|
1.- Resolución Exenta Nº1844 del 20.02.2026 de la Dirección del Hospital Nueva Imperial, que Aprueba Bases Administrativas y Técnicas de la Propuesta Pública N°33.26 denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO DE TONER Y TINTAS PARA NODO COSTERO: HOSPITAL NVA IMPERIAL.”
2.- Constancia de haberse efectuado el Proceso en el Portal Mercado Público, bajo la modalidad de Propuesta Pública, identificada con el Nº1979-25-LP26.
3.- Resolución Exenta Nº1875 del 25.02.2026 de la Dirección del Hospital Nueva Imperial, que designa Comisión de Apertura y Evaluación;
4.- Resolución Exenta N°3136 de fecha 23.03.2025 de la Dirección del Hospital Nueva Imperial, que Adjudica.
5.- Tras la revisión de la adjudicación ID 1979-25-LP25 del item n° 10 del producto Toner original o remanufacturada Color negro, yellow, magenta, cyan 204A compatible con Impresoras HP M154 / M180 / MFP M180 / MFP M181, el Proveedor IMPORTADORA INTERNATIONAL TECHNICS GRAPHICS LIMITADA, RUT:76.493.820-8, Se debe proceder a la readjudicación, debido a que el proveedor que fue adjudicado en el ítems no debió haber obtenido el producto. Cabe señalar que los informes de evaluación y adjudicación publicados en adjuntos de la licitación, se encuentran correctos, tratándose únicamente de un error en la plataforma de Mercado Público.
6.- Indicación verbal de la Jefatura de Abastecimiento solicitando realizar re adjudicación del ítem n° 10 del producto Toner original o remanufacturada Color negro, yellow, magenta, cyan 204A compatible con Impresoras HP M154 / M180 / MFP M180 / MFP M181
7.- Informe de evaluación complementario para re adjudicar Licitación ID 1979-25-LP25 denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO DE TONER Y TINTAS PARA NODO COSTERO: HOSPITAL NVA IMPERIAL.”
|
|
1.- Que, conforme al Art. 9º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los contratos administrativos se celebrarán, previa Propuesta Pública en conformidad a la Ley;
2.- Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, los organismos públicos regidos por esta Ley deberán cotizar, licitar, contratar, adjudicar, solicitar el despacho y, en general, desarrollar todos sus procesos de adquisición y contratación de bienes, servicios y obras a que alude dicha Ley, utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca al efecto la Dirección de Compras y Contratación Pública;
3.- Que, se efectúo llamado a licitación pública Nº33.26 denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO DE TONER Y TINTAS PARA NODO COSTERO: HOSPITAL NVA IMPERIAL.” cuyas bases fueron aprobadas por Resolución Exenta Nº1844 de fecha 20.02.2026 de la Dirección del Hospital.
4.- Que, por Resolución Exenta N°3136 de fecha 23.03.2026 de la Dirección del Hospital de Nueva Imperial se Adjudica la propuesta publica N°33.26 denominada “CONVENIO DE SUMINISTRO DE TONER Y TINTAS PARA NODO COSTERO: HOSPITAL NVA IMPERIAL.”
5- Que, tras la revisión de la adjudicación ID 1979-25-LP25 del item n° 10 del producto Toner original o remanufacturada Color negro, yellow, magenta, cyan 204A compatible con Impresoras HP M154 / M180 / MFP M180 / MFP M181, el Proveedor IMPORTADORA INTERNATIONAL TECHNICS GRAPHICS LIMITADA, RUT:76.493.820-8, Se debe proceder a la readjudicación, debido a que el proveedor que fue adjudicado en la línea no debió haber obtenido el producto. Cabe señalar que los informes de evaluación y adjudicación publicados en adjuntos de la licitación, se encuentran correctos, tratándose únicamente de un error en la plataforma de Mercado Público.
6.- Que, por indicación verbal de la Jefatura de Abastecimiento solicitando realizar re adjudicación del ítem n° 10 del producto Toner original o remanufacturada Color negro, yellow, magenta, cyan 204A compatible con Impresoras HP M154 / M180 / MFP M180 / MFP M181.
7.- Que, se realiza informe de evaluación complementario, según visto N°7.
8.- Que por Dictamen 18.657, de 2000 de la Contraloría General de la República se ha señalado: "Que la autoridad administrativa se encuentra en el imperativo de invalidar los actos emitidos con infracción de las normas legales o basadas en errores de hecho que afecten los presupuestos que los hacen admisibles. Tal predicamento constituye una aplicación del principio de juridicidad de los actos de la administración, que emana de lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución Política y 2° de la ley N° 18.575 y, en razón de su rango, prima por sobre toda normativa meramente legal que no contemple expresamente dicha posibilidad".
9.- Que, de acuerdo a lo anterior, se procede a Re adjudicar Licitación N°33.26 “CONVENIO DE SUMINISTRO DE TONER Y TINTAS PARA NODO COSTERO: HOSPITAL NVA IMPERIAL.”
|