Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 704093-74-LE25
Adjudicación Informada en portal el
16/10/2025 12:46

En Valparaíso, 14-10-2025
Nro de Resolución 12647
Vistos
a) El Decreto Ley Nº1.305 Publicado en el Diario Oficial de fecha 19 de febrero de 1976 que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Corporaciones dependientes y el Decreto Supremo N° 355 de fecha 28 de Octubre de 1976, publicado en el Diario Oficial de fecha 4 de Febrero de 1977, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que sanciona el Reglamento Orgánico para los servicios de Vivienda y Urbanización; b) La Ley N°18.575, Art. 9, sobre Bases Generales de la Administración del Estado. c) La Ley Nº19.886, del Ministerio de Hacienda de, 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, publicada en el Diario Oficial del 30 de julio de 2003, y su Reglamento, contenido en el D.S. de Hacienda Nº250, de 2004, publicado en el Diario Oficial del 24 de septiembre de 2004. d) La Ley N°20.730 que, Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y su Reglamento contenido en el D.S. N°71 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de, 2014. e) La Ley N°16.742 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, publicado en el Diario Oficial de fecha 08 de febrero de 1968 y sus respectivas modificaciones, y lo dispuesto en el Decreto Supremo N°355 de fecha 28 de octubre de 1976, publicado en el Diario Oficial de fecha 04 de febrero de 1977, que sanciona el Reglamento Orgánico para los Servicios de Vivienda y Urbanización. f) La Ley Nº 21.634, que Moderniza la Ley Nº 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios economía circular en las compras del estado, publicada en el Diario Oficial del 11 de diciembre de 2003. g) La Ley N°20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica, y la norma sustitutiva del artículo 50° de la Ley N°21.595 de septiembre 2024. h) Ley N°20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses. i) El Decreto Ley N° 824 de fecha 31/12/1974 que Aprueba Texto que indica de la Ley Sobre Impuesto a la Renta. j) El Decreto Ley N° 825 de fecha 31/12/1974 Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. k) Ley N°21.420 que reduce o elimina exenciones tributarias. l) Ord. N°112 de fecha 22/02/20233, sobre servicios profesionales afectos a IVA. m) La Resolución Nº36 de fecha 23.12.2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. n) Resolución N°8 de fecha 24 de marzo de 2025, de la Contraloría General de la República, que modifica y complementa Resolución N°36, de 2024, de la Contraloría General de la Repúblicas. o) Llamado 34° Acta Certificado N°52/2025 de fecha 14 de abril de 2025, emitido por la I. Municipalidad de Limache, que aprueba Convenio de fecha 14 de marzo de 2025; y Decreto N°01845/2025 del 12 de mayo de 2025 de la Licitación Pública N°89-2025 para la ejecución del proyecto “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS DE LIMACHE-OLMUÉ”. p) Llamado 34° Acta Certificado N°226/2025 Sesión N°1693 de fecha 21 de marzo de 2025, emitido por la I. Municipalidad de Olmué, que aprueba Convenio de fecha 03 de febrero de 2025; y Decreto N°03063/2025 del 16 de abril de 2025 de la Licitación Pública N°89-2025 para la ejecución del proyecto “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS DE LIMACHE-OLMUÉ q) La Resolución Exenta (Electrónica) Nº8724 de 21 de agosto de 2025, que aprobó las Bases Administrativas Especiales, las especificaciones técnicas y demás antecedentes de la Licitación Pública Nº89-2025, correspondiente a la “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS DE LIMACHE-OLMUÉ”. r) La Resolución Exenta (Electrónica) N°11656 de 24 de septiembre de 2025, quje MODIFICA BASES LICITACIÓN PÚBLICA N°89-2025 “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS DE LIMACHE-OLMUÉ”. s) La Orden de Servicio Nº15F-338 de 11 de septiembre de 2025, que designó una Comisión Técnica para la recepción de antecedentes, apertura, evaluación e informe se mantiene para la Licitación Pública Nº89-2025 “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS LIMACHE-OLMUÉ”. t) El Certificado N°31-477 de 06 de octubre de 2025, el Jefe Departamento de Administración y Finanzas de este Servicio, informa la disponibilidad de recursos mediante la respectiva imputación para la Licitación Pública Nº89-2025 “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS LIMACHE-OLMUÉ”. u) La Resolución RA 272/1172/2025 del 23/07/2025 que desuigna en calidad de Suplente como Jefa del Depto. Programación FísicA Y Control a la Sra. Nerina Paz López. v) El Decreto Exento RA N°272/11/2025 de fecha 17 de febrero de 2025 la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que establece orden de subrogación del Director del Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Valparaiso.
Considerando
1. La Oferta Económica presentada por la empresa consultora LIZAMA Y LÓPEZ ASESORÍAS TÉCINCAS LIMITADA RUT:78.002.171-3.-, por un monto total de $23.000.000.-PESOS y un plazo de 238 días corridos. 2. Que, mediante Informe de Selección, de fecha 30 de septiembre de 2025 da cuenta que la Comisión Técnica designada y compuesta para tales efectos por: el Sr. Francisco Muareira Ibarra, de profesión Constructor Civil y Presidente de la Comisión; por la Srta. Paulina Klagges ormázabal, de profesión Arquitecto y por el Sr. Jaime Maulén Farías, de profesión Constructor Civil; propusieron al Director Subrogante Serviu Región de Valparaíso la adjudicación de la Licitación Pública Nº89-2025, por la empresa consultora LIZAMA Y LÓPEZ ASESORÍAS TÉCNICAS LIMITADA. Pues bien, el informe referido consigna - entre otras disposiciones - lo siguiente: 3. Que, en virtud del Certificado de Imputación Presupuestaria Nº 31-477 de 06 de octubre de 2025, el Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, certifica la Disponibilidad Presupuestaria para el contrato denominado: “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS LIMACHE-OLMUÉ”, correspondiente a la Licitación Pública N°89-2025. 4. Que, de conformidad a lo expuesto en los considerando segundo y tercero del presente acto administrativo, procede adjudicar la Licitación Pública Nº89-2025 conforme a lo propuesto por la Comisión Evaluadora; por lo que he dispuesto en sancionar lo siguiente:
Resuelvo
1. ADJUDÍQUESE la empresa consultora LIZAMA Y LÓPEZ ASESORÍAS TÉCNICAS LIMITADA RUT N°78.002.171-3.-, para la ejecución del contrato denominado: “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS LIMACHE-OLMUÉ”, correspondiente a la Licitación Pública Nº89-2025, en la suma total de $23.000.000.- (veintitrés millones de pesos) moneda nacional, sin intereses ni reajustes de ningún tipo. 2. De acuerdo a lo señalado en el numeral 12 de las Bases Adminsitrativas Especiales, “PLAZO DURACIÓN DEL CONTRATO”, la relación contractual que dará origen la presente licitación corresponde a un contrato de ejecución en el tiempo, con una duración de 224 días corridos para prestar el servicio. En caso de que el plazo contractual para la ejecución de las obras sea modificado, SERVIU evaluará la pertinencia de ampliar o disminuir el contrato de Asesoría de inspección. No obstante, según lo dispuesto en el artículo 129 del Dto. 661 (Hacienda) de 2024, el contrato podrá ser modificado aumentando hasta un 30% del monto inicial pactado. 3. Que, conforme lo dispone el numeral 14º de las Bases Administrativas de la Licitación Pública N°87-2025, la forma de pago será de la siguiente forma: Honorarios, se pagarán mediante Estados de Pago mensuales contra presentación de Boleta de honorarios o factura, por la Asesoría de Inspección Técnica, incluyendo la retención legal o impuesto correspondiente. La presentación de los Estados de Pago se realizará durante los primeros días de cada mes, siempre y cuando así lo autorice el Director de Obra que será el Coordinador de la Asesoría de Inspección. El Servicio de Vivienda y Urbanización designará como Coordinador de la Asesoría de Inspección al Director de la Obra. Para el efecto, el Consultor deberá presentar con anterioridad suficiente el cobro mensual, adjuntando todos los antecedentes necesarios. El plazo máximo del que dispondrá SERVIU para pagar los Estados de Pago, que cumplan con todos los requisitos señalados en los puntos 14.1 y 14.2. precedentes, será de hasta 30 días corridos después de presentado, sin reajustes ni intereses de ninguna especie. El Director de la Obra será quien autorizará el pago respectivo de la Asesoría. Si al iniciar el plazo contractual de la presente consultoría, las obras cuentan con avance físico ejecutado, SERVIU realizará los descuentos correspondientes del pago de honorarios. Este descuento será proporcional considerando los días efectivamente inspeccionados respecto del total de la obra. 4. Que, conforme lo dispone el numeral 7.4° de las Bases Administrativas Especiales de la Licitación Pública Nº87-2025, el plazo para la suscripción del contrato será de 10 días hábiles, contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl). Sin perjuicio de lo anterior, todas las notificaciones, salvo las que dicen relación con lo dispuesto en el Capítulo V de la Ley de Compras, que hayan de efectuarse en virtud de las demás disposiciones de dicha ley y en virtud del artículo 9 del D.S 661 (Hacienda) de 2024, incluso respecto de la resolución de Adjudicación, se entenderán realizadas, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Entidad publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Documentos Administrativos requeridos para la suscripción del contrato: Una vez publicada resolución que adjudica la Licitación a través del Sistema de Información, previo a la suscripción del contrato, el Consultor dispondrá de un plazo máximo de 8 días hábiles para entregar los siguientes documentos: • Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de remuneraciones conforme al artículo 6º de la Ley Nº 21.722, que fija el Presupuesto de la Nación para el año 2025 (Formulario de Inspección del trabajo, F30 y F30-1); Nota: En caso de que el oferente sea UTP, el Certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y de remuneraciones deberá ser presentado por todos sus componentes. • Copia simple cédula de identidad del oferente o representante legal (según corresponda). • Certificado de Inscripción Vigente en ChileProveedores. Nota 1: En caso que el consultor no se encuentre inscrito en el Registro de Chileproveedores, deberá prever los tiempos que demorará en obtener dicha inscripción, no pudiendo superar el plazo establecido para la entrega de documentos. Nota 2: En caso de que el oferente sea UTP, todos sus componentes deberán presentar Certificado de Inscripción Vigente en ChileProveedores. • Garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo a lo indicado en punto 8.2 de las presentes Bases. • Copia de inscripción (anotación marginal) o Certificado que dé cuenta de la vigencia de la sociedad (Persona Jurídica). • Copia de inscripción (anotación marginal) o Certificado que dé cuenta de la administración de la sociedad (Persona Jurídica). De acuerdo a lo establecido en el art. 17 del D.S 661 (Hacienda) de 2024, los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. En consecuencia, aquel oferente que no disponga, al momento de la presentación de la oferta, de un programa de integridad, debiendo, además, acreditar su sociabilización con los trabajadores de la empresa, deberá acreditarlo al momento de la suscripción de contrato. Cuyo antecedente deberá ser entregado como parte de los documentos administrativos para la firma de contrato. En el evento que el adjudicatario no disponga del antecedente al momento de la suscripción del contrato, su adjudicación será dejada sin efecto permitiendo al servicio adjudicar al oferente que le sigue con mejor puntaje de la lista priorizada de oferta indicada en el informe de selección. Cualquier modificación en cuanto a la persona del representante legal del oferente deberá ser comunicada, por el oferente, al SERVIU REGION DE VALPARAISO dentro de los cinco días siguientes a la fecha en que ella se produzca. En caso de que la empresa registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Una vez firmado el contrato, podrán realizarse las reuniones de coordinación que se estimen necesarias con la Contraparte Técnica del SERVIU con la finalidad de prever una correcta ejecución del proyecto. Sin embargo, estas reuniones en ningún caso se considerarán como inicio de ejecución del contrato. El plazo de ejecución de la consultoría comenzará a regir desde la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato. La Licitación se rige por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de prelación, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la Republica. Para todos los efec tos de la aplicación del contrato, será decarho excliusivo del Consultor. a) Bases Administrativas, Bases Técnicas, Formatos y Anexos. b) Modificaciones a las Bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo. c) Aclaraciones a las Bases entregadas por SERVIU Valparaíso, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. d) Respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. Para todos los efectos de la aplicación del Contrato, el Consultor tendrá su domicilio u oficina establecida en la Comuna de Valparaíso en la Región de Valparaíso. Los Gastos que se deriven de la aplicación del contrato, será de cargo exclusivo del Consultor. 5. Que, conforme lo dispone el numeral 9.2° de las Bases Administrativas Especiales, de la Licitación Pública Nº87-2025, el adjudicatario deberá garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, mediante la presentación de uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el porcentaje a caucionar. Esta garantía podrá entregarse de forma física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Para garantizar el fiel, oportuno y total cumplimiento del contrato y el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores se aceptarán los siguientes documentos: Tipo de Documento: - Instrumento financiero; - equivalente al 5% del monto del contrato; - expresado en unidades de fomento, a la vista, con carácter de irrevocable; - tomada por el oferente o uno o más de sus integrantes del adjudicatario; - En general se aceptará cualquier documento que asegure el cobro de este de manera rápida y efectiva (excepto cheque). La garantía deberá ser entregada previo a la celebración del contrato y quedará bajo custodia del mandante. La Garantía será por un monto equivalente al 5% del monto del contrato, pagadera a la vista, tomada por uno o varios integrantes del adjudicatario, de carácter irrevocable y deberá estar expresada en Unidades de Fomento (U.F.). Dicha Garantía deberá indicar que, se trata de una Garantía a favor del SERVIU REGIÓN DE VALPARAÍSO; RUT N°: 61.817.000-4 y deberá tener un vencimiento a un plazo fijo igual o superior a 60 días hábiles después de finalizado el plazo del contrato. La Garantía antes señalada deberá ser presentada por el Consultor a SERVIU REGION DE VALPARAISO a más tardar en el plazo señalado en el punto 6.4 de las presentes Bases, ésta deberá presentarse física o electrónicamente, de acuerdo a lo señalado en el artículo 121, del decreto Nº 661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. De de conformidad a lo dispuesto por el artículo 121 del DS.661/24, se cumple con asentar que, la presente garantía tiene por objeto el resguardo íntegro del contrato, incluyéndose, en especial, la oportunidad de entrega del bien o prestación del servicio y el pago de las prestaciones labores y sociales del mismo. En tal sentido, el riesgo de no considerar una garantía, aumenta, desde luego, un eventual incumplimiento de parte del contratista. Ahora bien, cabe señalar, además, que lo requerido, ponderó, necesariamente los servicios y/o productos licitados, en consecuencia, ante cualquier incumplimiento de lo requerido, resulta ser un factor crítico, afectando los intereses fiscales y la gestión de los procesos productivos del Servicio. La glosa de la garantía será: “PARA GARANTIZAR EL FIEL, TOTAL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DENOMINADO: “ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNA DE CARTAGENA” Y ASEGURAR EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES CON LOS TRABAJADORES DEL CONTRATANTE PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 87/2025, ADJUDICADO MEDIANTE RES. EX. N° _____ DE FECHA ____ DE____ DE _______”. Cuando el contrato sea factible cuantificarlo por etapas, el Consultor podrá sustituir la garantía de fiel cumplimiento, entregando una garantía por el saldo del contrato a la fecha de sustitución, debiendo en todo caso respetar el porcentaje solicitado para la suscripción del contrato. Forma de Restitución de la o las Garantías: La garantía será devuelta una vez cumplido los 60 días hábiles (equivalentes a 90 días corridos), contabilizados desde la fecha de aprobación del informe final por parte de SERVIU Región de Valparaíso. Estas aprobaciones deberán obtenerse en el plazo de vigencia de dicha boleta. No obstante, lo anterior, si la obtención de dichos trámites excediera a dicho plazo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato deberá ser extendida en el tiempo que permita garantizar los 60 días hábiles (equivalente a 90 días corridos) para tales efectos. Será responsabilidad del adjudicatario, mantener vigentes las garantías, debiendo proceder a renovar o reemplazar oportunamente ésta con anterioridad a su vencimiento, y antes que SERVIU Región de Valparaíso ordene su cobro, todo con el propósito de mantener el resguardo durante todo el período requerido. 6. En conformidad a lo establecido en el numeral 13° de las Bases Administrativas Especiales de la Licitación Pública Nº87-2025, el consultor EDGARDO RODRÍGUEZ PARRA será responsable de dar estricto cumplimiento a las obligaciones contenido en el contrato según lo establecido. 7. Procédase en todo lo demás, conforme a las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, y demás antecedentes de la Licitación Pública Nº87-2025. 8. IMPÚTESE el monto de la presente Resolución de Contrato de acuerdo al siguiente detalle: 9. PUBLÍQUESE el presente Acto Administrativo, en el Sistema de Información del Mercado Público (www.mercadopublico.cl). ANÓTESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION V REGION
Unidad de Compra OFICINA DE PROPUESTAS
R.U.T. 61.817.000-4
Dirección Bellavista 168 Piso 7
Comuna Valparaíso
Ciudad en que se genera la Adquisición Región de Valparaíso
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo CAMILA VERA VEAS
Cargo ANALISTA PROPÚESTA
Teléfono 56-32-2263808
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 704093-74-LE25
Nombre de Adquisición LP 89-2025
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS DE LIMACHE - OLMUÉ
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 4/9/2025 12:36
Fecha de Cierre 26/9/2025 9:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 23.000.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 23.000.000



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
RES. EX. ELECT.N°12647 DEL 14-10-2025 ADJUDICA.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónRES.EX.ELECT.N°12647 DEL 14-10-2025 ADJUDICA LP 89-20251245 KB15-10-2025 16:46:38
INFORME LP89-2025-firmas fmi pko jmf.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTINFORME SELECCIÓN LP 89-2025536 KB15-10-2025 16:45:37
DECLARACIONES JURADAS INTEGRANTES COMISIÓN LP. 89-2025.pdfDOCUMENT_TYPE_DJ_ABSENCE_CONFLICTS_OF_INTERESTDECLARACIÓN JURADA AUSENCIA CONFLICTOS DE INTERÉS748 KB15-10-2025 16:45:03

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
15734842-6PAULINA KLAGGES ORMAZÁBALARQUITECTO
16757663-kJAIME MAULÉN FARÍASINGENIERO CONSTRUCTOR
16035376-7FRANCISCO MAUREIRA IBARRACONSTRUCTOR CIVIL
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 80101604 Asesorías en gestión de proyectos
Especificaciones del Comprador : LP 89-2025
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
77.386.820-4 LIVAL INGENIERIA Y CONSTRUCCION LIMITADA En el portal se ingresa el precio neto, por otro lado, en los documentos adjuntos se expresa el precio total. $ 25210083 0 0 No Adjudicada
76.627.080-8 CONSULTORA POLUX SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA ASESORÍA DE INSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34° LLAMADO, COMUNAS DE LIMACHE - OLMUÉ CON PROFESIONAL CON 6 AÑOS DE EXPERIENCIA $ 30000000 0 0 No Adjudicada
78.002.171-3 LIZAMA Y LOPEZ ASESORÍAS TÉCNICAS LIMITADA LIZAMA Y LOPEZ ASESORIAS TECNICAS LIMITADA $ 23000000 1 23000000 Adjudicada
4.034.464-0 EDGARDO RUBEN RODRIGUEZ PARRA NSPECCIÓN TÉCNICA PARA LAS OBRAS DEL PROGRAMA PAVIMENTACIÓN PARTICIPATIVA 34 LLAMADO $ 23853543 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 23.000.000



Monto Total Adjudicado $ 23.000.000