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a. Lo dispuesto en el DFL Nº1/19.653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N.º18.575, “Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado”.
b. La Ley Nº18.928, “Sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales muebles y servicios de las Fuerzas Armadas” y su reglamento complementario que fija “Normas sobre adquisiciones y enajenaciones de bienes corporales e incorporales, muebles y servicios de las Fuerzas Armadas”, especialmente la facultad de delegar las atribuciones conferidas al Director de Logística del Ejército, en el artículo 2º de dicha ley.
c. Lo dispuesto en la Ley de Bases Nº19.886, “Sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios” y su Reglamento Complementario y su modificación.
d. Lo dispuesto en la Ley N°21.634 que “Moderniza la Ley N°19.886 y otras leyes para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado”.
e. Lo establecido en la Resolución de la Contraloría General de la República N°7 de 2019 que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y N°14 de 2023, que determina los montos en Unidad Tributaria Mensuales a partir de las cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y establece controles de reemplazo cuando corresponda.
f. La Resolución del Director de Logística del Ejército, DLE AS JUR “P” Nº4182/5898/1915 Exenta de fecha 04DIC2024.
g. La Resolución “E” DIR ESC MIL OFADQ (P) Nº4182/3342/344 de fecha 18DIC2024, que aprueba las bases de la licitación pública ID. 3416-138-LE24.
h. El certificado de Formulación Presupuestaria N°25/2025 de fecha 15NOV2024.
i. La Resolución “E” DIR ESC MIL S4 OFADQ (P) Nº4182/3367/371 de fecha 31DIC2024, que aprueba las respuestas realizadas a través del foro electrónico.
j. Las Actas de recepción de muestras de fecha 30DIC2024.
k. El OF. DIVEDUC JEFEDUC DGPA (R) N.°1000/46 de fecha 02ENE2025 que “Informa aumento de vacantes para los postulantes aceptado a la ESCMIL, año 2025”.
l. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°712050/320541/2025 de fecha 16ENE2025.
m. La Resolución DIVEDUC DEPTO I (P) N°1080/368/2 Exenta de fecha 02ENE2024, que establece la subrogación del Director de la Escuela Militar.
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a) Que, la Escuela Militar realizó un proceso de licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl, identificado con el ID 3416-138-LE24 con el objetivo de adquirir calzado para los alumnos de I.A.E. de la Escuela Militar.
b) El acta de evaluación de la licitación ID 3416-138-LE24 de fecha 06ENE2025, cuyo texto es el siguiente:
ACTA DE APERTURA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS
LICITACIÓN PÚBLICA: ADQUISICIÓN DE CALZADO DE INGRESO PARA LOS ALUMNOS DE I.A.E. DE LA ESCUELA MILITAR.
ID: 3416-138-LE24
En Santiago, a seis días del mes de enero del 2025, se deja constancia que el día 30 de diciembre 2024 a las 18:01 se realizó electrónicamente la apertura de las ofertas presentadas por los licitantes que a continuación se indican:
OFERENTE RUT N°
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. 77.453.593-4
SOTO Y YANEZ LIMITADA 76.084.712-7
A. APERTURA DE OFERTAS:
A continuación, y en conformidad a lo establecido en las bases administrativas que regulan el presente acto, se verifica el cumplimiento de los requisitos de ingreso y presentación de los oferentes que participan:
1. Cumplimiento requisitos para ofertar:
a) De acuerdo a la cláusula octava “Muestras”, los oferentes deberán entregar una muestra idéntica al original de todos los productos, debidamente identificada, de acuerdo a lo siguiente:
OFERENTE MUESTRAS
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. L2 BOTÍN PLANTA GOMA
L3 ZAPATO REINA
L4 BOTÍN PLANTA SUELA
SOTO Y YANEZ LIMITADA L1 ZAPATILLAS DE DUCHA
b) De acuerdo a la cláusula novena "Oferta Administrativa" de las bases administrativas, los oferentes deberán presentar los documentos solicitados, de acuerdo a lo siguiente:
OFERENTE CERTIFICADO O ESTADO DE HABILIDAD DOC. Nº1 DOC.Nº2
ANTECEDENTES LEGALES ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. Hábil Inscrito Cumple
Adjunta Anexo N°2
SOTO Y YANEZ LIMITADA Hábil Inscrito Cumple
Adjunta Anexo N°2
c) De acuerdo a la cláusula décima “Oferta Técnico-Económica” de las bases administrativas, los oferentes deben adjuntar un archivo de acuerdo al Anexo N°3, u otro similar que contenga los mismos antecedentes con las características técnicas del producto ofertado:
OFERENTE FORMATO DE OFERTA ECONÓMICA MONTO OFERTADO MONTO OFERTADO PLAZO DE ENTREGA GARANTÍA
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. Cumple
Adjunta Anexo N°3 Botín P/ Goma
Zapato Reina
Botín P/Suela $15.587.700
$ 2.731.200
$16.776.000 20 días 24 meses
SOTO Y YANEZ LIMITADA Cumple
Adjunta Anexo N°3 Zapatilla Ducha $ 1.104.000 10 días 24 meses
2. Luego del proceso de apertura y de la correspondiente revisión de antecedentes y anexos por parte del personal a cargo de la evaluación, se consideran admisibles las ofertas presentadas por CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. y SOTO Y YANEZ LIMITADA, por tanto, pasan a matriz de evaluación.
B. EVALUACIÓN DE OFERTAS
1. La evaluación se realizó de acuerdo al análisis de los criterios establecidos en las bases administrativas y técnicas, como a continuación se indica:
CRITERIOS PONDERACIÓN PUNTAJES
Precio 80% 100 puntos: Oferta de menor valor neto por línea, el que se considerará como valor base para el cálculo porcentual del puntaje, el resto de las ofertas de acuerdo a la siguiente fórmula:
PUNTAJE=((Precio mínimo ofertado)/(Precio Ofertado))*100
Plazo de Entrega 10% 100 puntos: Para la oferta que presente el menor plazo de entrega (días corridos), una vez emitida la orden de compra, el que se considerará como base para el cálculo porcentual del puntaje, para el resto de las ofertas de acuerdo a la siguiente fórmula:
PUNTAJE=((Plazo mínimo ofertado)/ ((Plazo Ofertado))*100
0 Punto: No expresa en formato numérico o indica días hábiles.
PLAZO MAXÍMO: 20 días corridos, aparte de una vez enviado el tallaje.
NOTA: Las ofertas que no indiquen el plazo de entrega, o bien superen el plazo máximo, no serán consideradas en la matriz de evaluación el plazo de entrega de botín plata goma, botín planta suela y zapato reina comenzará a transcurrir una vez enviado el tallaje.
Garantía del producto
5% Se evaluará de acuerdo al tiempo de garantía en cuanto a cambio de artículo con desgaste o deterioro, producto de fallas en la confección o de materia prima, que oferte indique, y desacuerdo a lo siguiente:
100 puntos: Para la oferta que presente el mayor plazo de garantía (meses), el que se considerará como base para el cálculo porcentual de puntaje para el resto de las ofertas de acuerdo a la siguiente fórmula: Puntaje= ((Garantía ofertada)/ (Mayor garantía))*100.
0 puntos: No expresa en formato numérico.
Garantía: Máximo 24 meses.
En caso de presentar una garantía superior a 24 meses se le asignara el máximo de puntaje y del resto de las ofertas serán evaluadas conforme a 24 meses el máximo.
Nota: Para las ofertas que no indiquen o no ofrezcan garantía, no serán considerados en la matriz de evaluación.
Cumplimiento de requisitos administrativos 5 % Este criterio será aplicado en base a los documentos solicitados en cláusula décima segunda: (Doc. Nº 1 y 2).
100 puntos: A los oferentes que presenten su oferta cumpliendo todos los requisitos administrativos de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, hasta antes del cierre de presentación de las ofertas.
50 Puntos: Al oferente que haya incumplido los requisitos administrativos o haya omitido antecedentes o certificados con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2º del reglamento de la ley Nº 19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes.
0 Puntos: Oferentes que no adjunten antecedentes que hayan sido solicitados mediante foro electrónico.
2. Matriz de evaluación:
LINEA Nº1 ZAPATILLA DE DUCHA
Oferentes Monto Total Neto Precio
80% Plazo de entrega
10% Garantía
5% Cump. de los Req. formales 5% Total
Ptos. Ptos
Pond. Días Ptos. Ptos.
Pond. Meses Ptos. Ptos.
Pond. Ptos. Ptos.
Pond.
SOTO Y YANEZ LIMITADA $1.104.000 100 80 10 100 10 24 100 5 100 5 100
LINEA Nº2: BOTIN DE GOMA
Oferentes Monto Neto Precio
80% Plazo de entrega
10% Garantía
5% Cump. de los Req. formales 5% Total
Ptos. Ptos
Pond. Días Ptos. Ptos.
Pond. Meses Ptos. Ptos.
Pond. Ptos. Ptos.
Pond.
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. $15.587.700 100 80 20 100 10 24 100 5 100 5 100
LINEA Nº3: ZAPATO REINA
Oferentes Monto Neto Precio
80% Plazo de entrega
10% Garantía
5% Cump. de los Req. formales 5% Total
Ptos. Ptos
Pond. Días Ptos. Ptos.
Pond. Meses Ptos. Ptos.
Pond. Ptos. Ptos.
Pond.
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. $2.731.200 100 80 20 100 10 24 100 5 100 5 100
LINEA Nº4: BOTIN DE SUELA
Oferentes Monto Neto Precio
80% Plazo de entrega
10% Garantía
5% Cump. de los Req. formales 5% Total
Ptos. Ptos
Pond. Días Ptos. Ptos.
Pond. Meses Ptos. Ptos.
Pond. Ptos. Ptos.
Pond.
CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. $16.776.000 100 80 20 100 10 24 100 5 100 5 100
c) Que, el personal a cargo de la evaluación, producto del estudio de las ofertas recibidas en la señalada licitación pública, y de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en las bases, propone la adjudicación a los oferentes CENTRO DE DESARROLLO DEL CUERO, CALZADO Y CONFECCIÓN SPA. (Líneas N°2,3 y 4) y al oferente SOTO Y YANEZ LIMITADA (línea N°1), por constituir sus ofertas las más convenientes para los intereses del Instituto.
d) Que, atendido a lo dispuesto en el documento de “Vistos j”, emitido por el Jefe de Estado Mayor de la División Educación que aumenta las vacantes para los postulantes aceptados a la Escuela Militar para el año 2025.
e) Que, conforme a lo establecido en la cláusula trigésima primera “aumento o disminución de cantidades contratadas o modificaciones al contrato”, la Escuela Militar podrá aumentar las cantidades contratadas de acuerdo a las necesidades institucionales hasta en un 30% (treinta por ciento), en cuyo caso el proveedor tendrá derecho a su pago, a los precios fijados en la respectiva resolución de adjudicación y contrato.
f) Que, en razón de ello, y conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria de “Vistos k”, el Instituto tiene la necesidad de aumentar los productos licitados.
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