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CONSIDERANDO
1. Que, el Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue, en adelante también como el “Servicio Local” y/o el “SLEP”, es un servicio público funcional y territorialmente descentralizado que le corresponde, entre otras, la función de administrar los recursos humanos, financieros y materiales del servicio con lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles, y servicios que sean necesarios para el adecuado funcionamiento, así como para el cumplimiento de sus fines.
2. Que, la letra b) del artículo 18° de la Ley 21.040 que crea el Sistema de Educación Pública, prescribe que dentro de las funciones y atribuciones de los Servicios Locales se encuentra la de “Administrar los recursos humanos, financieros y materiales del servicio y los establecimientos educacionales de su dependencia, para lo cual podrá adquirir toda clase de bienes muebles e inmuebles para el cumplimiento de sus fines”.
3. Que, a su vez, la letra a) del artículo 22º de la Ley Nº21.040 que crea el Sistema de Educación Pública, prescribe que, dentro de las funciones y atribuciones del/la directora(a) Ejecutivo(a), es dirigir, organizar, administrar, y gestionar el Servicio Local, velando por la mejora continua de la calidad de la educación pública en el territorio de su competencia.
4. Que, la presente licitación tiene como objetivo principal contratar la “CONSERVACIÓN ESCUELA RURAL EPSON DE ENSENADA, COMUNA DE PUERTO VARAS, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LLANQUIHUE”, que cumpla con la funcionalidad según lo estipulan las presentes Bases de Licitación.
5. Que, por lo anterior, el Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue requiere adjudicar licitación pública ID 1126922-9-LP26, “CONSERVACIÓN ESCUELA RURAL EPSON DE ENSENADA, COMUNA DE PUERTO VARAS, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LLANQUIHUE”, al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases de Licitación.
6. Que, el artículo 10 de la Ley N°19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Servicio, establece que: “El contrato se adjudicará mediante resolución fundada de la autoridad competente, comunicada al proponente. El adjudicatario será aquel que, en su conjunto, haga la propuesta más ventajosa, teniendo en cuenta las condiciones que se hayan establecido en las bases respectivas y los criterios de evaluación que señale el reglamento. Los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción, de los participantes y de la entidad licitante, a las bases administrativas y técnicas que la regulen. Las bases serán siempre aprobadas previamente por la autoridad competente”.
7. Que, en virtud de la Resolución Exenta N°2026/AG/126 del Servicio Local de Educación Pública de Llanquihue de fecha 17 de Abril de 2026, se designa a la comisión evaluadora, quedando conformada por:
• Karen Vera Aros, Subdirectora de Planificación y Control de Gestión.
• Mariel Rojas Herrera, Profesional de la Unidad de Infraestructura.
• Rosa Gallardo Morales, Profesional de Unidad Jurídica.
8. Que, se procedió a efectuar el análisis de admisibilidad de las ofertas recepcionadas, según consta en el acta de evaluación de fecha 11 de Mayo de 2026, a fin de realizar el examen de los antecedentes técnicos y económicos, en adelante también como “Informe de Evaluación”.
9. Que, según consta en el Informe de Evaluación, en el Proceso Licitatorio ID N°1126922-9-LP26, se presentaron los siguientes oferentes:
OFERENTE RUT ESTADO DE HABILIDAD
CONSTRUCTORA CARVE SPA 77.400.436-K Hábil
CEFERINO DEL CARMEN ROMERO FUENTES 10.118.949-K Hábil
CONSTRUCTORA HC SPA 77.576.024-9 Hábil
CONSTRUCTORA LAS VIOLETAS SPA 77.659.987-5 Hábil
CONSTRUCTORA CRISTIAN ALMONACID E.I.R.L. 76.612.637-5 Hábil
EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIÓN SPA 76.805.474-6 Hábil
INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA IGEL SPA 78.112.935-6 Hábil
RECOS SPA 76.868.763-3 Hábil
JOSÉ MANUEL ABURTO MANSILLA 13.822.383-3 Hábil
OSCAR RENÉ SEGUNDO GONZÁLEZ MANCILLA 7.151.871-K Hábil
RÍO AUSTRAL SPA 76.962.247-0 Hábil
CRISTIAN LUIS TACULL TORRES 12.343.206-1 Hábil
SANTANA Y VIDAL EMPRESAS LIMITADA 76.420.915-K Hábil
10. Que, según consta en el Informe de Evaluación, al revisar la admisibilidad de las ofertas recibidas a la licitación pública ID N°1126922-9-LP26 se concluyó en lo siguiente:
a) El oferente CONSTRUCTORA CARVE SpA, Rol Único Tributario N°77.400.436-K. Ha presentado la documentación administrativa y técnica requerida siendo admisible para la evaluación.
b) El oferente CEFERINO DEL CARMEN ROMERO FUENTES, Rol Único Tributario N°10.118.949-K, no presentó la documentación en los términos exigidos en el punto 9.6 letra d) de las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26, por cuanto el Anexo N°9 debía ser acompañado en formato Excel y PDF, habiéndose omitido en esta oportunidad el formato Excel. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a la etapa posterior de evaluación.
c) El oferente CONSTRUCTORA HC SpA, Rol Único Tributario N°77.576.024-9. Ha presentado la documentación administrativa y técnica requerida siendo admisible para la evaluación.
d) El oferente CONSTRUCTORA LAS VIOLETAS (UTP), Rol Único Tributario N°77.659.987-5. Ha presentado la documentación administrativa y técnica requerida siendo admisible para la evaluación.
e) El oferente CONSTRUCTORA CRISTIAN ALMONACID EIRL, Rol Único Tributario N°76.612.637-5, no presentó la documentación en los términos exigidos en el punto 9.6 letra d) de las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26, por cuanto el Anexo N°9 debía ser acompañado en formato Excel y PDF, habiéndose omitido en esta oportunidad el formato Excel. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a la etapa posterior de evaluación.
f) El oferente EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIÓN SpA, Rol Único Tributario N°76.805.474-6. Ha presentado la documentación administrativa y técnica requerida siendo admisible para la evaluación.
g) El oferente INMOBILIARIA Y CONSTRUCTORA IGEL SpA, Rol Único Tributario N°78.112.935-6, no presentó la documentación en los términos exigidos en el punto 9.6 letra d) de las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26, por cuanto el Anexo N°9 debía ser acompañado en formato Excel y PDF, habiéndose omitido en esta oportunidad el formato Excel. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a la etapa posterior de evaluación.
h) El oferente RECOS SpA, Rol Único Tributario N°76.868.763-3, no presentó la documentación en los términos exigidos en el punto 9.6 letra d) de las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26, por cuanto el Anexo N°9 debía ser acompañado en formato Excel y PDF, habiéndose omitido en esta oportunidad el formato Excel. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a la etapa posterior de evaluación.
i) El oferente JOSE MANUEL ABURTO MANSILLA, Rol Único Tributario N°13.822.383-3, no presentó la documentación en los términos exigidos en el punto 9.6 letra d) de las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26, por cuanto el Anexo N°9 debía ser acompañado en formato Excel y PDF, habiéndose omitido en esta oportunidad el formato Excel. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, de aplicación inmediata, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a la etapa posterior de evaluación.
j) El oferente OSCAR RENE GONZALEZ MANCILLA, Rol Único Tributario N°7.151.871-K, no presentó la documentación en los términos exigidos en las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26. Respecto de la documentación administrativa adjunta, específicamente los documentos N°4 y N°5, éstos no corresponden a los antecedentes solicitados o fueron presentados de manera incompleta. Asimismo, en relación con los antecedentes técnicos y económicos, el Anexo N°9 no fue acompañado en formato Excel como lo solicita el numeral 9.6 letra d), y el documento N°8 fue presentado en un formato distinto al requerido en el punto 9.6 letra e). En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, “De aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes”, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a las etapas posteriores de evaluación.
k) El oferente RIO AUSTRAL SPA, Rol Único Tributario N° 76.962.247-0. No presentó la documentación en los términos exigidos en las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación Pública ID 1126922-9-LP26, en el punto 9.6 letra d), toda vez que el Anexo N°9 debía ser acompañado en formato Excel y PDF, habiendo omitido la presentación del formato Excel. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, “De aplicación inmediata: sin derecho a participar en las etapas siguientes”, letra l), que dispone: “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a la etapa de evaluación.
l) El oferente CRISTIAN LUIS TACULL TORRES, Rol Único Tributario N°12.343.206-1, presenta observaciones en su oferta, toda vez que el monto ofertado sobrepasa el presupuesto disponible establecido en las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación pública ID N°1126922-9-LP26. Respecto de la documentación administrativa, específicamente el documento N°4, el oferente presenta una patente sin vigencia y sin inicio de actividades. Asimismo, en relación con los antecedentes técnicos y económicos, el Anexo N°8 fue presentado con un presupuesto que excede el monto disponible. Además, el documento N°6 presenta incongruencia de montos entre lo informado en Mercado Público, el Anexo N°8 y el itemizado correspondiente, junto con la omisión del formato Excel requerido en las bases. En consecuencia, su oferta se declara inadmisible, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.4.1 de las Causales de Inadmisibilidad de las Ofertas, letra b), que dispone: “Monto Licitado: Cuando la oferta sobrepase el monto total disponible descrito en las Bases Administrativas”, y letra l), relativa a la “Documentación Técnico/Económica: La no presentación de alguno de los antecedentes señalados en el Punto N°9.6 y la presentación de antecedentes sin la vigencia requerida”. En virtud de lo anterior, la oferta del oferente queda excluida del presente proceso licitatorio, no pasando a las etapas posteriores de evaluación.
m) El oferente SANTANA Y VIDAL EMPRESAS LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.420.915-K. Ha presentado la documentación administrativa y técnica requerida siendo admisible para la evaluación.
11. Que, la evaluación de las ofertas se procedió a efectuar de acuerdo con los siguientes criterios de evaluación especificados y aprobados en la sección 11.3 de las Bases de Licitación, los cuales son los siguientes:
Ítem Criterio Porcentaje
11.3.1 Oferta Económica 25%
11.3.2 Experiencia del Oferente 55%
11.3.3 Comportamiento contractual anterior 10%
11.3.4 Programa de Integridad de los Proveedores 5%
11.3.4 Cumplimiento de requisitos formales 5%
12. Que, según consta en el Informe de Evaluación de fecha 11 de mayo de 2026, los oferentes obtuvieron los puntajes de evaluación que a continuación se señalan:
Proveedor Oferta Económica
(25 %) Experiencia del Oferente
(55 %) Comportamiento contractual anterior
(10 %) Programa de Integridad de los Proveedores
(5%) Requisitos Formales (5%) Total
CONSTRUCTORA CARVE SPA 25,00 5,98 10,00 5,00 5,00 50,98
CONSTRUCTORA HC SPA 24,46 27,55 10,00 5,00 5,00 72,01
CONSTRUCTORA LAS VIOLETAS (UTP) 22,51 47,53 10,00 5,00 5,00 90,04
EMPRESA DE SERVICIOS Y CONSTRUCCIÓN SPA 21,46 50,61 10,00 5,00 5,00 92,07
SANTANA Y VIDAL EMPRESAS LIMITADA 23,74 39,01 10,00 5,00 5,00 82,75
13. Que, según lo establecido en el punto 6 Montos y duración de la Contratación de las Bases Administrativas, la Rex. 2026-AG-078 que aprueba Bases administrativas y Técnicas de la propuesta “CONSERVACIÓN ESCUELA RURAL EPSON DE ENSENADA, COMUNA DE PUERTO VARAS, DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE LLANQUIHUE” y el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°015-2026 de fecha 02 de febrero de 2026, se consideró un presupuesto disponible de $346.746.000.- (trescientos cuarenta y seis millones setecientos cuarenta y seis mil pesos) impuesto incluido, presupuesto del año 2026.
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