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1. Que, conforme al Art. 9º de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, los contratos administrativos se celebrarán previa Propuesta Pública en conformidad a la Ley.
2. Que, conforme a lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, los organismos públicos regidos por esta Ley deberán cotizar, licitar, contratar, adjudicar etc., utilizando solamente los sistemas electrónicos o digitales que establezca al efecto la Dirección de Compras y Contratación Pública.
3. Que el servicio que se desea adquirir mediante la presente licitación, no se encuentra en catálogo electrónico del portal de Compras Públicas.
4. Que a la propuesta se presentaron las siguientes ofertas:
Nombre Oferta RUT Proveedor
Alcohol gel y alcohol 70° 76.031.071-9 Salcobrand S.A.
Alcohol gel y alcohol 70° 92.288.000-k Drogueria Hofmann SAC
Alcohol gel y alcohol 70° 76.205.137-0 COMERCIAL INTERMEDICA LIMITADA
Alcohol gel y alcohol 70° 76.174.812-2 MAURICIO ALFARO ALEGRIA PRODUCTOS MEDICOS E.I.R.L.
Alcohol gel y alcohol 70° 76.744.327-7 Comercializadora Rudy Manuel Poblete Sepúlveda EIRL
Alcohol gel y alcohol 70° 76.779.704-4 SOCIEDAD COMERCIAL MOENA SPA
Alcohol gel y alcohol 70° 76.209.015-5 SOCIEDAD INMOBILIARIA Y PRESTADORA DE SERVICIOS MEDICOS VIVIRSALUD LIMITADA
5. Que conforme al Art. 9º de la Ley N° 19.886, el órgano contratante declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases Administrativas correspondientes. Declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos, la declaración deberá efectuarse mediante Resolución fundada.
6. Que, de la revisión de antecedentes se obtiene que:
Los proveedores COMERCIAL INTERMEDICA LIMITADA, MAURICIO ALFARO ALEGRIA PRODUCTOS MEDICOS E.I.R.L., Comercializadora Rudy Manuel Poblete Sepúlveda EIRL, SOCIEDAD COMERCIAL MOENA SPA y SOCIEDAD INMOBILIARIA Y PRESTADORA DE SERVICIOS MEDICOS VIVIRSALUD LIMITADA, NO se ajustan al presupuesto destinado a este efecto, por lo que se declaran las ofertas Inadmisibles.
Los proveedores Salcobrand S.A. y Drogueria Hofmann SAC cumpeln con la presentación de los anexos solicitados y se ajustan al presupuesto destinado a este efecto, por lo que se declaran las ofertas Admisibles
7. Que, para esta licitación se establece como factores de evaluación y sus correspondientes ponderaciones Monto mínimo despacho (10%), Plazo de entrega (40%) y Precio (50%)). Que del resultado de la evaluación se obtiene:
- Monto mínimo de despacho (10%)
Monto mínimo Puntaje
No tiene monto mínimo 10
Monto mínimo entre $ 1 y $50.000 5
Monto mínimo superior a $50.000.- e inferior o igual a $ 100.000 2
Monto superior a $ 100.000 0
De la revisión de antecedentes se determina:
ALCOHOL 70° FRASCO Monto mínimo de despacho 10%
Oferente RUT Puntaje Ponderado Factor (δ)
SALCOBRAND S.A. 76.031.071-9 5 0,5
DROGUERIA HOFMANN SAC 92.288.000-k 5 0,5
- Plazo de entrega (40%)
Plazo de entrega Puntaje
Hasta 4 días 10
5 a 7 días 7
Más de 7 días 0
De la revisión de antecedentes se determina:
ALCOHOL 70° FRASCO Plazo de entrega 40%
Oferente RUT Puntaje Ponderado Factor (γ)
SALCOBRAND S.A. 76.031.071-9 10 4,0
DROGUERIA HOFMANN SAC 92.288.000-k 10 4,0
- Precio (50%)
Para el análisis del Precio de la Propuesta Ofertada se le asignó la nota para cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
(Precio menor /precio ofertado *10)
De la revisión de antecedentes se determina:
ALCOHOL 70° FRASCO Precio unitario (neto) 50%
Oferente RUT Precio unitario (neto) Precio mínimo ofertado Puntaje Ponderado Factor (α)
SALCOBRAND S.A. 76.031.071-9 $ 679 $ 679 5
DROGUERIA HOFMANN SAC 92.288.000-k $ 740 $ 679 5
De acuerdo a la evaluación descrita se establece el puntaje final para la oferta presentada a la licitación:
ALCOHOL 70° FRASCO NOTA (α) + (β) + (γ) + (δ)
Oferente RUT
SALCOBRAND S.A. 76.031.071-9 9,5
DROGUERIA HOFMANN SAC 92.288.000-k 9,1
De los oferentes evaluados, ninguno presentó oferta para el alcohol gel 340ml.
a) Que, conforme a lo anterior, la comisión propone a la Directora del Hospital, adjudicar la licitación Pública Nº 6/2020 denominada “Alcohol gel y alcohol 70” a Salcobrand S.A. RUT 76.031.071-9, representada por D. Matías Verdugo Mira, cédula de identidad Nº 13.241.974-6; por presentar una oferta adecuada a los requerimientos establecidos en las Bases de Licitación.
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