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Resolución de Acta de Adjudicación
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Adquisición Nº
1591-14-LE23
Adjudicación Informada en portal el
7/8/2023 15:22
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En
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07-08-2023
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Nro de
Resolución
343
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Vistos
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Lo dispuesto en el D.L. N° 1.224, de 1975, que Crea el Servicio Nacional de Turismo; en la Ley N°20.423, de 2010, Del Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo; en el D.F.L. N° 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del
Estado; en la Ley N° 19.880, de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N° 21.516, de Presupuesto de
Ingresos y Gastos del Sector Público Para el Año 2023; en la Ley N° 19.886, de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886; en la Ley N° 19.799, de 2002, Sobre Documentos, Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma; en el
Decreto N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.799; en el Decreto Exento N° 624, de 2017 que aprobó Convenio de Firma Electrónica Avanzada Para Autoridades y Funcionarios suscrito entre el Ministerio Secretaría General de la Presidencia y el Ministerio de Economía Fomento y Turismo; en el Decreto Supremo N° 06 de 18 de
enero de 2023, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Nombra en el Cargo de Director Nacional del Servicio Nacional de Turismo a don Jaime Cristóbal Benítez Villafranca; en las Resoluciones
N° 7 de 2019 y N° 14 de 2023, ambas de la Contraloría General de la República, la primera de ellas, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y la segunda, que Determina los Montos en
UTM a partir de los cuales los Actos que se individualizan quedarán sujetos a Toma de Razón y a Controles de Reemplazo cuando corresponda; y,
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Considerando
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1. Que, con el fin de cumplir sus funciones asignadas por ley y objetivos estratégicos, Sernatur requiere contratar los servicios de desarrollo para la app Chile Travel, según se indica en Memorándum Nº
488 (Dirección Nacional), de fecha 12 de abril de 2023, suscrito por doña Michelle Bolomey Córdova, Subdirectora de Marketing (S), con el objetivo de contratar un proveedor que preste los servicios de desarrollo de código “front” y “backend” (web y aplicación mobile) para realiza mejoras, correcciones, nuevas funcionalidades y “landings” temporales o ventanas flotantes para la implementación en la aplicación de Chile Travel.
2. Que, mediante Resolución Exenta N° 223, de fecha 23 de mayo de 2023, de este Servicio, se aprobaron las Bases Administrativas y Técnicas y sus Anexos, y se llamó a licitación pública a través del Portal www.mercadopublico.cl, para la contratación de SERVICIOS DE DESARROLLO PARA LA APP CHILE TRAVEL, la que fue identificada con el ID N° 1591-14-LE23, siendo publicado con fecha 23 de mayo de 2023 en dicho Portal.
3. Que, según lo señalado en el calendario de la cláusula Séptima de las bases de licitación, se efectuó el acto de apertura electrónica de las ofertas el día 6 de junio de 2023, a las 15:01 horas, constatándose
la recepción de tres (3) ofertas en total, de los siguientes proveedores: a) BROWNE Y STITIC LTDA., Rut.: 76.181.002-2; b) PROYECTOS DE INGENIERÍA MAURO SILVA CUEVAS E.I.R.L, Rut.: 76.149.807-K; c) SAARGO SPA, Rut.: 76.891.821-K.
4. Que, la Comisión Evaluadora de las ofertas fue designada en la cláusula Decimoquinta de las bases de licitación, y quedó conformada por los siguientes funcionarios/profesionales del Servicio: doña Michelle Bolomey Córdova, Encargada de Canales Digitales y Experiencia de Usuario de la Subdirección de Marketing; doña Daniela Lavarello Ramírez, Encargada de UX y Audiovisual de la Subdirección de Marketing; y don Adrián Jaramillo Sepúlveda, Encargado del Departamento de Tecnologías y Sistemas.
5. Que, según consta en el Acta de Evaluación de Ofertas de fecha 24 de julio de 2023, la cual se entiende formar parte integrante del presente acto administrativo, doña Michelle Bolomey Córdova, profesional de la Subunidad de Diseño de la Subidirección de Marketing, fue reemplazada por doña Magdalena Barriga Tapia, profesional de la Subunidad de Diseño de la Subdirección de Marketing, debido a que la primera renunció a sus funciones en el Servicio Nacional de Turismo. Asimismo, don Adrián Jaramillo Sepúlveda, Jefe(S) del Departamento de Tecnologías y Sistemas, fue reemplazado por don Daniel Bastidas Bastidas, profesional del Departamento de Tecnologías y Sistemas, debido a que aquel se encontraba haciendo uso de licencia médica.
6. Que, todos los integrantes de la Comisión Evaluadora suscribieron
y presentaron con fechas 29 de junio dos de ellos, y 20 de julio uno de ellos, de 2023, sus respectivas declaraciones juradas de ausencia
de conflictos de interés para evaluar las ofertas presentadas al proceso de licitación pública en comento, adjuntas al Acta de Evaluación de ofertas levantada al efecto.
7. Que, según consta en el Acta de Evaluación de fecha 24 de julio de 2023, la Comisión Evaluadora procedió a revisar que las ofertas hubiesen cumplido con la presentación de los requisitos de admisibilidad de las ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula Décima de las Bases de Licitación, proponiendo que se declarasen inadmisibles las ofertas de los siguientes proponentes:
a) BROWNE Y STITIC LTDA., Rut.: 76.181.002-2, debido a que no cumplió con la presentación de los requisitos solicitados en el ámbito Administrativo, ya que si bien presenta el Anexo N° 3, no presenta los
5 perfiles solicitados en las Bases Técnicas con sus requisitos de antigüedad mínimos requeridos. Este aspecto corresponde a un requisito mínimo establecido en la letra d) del punto 3) de las Bases Técnicas, por lo tanto, su oferta debía declararse inadmisible en esta etapa.
b) PROYECTOS DE INGENIERÍA MAURO SILVA CUEVAS E.I.R.L, Rut.: 76.149.807-K, debido a que no cumplió con la presentación de los requisitos solicitados en el ámbito Administrativo, ya que si bien presenta el Anexo N° 3, no presenta los 5 perfiles solicitados en las Bases Técnicas con sus requisitos de antigüedad mínimos requeridos. Este aspecto corresponde a un requisito mínimo establecido en la letra d) del punto 3) de las Bases Técnicas, por lo tanto, su oferta debía
declararse inadmisible en esta etapa.
8. Que, la Comisión Evaluadora declaró admisible la oferta del proponente SAARGO SPA, Rut.: 76.891.821-K, por lo que procedió
a evaluarla de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en
la cláusula Decimoquinta de las Bases de Licitación, a saber:
9. Que, evaluada la oferta correspondiente, el puntaje final obtenido por el oferente evaluado fue el siguiente:
10. Que, de acuerdo con lo señalado en la parte final del Acta de Evaluación, la Comisión sugirió declarar inadmisibles las ofertas de los proveedores BROWNE Y STITIC LTDA., Rut.: 76.181.002-2 y PROYECTOS DE INGENIERÍA MAURO SILVA CUEVAS E.I.R.L, Rut.: 76.149.807-K, por las razones expuestas en el considerando Séptimo del presente acto administrativo, y asimismo, la Comisión también sugirió adjudicar la Licitación Pública ID 1591-14-LE23 para la contratación de SERVICIOS DE DESARROLLO PARA LA APP CHILE TRAVEL al proponente SAARGO SPA, Rut: 76.891.821-K, por un monto total de $ 43.800.000.- (cuarenta y tres millones ochocientos mil pesos) impuestos incluidos si los hubiere, cuya propuesta obtuvo un puntaje total de 3,55 puntos, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N° 223 de fecha 23 de mayo de 2023.
11. Que, se encuentra certificada la disponibilidad presupuestaria para financiar el pago de los servicios requeridos, según lo indica el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N° 23/663 de fecha 2 de
agosto de 2023, emitido por don Enzo Ponce Méndez, Encargado de la Subunidad de Presupuesto de este Servicio, cuyo monto total asciende
a la cantidad de $ 49.000.000.- (cuarenta y nueve millones de pesos), impuestos incluidos si los hubiere, sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año correspondiente, lo que se ajusta al precio ofertado por el proponente sugerido a adjudicar, por lo que,
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Resuelvo
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1° DECLÁRANSE inadmisibles las ofertas de los siguientes oferentes, por los motivos señalados en el considerando 7 del presente acto administrativo y en el Acta de Evaluación de Ofertas de fecha 24 de
julio de 2023: BROWNE Y STITIC LTDA., Rut.: 76.181.002-2 y PROYECTOS DE INGENIERÍA MAURO SILVA CUEVAS E.I.R.L, Rut.: 76.149.807-K.
2° ADJUDÍCASE la Licitación Pública ID 1591-14-LE23 para la contratación de SERVICIOS DE DESARROLLO PARA LA APP CHILE TRAVEL al proponente SAARGO SPA, Rut: 76.891.821-K, domiciliado en Violeta Parra N°7173, comuna de Cerro Navia, Santiago, por un monto total de
$43.800.000.- (cuarenta y tres millones ochocientos mil pesos) impuestos incluidos si los hubiere, cuya propuesta obtuvo un puntaje total de 3,55 puntos, de acuerdo con los criterios de evaluación
establecidos en las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N° 223 de fecha 23 de mayo de 2023, siendo su oferta favorable a los intereses del Servicio.
3° SUSCRÍBASE el contrato de prestación de servicios de acuerdo con lo establecido en la cláusula Decimonovena de las bases de licitación aprobadas por Resolución Exenta N° 223 de 23 de mayo de 2023.
4° EMÍTASE la orden de compra respectiva una vez suscrito y aprobado por el acto administrativo correspondiente el contrato de prestación de servicios.
5° PÁGUESE de acuerdo con lo establecido en las Bases de Licitación respectivas.
6° IMPÚTESE el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución al Subtítulo 29, Ítem 07, Asignación 002 “Sistemas de Información”, correspondiente a la Partida 07, Capítulo 09, Programa
03 del presupuesto corriente del Servicio Nacional de Turismo vigente para el año 2023 y sujeto a disponibilidad presupuestaria del año correspondiente, de conformidad con lo indicado en el Certificado
de Disponibilidad Presupuestaria N° 23/663 de fecha 2 de agosto de 2023, emitido por don Enzo Ponce Méndez, Encargado de la Subunidad de Presupuesto de este Servicio.
7° PUBLÍQUESE e infórmese la presente Resolución, junto con los documentos que la integran, en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, para cumplir con lo dispuesto en el artículo 6º, en relación con el artículo 57 del Decreto Supremo N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento de la Ley de Compras, en los antecedentes correspondientes a la licitación pública ID N° 1591-14-LE23.
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Acta Adjudicación
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Organismo Demandante
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Razón Social
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Servicio Nacional de Turismo
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Unidad de Compra
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Servicio Nacional de Turismo - Sernatur
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R.U.T.
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60.704.000-1
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Dirección
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Comuna
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Ciudad en que se genera la Adquisición
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Región Metropolitana de Santiago
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Datos del Contacto para esta Licitación
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Nombre Completo
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Nicolás Cerda Espinoza
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Cargo
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Encargado Unidad de Administración
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Teléfono
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56-22-7318300
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Fax
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E-Mail
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Datos de la Adquisición
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Número de Adquisición
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1591-14-LE23
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Nombre de Adquisición
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SERVICIOS DE DESARROLLO PARA LA APP CHILE TRAVEL
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Tipo de Adquisición
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Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
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Descripción
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SERVICIOS DE DESARROLLO PARA LA APP CHILE TRAVEL
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Tipo de Convocatoria
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ABIERTO
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Moneda
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Peso Chileno
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Fecha de Publicación
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23/5/2023 15:45
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Fecha de Cierre
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6/6/2023 15:00
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Tipo de Adjudicación
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Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
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Monto Neto Adjudicado
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$ 43.800.000
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Monto Neto Estimado del Contrato
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$ 43.800.000
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Comisión Evaluadora
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| 10848292-3 | Daniela Lavarello Ramírez | Encargada Diseño UX/UI de la Subdirección de Marketing |
| 16016587-1 | Magdalena Barriga Tapia | Diseñadora UX/UI de la Subdirección de Marketing |
| 13037227-9 | Daniel Bastidas Bastidas | Encargado Desarrollo de Sistemas del Departamento de Tecnologías y Sistemas |
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Resultado de la Adjudicación
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