Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 2490-43-LP21
Adjudicación Informada en portal el
1/7/2021 12:15

En Providencia, 25-06-2021
Nro de Decreto 807
Vistos
Lo dispuesto en los artículos 5 letra d), 12 y 63 letra i) de la Ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; y
Considerando
1.- Que mediante Decreto Alcaldicio EX.N°2.074 de 31 de Diciembre de 2019, se aprobaron las "BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA LA CONTRATACION DE OBRAS MEDIANTE PROPUESTA".- 2.- Que mediante Decreto Alcaldicio EX.N° 432 de 5 de Abril de 2021, se aprobaron las Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, se llamó a propuesta pública y se dejó establecida la Comisión Evaluadora para la contratación del servicio de "SPD AMPLIACION COBERTURA DE TELEPROTECCION ZONA PONIENTE, COMUNA DE PROVIDENCIA", adquisición mercado público ID 2490-43-LE21.- 3. - Que mediante Decreto Alcaldicio EX. N º 652 de 27 de Mayo de 2021, se ratificó la ACLARACION N º 1, entregada a los oferentes, a través del Portal www.mercadopublico.cl, en la propuesta pública antes mencionada.- 4.- El Acta de Apertura de la propuesta pública de fecha 28 de Abril de 2021.- 5.- El Memorándum Nº8.802 de 9 de Junio de 2021, de la Secretario Comunal de Planificación, mediante el cual se remiten los antecedentes de la propuesta mencionada, recomendando la oferta presentada por la empresa SISTEMA DE SEGURIDAD Y TECNOLOGIA SPA, como conveniente al interés municipal y que contiene la evaluación efectuada, documentos que forman parte integrante del presente decreto. - 6.- El Control de Registro de Obligaciones Nº086-2021 de 9 de Junio de 2021, de la Secretaria Comunal de Planificación.- 7.- El Acuerdo n° 1565 adoptado en la sesión ordinaria n° 187 de 22 de junio de 2021 del concejo municipal.
Resuelvo
1.- Adjudícase a la empresa SISTEMA DE SEGURIDAD Y TECNOLOGIA SPA, RUT.Nº76.564.570-0, la propuesta pública para la contratación del servicio de "SPD AMPLIACION COBERTURA DE TELEPROTECCION ZONA PONIENTE, COMUNA DE PROVIDENCIA".- 2.- La contratación deberá dar cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria existente sobre la materia, entre ellas la Ley N° 18.695, la Ley N° 19.880 que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales de Obra y Bases Técnicas, Aclaración, oferta de la empresa contratista, por los términos del contrato y demás V antecedentes del proceso y las normas de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto N º 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, y cualquier otra normativa legal y reglamentación (entre ellas Ordenanzas Municipales y Reglamentos Internos) que digan relación con la materia o naturaleza del requerimiento que se licita, documentos que forman parte integrante del presente decreto. - i Pr:?c~~?~~9a HOJA Nº2 DEL DECRETO ALCALDICIO EX.Nº S~t DE 2021 3.- La Inspección Municipal del Contrato, estará a cargo de la Dirección de Infraestructura, en adelante IMC y el funcionario a cargo será don PABLO SEBASTIAN SEPULVEDA STECK.- 4.- El contrato será a suma alzada, no estará afecto a intereses ni reajustes, por un monto total de $42.511.322.- IVA incluido.- 5.- La forma de pago será a través de estados de pago según sea el estado de avance de la ejecución de las obras, de acuerdo a los siguientes porcentajes: PRIMER ESTADO DE PAGO: Por el 40% una vez concluida la Etapa 1.- SEGUNDO ESTADO DE PAGO: Por el 60% una vez concluida la Etapa 11.- 5.1.- Los pagos se efectuarán a más tardar dentro de los 30 días siguientes desde que el IMC recepcione conforme la boleta o factura y todos los documentos solicitados para ello. 5.2.- Los items relativos a trabajos provisorios, como, por ejemplo: Instalación de faenas, letreros, aseo, etc., se pagarán en forma proporcional al avance en cada Estado de Pago.- 5.3.- Se podrá otorgar un anticipo de hasta un 30% del valor del contrato, el que deberá ser garantizado con boletas bancarias u otro instrumento financiero de la misma naturaleza que sea pagadero a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata, expresado en Unidades de Fomento, por igual valor y de vigencia no inferior a la duración total de la obra más 30 días corridos, el que se descontará en forma proporcional en el o los Estados de Pagos correspondientes y siempre que tenga aprobación del IMC.- 6.- El plazo de ejecución de las obras será de 90 días corridos, a contar del Acta de Entrega de Terreno.- 7.- El municipio podrá solicitar la ampliación o disminución del contrato o, la ejecución de obras extraordinarias, mediante Decreto Alcaldicio, entendiéndose vigente dicha modificación desde la fecha de anotación del respectivo decreto alcaldicio de aprobación en el Libro de Control de Contrato. - 7.1.- El monto máximo permitido para las disminuciones de contrato, aumentos de contrato y ejecución de obras extraordinarias, es del 30% del monto total del contrato, impuesto incluido.- 7.2.- En caso de que el monto de aumento de contrato o de obras extraordinarias supere las 100 UTM (acumulativamente) la empresa contratista deberá reemplazar o complementar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por una que cubra el nuevo monto total del contrato, conforme a lo señalado en el punto 10.1. de las Bases Administrativas Especiales de Obra. Por otro lado, las modificaciones de contrato acumulativas iguales o inferiores a las 100 UTM se entenderán cubiertas por la garantía vigente.- 8.- La Municipalidad se reserva el derecho de aplicar multas a la empresa contratista en el caso de que no haya dado cumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases que rigieron el proceso licita torio, el contrato y I o aquellas que le impone la Ley. - 8. 1.- Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, se le notificará a la empresa contratista, mediante la correspondiente anotación a través del Libro de Control de Contrato, indicándose al efecto la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa.- 1 i p~~Y.!~~~~ HOJA Nº3 DEL DECRETO ALCALDICIO EX.Nº fu?f. I DE 2021 8.2.- A contar de la notificación de la comunicación precedente, la empresa contratista tendrá un plazo de cinco dias hábiles, para efectuar sus descargos en relación al eventual incumplimiento, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, dejando además constancia de su apelación a través del Libro de Control de Contrato. - 8.3.- Encontrándose ejecutoriadas las multas aplicadas, la empresa contratista se encontrará obligada al pago de las mismas en Tesorería Municipal.- 8.4.- El monto de las multas será el que se indica en el Punto N° 17 de las Bases Administrativas Especiales de Obra de la propuesta, las cuales serán notificadas por la IMC para efectos de su aplicación. - 9.- Será responsabilidad exclusiva de la empresa contratista, la correcta ejecución de las obras contratadas, de conformidad con lo establecido en las Bases Administrativas y Técnicas, Respuestas a Consultas, oferta presentada e instrucciones del IMC, considerando para ello todos los recursos humanos, técnicos y de infraestructura que sean necesarios. Esta responsabilidad se extiende desde la notificación de la adjudicación hasta la recepción definitiva del contrato. En ese sentido, la empresa contratista se obliga a rehacer sin costo alguno para la Municipalidad y en el más breve plazo cualquier trabajo mal ejecutado o incompleto a juicio de la Municipalidad, sin que ello se considere ampliación o disminución del contrato.- 1 O.- En garantia del fiel, oportuno y total cumplimiento de todas las obligaciones que contrae la empresa contratista, deberá entregar a la firma del contrato, una garantía o caución, pagadera a la vista e irrevocable y de ejecución inmediata a favor de la Municipalidad, por un monto equivalente al 10% del valor total del contrato, expresada en pesos, moneda corriente nacional, con una vigencia mínima del plazo del contrato aumentado en 90 días corridos.- 1O.1.- Esta garantía caucionará también el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores de la empresa contratista y/o subcontratista.- 10.2.- Adicionalmente, en este mismo acto, deberá entregar una garantia de responsabilidad civil por daños a terceros, pagadera a la vista, irrevocable y de ejecución inmediata, por un monto equivalente a 50 UF, para cubrir todos los daños que con motivo de la prestación del servicio cause a terceros.- 10.3.- Si los daños provocados superasen el monto de esta garantia, la empresa contratista deberá hacerse cargo de la reposición correspondiente al saldo no cubierto por la caución.- 10.4. - Previo al último estado de pago, la empresa contratista deberá hacer entrega de una garantía que garantice la correcta ejecución de las obras. Al efecto se aceptará cualquier instrumento de garantía, pagadero a la vista e irrevocable, y de ejecución inmediata, a favor de la Municipalidad, por un monto equivalente al 3% del valor total del contrato, expresada en pesos, moneda corriente nacional, la que deberá mantenerse vigente por 12 meses contados a partir de fecha de la recepción provisoria de las obras.- 11.- La Dirección Jurídica redactará el contrato correspondiente en conformidad a lo establecido en las Bases Administrativas Generales, Bases Administrativas Especiales de Obra y Bases Técnicas, Aclaración, la oferta de la empresa contratista y demás antecedentes de la propuesta. Asimismo, deberá incorporar todas las cláusulas necesarias para dar cumplimiento a la Ley N º 20.123, en lo que corresponda, para resguardar debidamente los intereses municipales. Asimismo, la empresa contratista deberá suscribir el contrato correspondiente, dentro del décimo día hábil siguiente a la fecha de notificación de este decreto de adjudicación, publicado en el Portal www.mercadopublico.cl.- iPI:~Yl~?1 HOJA Nº4 DEL DECRETO ALCALDICIO EX.Nº &'4- / DE 2021 12.- Notifíquese el presente Decreto Alcaldicio EX. a la empresa contratista a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico), por parte de la Secretaría Comunal de Planificación. - 13.- El gasto se imputará a la: N º de Pre-Obligación : 5-725 Cuenta: 31.02.004.008.001 Subprograma: 02 CR o CMP: 41-2292 Anótese, comuníquese y archívese.-
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social I MUNICIPALIDAD DE PROVIDENCIA
Unidad de Compra Dirección de Secpla
R.U.T. 69.070.300-9
Dirección Pedro Valdivia N°963
Comuna Providencia
Ciudad en que se genera la Adquisición Región Metropolitana de Santiago
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Ricardo Antonio Quezada Cancino
Cargo Profesional Licitaciones y Concesiones
Teléfono 56-02-26543376
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 2490-43-LP21
Nombre de Adquisición AMPLICIÓN COBERTURA TELEPROTECCIÓN ZONA PONIENTE
Tipo de Adquisición Licitación Pública Mayor 1000 UTM (LP)
Descripción El presente proceso licitatorio se financiará por el programa de mejoramiento urbano “PMU” y su objetivo es contratar la Provisión e Instalación de 5 Puntos de Televigilancia en el sector Barrio Italia de la Comuna de Providencia.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 7/4/2021 17:47
Fecha de Cierre 28/4/2021 15:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 35.723.800
Monto Neto Estimado del Contrato $ 35.723.800
Análisis de valores de mercado Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
INFORME DE EVALUACIÓN SIN RUT.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTINFORME DE EVALUACIÓN SIN RUT3275 KB01-07-2021 12:07:29
ex 807 solo.pdfResolución/Decreto AdjudicaciónDEC EX N° 807 DE FECHA 25-06-2021 ADJUDICA LICITACIÓN3613 KB01-07-2021 11:50:36

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Comisión Evaluadora
RutNombreCargo
10.906.656-7LEONOR ALEJANDRA CAAMANO VARGAS  
13.483.784-5Christopher Wrighton Barahona PROFESIONAL
11983699-9luisa masiel valdes maraboliprofesional personas
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 46171610 Cámaras de seguridad
Especificaciones del Comprador : VALOR NETO POR "SPD AMPLIACIÓN COBERTURA DE TELEPROTECCIÓN ZON PONIENTE, COMUNA DE PROVIDENCIA"
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
76.069.617-k COMERCIAL CHILETRADE LIMITADA Se adjunta garantía de seriedad de oferta electrónica, dando cumplimiento a lo establecido en la directiva 34, correspondiente a ley 19.886 art 31 y 68. $ 39961350 0 0 No Adjudicada
96.858.370-0 INGESMART SPA INgesmart S.A. $ 43966680 0 0 No Adjudicada
87.606.700-5 AUTOMATICA Y REGULACION S A Oferta Neta Total $ 45264780 0 0 No Adjudicada
76.363.873-1 NETICS SPA Oferta Netics para SPD AMPLIACIÓN COBERTURA DE TELEPROTECCIÓN ZON PONIENTE, COMUNA DE PROVIDENCIA $ 40476846 0 0 No Adjudicada
76.564.570-0 SISTEMAS DE SEGURIDAD Y TECNOLOGIA SPA ampliacion de sistema providencia $ 35723800 1 35723800 Adjudicada
76.336.065-2 ZEUZ SPA oferta contempla lo requerido en itemizado $ 50001044 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 35.723.800



Monto Total Adjudicado $ 35.723.800