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Lo dispuesto en la Ley 21.722 de Presupuesto del Sector Público correspondiente al año 2025; la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y sus modificaciones; el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda; el Convenio de Transferencia de Recursos entre la Dirección de Promoción General de Exportaciones y la Fundación Imagen de Chile, celebrado con fecha 29 de enero de 2025, aprobado por resolución afecta N° 2 y tomado razón el 26 de marzo de 2025 por la Contraloría General de la República; los poderes de representación de la Fundación Imagen de Chile don Enzo Abbagliati Boils, que constan en acta de sesión de directorio, de fecha 15 de abril de 2024, reducida a escritura pública con fecha 19 de junio de 2024, ante el Notario Público de Santiago, don Humberto Quezada Moreno. Repertorio N° 4.283-2024; los poderes de representación de la Fundación Imagen de Chile de don Claudio Acosta Espina, que constan en escritura pública de designación apoderados Clase B, de fecha 30 de diciembre de 2025, otorgada ante la Notario Público de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, doña Myriam Amigo Arancibia. Repertorio N° 10.718-2025; el acta de evaluación de fecha 14 de enero de 2026 y su correspondiente matriz de evaluación.
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Que, la Fundación Imagen de Chile, en adelante también la “Fundación”, es una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro, cuyo objetivo es la promoción de la imagen del país en el exterior, conforme a la legislación vigente, sus estatutos y los principios de transparencia, probidad y eficiencia en la gestión de recursos.
Que, con fecha 05 de noviembre del 2025 se requirió por parte de la Dirección de Marketing, los servicios de realización de la Campaña “Chile, País de Mujeres”.
Que, con fecha 21 de noviembre de 2025, la Fundación publicó las bases de licitación pública en el Sistema de Información, portal www.mercadopublico.cl, bajo el ID N° 1393575-30-LE25, para contratar los “Servicios de Producción para la realización de la campaña “Chile País de Mujeres””, en adelante también la “Licitación”.
Que, con fecha 13 de enero de 2026, se reunió la Comisión Evaluadora designada en las Bases Administrativas de la Licitación ID N° 1393575-30-LE25, compuesta por don Carlos Polanco Diaz, doña Fernanda Villalobos, Jefa de Proyectos y doña Beatriz Rogers, Coordinadora de Marca, con el objeto de evaluar las ofertas presentadas dentro del plazo establecido, de conformidad con los criterios y ponderaciones definidos en las Bases.
Que, los puntajes asignados para cada criterio de evaluación del presente proceso licitatorio son los siguientes:
Experiencia en el mercado y cantidad de proyectos implementados: 35 puntos.
Propuesta técnica: 35 puntos.
Precio: 25 puntos.
Programa de integridad: 5 puntos.
Que, el acto de apertura de la oferta técnica y económica de la Licitación se realizó el día 19 de diciembre del 2025, a las 10:05 horas.
Que, dentro del referido proceso licitatorio, se recibieron ofertas de los siguientes oferentes:
Argumental Films SpA.
Servicios Creativos CVA Ltda.
Dual SpA.
Huau Publicidad SpA.
La Caverna Sociedad Anónima.
Le Mat SpA.
Baro SpA.
Rompecabeza Agencia Digital SpA.
Aztro Comunicaciones Ltda.
Cinco Estudio Limitada.
Valentina Aylin Arteaga Nova.
Que, revisados los antecedentes administrativos exigidos en las Bases, las ofertas presentadas por Cinco Estudio Limitada y doña Valentina Aylin Arteaga Nova fueron declaradas inadmisibles, por no acompañar los Anexos Administrativos requeridos, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3.1 y en el numeral 3.9 de las Bases Administrativas, quedando excluidas del proceso de evaluación.
Que, asimismo, como resultado de la evaluación técnica, fueron declaradas inadmisibles las ofertas presentadas por Argumental Films SpA, Servicios Creativos CVA Limitada, Le Mat SpA y Aztro Comunicaciones Ltda., por no dar cumplimiento íntegro a los requerimientos técnicos establecidos en las Bases Técnicas, en particular por la omisión de antecedentes esenciales cuya falta conlleva, conforme a dichas Bases, la exclusión de la evaluación.
Que, en consecuencia, las ofertas que cumplieron con los requisitos administrativos y técnicos, y que fueron objeto de evaluación conforme a los criterios establecidos, correspondieron a las presentadas por Dual SpA, Huau Publicidad SpA, La Caverna Sociedad Anónima, Baro SpA y Rompecabeza Agencia Digital SpA.
Que, efectuado el proceso de evaluación técnica, económica, de experiencia del oferente y de programa de integridad, de acuerdo con las ponderaciones fijadas en las Bases de Licitación, la Comisión Evaluadora elaboró la respectiva matriz de evaluación final, obteniéndose los siguientes resultados:
Dual SpA: 100% de puntaje total ponderado.
La Caverna Sociedad Anónima: 99% de puntaje total ponderado.
Rompecabeza Agencia Digital SpA: 79% de puntaje total ponderado.
Huau Publicidad SpA: 77% de puntaje total ponderado.
Baro SpA: 55% de puntaje total ponderado.
Que, en mérito de lo anterior, la oferta presentada por Dual SpA, RUT 76.985.965-9, obtuvo el mayor puntaje total ponderado, cumpliendo íntegramente con los requerimientos técnicos exigidos y presentando una oferta técnica mejor evaluada, acreditando experiencia relevante en el mercado, acompañando un programa de integridad conforme a las Bases y ofertando el precio más conveniente para la Fundación; razón por la cual, resulta ser la propuesta más conveniente para los intereses de la Fundación.
Que, en este contexto, la Comisión Evaluadora propuso adjudicar la Licitación al proponente DUAL SpA, RUT: 76.985.965-9, quien obtuvo una ponderación del 100%.
Que, la oferta económica presentada por Dual SpA asciende a la suma total de $17.701.250 (diecisiete millones setecientos un mil doscientos cincuenta pesos), IVA incluido.
Que, en mérito de lo expuesto, y conforme a la propuesta contenida en el Informe Final de Evaluación, de fecha 14 de enero de 2026, corresponde adjudicar la Licitación al oferente Dual SpA, por haber presentado la oferta mejor evaluada y ajustada a las Bases de Licitación.
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DECLÁRESE INADMISIBLE las ofertas presentadas por los oferentes CINCO ESTUDIO LIMITADA, RUT 77.947.159-4 Y VALENTINA AYLIN ARTEAGA NOVA, RUT 18.404.351-3, dado que, al momento de la apertura, no presentaron los Anexos N° 1, N° 2 y N° 3, los que son obligatorios para postular al presente proceso licitatorio, conforme con lo estipulado en las Bases Administrativas y Técnicas.
DECLÁRESE INADMISIBLE las ofertas presentadas por Argumental Films SpA, Servicios Creativos CVA Limitada, Le Mat SpA y Aztro Comunicaciones Ltda., por no dar cumplimiento íntegro a los requerimientos técnicos establecidos en las Bases Técnicas, en particular por la omisión de antecedentes esenciales cuya falta conlleva, conforme a dichas Bases, la exclusión de la evaluación.
ADJUDÍCASE la Licitación Pública ID N° 1393575-30-LE25, para la contratación de la “SERVICIOS REALIZACIÓN DE LA CAMPAÑA “CHILE PAÍS DE MUJERES”, a la empresa DUAL SPA, RUT: 76.985.965-9, por la suma de $17.701.250 (diecisiete millones setecientos un mil doscientos cincuenta pesos), IVA incluido.
SUSCRÍBASE el contrato correspondiente, conforme a los términos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas, y las condiciones pactadas en la oferta presentada por el oferente DUAL SPA, RUT: 76.985.965-9
EMÍTASE la respectiva orden de compra en el Sistema de Información al oferente DUAL SpA, RUT: 76.985.965-9.
NOTIFÍQUESE por el Sistema de Información del Registro de Proveedores de Mercado Público a los oferentes interesados.
PUBLÍQUESE la presente Resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
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