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1. La Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2. Las disposiciones contenidas en la Ley Nº 18.928, que fija normas sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las Fuerzas Armadas y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 95 de Hacienda del año 2006.
3. La RESOLUCIÓN EXENTA de la Dirección de Logística del Ejército, RES DEL AS JUR “E” Nº 169/2014 con fecha 14 de Enero del 2014, que delega facultades en el Director de la Escuela de Telecomunicaciones para efectuar adquisiciones de bienes corporales e incorporables muebles y contratar o convenir servicios, correspondientes a vestuario y equipo, a través de los procedimientos de contratación contemplados en la Ley Nº 19.886, y su reglamento contenido en el Decreto 250 del año 2004, modificado por el Decreto 1.562 del año 2005, la Ley 18.928 y su Reglamento contenido en el Decreto 95 del año 2006 y la Resolución N° 1600 de la Contraloría General de la Republica del año 2008.Lo establecido en la Ley Nº 19.886, Ley de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y su Reglamento contenido en el Decreto Supremo Nº 250 de Hacienda del año 2004.
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1. Se ha consultado el Convenio Marco del sitio www.mercadopublico.cl, dando cumplimiento a lo establecido en la normativa del Reglamento de la Ley Nº 19.886. No encontrándose el siguiente producto en Convenio Marco:
• 112 Mochila m-90 fabricado en cordura 600 ó 1000 impermeable color coyote hilo 100% poliamida costuras electrónicas broches de acero inoxidables acolchado en espalda de 2 o 3 cm espesor cintas imitación nylon barras de aluminio malla antitranspirarte.
• 4 Colchoneta aislante color coyote, negro o verde oliva material poliéster aislante medidas 1,80 mts. x 0,60 mts.
• 112 Bolsa para agua o camelback fabricado en cordura impermeable 600 denier color coyote hilo 100% poliamida costuras electrónicas broches de acero inoxidables 2 cintas de transporte a la espalda hombreras con acolchado malla antitranspirarte.
• 21 Saco de dormir COLOR COYOTE, negro o verde oliva temperatura -5 °c.
2. La RESOLUCIÓN EXENTA de la Dirección de Logística del Ejército, RES DEL AS JUR “E” Nº 169/2014 con fecha 14 de Enero del 2014, que delega facultades en el Director de la Escuela de Telecomunicaciones para efectuar adquisiciones de bienes corporales e incorporables muebles y contratar o convenir servicios, correspondientes a vestuario y equipo, a través de los procedimientos de contratación contemplados en la Ley Nº 19.886, y su reglamento contenido en el Decreto 250 del año 2004, modificado por el Decreto 1.562 del año 2005, la Ley 18.928 y su Reglamento contenido en el Decreto 95 del año 2006 y la Resolución N° 1600 de la Contraloría General de la Republica del año 2008.
3. Que se requiere adquirir mochilas y equipo de campaña para ser utilizado por los Cabos Dragoneantes, en actividades de campaña y/o actividades complementarias en que se requiera el uso de este elemento.
4. Que se presentaron cinco oferentes para participar en la licitación y que dos fueron rechazados por los siguientes motivos:
• Empresa “GONZALO IGNACIO CAPDEVILLE FUENZALIDA”, Rut.: 12.231.676-9, oferta rechazada por no presentar documentación Solicitada en el Ítem N° 9 “Requerimientos técnicos y otras cláusulas”, Punto N° 5 “Presentación de documentación”, y por no presentar las muestras solicitadas Ítem N° 9, Punto N° 3 “Entrega de muestras”.
• Empresa “SOC. COMERCIAL E INDUSTRIAL DBINOX LTDA”, Rut.: 76.153.660-5, oferta rechazada por no presentar documentación Solicitada en el Ítem N° 9 “Requerimientos técnicos y otras cláusulas”, Punto N° 5 “Presentación de documentación”, y por no presentar las muestras solicitadas Ítem N° 9, Punto N° 3 “Entrega de muestras”, y por sobrepasar el monto estimado para la licitación estipulado en las bases de licitación en el Punto N° 1 Art. N° 2, publicado con anterioridad en el portal www.mercadopublico.cl.
5. Que, conforme a las bases de la licitación, correspondiente al Art. N° 25, donde señala que los oferentes deberán enviar una muestra para comparar las características técnicas ofertadas con las requeridas.
6. Que, conforme al Art. 37 de las Bases de licitación, se realizara una evaluación de las muestras, conforme a los criterios de evaluación, no siendo necesariamente la de menor costo.
7. Que, conforme a lo citado en las bases y a la evaluación realizada conforme a los requerimientos técnicos solicitados, la mochila ofrecida por la empresa “COMERCIAL E INDUSTRIAL DAGOWAY TRADE LTDA”, Rut.: 78.477.490-2, no se ajustó a las exigencias, por lo que su oferta fue rechazada por no concordar con las características técnicas, solicitadas en las bases de licitación, en donde se describe que estas mochilas traigan incluido el sistema molle y funda impermeable, y al ser evaluado el producto ofertado por la empresa, la comisión percibió que estos productos propuestos no se ajustaban a los elementos descritos.
8. Que, conforme a lo citado en las bases y a la evaluación realizada conforme a los requerimientos técnicos solicitados, la mochila ofrecida por la empresa “COMERCIALIZADORA ARMA LIMITADA”, Rut.: 76.239.102-3, no se ajustó a las exigencias, por lo que una de sus dos ofertas fue rechazada por no concordar con las características técnicas, solicitadas en las bases de licitación, en donde se describe que estas mochilas sean de tela cordura 600 ó 1000, y al ser evaluado el producto ofertado por la empresa, la comisión la descarto por que este producto propuesto no se ajustaba a los elementos descritos.
9. Que, considerando las ofertas recibidas, la Escuela de Telecomunicaciones, adjudicara la oferta más ventajosa de acuerdo a los criterios de evaluación de la licitación, no siendo necesariamente la de menos costo. Publicado con anterioridad en el Art. N° 37 del Capítulo XIII “Adjudicación”, de las bases de licitación, en el portal www.mercadopublico.cl.
10. Que existen recursos aprobados para dicha adquisición.
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