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• El Convenio de Implementación suscrito entre la I. Municipalidad de Placilla y la SEREMI V.Y U Región de O’Higgins de fecha día 22 de septiembre y aprobado por Resolución Exenta N°790 del 05 de octubre de 2020 y su última modificación suscrita el día 02 de octubre de 2023 y aprobada por Resolución Exenta N° 990 de fecha 09 de octubre de 2024 de la SEREMI V.Y U Región de O’Higgins. El cual está vigente y es un antecedente fundamental para la elaboración del convenio de ejecución y transferencia, debido a que define la creación del plan de desarrollo local y los proyectos a ejecutar.
• El Convenio de Ejecución y Transferencia de fecha 18 de diciembre 2024 suscrito entre el Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Libertador Bernardo O’Higgins, La Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador Bernardo O’Higgins y La Ilustre Municipalidad de Placilla con el propósito de transferir los recursos para la ejecución del proyecto “Mejoramiento Calle Guillermo Navarro” comuna de Placilla.
• La Resolución Exenta N° 7230 de fecha 31 de diciembre de 2024 emitida por el Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Libertador Bernardo O’Higgins, que Aprueba el Convenio de Ejecución y Transferencia de fecha 18 de diciembre de 2024.
• El Proyecto de Acuerdo N° 175 de fecha 18 de diciembre de 2024, aprobado por el H. Concejo Municipal en sesión extraordinaria 02/2024 de fecha 26 de diciembre 2024 certificada mediante acuerdo de Concejo N°164.
• Decreto Alcaldicio N°011.25 de fecha 08 de enero de 2025, que aprueba en todas sus partes el Convenio de Ejecución y Transferencia de fecha 18 de diciembre 2024 suscrito entre el Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Libertador Bernardo O’Higgins, La Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Libertador Bernardo O’Higgins y La Ilustre Municipalidad de Placilla con el propósito de transferir los recursos para la ejecución del proyecto “Mejoramiento Calle Guillermo Navarro, comuna de Placilla”, Código BIP N° 40066895-0, por un monto de M$ 174.438.-
• El Decreto Exento N°1063.24 de fecha 04 de noviembre de 2024 que deja sin efecto el Decreto Exento N°849 donde se definen las subrogaciones del cargo de la Secretaria Municipal y Designa a contar del día 04 de noviembre de 2024 al funcionario Mauricio Sáenz Tapia como subrogante de la Secretaria Municipal.
• La necesidad de contratar una empresa constructora idónea para la ejecución de la obra.
• Decreto Exento N° 240 de fecha 01 de abril de 2025; Llámese a licitación pública, Apruébese las Bases Administrativas Especiales, Formularios y Anexos elaborados para dicha licitación y Desígnese la comisión de apertura y evaluación.
• Licitación pública ID 3889-9-LQ25, publicada con fecha 11 de abril de 2025.
• El Decreto Alcaldicio N°584.25 de fecha 24 de abril de 2025; donde se designa al funcionario John Correa Contreras como Secretario Municipal subrogante.
• Acta de Apertura de fecha 09 de mayo de 2025.
• Informe Razonado de fecha 09 de mayos de 2025.
• Que a través del Decreto Exento N°333 de fecha 12 de mayo de 2025 que aprueba acta de apertura de fecha 09 de mayo de 2025 de la licitación pública ID 3889-9-LQ25 comunicó a los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl sobre la admisibilidad de sus ofertas y se declaró inadmisibilidad la oferta presentada por INGENIERIA Y TRANSPORTES KAYMAN LIMITADA, RUT: 78.819.670-9, toda vez que del análisis de la Comisión Evaluadora, que consta en Acta de fecha 09 de mayo de 2025, se indicó que el oferente individualizado no presentó la documentación requerida en formato físico, a través de oficina de partes, según lo solicitado en el numeral 6.2 de las BAE, configurándose a su respecto, una de las causales de rechazo de la oferta contenida en el numeral 6.3 de las mismas BAE, aprobadas por el Decreto Exento Nº240 de fecha 01 de abril de 2025.
• Que con fecha 14 de mayo de 2025, el proveedor INGENIERIA Y TRANSPORTES KAYMAN LIMITADA, RUT: 78.819.670-9, proveedor declarado inadmisible, ingresa un recurso de reconsideración de rechazo de su oferta.
• Que en virtud de lo expuesto y luego de realizar el análisis del requerimiento, por parte de la comisión de apertura y evaluación y unidad de asesoría jurídica del municipio, a través del ORD. N°336 de fecha 28 de mayo de 2025, se acoge y se da respuesta al requerimiento de reconsideración de rechazo de la oferta, por lo que se procede a dejar sin efecto el acta de apertura de fecha 09 de mayo de 2025, el informe razonado de fecha 09 de mayo de 2025 y el Decreto Exento Nº333 de fecha de fecha 12 de mayo de 2025, que declararon la inadmisibilidad de la oferta del proveedor INGENIERIA Y TRANSPORTES KAYMAN LIMITADA, RUT: 78.819.670-9, y que, en consecuencia, se le reincorpore a través de la plataforma www.mercadopublico.cl al proceso licitatorio para poder acceder a los antecedentes presentados y así proceder a efectuar el proceso de evaluación de conformidad a los criterios dispuestos en las bases administrativas y técnicas.
• Que, corresponde, además, retrotraer el proceso licitatorio ID 3889-9-LQ25 a un estado previo, con el fin de reincorporar la propuesta desestimada en primera instancia y proceder a la evaluación técnicas de las ofertas admisibles ajustándose a todo lo dispuesto en las bases de Licitación.
• Que la Comisión de Apertura y Evaluación decide, reincorporar la propuesta del oferente INGENIERIA Y TRANSPORTES KAYMAN LIMITADA, RUT: 78.819.670-9, a la etapa de valoración de acuerdo con los criterios de evaluación señalados para la presente licitación.
• Decreto Exento N°374 de fecha 28 de mayo de 2025; Déjese sin efecto el Acta de Apertura de fecha 09 de mayo de 2025, el Informe razonado y el decreto exento N°333 de fecha 12 de mayo de 2025 que aprueba dicha acta, Retrotráigase el procedimiento licitatorio 3889-9-LQ25 a la etapa de apertura técnica o económica, Reincorpórese al proceso la oferta presentada por el proponente INGENIERIA Y TRANSPORTES KAYMAN LIMITADA, RUT: 78.819.670-9 y Procédase a la evaluación técnica y económica.
• El rechazo del proveedor CONSTRUCTORA RIO VERDE SPA RUT: 77.106.978-9 y HÉCTOR PATRICIO CASTRO ÁVILA, RUT: 11.867.374-3 (UTP), por la falta de presentación de la documentación solicitada, a través de plataforma y la falta de firma del oferente en documentos, circunstancias que para este caso en particular son consideradas omisiones formales que no afectan la integridad o la sustancia de la propuesta.
• Que la comisión de apertura y evaluación habiendo decidido acoger el recurso de reconsideración presentado por el proponente INGENIERIA Y TRANSPORTES KAYMAN LIMITADA, RUT: 78.819.670-9, concluye que la oferta presentada por el proponente CONSTRUCTORA RIO VERDE SPA RUT: 77.106.978-9 y HÉCTOR PATRICIO CASTRO ÁVILA, RUT: 11.867.374-3, quienes concurren como una UTP, también debe ser reincorporada, de modo de aplicar al proceso licitatorio, los principios de primacía de la sustancia sobre la forma y proporcionalidad, garantía de seriedad de la oferta y su presentación electrónica y el principio de igualdad y flexibilidad de formalidades, aludidos en el documento que acepta y acoge el recurso de reconsideración interpuesto por el proponente reclamante. Efectuando estas acciones en pro de garantizar un trato igualitario entre todos los oferentes, que estos tengan las mismas oportunidades, acceso a la misma información, las mismas facilidades y las mismas bases para presentar sus ofertas.
• Que el objetivo principal de un proceso licitatorio es seleccionar la oferta más conveniente para los intereses municipales, promoviendo la mayor concurrencia de los oferentes.
• Decreto Exento N°396 de fecha 09 de junio de 2025; Apruébese, la reincorporación al proceso de la licitación pública ID 3889-9-LQ25, a través del portal www.mercadopublico.cl, de la oferta presentada por el proponente CONSTRUCTORA RIO VERDE SPA, RUT: 77.106.978-9 y HÉCTOR PATRICIO CASTRO ÁVILA, RUT: 11.867.374-3 quienes concurren a través de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y Procédase, a la evaluación técnica y económica de dicha oferta.
• Acta de Apertura de fecha 09 de junio de 2025.
• Acta de Evaluación de Experiencia de fecha 09 de junio de 2025.
• Informe Razonado de fecha 09 de junio de 2025.
• Decreto Exento N°414 de fecha 13 de junio de 2025; aprueba acta de apertura de fecha 09 de junio de 2025.
• Acuerdo de Concejo N°084/2025 de sesión ordinaria N°19/2025 de fecha 02 de julio de 2025; aprueba adjudicación licitación pública ID 3889-9-LQ25.
• Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°396-25 de fecha 25 de julio de 2025.
• Decreto Exento N°713 de fecha 27 de mayo de 2025 que define, el cuadro de subrogación de los cargos directivos y jefaturas de la Planta de la I Municipalidad de Placilla.
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