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Las atribuciones que me confieren la Ley Nº18.695 de fecha 31 de marzo de 1988, Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones; la ley N° 19.880, sobre Bases de Procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del estado; la Ley Nº 19.886, Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y su correspondiente Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones; la ley N° 21.180, sobre Transformación Digital del Estado, la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma; el DFL 1 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, de fecha 09 de noviembre de 2020; el Fallo del Tribunal Electoral Regional de Aysén de fecha 07 de junio del 2021; el Acta de Constitución del Honorable Concejo Municipal de la comuna de Coyhaique de fecha 28 de junio de 2021, y,
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1. Que, mediante Resolución Exenta N°8201/2021, de fecha 12.10.2021, de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, se aprobó y distribuyo recursos del Programa Mejoramiento Urbano y Equipamiento Comunal-fondo de Emergencia Transitorio Covid-19, comuna de Coyhaique, para el proyecto denominado: “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS”, CÓDIGO 1-C-2020-1701.
2. Que, mediante Decreto Alcaldicio N°259 de fecha 19 de enero de 2022, se aprobó proyecto y distribuyó recursos del programa equipamiento comunal -Fondo de emergencia transitorio Covid-19 Comuna de Coyhaique, para la ejecución del proyecto “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS”.
3. Que, mediante Decreto Alcaldicio N°1396, de fecha 08 de abril de 2022, se aprobó bases administrativas, técnicas y formularios; llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl del proyecto: “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701, del proceso licitatorio ID 2494-10-LP22.
4. Que, por Decreto Alcaldicio N°1655, de fecha 26 de abril de 2022, se modifica decreto N° 1396 de fecha 08 de abril de 2002, que aprobó bases administrativas, técnicas y formularios; llama a licitación pública a través del portal www.mercadopublico.cl del proyecto: “CONSTRUCCION AREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701, del proceso licitatorio ID 2494-10-LP22.
5. Que, mediante Decreto Alcaldicio N°1773, de fecha 04 de mayo de 2022, se designó integrantes y respectivos reemplazantes para comisión de apertura y evaluación licitación ID 2494-10-LP22.
6. Que, la resolución de acta de deserción, de fecha 09 de mayo de 2022, la cual señala: esta licitación no tiene ofertas por lo que se declara desierta, según el artículo 9 de la ley N°19.886.
7. Que, mediante Decreto Alcaldicio N°1923 de fecha 16 de mayo de 2022, se declaró desierta licitación pública: “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701, ID 2494-10-LP22.
8. Que, mediante Ord. N° 2166 de fecha 14 de septiembre de 2022, el Municipio de Coyhaique, solicita modificación del Proyecto denominado: “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701.
9. Que, mediante a Oficio N°3739/2022 de la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, se suplementa los fondos aprobados en $14.963.897.- (24.95% del monto a probado, quedando un monto total de $74.944.975, para la ejecución del proyecto denominado: “CONSTRUCCION AREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701.
10. El Decreto Alcaldicio N°4818 de fecha 29 de noviembre de 2022, que: “APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y FORMULARIOS; LLAMA A LICITACIÓN PÚBLICA A TRAVÉS DEL PORTAL WWW.MERCADOPUBLICO.CL DEL PROYECTO “CONSTRUCCION AREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701 y llama a licitación pública a través del sitio de internet www.mercadopublico.cl.”, publicada bajo la ID 2494-42-LP22.
11. Que, mediante Decreto Alcaldicio N°5105 de fecha 15 de diciembre de 2022, que “Designa integrantes y respectivos reemplazantes para la comisión de apertura y evaluación licitación ID 2494-42-LP22, Denominada; “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701
12. Que, mediante Decreto Alcaldicio N°5148 de fecha 20 de diciembre de 2022, se modifica Decreto Alcaldicio N° 5105 de fecha 15 de diciembre de 2022, que “Designa integrantes y respectivos reemplazantes para la comisión de apertura y evaluación licitación ID 2494-42-LP22, Denominada; “CONSTRUCCIÓN ÁREA DE ESPARCIMIENTO CLUB DEPORTIVO SOCIAL SEIS LAGUNAS” CÓDIGO 1-C-2020-1701
13. El acta de apertura electrónica, de fecha 30 de diciembre de 2022, en donde se rechaza y acepta las siguientes ofertas recibidas, las cuales se individualizan a continuación:
A. RAZÓN SOCIAL INGENIERÍA, CONSTRUCCIÓN Y TRANSPORTE ROBERTO MARCELO PATRICIO MARTÍNEZ MUÑOZ E.I.R.L, 76.080.647-1: Oferta Aceptada, cumple con los antecedentes solicitados el punto N°9.2.1 GENERALIDADES, de las bases administrativas, que indica “En el acto de apertura se revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentadas vía electrónica en tiempo y forma. La garantía presentada por el oferente, se encuentra conforme a lo estipulado en el numeral N° 7 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
B. UTP MARIO FUENTES BARRIENTOS Y GABRIEL EDUARDO FUENTES BARRIENTOS E.I.R.L, APODERADO GABRIEL EDUARDO FUENTES BARRIENTOS E.I.R.L, REPRESENTADA POR DON GRABRIEL FUENTES BARRIENTOS RUT N°76.548.971-7: Oferta Aceptada, cumple con los antecedentes solicitados el punto N°9.2.1 GENERALIDADES, de las bases administrativas, que indica “En el acto de apertura se revisará que todas las propuestas y documentos hayan sido presentadas vía electrónica en tiempo y forma. La garantía presentada por el oferente, se encuentra conforme a lo estipulado en el numeral N° 7 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
C. RAZÓN SOCIAL PUBLICTRAIL INVESTMENT LTDA. 77.500.124-0: Oferta Rechazada, Oferente no presenta: Garantía seriedad oferta, de acuerdo al Numeral 7 de las bases administrativas y Formularios Tec-2: Análisis de precios unitarios; Detalle de cálculos de los gastos generales; Formulario Tec-4: Nomina de Profesionales y/o staff administrativo del servicio; Formulario Tec-5: Declaración jurada simple de comportamiento contractual; Certificado de capital y Anexo 1. De acuerdo a lo anterior y lo señalado en el numeral 9.2 De la apertura, 9.2.1 GENERALIDADES, se rechaza oferta y por ende se declara oferta inadmisible la oferta.
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