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Que, mediante la Resolución Exenta Nº621 de fecha 27 de noviembre de 2024, se aprobaron las Bases
Administrativas, Bases Técnicas y sus respectivos Anexos para la contratación del convenio suministro
de adquisición de insumos y productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario, productos
quirúrgicos, agroquímicos e implementos de protección y trabajo de terreno para los programas SAG
y/o programas FNDR de la región de Aysén.
2. Que, el llamado a licitación fue efectuado en el portal www.mercadopublico.cl, con fecha 28 de
noviembre de 2024, bajo el ID Nº 907-17-LP24.
3. Que, fueron presentadas seis ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, y el acta de apertura
electrónica de las ofertas técnicas y económicas, de fecha 18 de diciembre de 2024, la que se adjunta,
así lo indica.
4. Que, debido a la gran cantidad de productos, la especificidad de cada uno, los criterios de evaluación y
la necesidad de solicitar aclaraciones a los proveedores, la revisión y evaluación de las ofertas se
complejizó y se extendió por mayor plazo del planificado.
5. Que, con fecha 07 de enero de 2025 se solicitó aclaración de las Ofertas presentadas en líneas N° 2
“Fármacos de uso Veterinario” en la que se recibieron tres ofertas, y N° 3 “Materiales de Dosificación y
Toma de Muestras” en la que se recibieron cuatro ofertas, aclaración que dice relación con la “Unidad
de Medida” señalada por el SAG en el Anexo Económico (Anexo N°1). Consecuencia de ello, el dato
proporcionado por los oferentes en dicho Anexo bajo la columna “Precio Total (iva incluido)” que
constituye la oferta económica por cada producto, no sería considerado como tal en la evaluación, sino
que se evaluaría con un precio distinto al señalado en la oferta económica respectiva. Por otra parte, si
se adjudicara por el valor efectivamente señalado en la Oferta, implicaría adjudicar el producto por un
precio considerablemente superior a su valor real.
6. Que, igualmente se detectaron variaciones de precios ofertados, al señalar en la Oferta Económica
precios IVA incluido y, en la aclaración, los mismos precios como valor Neto.
7. Que, asimismo, la fórmula utilizada en los criterios de evaluación “Precio” (40%) y “Completitud Oferta”
(25%) contiene una distorsión en la ponderación del precio, tratándose de ofertas que no incluyan
producto/s de mayor precio unitario, por lo que no ha sido posible establecer cuál oferta es la más
conveniente en las referidas líneas.
8. Que, de acuerdo con lo señalado en los números 5, 6 y 7 precedentes, respecto de la línea N°2
“Fármacos de uso Veterinario y de la Línea N° 3 “Materiales de Dosificación y Toma de Muestras”,
corresponde declarar desierto el procedimiento de contratación para las singularizadas líneas N° 2 y 3,
atendido que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la entidad licitante.
9. Que, el acta de la comisión evaluadora de fecha 21 de enero de 2025, considera la evaluación de
criterios para los oferentes que resultaron admisibles y que fue posible evaluar, será publicada en el
portal www.mercadopublico.cl, proponiendo, según los puntajes obtenidos la adjudicación con el
proveedor que a continuación se detalla:
LÍNEA N°1: Equipos de Protección y Bioseguridad
TOTAL PUNTAJE CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PROVEEDOR PRECIO
PLAZO
DE
ENTREGA
COMPLETITUD
OFERTA
CUMPLIMIENTO
REQUISITOS
FORMALES
SUSTENTABILIDAD
TOTAL
PUNTAJE
2.COVEPA
SPA
38,28 25,00 25,00 5,00 5,00 98,28
1.VALLE
RISOPATRON
SPA
40,00 25,00 25,00 5,00 5,00 100,00
6.Volcan Ltda 25,15 25,00 25,00 5,00 5,00 85,15
4. Farmacia
Veterinaria
Patagonia
16,80 25,00 25,00 5,00 5,00 76,80
3.Diprolab
Ltda.
29,60 18,75 25,00 5,00 5,00 83,35
LÍNEA N°4: Antiparasitario Canino
TOTAL PUNTAJE CRITERIOS DE EVALUACIÓN
PROVEEDOR PRECIO
PLAZO
DE
ENTREGA
COMPLETITUD
OFERTA
CUMPLIMIENTO
REQUISITOS
FORMALES
SUSTENTABILIDAD
TOTAL
PUNTAJE
2.COVEPA
SPA
23,03 25,00 25,00 5,00 5,00 83,03
1.VALLE
RISOPATRON
SPA
34,15 25,00 25,00 5,00 5,00 94,15
5.SATRO
LTDA
40,00 25,00 25,00 5,00 5,00 100,00
4. Farmacia
Veterinaria
Patagonia
16,13 25,00 25,00 5,00 5,00 76,13
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AMPLÍASE, el plazo de adjudicación en 30 días hábiles contados desde la anterior fecha establecida
según bases de licitación y el portal mercado público, de acuerdo a lo estipulado en los puntos N°2,
N°3 y N°4 de los considerando de la presente resolución.
2. DECLÁRESE DESIERTO, La línea N°2 "Fármacos de uso Veterinario" y línea N°3 "Materiales de
Dosificación y Toma de Muestras", según art. N° 9 de la ley de compras, “El órgano contratante,
Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten
convenientes a sus intereses”.
3. APRUÉBASE, la adjudicación de la Licitación Pública para la contratación del convenio suministro de
adquisición de insumos y productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario, productos
quirúrgicos, agroquímicos e implementos de protección y trabajo de terreno para los programas SAG
y/o programas FNDR de la región de Aysén, ID Nº 907-17-LP24, para las lineas N°1 " Equipos de
Protección y Bioseguridad" y Linea N°4 "Antiparasitario Canino", con el proveedor:
LÍNEA PROVEEDOR0 RUT PRECIO (IVA
INCLUIDO)
1
VALLE RISOPATRON
SPA
76.591.257-
1
$ 9.300.00.-
4 SATRO LTDA
76.088.582-
7
$ 9.000.000.-
4. SOLICÍTESE, a los proveedores adjudicados una garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato
por el siguiente monto y en la forma y condiciones estipuladas en las bases de licitación.
LÍNEA PROVEEDOR RUT MONTO
GARANTÍA
1
VALLE RISOPATRON
SPA
76.591.257-
1
$ 465.000.-
4 SATRO LTDA
76.088.582-
7
$ 450.000.-
5. En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito, o cuya inscripción no se encuentre vigente en el
Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración Chileproveedores, estará obligado a
inscribirse o a regularizar su situación dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de la
presente resolución que aprueba la adjudicación.
6. En caso de que el adjudicado no acredite su habilidad para contratar con el Estado, dentro del plazo
estipulado en el resuelvo anterior de la presente resolución, el SAG queda en situación de declarar
inadmisible la oferta y de adjudicar al siguiente oferente mejor evaluado o declarar desierto el proceso
de licitación pública, si no hubieren más ofertas.
7. IMPÚTESE, el gasto que origine la presente adjudicación a los fondos FNDR o fondos SAG según sea el
caso.
8. Los pagos que se devenguen para el año 2025, 2026, 2027 y 2028 quedarán sujetos a la disponibilidad
presupuestaria de los fondos FNDR y SAG conforme lo establezcan las respectivas leyes de presupuesto
para el sector público.
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