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1. Lo dispuesto en los artículos 8º y 9º del DFL. N.º 1/19.653 que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N.º 18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
2. Lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 3º de la Ley N.º 18.712 de 1988, que “Aprueba Nuevo Estatuto de los Servicios de Bienestar Social de las Fuerzas Armadas”.
3. Lo establecido en la Ley N.º 18.928, que “Fija Normas sobre Adquisiciones y Enajenaciones de Bienes Corporales e Incorporales Muebles y Servicios de las Fuerzas Armadas” y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 95 del Ministerio de Hacienda, de fecha 22 de julio de 2006.
4. Lo dispuesto en la Ley N.º 19.886 de “Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios” y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 250 del Ministerio de Hacienda, de fecha 24 de septiembre de 2004.
5. Lo prescrito en la Ley N.º 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
6. Lo dispuesto en la Ley N.º 10.336 Orgánica de la Contraloría General de la República.
7. Lo establecido en la Resolución N.º 7 y 16, de fecha 26MAR2019 y 30NOV2020 respectivamente, de la Contraloría General de la República, que fija las normas sobre exención del trámite de toma de razón.
8. El llamado a licitación pública mediante resolución JZB ZBRM CGA (P) N.º 4182/18490/7096/EXENTA, de fecha 21OCT2022.
9. Minuta de análisis y evaluación ZBRM SEC RECRE (P) N.°4182/37, de fecha 15NOV2022.
10. Delegación de facultades otorgada al Jefe del Estadio Militar de Santiago, a través de Resolución COB DAJ (P) N.º 4182/15652/2157/EXENTA, de fecha 15SEP2020.
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1. Que, la División de Bienestar, en su calidad de Servicio de Bienestar Social del Ejército, tiene por finalidad proporcionar al personal de la Institución las prestaciones que tiendan a promover una adecuada calidad de vida que contribuya a su bienestar y al de sus familias.
2. Que, el Estadio Militar de Santiago, requiere contratar el servicio de reparación y mantención de la cancha de pasto sintético, puntos penales y fosos de salto largo de la cancha del Estadio Militar de Santiago, instalación dependiente de la Zona de Bienestar Región Metropolitana.
3. Que, con la finalidad anterior, se realizó un llamado a licitación pública ID 838104-13-LE22, a través del Sistema de Información.
4. Que, al llamado a licitación se presentó 01 (una) oferta, correspondiente a la siguiente empresa, la que pasa a evaluación por ser su oferta válida:
• CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES BLESSING SPA., RUT N.°77.150.271-7.
MATRIZ DE EVALUACIÓN
a. EXPERIENCIA DEL OFERENTE (20%)
La empresa “CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES BLESSING SPA”, RUT 77.150.271-7, la Empresa presenta 5 Facturas Electrónicas por un monto de $51.084.796.- pesos que en glosa muestran descripciones asociadas al rubro, pero no presentan respaldos de contratos que respalden dicha información, según lo solicitado en los criterios de evaluación, por lo tanto, es evaluada mediante fórmula y obtiene un porcentaje de 0,00%.
Se informa lo siguiente:
b. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR (10%)
La empresa “CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES BLESSING SPA”, RUT 77.150.271-7, no registra multa ni término anticipado de contrato con la ZB Región Metropolitana, en licitaciones anteriores, por lo tanto, obtiene un porcentaje de 10,00%.
Se informa lo siguiente:
c. PRECIO (35%).
La empresa “CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES BLESSING SPA”, RUT 77.150.271-7, presenta una oferta económica en el Anexo Oferta Económica, de $31.004.736.- (Treinta y un millones cuatro mil setecientos treinta y seis pesos) IVA incluido, lo cual, se ajusta al monto disponible para el presente contrato, por lo tanto, es evaluada y obtiene porcentaje de 35,00%.
Se informa lo siguiente:
d. GARANTIA POST VENTA EJECUCION DE LOS TRABAJOS (10%).
La empresa “CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES BLESSING SPA”, RUT 77.150.271-7, presenta en su oferta, una garantía de post venta de 12 meses, considerando fallas de materiales y/o proceso de pegado, reparación , entre otros, por lo tanto, es evaluada y obtiene porcentaje de 10,00%.
Se informa lo siguiente:
e. PLAZO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS (25%).
La empresa “CONSTRUCTORA Y TRANSPORTES BLESSING SPA”, RUT 77.150.271-7, presenta en su oferta, un plazo de 07 días corridos para la ejecución de los trabajos de reparación y mantención de la cancha , por lo tanto, es evaluada y obtiene porcentaje de 25,00%.
Se informa lo siguiente:
RESUMEN DE EVALUACIÓN.
5. Mediante la aplicación de los criterios de evaluación y bases de licitación, se informa lo siguiente:
La empresa CONSTRUCTORA Y TRANSPORTE BLESSING SPA, RUT N.°77.150.271-7, fue evaluada con un puntaje de 80%, de los requisitos solicitados.
6. Que, mediante antecedente de “Vistos 9)” se propone adjudicar la licitación pública para servicio de reparación y mantención de la cancha de pasto sintético, puntos penales y fosos de salto largo de la cancha del Estadio Militar de Santiago, instalación dependiente de la Zona de Bienestar Región Metropolitana, por el periodo de 7 (siete) días corridos, por un monto de $31.004.736.- (treinta y un millones cuatro mil setecientos treinta y seis pesos) IVA incluido, a la empresa CONSTRUCTORA Y TRANSPORTE BLESSING SPA, RUT N.°77.150.271-7, por haber obtenido un puntaje de 80%, conforme a lo señalado en las Bases de Licitación.
7. La delegación de facultades de “Vistos 10)”, en la cual el Comandante de Bienestar delega al Jefe del Estadio Militar de Santiago, la facultad de aprobar las resoluciones, bases administrativas, técnicas y anexos, emitir las resoluciones de adjudicación necesarias, celebrar contratos y/o emitir órdenes de compra y en definitiva suscribir todo documento que fuese necesario para llevar a cabo los procesos de contratación administrativa regidos por la Ley 19.886.
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1. Adjudíquese la licitación pública para el servicio de reparación y mantención de la cancha de pasto sintético, puntos penales y fosos de salto largo de la cancha del Estadio Militar de Santiago, instalación dependiente de la Zona de Bienestar Región Metropolitana, por el periodo de 7 (siete) días corridos, por un monto de $31.004.736.- (treinta y un millones cuatro mil setecientos treinta y seis pesos) IVA incluido, a la empresa CONSTRUCTORA Y TRANSPORTE BLESSING SPA, RUT N.°77.150.271-7, por haber obtenido un puntaje de 80%, conforme a lo señalado en las Bases de Licitación.
2. Suscríbase el respectivo contrato.
3. Todas las consultas relativas a esta resolución deben ser realizadas al correo electrónico en un plazo de 3 (tres) días corridos, en cumplimiento con lo señalado en el artículo 41°, inciso tercero del Reglamento de la Ley de Compras.
4. El gasto que irrogue la presente licitación privada será con cargo al Centro Financiero 350090 y Centro de Costo 1100080006.
ANÓTESE, REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y ARCHÍVESE.
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