a través del documento técnico, Anexo N°6 “Antigüedad de los Vehículos”. El puntaje estará asignado conforme a la siguiente tabla. ANTIGÜEDAD DE LOS VEHÍCULOS PUNTOS Entre 0 a 1 año contado desde su fabricación. 36 Entre 2 a 3 años contados desde su fabricación. 24 Entre 4 a 5 años contados desde su fabricación. 12 Más de 5 y hasta 6 años contados desde su fabricación. 0 NOTA: - EL VEHÍCULO QUE TENGA MÁS DE 6 AÑOS CONTADOS DESDE SU FABRICACIÓN, IMPLICARÁ QUE DICHO VEHÍCULO NO SEA EVALUADO. - EL PUNTAJE SE OBTENDRÁ DEL PROMEDIO DE LOS AÑOS ENTRE LOS VEHÍCULOS OFERTADOS. - DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO, LOS VEHÍCULOS UTILIZADOS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, INDIVIDUALMENTE CONSIDERADOS, NO PODRÁN TENER UNA ANTIGÜEDAD SUPERIOR A 6 AÑOS, CONTADOS DESDE SU FABRICACIÓN. - SE DEBERÁ ADJUNTAR CERTIFICADO DE ANOTACIONES VIGENTES DE CADA VEHÍCULO ANTES DE LA FIRMA DEL CONTRATO”. Una vez revisado el Anexo N°6 de los proveedores, la Comisión Evaluadora se percata de lo siguiente: - Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 indica que el promedio de los vehículos es el año 2023. Al someter dicho plazo a la operación desprendida en el subnumeral 3.2.2 del título IV de las Bases Administrativas Especiales, la Comisión Evaluadora asigna el puntaje máximo de 36 puntos en este criterio al proveedor. - Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k indica que el promedio de los vehículos es el año 2022. Al someter dicho plazo a la operación desprendida en el subnumeral 3.2.2 del título IV de las Bases Administrativas Especiales, la Comisión Evaluadora asigna 24 puntos en este criterio al proveedor. c) Comportamiento Contractual Anterior: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el subnumeral 3.2.3 título IV de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que se evaluará según lo siguiente: “Conforme a la revisión del comportamiento anterior del oferente en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado, en los últimos 24 meses contados hacia atrás desde la presentación de su oferta, como se expresa en la siguiente tabla: COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PUNTOS No tiene multa o cobros de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, cursada en procesos anteriores. 36 Tiene multa(s) o cobro(s) de Garantía(s) de Fiel y oportuno Cumplimiento, cursada(s) en proceso(s) anteriores o no adjunta documentación estando inscrito. 0 El presente criterio se acreditará conforme Anexo N°7, en que acompaña la impresión de pantalla que da cuenta del comportamiento base en el sistema de información y gestión de compras y contrataciones del estado al momento de ofertar. Nota: La veracidad de la información proporcionada será verificada por la Comisión de Evaluación en la etapa correspondiente, por lo que, si durante la etapa de evaluación se constata un cambio de información en el sistema que refleje que el proveedor tiene multa(s) o cobro(s) de garantía(s) de fiel y oportuno cumplimiento en el periodo a evaluar, se le asignará 0 puntos. En caso de oferentes que no se encuentren inscritos en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado se le asignará 33 puntos en este criterio, sin perjuicio de subsistir la obligación de inscribirse en el mencionado registro antes del vencimiento del plazo para suscribir el contrato. Una vez revisadas las fichas de los proveedores la Comisión Evaluadora se percata de lo siguiente: - Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, en su oferta adjunta impresión de pantalla, esta da cuenta que posee un comportamiento base de 5, por lo que, la comisión evaluadora asigna 36 puntos en este criterio, en conformidad a la tabla de puntajes desprendida anteriormente. - Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k, en su oferta no adjunta impresión de pantalla con la información como corresponde, además tiene sanciones, por lo que, la comisión evaluadora asigna 0 puntos en este criterio, en conformidad a la tabla de puntajes desprendida anteriormente. d) Programa de Integridad: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el subnumeral 3.2.4 título IV de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que se evaluará según lo siguiente: “El oferente deberá indicar el Anexo N°8 si cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, que permitan demostrar que la empresa cuenta con medidas para mitigar los riesgos de corrupción. Para acreditar la existencia de estos programas, el oferente deberá adjuntar copia de uno o más de ellos, mediante cualquier documentación. PROGRAMAS DE INTEGRIDAD Puntaje El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal. 4 El oferente no cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal. 0 En caso de no acompañar la documentación solicitada, implicará que se le otorgue 0 puntos al proveedor en este criterio”. - Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, en su anexo N°8 indica que, NO cuenta con programa de integridad, por lo que, se le asignan 0 puntos al proveedor en este criterio. - Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k, en su anexo N°8 indica que, SI cuenta con programa de integridad que sea conocido por su personal, para acreditar lo indicado en el anexo el proveedor adjunta copia de su programa de integridad e indica que es conocido por su personal, por lo que, se le asignan 4 puntos al proveedor en este criterio. • Posteriormente, en conformidad al párrafo final del numeral 2 del referido título IV de las Bases Administrativas Especiales en relación a la “Oferta Técnica” los proveedores obtienen los siguientes puntajes: - Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 habiendo obtenido 0 puntos en el Criterio Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado, 36 puntos en el Criterio Antigüedad de los Vehículos, 36 puntos en el Criterio Comportamiento Contractual Anterior y 0 puntos en el Criterio Programas de Integridad, por lo que corresponde que esta sumatoria sea multiplicada por la ponderación del componente, esto es 35%, obteniendo un total de 25,20 puntos en su oferta técnica. - Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k, habiendo obtenido 13 puntos en el Criterio Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado, 24 puntos en el Criterio Antigüedad de los Vehículos, 0 puntos en el Criterio Comportamiento Contractual Anterior y 4 puntos en el Criterio Programas de Integridad, por lo que corresponde que esta sumatoria sea multiplicada por la ponderación del componente, esto es 35%, obteniendo un total de 14,35 puntos en su oferta técnica. 3. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS 5%: a) Cumplimiento de Requerimientos Formales Presentación Oferta: La Comisión Evaluadora, verificó si los documentos solicitados en el título I numeral 9 de las Bases Administrativas Especiales se encontraban adjuntos en las fichas de cada oferente según corresponda en el portal mercado público y se percató que el proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 ha ingresado en su ficha del portal mercado público el Certificado de Vigencia de la Sociedad, Constitución de la Sociedad, Cédula Nacional de Identidad del Representante Legal y Modificación de la Sociedad y el proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k no ha ingresado documentos en su ficha, por lo que, la comisión evaluadora procede a verificar que hayan adjuntado en su oferta todo lo exigido. El proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 adjunta todos los documentos solicitados en el numeral y título antes mencionado. A raíz de lo manifestado en el párrafo anterior, la comisión evaluadora procedió a otorgar un plazo extraordinario de 48 horas corridas al proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k, a través del sitio electrónico www.mercadopúblico.cl, “Aclaraciones ofertas”, el día 02 de julio de 2024, al amparo de lo establecido en las notas finales del título I numeral 9 de las bases administrativas especiales, para que el proveedor presentara la documentación omitida. Una vez concluido el plazo señalado en el párrafo anterior, la comisión evaluadora revisó que el proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k haya presentado la documentación omitida, comprobando que presentó el siguiente documento: • Adjunta Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, pero con fecha posterior al cierre de recepción de ofertas.  En relación a este criterio de evaluación, contenido en el subnumeral 3.3.1 del título IV de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que: Se evaluará la presentación correcta y oportuna de todos los requerimientos formales solicitados para la presentación de la propuesta, mediante la siguiente tabla: CUMPLIMIENTO DE REQUERIMIENTOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE OFERTA PUNTAJE Oferente presenta todos los antecedentes antes del cierre de recepción de ofertas. 100 puntos Oferente presenta antecedentes solicitados dentro del plazo extraordinario. 50 puntos Oferente no presenta antecedentes solicitados dentro del plazo extraordinario. 0 puntos • Por lo tanto, y en conformidad con la tabla de puntaje desprendida en el subnumeral 3.3.1 del título IV de las Bases Administrativas Especiales, la Comisión Evaluadora asigna 100 puntos al proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 en el presente criterio lo que multiplicado por su ponderación correspondiente al 5%, corresponde otorgar un total de 5 puntos en el componente antecedentes administrativos y le asigna 0 puntos al proveedor Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k en el presente criterio lo que multiplicado por su ponderación correspondiente al 5%, corresponde otorgar un total de 0 puntos en el componente antecedentes administrativos.  De acuerdo a los puntajes señalados en los párrafos anteriores, la sumatoria de estos les da un puntaje final a los proveedores de: - Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3 puntaje final ponderado de evaluación 90,20 puntos. - Jimenez y Galvez, Transportes y Servicios Ltda RUT. N°76.228.166-k puntaje final ponderado de evaluación 57,13 puntos. 9. Que, en consecuencia, de lo señalado en los considerandos anteriores, la Comisión Evaluadora propuso a esta Dirección, mediante el informe final de evaluación indicado en el considerando N°5 del presente instrumento, adjudicar la propuesta presentada por el proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, por el “Servicio de Transporte de Personas para el Hospital Biprovincial Quillota Petorca” por haber cumplido con todo lo establecido en las Bases y su oferta resulta la más conveniente a los intereses de la institución. 10. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de fecha 18 de julio de 2024, emitido por la Unidad de Abastecimiento y firmado por el Subdirector Administrativo del Hospital San Martín de Quillota, que da cuenta que a la fecha la Institución cuenta con el presupuesto para financiar el “Servicio de Transporte de Personas para el Hospital Biprovincial Quillota Petorca”. 11. Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo N° 41 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, corresponde adjudicar y publicar la Resolución en el Sistema de Información, toda vez que un oferente ha cumplido con todo lo establecido en las Bases y su oferta resulta ser la más conveniente a los intereses de la institución. 12. De acuerdo a lo expuesto, dicto lo siguiente:
Resuelvo
1. ADJUDÍQUESE, la licitación pública ID 1704-2-LR24 de acuerdo al siguiente detalle: PROVEEDOR RUT SERVICIO DURACIÓN DEL SERVICIO MÁXMO DISPONIBLE EXENTO (24 MESES) Vamoos SpA. 76.345.484-3 “Servicio de Transporte de Personas para el Hospital Biprovincial Quillota Petorca”. 24 meses o hasta el agotamiento de los recursos disponibles. $600.000.000.- El monto máximo se irá descontando según el siguiente detalle: VALOR TOTAL EXENTO POR CADA VIAJE DESTINOS STATION WAGON/VEHÍCULO TRACCIÓN EN LAS 4 RUEDAS MINI BUS MEDIO DÍA PROVINCIA DE QUILLOTA (DÍA HÁBIL) $50.000 $70.000 DÍA COMPLETO PROVINCIA DE QUILLOTA (DÍA HÁBIL) $80.000 $104.000 MEDIO DÍA PROVINCIA DE QUILLOTA (DÍA INHÁBIL) $50.000 $70.000 DÍA COMPLETO PROVINCIA DE QUILLOTA (DÍA INHÁBIL) $80.000 $104.000 MEDIO DÍA PROVINCIA VALPARAÍSO (DÍA HÁBIL) $70.000 $94.500 DÍA COMPLETO PROVINCIA VALPARAISO (DÍA HÁBIL) $100.000 $130.000 MEDIO DÍA PROVINCIA VALPARAÍSO (DÍA INHÁBIL) $70.000 $94.500 DÍA COMPLETO PROVINCIA VALPARAISO (DÍA INHÁBIL) $100.000 $130.000 REGIÓN METROPOLITANA $130.000 $169.000 MEDIO DÍA PROVINCIA DE MARGA MARGA (DÍA HÁBIL) $65.000 $87.750 DÍA COMPLETO PROVINCIA DE MARGA MARGA (DÍA HÁBIL) $95.000 $123.500 MEDIO DÍA PROVINCIA DE MARGA MARGA (DÍA INHÁBIL) $65.000 $87.750 DÍA COMPLETO PROVINCIA DE MARGA MARGA (DÍA INHÁBIL) $95.000 $123.500 MEDIO DÍA PROVINCIA DE PETORCA (DÍA HÁBIL) $100.000 $135.000 DÍA COMPLETO PROVINCIA DE PETORCA (DÍA HÁBIL) $130.000 $169.000 MEDIO DÍA PROVINCIA DE PETORCA (DÍA INHÁBIL) $100.000 $140.000 DÍA COMPLETO PROVINCIA DE PETORCA (DÍA INHÁBIL) $130.000 $169.000 MEDIO DÍA PROVINCIA DE ACONCAGUA (DÍA HÁBIL) $90.000 $126.000 DÍA COMPLETO PROVINCIA ACONCAGUA (DÍA HÁBIL) $120.000 $156.000 MEDIO DÍA PROVINCIA ACONCAGUA (DÍA INHÁBIL) $85.000 $114.750 DÍA COMPLETO PROVINCIA ACONCAGUA (DÍA INHÁBIL) $115.000 $149.500 MONTO TOTAL $1.920.000 2.547.750 2. SOLICÍTESE, al proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, para que este, en un plazo de 20 días corridos siguientes a la total tramitación de la presente resolución, haga entrega del Instrumento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato por un monto de $42.000.000.- (Cuarenta y dos millones de pesos), equivalente al 7% del precio total del respectivo contrato, con vencimiento de 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato. 3. REQUIÉRASE, del proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, antes de la firma del respectivo contrato, certificado(s) para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales para con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, emitido(s) por la(s) entidad(es) competente(s). 4. SUSCRÍBASE, el respectivo contrato entre el Hospital San Martín de Quillota R.U.T N°61.606.608-0 y el proveedor Vamoos SpA. RUT. N°76.345.484-3, una vez que el proveedor cumpla lo solicitado en el punto resolutivo N°2 y lo requerido en el punto resolutivo N°3, ambos del presente instrumento, en un plazo de 30 días corridos desde la total tramitación de la presente Resolución. 5. PÁGUESE, por el Departamento de Finanzas del Hospital San Martín de Quillota, al proveedor individualizado en el punto resolutivo N°1 de este instrumento, hasta el monto máximo disponible de $600.000.000.- (Seiscientos millones de pesos) exento de impuesto, de manera mensual, de acuerdo a lo efectivamente entregado por el proveedor, una vez realizada la recepción conforme por parte del del Hospital San Martín de Quillota, en un plazo que no podrá exceder de 30 días corridos desde que la factura sea aceptada, de acuerdo a lo establecido en la Glosa 02, letra e) de la Partida del Ministerio de Salud del año 2024, aprobado por la Ley N° 21.640, o en el plazo que establezca la Ley respectiva, y en la medida que el Hospital cuente con disponibilidad presupuestaria según la Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo. Se emitirán órdenes de compra mensuales por el total mensual de los servicios contratados. La suma de las órdenes de compra emitidas no podrá sobrepasar el monto total contratado y según detalle de Anexo N°1. 6. IMPÚTESE, el gasto que genere el cumplimiento de la presente resolución al ítem presupuestario 22.08.007 “Pesajes, Fletes y Bodegajes”, del presupuesto del Hospital San Martín de Quillota. 7. ENCOMIÉNDESE, al referente técnico, Encargado Unidad de Movilización o quien lo subrogue o reemplace, la correcta entrega del servicio solicitado de acuerdo a las bases técnicas especiales. 8. PUBLÍQUESE, la presente resolución en el Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, portal www.mercadopublico.cl.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social SERVICIO DE SALUD VINA DEL MAR QUILLOTA
Unidad de Compra Hospital San Martín de Quillota
R.U.T. 61.606.608-0
Dirección La Concepción 1050
Comuna Quillota
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Valparaíso
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo NATHALY MENESES MEJIAS
Cargo ENCARGADA DE LICITACIONES
Teléfono 56-02-3348418
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 1704-2-LR24
Nombre de Adquisición Servicio de Transporte de Personas
Tipo de Adquisición Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Descripción Servicio de Transporte de Personas para el Hospital Biprovincial Quillota Petorca
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 25/3/2024 11:22
Fecha de Cierre 25/4/2024 15:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 600.000.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 600.000.000



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
DECLARACIONES JURADAS CONFLICTOS DE INTERÉS.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIONES JURADAS CONFLICTOS DE INTERÉS ID 1704-2-LR24145 KB22-07-2024 08:41:08
CUADRO COMPARATIVO.pdfOtros AnexosCUADRO COMPARATIVO ID 1704-2-LR2468 KB22-07-2024 08:40:37
INFORME FINAL DE EVALUACIÓN.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTINFORME FINAL DE EVALUACIÓN ID 1704-2-LR24489 KB22-07-2024 08:40:05
REX ADJUDICA LICITACIÓN SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónREX ADJUDICA LICITACIÓN SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS ID 1704-2-LR24472 KB22-07-2024 08:37:19

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
16665566-8Esteban Herníquez AbarcaSubdirector Administrativo
10969968-3Rafael Mendoza SaavedraJefe de Ingeniería Operativa
17977393-7Johnny Jara OlivaresEncargado de Movilización
15280301-kPaola Núñez CárdenasSubdirectora de Operaciones
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 20102305 Vehículos de servicio
Especificaciones del Comprador : SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS PARA EL HOSPITAL BIPROVINCIAL QUILLOTA PETORCA
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.345.484-3 VAMOOS SPA Oferta en anexo económico $ 1 600000000 600000000 Adjudicada
76.228.166-K JIMENEZ Y GALVEZ, TRANSPORTES Y SERVICIOS LIMITADA SERVICIO DE TRASLADO DE FUNCIONARIOS, SE ADJUNTA OFERTA ECONOMICA EN ANEXO RESPECTIVO $ 2 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 600.000.000



Monto Total Adjudicado $ 600.000.000