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La ley 17.301, que crea la Junta Nacional de Jardines Infantiles y sus modificaciones; el Reglamento de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establecido por D.S. N°1574, de 1971, del Ministerio de Educación; en el Decreto 98, de fecha 17 de marzo de 2015, que designa a doña Desirée López de Maturana Luna, como Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles; en la Resolución N°0026, de 4 de febrero de 2000, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que Delega facultades que indica en Directoras Regionales; en la Resolución Exenta N° 131, de 2015, de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que nombra Directora de la Junta Nacional de Jardines Infantiles Región Metropolitana, a doña María Teresa Vio Grossi; Resolución Exenta N° 015/0907, de 2015, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, que “Aprueba Manual de Procedimientos de Adquisiciones”; el Decreto con Fuerza de Ley N° 1-19.653 de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones; en la Ley Nº 20.882, de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; en el Decreto Supremo N° 1044, de 11 de Agosto de 2016, del Ministerio de Hacienda, que identifica iniciativas de inversión en el presupuesto del sector público, Código BIP: 30476384-0; en la Resolución N°157, de 3 de septiembre de 2014, modificada por la Resolución N°151, de agosto de 2015, que aprueba bases tipo, anexo complementario, anexos de licitación, bases técnicas y contrato tipo para la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras, para la construcción de Jardines Infantiles; en la Resolución Exenta N°015/0530 de 09 de Marzo de 2017 de la Dirección Regional Metropolitana de la Junta Nacional de Jardines Infantiles que aprobó anexo complementario y llamó a licitación pública para la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras y demás antecedentes tenidos a la vista.y, la Resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y, la demás normativa aplicable.
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1. Que, decreto identificatorio N°278 de fecha 23 de Febrero del 2017, la Dirección Regional Metropolitana de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, solicitó la contratación del Diseño de Especialidades y Ejecución de Obras de Construcción de Salas Cuna y Jardín Infantil Puerto Edén, comuna de La Florida, para la Junta Nacional de Jardines infantiles.
2. Que, mediante Resolución N° 157, de 3 de septiembre de 2014, y su modificación aprobada por Resolución N°151, de agosto de 2015, se dispuso la aprobación de Bases Administrativas Tipo, Anexo Complementario, Bases Técnicas, Anexos para la Licitación y Contrato Tipo de diseño de especialidades y Ejecución de Obras y Contrato tipo para la Construcción de Jardines Infantiles, tomadas razón por la Contraloría General de la República, con fecha 22 de septiembre de 2014.
3. Que, por Resolución Exenta Nº 015/0530 de 09 de Marzo de 2017 de la Dirección Regional Metropolitana, se autorizó el llamado a Licitación Pública, aprobó anexo complementario y ordenó utilizar las bases administrativas y técnicas tipo, señaladas en el numeral anterior, para la contratación del diseño de especialidades y ejecución de obras de Construcción de Salas Cuna y Jardín Infantil Puerto Edén, comuna de La Florida, Proyecto Código BIP N°30476384-0, y demás antecedentes tenidos a la vista, que fue publicado con fecha 09 de Febrero de 2017 en el Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público, con el número de identificación ID N° 856-15-LR17.
4. Que conforme lo señala el Acta de Evaluación, emitida por la Comisión evaluadora, designada mediante Resolución N°015/530 de 09 de Marzo de 2017, citada en el visto, con fecha 16 de Marzo de 2017, se realizó Visita a terreno, de carácter obligatoria, a la que asistieron las siguientes interesados:
a. Anselmo Farías , Rut: 7.836.330-4
b. Loma Verde Ingeniería y Construcción SPA, Rut: 77.486.070-3
c. LH Ingeniería SPA, Rut: 76.617.036-6
d. Constructora Ingeytec Ltda., Rut: 76.115.456-7
e. Ryal Construcción y Servicios SPA, Rut: 76.348.829-2
f. Sarey SPA, Rut: 76.278.644-3
g. Constructora Fann S.A, Rut: 76.272.211-9
h. Constructora Kohn y Salinas Ltda., Rut: 77.967.890-3
i. Armove Ingeniería y Construcción SPA, Rut: 76.476.043-3
j. Empresa Constructora Basal Ltda., Rut: 76.774.320-3
k. Hp Constructora SPA, Rut: 76.340.812-4
l. Construcción Ingeniería y Montaje S.A, Rut: 76.380.452-6
m. Constructora Nogal Ltda., Rut: 78.606.340-k
n. Payan Ingeniería y Construcción Ltda., Rut: 76.032.251-2
o. Constructora Julio López Navarro Ltda., Rut: 76.016.191.8
p. Ingeniería y Construcción Sivec Ltda., Rut: 77.858.110-8
q. Sc Construcciones Ltda., Rut: 76.168.228-8
r. Constructora y Gestiones Inmobiliaria Ingearq S.A, Rut: 99.582.210-9
s. Sociedad Comercial Lennox Ltda. ,Rut: 76.085.820-k
t. Sociedad Constructora e Inmobiliaria Boulett y Cía. Ltda., Rut: 76.179.031-5
u. BPI Construcciones S.A, Rut: 76.228.707-2
v. Cavieres y Arquitectos S.A, Rut: 77.310.770-k
w. Constructora Batuco S.A, Rut: 76.709.590-2
x. Sociedad de Ingeniería y Construcción VPP, Rut: 76.026.794-5
y. Consultora BFL Ltda., Rut: 76.484.081-k
z. Constructora Alhambra SPA, Rut: 76.433.197-4
aa. Rodolfo Molina Hermosilla, Rut: 8.359.026-2
bb. Pablo Osorio Santibáñez, Rut: 15.032.190-5
cc. Vimac S.A, Rut: 76.440.098-4
dd. Promotion Advanges SPA, Rut: 76.154.572-8
ee. Sociedad Constructora Ingeniería y Tecnología Ltda., Rut: 77.299.500-8
ff. Constructora Bimoli Ltda., Rut: 77.025.480-9
gg. Constructora de Praga SPA, Rut: 76.007.523-k
hh. Constructora Peuma Ltda., Rut: 76.231.055-0
5. Que se recibieron dentro del plazo establecido en las Bases de Licitación, las garantías de seriedad de la oferta de los siguientes proponentes.
a. Anselmo Farías , Rut: 7.836.330-4
b. Constructora Ingeytec Ltda., Rut: 76.115.456-7
c. Ryal Construcción y Servicios SPA, Rut: 76.348.829-2
d. Sarey SPA, Rut: 76.278.644-3
e. Constructora Kohn y Salinas Ltda., Rut: 77.967.890-3
f. Armove Ingeniería y Construcción SPA, Rut: 76.476.043-3
g. Empresa Constructora Basal Ltda., Rut: 76.774.320-3
h. Construcción Ingeniería y Montaje S.A, Rut: 76.380.452-6
i. Payan Ingeniería y Construcción Ltda., Rut: 76.032.251-2
j. Constructora Julio López Navarro Ltda., Rut: 76.016.191.8
k. Ingeniería y Construcción Sivec Ltda., Rut: 77.858.110-8
l. Sc Construcciones Ltda., Rut: 76.168.228-8
m. Sociedad Comercial Lennox Ltda. ,Rut: 76.085.820-k
n. BPI Construcciones S.A, Rut: 76.228.707-2
o. Constructora Batuco S.A, Rut: 76.709.590-2
p. Sociedad de Ingeniería y Construcción VPP, Rut: 76.026.794-5
q. Consultora BFL Ltda., Rut: 76.484.081-k
r. Constructora Bimoli Ltda., Rut: 77.025.480-9
s. Constructora de Praga SPA, Rut: 76.007.523-k
6. Que con fecha 11 de Abril de 2017 se procedió al Acto de apertura de ofertas recibiéndose las ofertas de los siguientes proponentes:
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL RUT
Anselmo Farías 7.836.330-4
Constructora Ingeytec Ltda 76.115.456-7
Ryal Construcción y Servicios SPA 76.348.829-2
Sarey SPA 76.278.644-3
Constructora Kohn y Salinas Ltda 77.967.890-3
Armove Ingeniería y Construcción SPA 76.476.043-3
Empresa Constructora Basal Ltda 76.774.320-3
Construcción Ingeniería y Montaje S.A 76.380.452-6
Payan Ingeniería y Construcción Ltda 76.032.251-2
Constructora Julio López Navarro Ltda 76.016.191.8
Ingeniería y Construcción Sivec Ltda 77.858.110-8
Sc Construcciones Ltda 76.168.228-8
Sociedad Comercial Lennox Ltda 76.085.820-k
BPI Construcciones S.A 76.228.707-2
Constructora Batuco S.A 76.709.590-2
Sociedad de Ingeniería y Construcción VPP 76.026.794-5
Consultora BFL Ltda 76.484.081-k
Constructora Bimoli Ltda 77.025.480-9
Constructora de Praga SPA 76.007.523-k
7. Q
7. Que, el siguiente proveedor no cumplió con lo establecido en las bases administrativas y técnicas por lo cual no fueron evaluados:
NOMBRE O RAZON SOCIAL MOTIVOS
Consultora BFL Ltda Debido a que no subió en su oferta anexo N°9, Oferta Económica.
8. Que, consecuente con lo anterior, se continuó con el proceso de evaluación en relación a las ofertas presentadas por los siguientes proponentes:
a. Anselmo Farías , Rut: 7.836.330-4
b. Constructora Ingeytec Ltda., Rut: 76.115.456-7
c. Ryal Construcción y Servicios SPA, Rut: 76.348.829-2
d. Sarey SPA, Rut: 76.278.644-3
e. Constructora Kohn y Salinas Ltda., Rut: 77.967.890-3
f. Armove Ingeniería y Construcción SPA, Rut: 76.476.043-3
g. Empresa Constructora Basal Ltda., Rut: 76.774.320-3
h. Construcción Ingeniería y Montaje S.A, Rut: 76.380.452-6
i. Payan Ingeniería y Construcción Ltda., Rut: 76.032.251-2
j. Constructora Julio López Navarro Ltda., Rut: 76.016.191.8
k. Ingeniería y Construcción Sivec Ltda., Rut: 77.858.110-8
l. Sc Construcciones Ltda., Rut: 76.168.228-8
m. Sociedad Comercial Lennox Ltda. ,Rut: 76.085.820-k
n. BPI Construcciones S.A, Rut: 76.228.707-2
o. Constructora Batuco S.A, Rut: 76.709.590-2
p. Sociedad de Ingeniería y Construcción VPP, Rut: 76.026.794-5
q. Constructora Bimoli Ltda., Rut: 77.025.480-9
r. Constructora de Praga SPA, Rut: 76.007.523-k
9. Que la Comisión Evaluadora, designada mediante Resolución N°015/530 de 09 de Marzo de 2017, citada en el visto, procedió a la evaluación de las ofertas técnicas y económicas recibidas, conforme los siguientes criterios de evaluación establecidos en el punto 23 de las bases Administrativas de Licitación:
Criterios de Evaluación Técnica:
OFERTA TÉCNICA
(65%)
Experiencia profesional de los encargados de estudios y diseño de especialidades
Experiencia del profesional 1
(7,5%)
Más de 15 proyectos 10
desde 11 a 15 proyectos 6
desde 6 a 10 proyectos 3
De 0 a 5 proyectos 1
Experiencia del profesional 2
(7,5%)
Más de 15 proyectos 10
desde 11 a 15 proyectos 6
desde 6 a 10 proyectos 3
De 0 a 5 proyectos 1
Experiencia del oferente
Experiencia en Obras construidas
(30%) Más de 5.000 de m2 construidos ponderados 10
Desde 2.501 m2 hasta 5.000 m2 construidos ponderados 5
Desde 0 hasta 2.500 m2 construidos ponderados 1
Experiencia del Profesional Residente de Obra
(20%) Más de 5.000 de m2 construidos ponderados 10
Desde 2.501 m2 hasta 5.000 m2 construidos ponderados 5
Desde 0 hasta 2.500 m2 construidos ponderados 1
Criterio de Evaluación Económica:
OFERTA ECONÓMICA
(30%)
Presupuesto Ofertado
(30%) Mejor Oferta Económica 10
Resto de los oferentes
Criterio de Evaluación Formal:
FORMALIDAD
(5%) Se asignará el máximo de puntaje al oferente que cumpla con la entrega de todos los antecedentes formales dentro del plazo según cronograma de licitación. 10
Los antecedentes o certificados solicitados fueron presentados dentro del plazo extraordinario otorgado según las bases. 3
10. Que, la Comisión de Evaluación a través del Acta de Evaluación y Adjudicación de fecha 17 de Abril de 2017, ha asignado los siguientes puntajes por oferta:
Proyecto código BIP 30476384-0:
Proponente PTEC Puntaje Técnico PEC
Puntaje Económico PFORM
Puntaje Formalidad PF(i)
1 ANSELMO FARIAS AGUILERA 10.00 9.46 10.00 9.84
2 CONSTRUCTORA JULIO LOPEZ NAVARRO LTDA 9.08 9.27 3.00 8.83
3 CONSTRUCCION INGENIERIA Y MONTAJE SA 6.31 9.74 3.00 7.17
4 BPI CONSTRUCCIONES SA
10.00 9.76 3.00 9.58
5 PAYAN INGENIERIA Y CONSTRUCCION LTDA 10.00 8.72 10.00 9.62
6 SOCIEDAD COMERCIAL LENNOX LTDA 10.00 9.35 10.00 9.80
7 ARMOVE INGENIERIA Y CONSTRUCCION SPA 10.00 9.38 3.00 0.00 (Fuera de Bases)
8 RYAL CONSTRUCCION Y SERVICIOS SPA 10.00 9.44 3.00 9.48
9 EMPRESA CONSTRUCTORA BASAL LTDA 10.00 9.74 3.00 9.57
10 SC CONSTRUCCION LTDA 9.54 7.79 10.00 9.04
11 CONSTRUCTORA INGEYTEC LTDA 9.54 9.58 3.00 9.22
12 CONSTRUCTORA BATUCO LTDA 10.00 9.56 10.00 9.87
13 SAREY SPA 9.54 9.35 10.00 9.51
14 INGENIERIA Y CONSTRUCCUION SIVEC LTDA 9.19 9.40 10.00 9.30
15 CONSTRUCTORA DE PRAGA SPA 9.54 9.31 3.00 9.14
16 SOCIEDAD INGENIERIA Y MANTENCION VPP LTDA 3.77 9.41 3.00 5.42
17 CONSTRUCTORA KOHN Y SALINAS LTDA 8.46 10.00 10.00 9.00
18 CONSTRUCTORA BIMOLI LTDA. 10.00 9.64 3.00 9.54
10. Que en relación al Proyecto Código BIP 30476384-0, la oferta presentada por la empresa Consultora BFL Ltda., Rut: 76.484.081-k, la Comisión Evaluadora, en el punto 8 del acta de evaluación ya singularizada, señala: ” La comisión ha considerado no evaluar oferta de Consultora BFL Ltda., debido a que no subió en su oferta anexo N°9, Oferta Económica”. La oferta presentada por la empresa Armove Ingeniería y Construcción S.P.A Rut: 76.476.043-3, la comisión evaluadora, en el punto 17 del acta de evaluación ya singularizada, señala: “La comisión ha considerado dejar fuera de bases a los siguientes oferentes:Armove Ingeniería y Construcción S.P.A, ya que no respondió la consulta efectuada con fecha 11 de Abril, vía Foro Inverso, donde se solicitaba rectificar anexo N° 7 y 8, indicando los Metros cuadrados del Terreno”. Dado lo anterior, determinó que dichas ofertas, se consideran fuera de bases, ya que los oferentes no cumplen con los requeistos definidos en las bases de licitación.
11. Que por su parte, el punto 27 de las bases de licitación establece: “La Junta Nacional de Jardines Infantiles declarará fundadamente inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación”.
12. Que conforme los antecedentes que se tuvieron a la vista y los hechos expuestos en los considerandos precedentes, se estima procedente adjudicar el presente proceso de licitación pública: en relación al proyecto Código BIP 30476384-0 a la empresa CONSTRUCTORA BATUCO S.A, RUT: 76.709.590-2
13. Que, en atención a que dio cumplimiento a los requisitos exigidos en las Bases de Licitación, obteniendo una calificación final de 9.87 puntos, la que resulta ventajosa teniendo en cuenta las condiciones y criterios objetivos de evaluación contenidos en las Bases de Licitación, a los que alude la norma contenida en el inciso segundo del artículo 10° de la Ley Nº 19.886 y el numeral 7, del artículo 22 de su Reglamento, ambos cuerpos normativos citados en el Visto.
14. Que según lo dispuesto en el punto 27 de las bases de licitación en relación al punto 8 del Anexo Complementario, ya citados, los oferentes podrán efectuar consultas respecto del presente acto, con el responsable del contrato, doña Sofía Villalobos, casilla de correo electrónico savillalobos@junji.cl
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