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Que, en lo dispuesto en el Ordinario N°412 de fecha 13 de febrero de 2023, del Gobierno Regional, que informó sobre la Postulación al Fondo Regional de Iniciativa Local Fril 2023, cuyo propósito es mejorar la calidad de vida de los habitantes de las distintas comunas de la Región.
Que, lo indicado y estipulado en el ordinario N°2894, de fecha 02 de SEPTIEMBRE de 2024, del Gobierno Regional informando que la Iniciativa de Inversión denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código
BIP 40064427-0”, cuenta con autorización Técnica según el Ordinario N°2801, de fecha 28 de AGOSTO de 2024, que además se determinó que dicha iniciativa sea
ejecutada por la Municipalidad de Andacollo como unidad técnica.
Que lo dispuesto, en el Oficio N°795 de fecha 03 de septiembre del presente año, el cual la Municipalidad de Andacollo acepta como unidad técnica, de la Iniciativa de Inversión denominada CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código BIP 40064427-0
Que, lo indicado en el Ordinario N°2801 de fecha 28 de agosto de 2024, el cual informó autorización técnica del Proyecto Fril de la Iniciativa de Inversión denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código
BIP 40064427-0” por un monto de $130.604.640
Que, lo dispuesto en el Ordinario N°3695, de fecha 28 de octubre de 2024, del Gobierno Regional que solicita dar cumplimiento al Convenio de Transferencia de Capital del proyecto código BIP 40064427-0., denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, el cual se indica que se debe hacer cumplimiento al punto Noveno que indica, “Una vez aprobado el último trámite administrativo que aprueba el convenio de Transferencia de Capital, el Municipio dispone de un plazo máximo de 60 días corridos para efectuar el llamado a propuesta pública”.
Que lo dispuesto en el Decreto N°5417 de fecha 08 de noviembre, que aprobó las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales, las especificaciones técnicas y demás antecedentes que regulan esta Licitación Pública ID N°673663-30-LQ24, Propuesta Pública N°30 denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código BIP 40064427-0”. Y
que además autorizó el llamado a licitación.
Que, el Decreto N°5626 de fecha 18 de noviembre de 2024, que modificó la comisión de apertura y evaluadora de la Licitación Pública ID N°673663-30-LQ24, Propuesta Pública N°30, denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código BIP 40064427-0”
Que, el acta de apertura de fecha 20 de noviembre de 2024, de la Licitación Pública ID N°673663-30-LQ24, Propuesta Pública N°30, denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código BIP 40064427-0
Que, el acta de propuesta de adjudicación de la Licitación Pública ID N°673663-30- LQ24, Propuesta Pública N°30, denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS
CALLES COMUNA DE ANDACOLLO” Código BIP 40064427-0
Que, el Oficio N°66, de la Municipalidad de Andacollo, envió propuesta de adjudicación, de la Licitación Pública ID N°673663-30-LQ24, Propuesta Pública N°30, denominada “CONSTRUCCIÓN SEÑALÉTICAS CALLES COMUNA DE
ANDACOLLO” Código BIP 40064427-0, al Sr. Cristóbal Julia de la Vega, Gobernador Regional, Regional de Coquimbo.
Que, el Ordinario N°1231 de fecha 11 de abril de 2025, del Gobierno Regional, no formula observaciones a la propuesta de adjudicación del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, código BIP 40064427-0, correspondiente a la Licitación Pública ID N°673663-30-LQ24, Propuesta Pública N°30.
Que, el Certificado N°120 de fecha 15 de abril de 2025, la Sra. Sandra Suárez Cifuentes, Secretaria Municipal, certificó que en la sesión Ordinaria N°11 de fecha martes de 15 de abril de 2025, el Honorable Concejo Comunal presidido por el Señor Javier Cifuentes Gonzalez, acordó por unanimidad la contratación del proyecto “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, código BIP 40064427-0, correspondiente a la Licitación Pública ID N°673663-30-LQ24, Propuesta Pública N°30.
Que, el oficio N°482 de fecha de 4 de junio de 2025, emitido por la Municipalidad de Andacollo hacia Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, de la Región de Coquimbo, la Administración Municipal se percató que no tiene la visación técnica de vuestra institución, por tal motivo se solicitó revisar los antecedentes del Proyecto aprobado por el Gobierno Regional, y así poder obtener su aprobación técnica del proyecto Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo, código BIP 40064427-0, aprobado bajo la Resolución N°975, este proyecto fue presentado por la Municipalidad de Andacollo al financiamiento al Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL).
Que, el oficio N°705 de fecha 27 de agosto de 2025, emitido por la Municipalidad de Andacollo hacia Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, de la Región de Coquimbo, solicitó consultar en qué estado se encuentra la visación técnica ya que el Gobierno Regional nos está preguntando constantemente y a nosotros nos urge para poder, adjudicar y comenzar a ejecutar el proyecto en la comuna Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo, código BIP 40064427-0, aprobado bajo la Resolución N°975, este proyecto fue presentado por la Municipalidad de Andacollo al financiamiento al Fondo Regional de Iniciativa Local (FRIL).
Que, el correo electrónico del Sr. Gerardo Gaete Valdivia, Administrativo de la Secretaria Comunal de Planificación, de fecha 27 de septiembre de 2025, envió el Oficio N°705 (mencionado en el inciso anterior) a la Seremi de Transporte y al Analista de Evaluación Técnica de la Seremitt de Coquimbo.
Que, el Sr. Danny Roy Campusano Jiménez, Analista Técnico, Seremitt de Coquimbo Subsecretaria de Coquimbo, envió un correo enviando la respuesta del Sr. Ricardo Marcelko Rojas Jara Encargado Unidad Infraestructura Comisión Nacional de Seguridad de Transito Subsecretaría de Transportes, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, donde entregó los comentarios y observaciones: 1. No se puede agregar información con publicidad en las señales. 2. No se indica qué información se desea indicar en el cartel superior a la señal. Aclarar. 3. Se acepta indicar la comuna en el poste de la señal. 4. La gigantografía no se puede aprobar como PP. 5. Debe enviar el listado de ubicación de las 120 señales.
Que, en vista de la Observaciones realizada según en el inciso anterior, esta entidad al analizar la situación sería desigualdad del oferente si se adjudica y posterior a ello modificar el proyecto. Además, es dable indicar que serían mal utilizados los fondos previstos para este proyecto, que es necesario modificar el proyecto y después realizar nuevamente un llamado a licitación Pública.
Que, de debe tener en cuenta que se podrá revocar una Licitación cuando ésta ya se encuentra publicada y, debidamente justificada, se decide que no se podrá seguir el flujo normal que conduce a la adjudicación. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Puede ser declarado de forma unilateral a través de Resolución o Decreto Alcaldicio, siempre fundado que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento.
Que se puede efectuarse en virtud del Artículo 61 de la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos, el cual señala que “los actos administrativos podrán ser revocados por el órgano que los hubiere dictado”
Que, es necesario proceder con la revocación de la Licitación Pública ID 673663-30- LQ24 proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, código BIP 40064427-0”.
Que, el Decreto N°4153, de fecha 03 de septiembre de 2025, que revocó el llamado a la Licitación Pública N°673663-30-LQ24, proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, código BIP 40064427-0”.
Que, lo dispuesto en el ordinario N°3362, de fecha 25 de septiembre de 2025, del Gobierno Regional, en donde no formula observación a iniciar un nuevo proceso de licitación y solicita que dicha publicación se realice a la brevedad posible del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0
Que, la resolución Exenta N°4291 de fecha 30 de Septiembre de 2025, de la Subsecretaria de Transportes, que autorizó experiencia de prueba de señalización informativa en las intersecciones señaladas de la comuna de Andacollo, región de coquimbo.
Que, el Decreto N°5295 de fecha 29 de octubre de 2025, que aprobó el llamado, las Bases Administrativas y demás antecedentes que regulan la Licitación Pública N° N°673663-25-LP25 Propuesta Pública N°46 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0, y por último nombró la comisión de apertura y evaluadora.
Que, en cumplimiento de lo señalado en la cláusula N°3 “Etapas y Plazos”, el período de consultas inició con fecha 5 de noviembre de 2025, terminando el 16 de noviembre 2025, recibiéndose un total de 9 preguntas.
Que, la cláusula aludida anteriormente dispone que las respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación, debiendo aprobarse su contenido mediante el presente acto administrativo.
Que, el Decreto N°5758 de fecha 21 de noviembre de 2025, aprobó las preguntas y respuestas formuladas en el proceso de la Licitación Pública N°673663-25-LP25 Propuesta Pública N°46 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0”
Que el día de apertura uno de los integrantes de la comisión de apertura y evaluadora se ausentó por diversas actividades y que la funcionaria suplente también se ausentó por su carga laboral existente por las actividades de la Municipalidad, ambos nombrados bajo el Decreto N°5295 de fecha 29 de octubre de 2025.
Que, el Decreto N°5758 de fecha 21 de noviembre de 2025, aprobó la regularización del nombramiento de Comisión de apertura y evaluadora de la Licitación Pública N°673663-25-LP25 Propuesta Pública N°46 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0”
Que, el acta de apertura técnica, primera etapa, de la Licitación Pública N°673663- 25-LP25 Propuesta Pública N°46 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo” revisó los documentos de los 7 oferentes que ingresaron ofertas.
Que, el acta de apertura económica, segunda etapa, de la Licitación Pública N°673663-25-LP25 Propuesta Pública N°46 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo” revisó los documentos de los 7 oferentes que ingresaron ofertas
Que, el acta de evaluación económica, segunda etapa, de la Licitación Pública N°673663-25-LP25 Propuesta Pública N°46 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo” evaluó los antecedentes de los 7 oferentes
que ingresaron ofertas, proponiendo adjudicar al oferente Inversiones Construcción y Servicios Renayco Limitada, RUT: 76.262.715-9. Por un monto total de $ 65.313.793 IVA incluido.
Que, el oficio N°1006 de fecha 17 de diciembre de 2025, emitido por la Municipalidad de Andacollo dirigido al Sr. Cristóbal Julia de la Vega, Gobernador Regional, Regional de Coquimbo, envió propuesta de adjudicación de la Iniciativa de Inversión denominada “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0” para revisión y aprobación.
Que, el oficio N°740 de fecha 26 de febrero de 2026, emitido por el Sr. Cristóbal Julia de la Vega, Gobernador Regional, Regional de Coquimbo, en el que se indica que no se formularon observaciones a la propuesta de adjudicación de la Iniciativa de Inversión denominada “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0” para revisión y aprobación.
Que, el Certificado N° 134 de fecha 24 de febrero de 2026, emitido por don Walter Carmona Alderete, Jefe de División de Administración y Finanzas (s) del Gobierno Regional de Coquimbo, certifica que el Gobierno Regional de Coquimbo cuenta con los recursos para financiar el gasto que demanda el Convenio mandato suscrito entre el Gobierno Regional y la Municipalidad de Andacollo, para la ejecución del proyecto “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, Código BIP 40064427-0. El financiamiento del proyecto fue aprobado en Resolución (e) Nº 975 del 28 de octubre de 2024, de la cual se destinará del Subtítulo 33, ítem 03, asignación 125, sub-asignación 416 la suma de $ 65.313.793 para la licitación pública ID 673663- 25-LP25. Para efectos de lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 19 Bis del Decreto Ley 1263 de 1975, la señalada iniciativa fue identificada el presente año presupuestario según Resolución (e) Nº 149 del 20 de febrero de 2026.
Que, el Certificado N°66 de fecha 17 de marzo de 2026, la Sra. Sandra Suárez Cifuentes, Secretaria Municipal, certificó que en la sesión Ordinaria N°7 de fecha 17 de marzo de 2026, el Honorable Concejo Comunal presidido por el Señor Alcalde, don Juan Carlos Alfaro Aravena, aprobó por unanimidad Contrato de la Licitación Pública N°673663-25-LP25 del proyecto denominado “Construcción Señaléticas Calles Comuna de Andacollo”, BIP: 40064427-0, al oferente Inversiones Construcción y Servicios Renayco Limitada, por tanto
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