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Lo dispuesto en la Ley N°18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el D.F.L. N°1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley N°21.634 que moderniza la Ley N°19.886 de Compras Públicas y otras leyes y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda; en la Ley N°21.796, de Presupuestos del Sector Público para el año 2026; en el Decreto Supremo N°662 de 2025 del Ministerio de Hacienda que Aprueba reglamento de la Ley sobre la Economía Circular en la adquisición de bienes y servicios de los organismos del estado; en la Ley N°21.600, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas; en el Decreto Supremo N°27, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento Orgánico del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas; en el Decreto Supremo N°41, de 2026, del Ministerio del Medio Ambiente que designa Director Nacional del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas; la Res. Exenta N°133/2026, del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, que delega, entre otros, en la Jefatura de la División de Administración y Finanzas la facultad de firmar actos administrativos que aprueben las bases de licitación o los términos de referencia, así como sus modificaciones y aclaraciones, y aquellos que adjudiquen o declaren desiertos los procedimientos de contratación pública, regidos por la Ley N°19.886 y su reglamento, respecto de contrataciones cuyo monto total sea igual o inferior a 2.000 Unidades Tributarias Mensuales; en la Res. N°36/2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, modificada y complementada por la Res. N°8/2025 de dicho órgano fiscalizador; y en las demás normas pertinentes.
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1. El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, mediante Resolución Exenta N° DN-00257, de 12 de marzo de 2026, aprobó las bases administrativas, técnicas y anexos para la contratación del “SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TARAPACÁ” siendo publicada en el Sistema de información el 12 de marzo de 2026 bajo el ID 1495199-1-LE26.
2. De acuerdo con lo establecido en las bases de licitación se designó a los cargos integrantes de la Comisión Evaluadora en la Resolución Exenta N° DN-00257, de 12 de marzo de 2026.
3. De acuerdo con las etapas y plazos establecidos en las bases, en el presente proceso licitatorio se presentaron tres (3) preguntas entre el 12 de marzo de 2026 y el 20 de marzo de 2026, mediante de foro de preguntas del Portal Mercado Público, la que se desglosa en la siguiente tabla:
N° Fecha y hora Preguntas ingresadas
1 13-03-2026 11:42:07 Estimados. El monto estimado es máximo o referencial, pues está muy ajustado para 24 meses de incertidumbre con respecto a costos de mano de obra e insumos.
1 Respuesta: 20-03-2026 16:00:01 Estimado, el presupuesto es estimado en base al monto que se paga actualmente.
2 16-03-2026 13:11:42 Estimados. Se deja constancia de la vulneración del debido proceso respecto de la visita a terreno realizada el día de hoy 16.03.2026. - De los 6 representantes que asistimos a la citación, el último en llegar ingresó después de haberse realizado la visita a terreno sin respetar la hora de citación. - Posterior a eso, la encargada de la visita a terreno no consulto a los presentes sobre el ingreso del sexto participante, y posterior a consultar con su jefatura, procedió a incluirlo, para posteriormente mostrarle las dependencias. - El proceso correcto, debiera haber sido: La moderadora debe consultar a los asistentes que ya realizaron la visita a terreno, si se permite la inclusión de quien llega atrasado, de acuerdo a lo que digan los asistentes se permite el ingreso. - Este proceso no se realizó, provocando un vicio en el proceso. - Por todo lo anteriormente expuesto, solicito que el ultimo participante registrado no sea considerado en la evaluación de propuestas y declarado inadmisible.
2 Respuesta 20-03-2026 16:00:01 Estimado, el "proceso correcto" indicado, no está descrito en las bases, por lo tanto, no aplica consultar a los demás oferentes. La determinación de admisibilidad corresponde a facultades de la comisión evaluadora, quien determinara la admisibilidad respetando el principio de estricta sujeción a las bases.
3 16-03-2026 16:49:52 POR FAVOR SUBIR EL ACTA DE LA VISITA TERRENO DEL DIA DE HOY 16 MARZO 2026
3 Respuesta 17-03-2026 11:15:54 Estimado, buenos días, el acta de visita a terreno se acaba de subir a los adjuntos de la Licitación.
4. Que, a las 16:00 horas de 23 de marzo de 2026, se efectuó el cierre de recepción de ofertas de la licitación de acuerdo con lo dispuesto en cláusula N°3 “Etapas y plazos” de las bases de licitación, procediendo conforme al artículo 51 del Decreto Supremo N°661 de 2024, a la apertura electrónica de las ofertas el 25 de marzo del 2026.
5. Que, el 10 de abril de 2026, la Comisión Evaluadora presentó y firmó su informe de evaluación, el que, se adjunta y se entiende forma parte de la presente Resolución.
6. La Comisión Evaluadora, con la finalidad de determinar la admisibilidad de las ofertas recibidas, verificó que los participantes cumplieran con los antecedentes mínimos exigidos para su presentación, según lo establecido en la cláusula 5° de las bases administrativas de licitación.
7. De acuerdo con el análisis de la comisión evaluadora, el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de las ofertas es el siguiente:
N° RUT PROVEEDOR Admisibilidad/
Inadmisibilidad
1 76.757.667-6 GRUPO EMPRESARIAL APOLO SPA Admisible
2 76.693.703-9 ASESORÍAS Y GESTIÓN DOÑA JOSEFINA SPA Admisible
3 77.630.896-K SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO Y LIMPIEZA ELIMPIQ LIMITADA Admisible
4 77.128.689-5 JACK VENTAS Y SERVICIOS INTEGRALES SPA Admisible
5 78.003.343-6 PAISAJISMO TARAPACÁ SPA Admisible
8. Que, como resultado del análisis efectuado, resultaron admisibles cinco (5) proveedores, procediéndose a su evaluación en una sola etapa, de conformidad con lo establecido en la cláusula octava de las bases de licitación, relativa a la “APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS”, aplicando para ello los siguientes criterios:
Criterio Subcriterio SubFactor
Administrativo (10%) Cumplimiento de requisitos formales 5%
Programa de integridad 5%
Económico (30%) Precio 30%
Técnico (60%) Condiciones de empleo y remuneraciones Remuneraciones 5%
Pago aguinaldo 5%
Experiencia del oferente 25%
Propuesta Técnica 25%
100%
9. Que, en conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena, relativa a los “Criterios de Evaluación y Procedimiento de Evaluación de las Ofertas”, la Comisión Evaluadora aplicó dichos criterios, obteniéndose los siguientes resultados:
Proveedor GRUPO EMPRESARIAL APOLO SPA ASESORÍAS Y GESTIÓN DOÑA JOSEFINA SPA SERVICIOS INTEGRALES DE ASEO Y LIMPIEZA ELIMPIQ LIMITADA JACK VENTAS Y SERVICIOS INTEGRALES SPA PAISAJISMO TARAPACÁ SPA
Admisibilidad ADMISIBLE ADMISIBLE ADMISIBLE ADMISIBLE ADMISIBLE
Precio (30%) 27,37 26,28 27,30 26,49 30,00
Requisitos Formales (5%) 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00
Pacto o Programa de integridad (5%) 5,00 5,00 5,00 5,00 5,00
Remuneración (5%) 4,05 3,37 4,21 5,00 3,91
Aguinaldo (5%) 3,50 5,00 1,50 3,50 0,00
Experiencia del Oferente (25%) 25,00 25,00 0,00 25,00 25,00
Propuesta Técnica (25%) 25,00 25,00 25,00 25,00 25,00
TOTAL 94,92 94,65 68,01 94,99 93,91
10. Que, de acuerdo con lo expuesto anteriormente y considerando las disposiciones respectivas de las bases de licitación, la Comisión Evaluadora propuso en su informe, adjudicar la presente licitación, de acuerdo con el siguiente detalle:
“En virtud de la evaluación final indicada en el punto anterior, esta Comisión propone a la autoridad competente:
Adjudicar la licitación de SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TARAPACÁ” ID N° 1495199-1-LE26, al siguiente oferente, considerando la obtención del mayor puntaje en el proceso de evaluación:
Ítem 1: SERVICIO DE ASEO PARA LAS DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TARAPACÁ
Oferente JACK VENTAS Y SERVICIOS INTEGRALES SPA
RUT 77.128.689-5
Valor total adquisición $ 22.320.000 (Veintidós millones trescientos veinte mil). - IVA Incluido.
Vigencia 24 meses
11. Revisado el portal www.mercadopublico.cl, de 10 de marzo de 2026, el oferente se encuentra en estado hábil para contratar con el Estado.
12. El presupuesto vigente de esta Dirección cuenta con la disponibilidad para financiar el gasto que irrogue esta contratación, de acuerdo con lo indicado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°17, de 29 de enero de 2026, del Departamento de Gestión Estratégica y Presupuesto.
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