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Las facultades que me confiere el DFL N° 1 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial con fecha 26.07.2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley N° 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento; la Ley N° 21.634 que la moderniza; las Resoluciones N° 7 de 2019 y N° 14 de 2022 de la Contraloría General de la República; y el Decreto Alcaldicio N° 3143 de fecha 03 de septiembre de 2019, que delega facultades de firma "por orden del señor Alcalde" en el Administrador Municipal y otros.
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1. Mediante Decreto N°807 del 05 de marzo de 2026, la Municipalidad de Chimbarongo convocó a licitación pública ID N°3730-14-L126, para la contratación denominada “Balones de futbol y de voleibol”, aprobando Ficha-Base Electrónica y documentos anexos.
2. Según memo N°845 de fecha 07/04/2026, suscribe tiene a bien informar a usted que, mediante Acta de adjudicación N° 13 de fecha 26/03/2026, se adjudicó la licitación pública ID 3730-14-L 126, denominada “Balones de Fútbol y de Voleibol”, al proveedor Ventas y Servicios Marcelo Opazo SPA., RUT 76.520.639-1, por un monto total de $1.992.393 IVA incluido.
3. Que, con fecha 02/04/2026 se emitió orden de compra N°3730-171-SE26 al proveedor antes señalado, no obstante en la misma de fecha, dicho proveedor rechazo la orden de compra, indicando que los montos y/o valores ingresados en su propuesta económica presentan errores, además de haberse producido un alza de precios no considerada previamente, lo que le impide acepta la orden de compra emitida.
Que, las bases administrativas especiales (BAE), en el ítem denominado “Readjudicación establece establecen que: si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecido en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original".
Que, conforme a lo expuesto, se solicita dejar sin efecto la adjudicación original y proceder a la Readjudicación de la licitación pública id 3730-14-L126, denominada balones de futbol y de voleibol, al proveedor ASIS SPA RUT 76.838.196-8, quien obtuvo un total de 97.99 puntos en la etapa de evaluación y resulta ser el según mejor oferente.
4. Con fecha 10 de abril de 2026, se emitió el Acta de Readjudicación N°01, respaldada y por el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°79 con V°B° de Directora de Administración y Finanzas, por Srta. Elsa Donoso Román y la Tabla de Evaluación de Ofertas, recomendando adjudicar a Asis SPA, RUT 76.838.196-8, quien obtuvo el segundo mayor puntaje en la tabla de la evaluación (97,99%).
5. La propuesta resulta conveniente para los intereses municipales, en el marco del requerimiento presentado por DIDECO - Of. del Deporte.
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1. Se adjudica la licitación ID N°3730-14-R126 al proveedor Asis SPA, RUT 76.838.196-8, por un monto total valor contrato de suministro de $2.097.970 (dos millón noventa y siete mil novecientos setenta pesos), IVA incluido.
2. Notifíquese al adjudicatario a través del portal Mercado Público, por intermedio de la Oficina de Adquisiciones.
3. Emítase y apruébese la correspondiente orden de compra derivada de esta adjudicación y efectúese el pago del documento (Factura o Boleta) emitido por el proveedor, en un plazo máximo de 30 días desde su recepción conforme.
4. Impútese el gasto que genere la adquisición o contratación de estos servicios, al Presupuesto Municipal vigente, Área de gestión (5); Programa (13); Subprograma (13); Cuenta Nº 215-24-01-999-000-000.
ANOTESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE AL PORTAL CHILECOMPRA Y ARCHIVESE.
“POR ORDEN DEL SR. ALCALDE
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