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1. Que el artículo primero de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, establece que los municipios son corporaciones autónomas de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya finalidad es satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de las respectivas comunas.
2. Que, en el marco de la Reforma de Salud, la Atención Primaria de Salud (APS) cumple un rol importante para el logro de los objetivos sanitarios, tales como: mejorar la salud de la población, disminuir las inequidades, aumentar la satisfacción usuaria y asegurar la calidad de las prestaciones.
3. Que, el Departamento de Salud Coquimbo como ente Administrador de la Red de Salud Municipal, debe garantizar que las prestaciones a la comunidad se brinden bajo el Modelo de Atención Integral de Salud Familiar (MAIS) con estándares de calidad y seguridad, optimizando los recursos disponibles y generando las condiciones para el funcionamiento de los establecimientos.
4. Que, los Centros de Salud Familiar (CESFAM) de la comuna, deben brindar prestaciones bajo el Modelo de Atención Integral de Salud Familiar y comunitario con un enfoque promocional y preventivo, cumpliendo con las normativas ministeriales y estándares de calidad y seguridad para promover la satisfacción usuaria.
5. Que, conforme lo prescrito en el artículo N°4, letra b) de la Ley 18695, las municipalidades, en el ámbito de su territorio, podrán desarrollar, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, funciones relacionadas con la salud pública.
6. Que conforme lo establece el artículo 8°, de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para el cumplimiento de sus funciones las municipalidades podrán celebrar convenios con otros órganos de la Administración del Estado en las condiciones que señale la ley respectiva, sin alterar las atribuciones y funciones que corresponden a los municipios.
7. Que, una vez determinada la necesidad de adquirir el bien o servicio, la unidad requirente revisó el Catálogo de Economía Circular y el de Convenio Marco disponible en el portal de compras públicas, verificando que el producto o servicio a adquirir no se encuentra disponible para realizar la contratación mediante dicha modalidad de compra, optando por continuar la adquisición mediante licitación pública. Lo anterior, según lo prescrito en el artículo 35 bis de la Ley 19.886.
8. Que, es necesario señalar que el CESFAM Santa Cecilia no cuenta con las condiciones mínimas necesarias para el adecuado desarrollo del trabajo en las salas de procedimientos ni en las áreas comunes del establecimiento, debido a que no dispone de superficies de trabajo limpias, lisas y lavables, presentando pisos, muros y paredes en estado de deterioro.
9. La Guía de Requerimiento Nº 010-26 de fecha 20/01/2026 emitida por el Departamento de Salud Municipal, para contar con la REPARACION INFRAESTRUCTURA GENERAL Y PINTURA CESFAM SANTA CECILIA.
10. El Decreto Exento N°1046 de fecha 26/02/2026, que aprueba el llamado a licitación pública para contratar la REPARACION INFRAESTRUCTURA GENERAL Y PINTURA CESFAM SANTA CECILIA.
11. La Ficha de licitación Nº ID 2448-14-LE26, emitida por el Sistema de Compras Públicas.
12. El Memo N° 025 de fecha 11/03/2026, emitido por el Encargado de Adquisiciones del Departamento de Salud a la Comisión Evaluadora del proceso en cuestión, donde se envían los antecedentes para revisar ofertas y emitir el respectivo Informe de Evaluación.
13. Que, en conformidad a lo prescrito en el artículo 35 nonies, de la Ley N°19.886, se tiene a la vista, e incorpora a expediente de gasto, declaraciones juradas simples suscritas por los funcionarios evaluadores de la Licitación Pública ID 2448-14-LE26.
14. El Decreto Exento N°1046 de fecha 26/02/2026 que aprueba las bases técnicas y administrativas para la reparación infraestructura general y pintura CESFAM Santa Cecilia, mediante el cual se designa a los integrantes de la comisión evaluadora de acuerdo al siguiente cuadro:
NOMBRE RUT. CARGO
Gonzalo Acuña Bastias 17.085.911-1 Ing. Gestión Y Proyectos
José Fernández Penroz 6.525.671-1 Encargado Gestión Y Proyectos
Jaime Muñoz Alfaro 10.799.034-9 Profesional De Dirección Salud Y Cementerios
Dicha Comisión procedió a la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas recibidas, conforme a lo establecido en las bases de licitación y de acuerdo a los siguientes criterios de evaluación ahí establecidos:
PORCENTAJE CRITERIO DESGLOSE DE LA PONDERACIÓN DEL CRITERIO
20% OFERTA ECONOMICA (OFERTA ECONOMICA MENOR/OFERTA ECONOMICA) x 100
15% PLAZO DE EJECUCIÓN (MENOR PLAZO DE EJECUCION/PLAZO DE EJECUCION OFERTADO) x 100
DURACION MINIMA DE EJECUCION DEL PROYECTO SON 15 DIAS HABILES.
6% COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR PROVEEDOR REGISTRA 5 O MÁS RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES: 0 PUNTO.
PROVEEDOR REGISTRA ENTRE 1 Y 4 RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ÚLTIMOS SEIS MESES: 50 PUNTOS.
PROVEEDOR NO REGISTRA RECLAMOS EN MERCADO PÚBLICO DURANTE LOS ULTIMOS 6 MESES: 100 PUNTOS.
10% CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Adjuntar Formulario de Oferta Económica según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Declaración Jurada Simple según formato anexo 20 puntos / Adjuntar Formulario Identificación del Oferente según formato anexo 20 puntos / Ingresa Valor Neto en línea de comprobante de la Oferta 20 Puntos / Antecedentes Adicionales Solicitados en las Bases 20 Puntos.
15% GARANTIA Presentar documento con garantía:
36 o mas meses: 100 puntos
24 a 35 meses: 60 puntos
12 a 23 meses: 30 puntos
0 a 11 meses 0 puntos
15% EXPERIENCIA DE LA EMPRESA Presentar certificados y/o recepciones de obras de proyectos ejecutados:
Presenta 1 a 3 documentos: 20 ptos
Presenta 4 a 5 documentos: 40 ptos
Presenta 6 a 7 documentos: 60 ptos
Presenta 8 a 9 documentos: 80 ptos
Presenta 10 o más documentos: 100 ptos
La forma de acreditación será mediante la presentación de Certificados y/o Recepciones de obras realizadas para servicios públicos que demuestren la experiencia emitidos por parte de los beneficiarios.
15% OTROS REQUERIMIENTOS No presenta lo solicitado: 0 ptos
Adjunta Carta Gantt: 20 ptos.
Presenta CV de Ingeniero Constructor a cargo de la obra, copia de CI y CV: 20 ptos.
Presenta reglamento interno actualizado de la empresa: 20 ptos
Presenta certificado de instalador eléctrico, copia CI y CV de encargado proyecto eléctrico: 20 ptos.
Otros antecedentes solicitados en bases técnicas: 20 ptos.
4% Programa(s) de Integridad y Compliance De acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº E370752/2023, de Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en Anexo “Programa(s) de Integridad y Compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Asignando puntaje como se indica a continuación:
El oferente cuenta con Programas de Integridad y Compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por estos. 100 puntos.
No cuentan con Programas de Integridad y Compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal. 0 puntos.
15. Que, en el foro de preguntas de la licitación ID 2448-14-LE26, se reciben las consultas correspondientes, las cuales son atendidas y respondidas por la comisión evaluadora dentro del plazo establecido:
N° Preguntas Respuestas
1 FAVOR SUBIR PLANO ACAD OK SE ADJUNTA
2 FAVOR SUBIR ACATA OK SE ADJUNTA
3 cómo se estimó el presupuesto? SE ESTIMÓ POR VALORIZACIÓN DE M2 UNITARIO Y CANTIDAD REQUERIDA
4 favor subir plano en .dwg OK SE ADJUNTA
5 En el decreto exento 1046 que aprueba las bases técnicas y administrativas señala en el punto 2 "servicios requeridos" una duración minima de 30 días hábiles, sin embargo, en el punto 9 "criterios de evaluación" señala un plazo minimo de 15 días hábiles" EL PLAZO MÍNIMO CORRESPONDE A 30 DÍAS HÁBILES
6 Es presupuesto disponible o estimado CORRESPONDE A PRESUPUESTO DISPONIBLE
7 las cotizaciones que excedan en presupuesto señalado en las bases serán declaradas inadmisibles? SI
8 Se necesitan los planos en CAD SE ADJUNTAN
9 Se indica que algunos trabajos se requiere realizarlos de noche. Existe estacionamiento disponible para dejar los vehículos del contratista resguardados? ESTO SE DEBE GESTIONAR CON LA DIRECCIÓN DEL CESFAM SANTA CECILA Y CONSULTAR DICHA DISPONIBILIDAD
10 Para almacenar materiales del contratista el consultorio facilitará alguna dependencia? CUENTA CON DEPENDENCIAS CERRADAS CON RESGUARDO. SIN EMBARGO, SE PUEDE FACILITAR ESPACIO FÍSICO, EL DEPARTAMENTO DE SALUD NO SE HACE RESPONSABLE DE PÉRDIDAS
11 Baños para el personal del contratista serán facilitados por el Cesfam? SI
16. Que, revisado el sistema de información www.mercadopublico.cl, a la fecha de cierre de recepción de ofertas, se reciben las siguientes:
N° OFERENTE RUT
1 ARQUINGO SPA 76.842.459-4
2 INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN SYR SPA 77.394.644-2
3 HUAPEU CONSTRUCCIONES SPA 77.365.692-4
4 CONSTRUCTORA LORENA SAGUEZ MONSALVE E.I.R.L. 76.877.418-8
17. Que, la comisión evaluadora procede a ponderar las ofertas recibidas de acuerdo a lo señalado en las bases administrativas y técnica, otorgando los siguientes puntajes:
ASIGNACIÓN DE PUNTAJES PARA CADA CRITERIO
18. El Informe de Evaluación de fecha 16/03/2026, donde la comisión evaluadora declara no tener conflicto de intereses y propone adjudicar la licitación al oferente CONSTRUCTORA LORENA SAGUEZ MONSALVE E.I.R.L., RUT. N°76.877.418-8, en virtud de tener el mayor puntaje ponderado, cumpliendo con los requisitos de adjudicación, aprobando en consecuencia el Acta de Evaluación N° 2448-14-LE26.
19. Que, el oferente CONSTRUCTORA LORENA SAGUEZ MONSALVE E.I.R.L., RUT. N° 76.877.418-8, se encuentra hábil en el Registro de Proveedores del Estado, según consta en Ficha del Proveedor adjunta.
20. Que, existe disponibilidad presupuestaria necesaria, para llevar a cabo la 2448-14-LE26. Esto cotejado con la Guía de Requerimiento Nº 010-26 de fecha 20/01/2026 y el Certificado Disponibilidad Presupuestaria N° 1119, de fecha 25/03/2026.
21. Que, de conformidad al artículo 63 letra i) de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, al Alcalde le corresponde especialmente dictar resoluciones obligatorias de carácter general o particular.
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