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1. La Resolución Exenta (E) N°2696 de fecha 11 de agosto de 2025, que autoriza el llamado a Licitación Pública ID 1704-111-LP25 y aprueba Bases Administrativas, Técnicas y Anexos respectivos y aprueba el formato de las cláusulas que contendrá el respectivo contrato, para contratar el “Adquisición de Insumos de Traumatología Tobillo Uni-Bi-Trimaleolares” para el Hospital Biprovincial Quillota-Petorca.
2. Que, se estableció un periodo de consultas según cronograma de licitación indicado en el Título 2 de las Bases Administrativas Especiales, donde no hubo preguntas por parte de los proveedores.
3. Que, en el proceso los siguientes oferentes presentaron documentación:
93.745.000-1 JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A.
76.131.542-0 MEDCORP S.A.
4. Los antecedentes presentados en el proceso de Licitación Pública, realizado a través del portal www.mercadopublico.cl 1704-111-LP25.
5. El Informe Final de Evaluación de fecha 9 de diciembre de 2025, correspondiente a la Licitación ID 1704-111-LP25, elaborado por la comisión evaluadora, esto conforme a lo dispuesto en el artículo N°57 del Decreto 661 de 2024, Ministerio de Hacienda y el numeral 3 del Título VIII de las bases respectivas.
6. Que, en consecuencia, la Comisión Evaluadora procede a evaluar las ofertas de los proveedores JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT 93.745.000-1 y MEDCORP S.A. RUT 76.131.542-0 Para ello, se utilizaron los criterios de evaluación, reflejados en el cuadro desplegado a continuación en concordancia con lo indicado en el numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales:
Componente Ponderador Criterio Puntaje máximo
Económico 30% Precio 100
Técnico 60% Experiencia del oferente en el rubro licitado 24
Presencia del oferente en el mercado Nacional 25
Plazo de reposición de insumos 26
Horario extendido representante técnico en terreno de la empresa 25
Administrativos 10% Programa de integridad 20
Correcta presentación de la oferta 80
7. En relación a lo anterior, la puntuación obtenida por sus ofertas es la siguiente:
COMPONENTE ECONÓMICO PRECIO COMPONENTE TÉCNICO
SEGÚN ANEXO 1 30% 100 PUNTOS 60%
ITEM DESCRIPCIÓN PROVEEDOR VALOR TOTAL NETO CAJA PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE PUNTAJE PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE (A+B+C+D)
1 ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE TRAUMATOLOGÍA TOBILLO UNI - BI - TRIMALEOLARES JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A $42.607.046 30,00 100,00 45,60
MEDCORP S.A. $ 48.948.000 26,11 87,05 49,2
PRESENCIA DEL OFERENTE EN EL MERCADO NACIONAL PLAZO DE REPOSICIÓN DE INSUMOS HORARIO EXTENDIDO REPRESENTANTE TÉCNICO EN TERRENO DE LA EMPRESA COMPONENTE ADMINISTRATIVO
EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO PROGRAMA DE INTEGRIDAD CORRECTA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
24 PUNTOS 25 PUNTOS 26 PUNTOS 25 PUNTOS 10% 20 PUNTOS 80 PUNTOS ∑
PUNTAJE PONDERADO (A) PUNTAJE (B) PUNTAJE (C) PUNTAJE (D) PUNTAJE PONDERADO DEL COMPONENTE (A+B) PUNTAJE (A) PUNTAJE (B) PUNTAJE FINAL PONDERADO
0,00 25,00 26,00 25,00 10,00 20,00 80,00 85,60
6,00 25,00 26,00 25,00 10,00 20,00 80,00 85,31
Detalle de la evaluación:
1. COMPONENTE ECONÓMIC0 30%:
Precio: “Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta de menor precio, según valor total neto de los insumos (12 meses) de acuerdo con el Anexo N°1. La fórmula para el cálculo del puntaje de la oferta de menor precio es la siguiente:
((Oferta de menor precio/Oferta a evaluar) * multiplicado por 100) = Puntaje oferta
El puntaje obtenido al aplicar la fórmula de evaluación contemplará dos decimales, sin aproximación.
Bajo esta fórmula de evaluación, el menor precio obtendrá un puntaje total de 100 puntos.
En caso de proceder a evaluar económicamente una sola oferta, se asignará a ésta el puntaje máximo de 100 puntos.
Nota: En razón del presente criterio, el Hospital se reserva la posibilidad de considerar una oferta como temeraria en los términos del artículo 61 del Reglamento.
El Criterio Precio se acreditará mediante el Anexo N°1”.
- De acuerdo a lo indicado anteriormente se le asignan 100 puntos al proveedor JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT 93.745.000-1 al ser la oferta menor presentada, luego aplicando la formula se le asignan 87,05 puntos al proveedor MEDCORP S.A. RUT 76.131.542-0.
• Posteriormente, en conformidad al párrafo final del numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales, el proveedor JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT 93.745.000-1, habiendo obtenido 100 puntos en el componente precio, corresponde que tal cantidad sea multiplicada por la ponderación del mismo, esto es 30% obteniendo un total de 30 puntos en su oferta económica, de igual forma se realiza la operación aritmética con el proveedor MEDCORP S.A. RUT 76.131.542-0, quien obtiene un total de 26,11 puntos en su oferta económica.
2. COMPONENTE TÉCNICO 60%:
a) Experiencia del Oferente en el Rubro Licitado: “La experiencia del oferente en el rubro licitado se evaluará de acuerdo con el anexo N°4, según el siguiente detalle:
EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN EL RUBRO LICITADO PUNTAJE
30 o más contratos 24
20 a 29 contratos 18
10 a 19 contratos 12
1 a 9 contratos 6
No cuenta con contratos 0
Tabla 2: Definición de puntaje de acuerdo con la experiencia del oferente.
El anexo N°4 deberá contener el nombre de la adquisición, especificando el periodo (desde-hasta), mandante, nombre y teléfono de contacto. Para efectos de verificar la información proporcionada, el oferente deberá presentar certificados emitidos y firmados por la entidad correspondiente en donde se indique nombre y rut del oferente y periodo que den cuenta de los contratos/convenios en los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas que posea en el ámbito de salud, tanto en el sector público como en el privado, en la adquisición relacionada con la materia en estudio”.
En razón de lo anterior, la Comisión Evaluadora se percató de lo siguiente:
- JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT 93.745.000-1, en su anexo N°4 “Experiencia del oferente en el rubro licitado” señala 4 convenios, de los que se detalla lo siguiente:
Nombre del cliente del proveedor Observación Comisión Evaluadora
Hospital Metropolitano de La Florida Adjunta resolución Aprueba Contrato Trato Directo, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “el oferente deberá presentar certificados emitidos y firmados por la entidad correspondiente…”. Por lo anterior, no se considera para acreditar experiencia. Por lo anterior, no se considera para acreditar experiencia.
Hospital San Pablo de Coquimbo Adjunta resolución de adjudicación, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “el oferente deberá presentar certificados emitidos y firmados por la entidad correspondiente…”. Por lo anterior, no se considera para acreditar experiencia.
Hospital de Los Andes Adjunta resolución Aprueba Contrato, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “el oferente deberá presentar certificados emitidos y firmados por la entidad correspondiente…”. Por lo anterior, no se considera para acreditar experiencia.
Hospital Regional de Antofagasta Adjunta resolución de adjudicación, en el criterio “Experiencia del oferente en el rubro licitado” del numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, se indica que “el oferente deberá presentar certificados emitidos y firmados por la entidad correspondiente…”. Por lo anterior, no se considera para acreditar experiencia.
- MEDCORP S.A. RUT 76.131.542-0, en su anexo N°4 “Experiencia del oferente en el rubro licitado” señala 32 convenios, de los que se detalla lo siguiente:
Nombre del cliente del proveedor Observación Comisión Evaluadora
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-378-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 06 de febrero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-350-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 27 de febrero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-1-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 06 de febrero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-190-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 27 de febrero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-231-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 30 de mayo de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-241-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 6 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-246-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 9 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-248-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 10 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-377-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 22 de enero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-380-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 23 de enero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-250-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 11 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-327-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 15 de julio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-378-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 8 de enero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Complejo Asistencial Dr. Sotero del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057501-423-LE25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 15 de julio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Occidente Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1002772-78-LR24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 5 de noviembre de 2024, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Occidente Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1002772-119-LQ23.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 12 de diciembre de 2024, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Occidente Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1002772-29-LR25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 11 de julio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Occidente Hospital Dr. Félix Bulnes Cerda Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1002772-74-LR24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 5 de septiembre de 2024, cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, SI se considera para efectos de acreditar experiencia.
Carabineros de Chile – Hospital de Carabineros Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 3471-33-LR24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 23 de marzo de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Fondo Hospital de la Dirección de Provisión de Carabineros de Chille Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 948806-175-LQ25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 23 de enero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Fondo Hospital de la Dirección de Provisión de Carabineros de Chille Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 948806-115-LE24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 25 de octubre de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Fondo Hospital de la Dirección de Provisión de Carabineros de Chille Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 948806-13-LE24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 4 de mayo de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Carabineros de Chile – Hospital de Carabineros Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 3471-21-LR24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 9 de octubre de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Carabineros de Chile – Hospital de Carabineros Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 3471-31-LP25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 26 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 2111-46-LP25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 7 de mayo de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 2111-55-LP25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 25 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Hospital de Urgencia Asistencia Pública Dr. Alejandro del Río Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 2111-105-LP25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 8 de agosto de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Antofagasta Hospital Carlos Cisternas.
Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 2215-47-LR24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 13 de marzo de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Oriente Hospital del Salvador Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057489-350-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 8 de enero de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de Salud Oriente Hospital del Salvador Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057489-111-LQ25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 17 de junio de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Hospital Puerto Montt Servicio de Salud de Relongaví
Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 1057539-13-LR25.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 16 de abril de 2025, no cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, NO se considera para efectos de acreditar experiencia.
Servicio de salud de Atacama Hospital de Copiapó Adjunta Certificado de Experiencia correspondiente al contrato 494-3-LQ24.
Sin perjuicio de encontrarse vigente a la fecha de evaluación, dicho contrato inició su ejecución con fecha 23 de agosto de 2024, cumpliendo con la exigencia establecida en el numeral 5.2.1 de las Bases Administrativas Especiales, que requiere contratos vigentes durante los últimos 12 meses contados hacia atrás desde el cierre de recepción de ofertas. Por lo tanto, SI se considera para efectos de acreditar experiencia.
Por lo tanto, de acuerdo a la tabla precedente y lo establecido en el numeral 5.2.1 de las bases administrativas especiales, la comisión evaluadora asigna 0 puntos a los proveedores JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT 93.745.000-1
El proveedor MEDCORP S.A. RUT 76.131.542-0, adjuntó certificados de experiencia, acreditó 2 contratos de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.2.1 de las bases técnicas administrativas. Por lo tanto, obtiene 6 puntos en este criterio.
b) Presencia del oferente en el mercado nacional: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el numeral 5.2.2 de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que se evaluará según lo siguiente:
“En este criterio de evaluación se considera la presencia del oferente en el mercado Nacional de acuerdo a “Datos Abiertos”/“proveedores” del portal www.mercadopublico.cl expresado en años, lo que será evaluado por año calendario. El proveedor que acredite 7 años obtendrá 25 puntos en el presente criterio. El oferente deberá adjuntar en su oferta la impresión de pantalla de cada año, la veracidad de la información proporcionada será verificada por la Comisión de Evaluación en la etapa correspondiente.
El puntaje de las ofertas en el presente criterio se determinará aplicando lo siguiente:
PRESENCIA DEL OFERENTE EN EL MERCADO NACIONAL PUNTOS
7 años 25
Entre 4 y menos de 7 años 16
Entre 1 y menos de 4 años 8
No posee 0
Tabla 3: Definición de puntaje de acuerdo a la verificación de la presencia del oferente en el mercado Nacional.
En caso que el oferente no acompañe la referida información, implicará que se le otorgará 0 puntos al oferente en este criterio”.
- El proveedor JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT 93.745.000-1, adjuntó en su oferta información que permite visualizar su presencia en el mercado desde el año 2018 al 2025, lo que fue verificado por la Comisión Evaluadora a través de “Datos Abiertos”/“proveedores”. Sin embargo y de acuerdo a lo señalado en el presente criterio que indica “…lo que será evaluado por año calendario”, la comisión contabiliza 7 años de presencia del oferente en el mercado nacional. Por lo tanto, el proveedor antes mencionado obtiene 25 puntos.
- El proveedor MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, adjuntó en su oferta información que permite visualizar su presencia en el mercado desde el año 2018 al 2025, lo que fue verificado por la Comisión Evaluadora a través de “Datos Abiertos”/“proveedores”. Sin embargo y de acuerdo a lo señalado en el presente criterio que indica “…lo que será evaluado por año calendario”, la comisión contabiliza 7 años de presencia del oferente en el mercado nacional. Por lo tanto, el proveedor antes mencionado obtiene 25 puntos.
c) Plazo de reposición de insumos: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el numeral 5.2.3 de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que se evaluará según lo siguiente:
“Mediante anexo N°6 se evaluarán los plazos en los cuales el oferente, deberá reponer los insumos utilizados, en este criterio será el proveedor que oferte el menor tiempo de reposición de los insumos será quien obtenga el mayor puntaje esto es 26 puntos, los demás puntajes se calcularán por regla de tres inversa. En caso que el oferente no indique plazo de reposición de los insumos se le otorgaran 0 puntos en el presente criterio.
Se entiende que la caja se encuentra repuesta cuando nuevamente esta completa, no se aceptan reposiciones parciales para el cómputo del plazo”.
- El proveedor JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT. 93.745.000-1, indica en el Anexo N°6 de su oferta que repondrá los insumos en 1 día corrido, por lo que se le asignan el puntaje máximo de 26 puntos en el presente criterio. Mientras que el proveedor MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, también oferta 1 día corrido para la reposición de insumos, por lo que obtiene 26 puntos.
d) Horario extendido representante técnico en terreno de la empresa: El presente criterio se evaluará según lo dispuesto en el numeral 5.2.4 de las Bases Administrativas Especiales, que señala lo siguiente:
“Se evaluará mediante anexo N°7 el horario extendido en que el/los representante(s) técnico(s) en caso de extensión de cirugía(s) a solicitud del Hospital se pueda quedar en las dependencias del Hospital.
HORARIO EXTENDIDO REPRESENTANTE TÉCNICO EN TERRENO DE LA EMPRESA PUNTOS
Entre las 17:01 hasta las 22:00 hrs. o más 25
Entre 17:01 hrs. hasta las 21:00 16
Entre las 17:01 hrs hasta las 19:00 hrs 8
No indica horario o no oferta plazo 0
Tabla 4: Definición de puntaje de acuerdo a horario extendido del Representante técnico en terreno de la empresa.”
- El proveedor JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT. 93.745.000-1, señala en el Anexo N°7 de su oferta que el horario extendido del representante técnico en terreno de la empresa será “entre las 17:01 hasta las 22:00 horas o más”, por lo que se le asignan el puntaje máximo de 25 puntos en el presente criterio.
- El proveedor MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, señala en el Anexo N°7 de su oferta que el horario extendido del representante técnico en terreno de la empresa será “Entre las 17:01 hrs hasta las 22:00 hrs”, por lo que se le asignan el puntaje de 25 puntos en el presente criterio.
• Posteriormente, en conformidad al párrafo final del numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales en relación al “Componente Técnico” el proveedor obtiene los siguientes puntajes:
- JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT. 93.745.000-1, habiendo obtenido 0,00 puntos en el Criterio Experiencia del Oferente en el rubro licitado, 25 puntos en el Criterio de Presencia del Oferente en el Mercado Nacional, 26 puntos en el Criterio de Plazo de reposición de insumos y 25 puntos en el Criterio Horario extendido representante técnico en terreno de la empresa, por lo que corresponde que esta sumatoria es de 76,00 puntos y multiplicada por la ponderación del componente, esto es 60%, se obtiene un total de 45,60 puntos en su componente técnico.
- MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, habiendo obtenido 6,00 puntos en el Criterio Experiencia del Oferente en el rubro licitado, 25,00 puntos en el Criterio de Presencia del Oferente en el Mercado Nacional, 26,00 puntos en el Criterio de Plazo de reposición de insumos y 25,00 puntos en el Criterio Horario extendido representante técnico en terreno de la empresa, por lo que corresponde que esta sumatoria es de 82,00 puntos y multiplicada por la ponderación del componente, esto es 60%, se obtiene un total de 49,2 puntos en su componente técnico.
3. COMPONENTE ADMINISTRATIVO 10%:
a) Programa de Integridad: En relación a este criterio de evaluación, contenido en el numeral 5.3.1 de las Bases Administrativas Especiales, el cual señala que se evaluará según lo siguiente:
“El oferente deberá indicar el anexo N°5 si cuenta con programa(s) de integridad, que permita(n) demostrar que la empresa cuenta con medidas para mitigar los riesgos de corrupción.
Para acreditar la existencia de esta(as) programa(s), el oferente deberá adjuntar copia de uno o más de ellos, mediante cualquier documentación.
PROGRAMA DE INTEGRIDAD Puntaje
El oferente cuenta con programa(s) de integridad que sea(n) conocido(s) por su personal. 20
El oferente no cuenta con programa(s) de integridad que sea(n) conocido(s) por su personal. 0
En caso de no acompañar la documentación solicitada, implicará que se le otorgue 0 puntos al proveedor en este criterio”.
- JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT. 93.745.000-1, en su anexo N°5 indica que, SI cuenta con programa de integridad y además lo adjunta en su oferta, por lo que, de acuerdo a lo señalado en la tabla de puntaje del presente criterio se le asignan 20 puntos al proveedor en este criterio.
- MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, en su anexo N°5 indica que, SI cuenta con programa de integridad y además lo adjunta en su oferta, por lo que, de acuerdo a lo señalado en la tabla de puntaje del presente criterio se le asignan 20 puntos al proveedor en este criterio.
b) Correcta presentación de la oferta: Este criterio se evaluará conforme al numeral 5.3.2 de las bases administrativas especiales, donde se señala que se evaluará de la siguiente forma:
“Esto según lo establecido en el artículo 56 del Reglamento, otorgando los siguientes puntos:
CORRECTA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA PUNTOS
Presenta en plazo y forma la totalidad de los antecedentes solicitados. 80
Incurre en algún error u omisión en la presentación de su oferta. 0
Tabla 6: Definición de puntaje de acuerdo a la correcta presentación de antecedentes por el oferente”.
- Por lo tanto, y en conformidad a la tabla de puntajes desprendida de este criterio de evaluación, la comisión evaluadora asigna 80 puntos a los proveedores JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT. 93.745.000-1 y MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, en el presente criterio.
• Posteriormente, en conformidad al párrafo final del numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales en relación al “Componente Administrativo” el proveedor obtiene los siguientes puntajes:
- JOHNSON & JOHNSON DE CHILE S.A. RUT. 93.745.000-1, habiendo obtenido 20,00 puntos en el Criterio Programa de Integridad y 80 puntos en el Criterio de Correcta Presentación de la Oferta, por lo que corresponde que esta sumatoria es de 100,00 puntos y multiplicada por la ponderación del componente, esto es 10%, se obtiene un total de 10,00 puntos en su componente administrativo.
- MEDCORP S.A. RUT. 76.131.542-0, habiendo obtenido 20,00 puntos en el Criterio Programa de Integridad y 80 puntos en el Criterio de Correcta Presentación de la Oferta, por lo que corresponde que esta sumatoria es de 100,00 puntos y multiplicada por la ponderación del componente, esto es 10%, se obtiene un total de 10,00 puntos en su componente administrativo.
8. Que, en consecuencia, de lo señalado en los considerandos anteriores, la Comisión Evaluadora propuso a esta Dirección, mediante el informe final de evaluación indicado en el considerando N°5 del presente instrumento, adjudicar la propuesta presentada por el proveedor Johnson y Jonhson de Chile S.A RUT 93.745.000-1, por “Adquisición de Insumos de Traumatología Tobillo (Uni-Bi-Trimaleolares)” para el Hospital Biprovincial Quillota-Petorca por haber cumplido con todo lo establecido en las Bases y su oferta resulta la más conveniente a los intereses de la institución.
9. Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 del Decreto Supremo N° 661 de 2024, y atendiendo a la naturaleza riesgosa de la contratación, este Hospital ha determinado fijar la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento en un 5% del valor neto del convenio. Esta decisión se fundamenta en que, el objeto de la contratación corresponde a insumos directamente vinculados a intervenciones quirúrgicas, muchas de las cuales cuentan con lista de espera y agendamiento previo, lo que imposibilita su postergación sin afectar la continuidad de la atención y la seguridad de los pacientes.
10. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de fecha 8 de enero de 2026, emitido por la Unidad de Abastecimiento y firmado por el Subdirector Administrativo del Hospital San Martín de Quillota, que da cuenta que a la fecha la Institución cuenta con el presupuesto para financiar la “Adquisición de Insumos de Traumatología Tobillo (Uni-Bi-Trimaleolares)” para el Hospital Biprovincial Quillota-Petorca.
11. Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo N° 58 del Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios, corresponde adjudicar y publicar la Resolución en el Sistema de Información, toda vez que un oferente ha cumplido con todo lo establecido en las Bases y su oferta resulta ser la más conveniente a los intereses de la institución.
12. Que, conforme se consigna en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, portal web www.mercadopublico.cl, el oferente Johnson y Jonhson de Chile S.A RUT 93.745.000-1, se encuentra hábil para contratar con el Estado.
13. De acuerdo a lo expuesto, dicto lo siguiente:
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