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1º Que, en virtud de la Ley N°20.378, se creó un mecanismo de subsidio de cargo fiscal, des nado a
compensar los menores pagos que realizan los estudiantes en los servicios de transporte público
remunerado de pasajeros.
2º Que, el ar culo 5° de la ley antes referida, establece que, en las mismas zonas contempladas en los
ar culos 3°, literal b), y 4°, podrán des narse recursos de subsidio, sobre la base de criterios de impacto y, o
rentabilidad social, a un Programa de Apoyo al Transporte Regional.
3º Que, la administración del Programa de Apoyo al Transporte Regional corresponde a este Ministerio,
para cuyos efectos debe sujetarse a las normas establecidas para la distribución de los recursos entre
proyectos, su implementación y operación, contenidas en el D.S. N° 4, citado en el visto, en adelante
denominado genéricamente como “el Reglamento”.
4º Que de conformidad a lo es pulado en el ar culo 2º del Reglamento, el Ministerio está facultado para
determinar directamente por cada región los proyectos a subsidiar y ejecutar, conforme a criterios que
evalúen su grado de impacto y, o rentabilidad social.
5º Que, en dicho contexto, mediante el Decreto Exento N° 2540, de 31 de diciembre de 2018, del Ministerio
de Transportes y Telecomunicaciones, y mediante la Resolución Exenta N° 839, de 10 de junio de 2019, de
la Intendencia de la Región de Los Lagos, se aprobó el Convenio de Transferencia de Recursos suscrito el 11
de diciembre de 2018, entre la Subsecretaría de Transportes y la Intendencia de la Región de Los Lagos,
actual Delegación Presidencial Regional de Los Lagos, en adelante “el Convenio”.
De acuerdo con lo establecido en la cláusula segunda del Convenio, se determinó que éste ene por objeto
regular los términos y condiciones de la trasferencia de recursos, por parte de la Subsecretaría de
Transportes, por un monto total de $60.000.000 (sesenta millones de pesos chilenos), con la finalidad de
ejecutar la inicia va denominada “Evaluación Sistema de Transporte Público de Castro y Quellón”.
Asimismo, su cláusula octava estableció una vigencia de 36 meses contados desde la total tramitación del
último acto administrativo aprobatorio con posibilidad de prórroga.
Posteriormente dicho instrumento fue rec ficado por medio del Decreto Exento N°2548, de 31 de
diciembre 2018 y modificado a través del Decreto Exento N°3534 de 15 de diciembre de 2021, ambos del
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
6º Que, mediante el Decreto Exento N° 3096, de 5 de sep embre de 2022, de esta cartera de estado se
extendió la vigencia del convenio antes señalado hasta el 10 de junio de 2024, en virtud de lo dispuesto en
la cláusula, octava del convenio y previa autorización otorgada por el Ministerio de Hacienda. A su vez
dicha prórroga fue aprobada por parte de la Delegación Presidencial mediante la Resolución Exenta N° 609
de 30 de septiembre de 2022.
1
Adicionalmente a lo anterior, a través del Decreto Exento N° 4830 de 28 de diciembre de 2023, de este
Ministerio, se aprobó la modificación del presente convenio aumentando el monto asignado para la
ejecución de la respec va inicia va a un total de $93.000.000.‐. Dicha modificación fue aprobada por la
Delegación Presidencial mediante la Resolución Exenta N° 24 de 15 de enero de 2024.
7º Que, encontrándose en ejecución el referido convenio, la Delegada Presidencial de la Región de los
Lagos, por intermedio de Oficio N° 415, del 22 de mayo de 2024, solicitó la extensión del plazo de vigencia
del convenio de transferencia de recursos a que se refiere este instrumento, por 18 meses adicionales
fundando dicho requerimiento en lo argumentado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y
Telecomunicaciones a través del Oficio N° 15121 de 2024, que indica en lo medular que (…)se ha tenido que
u lizar un empo extra para lograr el aumento del monto y posteriormente modificar las Bases para el
llamado a licitación del estudio, agregando antecedentes a obtener que permitan una mejor precisión de
los futuros servicios de transporte, es que se ha es mado per nente elevar a esa Delegación Presidencial
Regional, la solicitud de ampliación del plazo del Convenio en 18 meses.”
8º Que, al respecto, el Coordinador Regional TPR de la División de Transporte Público de la Región de la Los
Lagos, mediante Minuta Técnica de 30 de abril de 2024, se pronunció respecto a la inicia va a que refiere el
presente acto administra vo, dando cuenta de sus antecedentes generales, la jus ficación para la
realización del estudio y su situación actual.
9° Que, mediante Resolución Exenta N. ° 552 de fecha 29 de octubre de 2024 de la Delegación Presidencial
Regional se aprobó la prórroga del convenio de transferencia de recursos celebrado entre la Subsecretaría
de Transportes y la Delegación Presidencial Regional de Los Lagos, suscrito con fecha 07 de agosto de 2024,
con vigencia hasta el día 10 de diciembre del año 2025.
10° Que, mediante Resolución Exenta N. ° 577 de fecha 19 de noviembre de 2024, de la Delegación
Presidencial, se autoriza el llamado a licitación pública para la contratación del estudio de evaluación de los
sistemas de transporte público de Castro y Quellón, Región de Los Lagos, y aprueba bases administra vas,
técnicas y designa integrantes de la comisión evaluadora.
11° Que, previo los trámites administra vos de rigor, y tras la presentación y recepción de las ofertas al
proceso de licitación, con fecha 14 de enero de 2025, se cons tuyó la comisión evaluadora de las ofertas,
analizando las ofertas presentadas.
Las ofertas que sa sfacen los requisitos establecidos en las bases administra vas y técnicas de la licitación,
corresponde a una oferta, cuya evaluación es la siguiente:
ACTA DE EVALUACIÓN TÉCNICA Y LISTA PRIORIZADA DE OFERTAS Licitación Pública ID 1577‐8‐LP24
ESTUDIO “EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE CASTRO Y QUELLÓN”
I. INFORME TÉCNICO DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS EN LA LICITACIÓN ID 1577‐8‐LP24
Con fecha 14 de enero de 2025, la Comisión Evaluadora procedió a calificar las propuestas técnicas
presentadas para la realización del estudio “EVALUACIÓN DE LOS SISTEMAS DE TRANSPORTE PÚBLICO
DE CASTRO Y QUELLÓN”, correspondiente a la licitación pública ID: 1577-8-LP24.
Par ciparon en la evaluación y con base en la Resolución Exenta N°577 del 19 de noviembre de 2024, de la
Delegación Presidencial Regional de Los Lagos, los siguientes integrantes de la comisión evaluadora: El Sr.
Oscar Felipe Moreno Beltrán, profesional a honorarios, calidad de Agente Público, Coordinador de macro
zona urbana sur, de la División de Transporte Público Regional, del Programa 06 de la Subsecretaría de
Transportes; el Sr. Italo San Nicolo Bisso, profesional a honorarios, calidad de Agente Público, Coordinador
de SECTRA Austral, del Programa 08 de la Subsecretaría de Transportes; el Sr. Luis Humberto Cuevas
Almonacid, profesional a contrata, encargado de Transporte Urbano de la unidad dependiente en la Región
de Los Lagos, del Programa 06 de la Subsecretaría de Transportes; el Sr. Juan Ignacio Carmona Gárate,
profesional a contrata, Encargado del Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación
Presidencial Regional de Los Lagos; y, la Sra. Luisa del Carmen Becerra Vivar, profesional a contrata de la
Unidad de Adquisiciones de la Delegación Presidencial Regional de Los Lagos.
Se recibieron las siguientes consultas, las que se entregan a con nuación, al igual que las correspondientes
respuestas:
Fecha y
hora
Preguntas ingresadas (11)
1 06-12-2024
12:03:13
Debido a la cercanía de las fiestas de fin de
año, se solicita el aplazamiento de la entrega
de la oferta
R: Los plazos son los definidos en la bases de
licitación, específicamente en el punto 1.9
2 10-12-2024
08:45:28
En las bases del estudio no se encuentra
disponible el punto 2.3.6.1 que señalaría el
equipo requerido.
2
R: El punto solicitado lo encuentra en la página
37 de 58, Desarrollo de los estudios, equipo de
trabajo.
3 10-12-2024
08:45:43
Por favor confirmar que los montos de la tabla
del programa de pagos del anexo AA5 deben
ser valores netos.
R: Esto depende de cómo se encuentre
cons tuida cada empresa, si está o no exenta
de IVA.
4 10-12-2024
08:46:01
Los términos de referencia hacen mención a
una sección 2.3.6.2 que no aparece en el
documento.
R: El punto solicitado lo encuentra en la página
38 de 58, “Contenido y plazo de entrega de los
informes del estudio”.
5 10-12-2024
08:46:22
Se solicita que la multa debida al atraso de un
informe se vincule al pago correspondiente al
mismo y no al monto total del contrato.
R: La aplicación de multas se realizará
descontando el monto de la multa del pago
más próximo, según el punto 3.6.6.3 de las
bases de licitación (página 21 de 58).
6 10-12-2024
08:46:48
Por favor aclarar la frase: "Sin perjuicio de lo
anterior, las multas por rechazo en ningún caso
podrán ser inferior al 1,5% del precio del
contrato", en función de que previamente se
habla de multas de 0,2% y 0,3%.
R: Corresponde a que existe un margen de días
para el consultor. Ejemplo: Si se trata de un
rechazo por segunda vez, se cobrará un 0,3%
por cada día que transcurra, por lo tanto, para
hacerse efec va dicha multa deben pasar al
menos cinco días.
7 10-12-2024
08:47:21
Se solicita confirmar que la evaluación de la
oferta se realiza considerando el monto neto
ofertado, de tal modo que empresas que
facturan sin IVA o con IVA queden en igualdad
de condiciones frente a la evaluación.
R: La Evaluación de las ofertas se realizará
según lo indicado en el punto 3.4.6 de las bases
de licitación.
8 10-12-2024
08:47:37
Se hace mención a una sección 2.3.2.3 que no
se encuentra dentro de los términos de
referencia.
R: El punto consultado lo encuentra en la
página 34 de 58, “Can dad mínima de
mediciones y encuestas variables de
operación”
9 10-12-2024
09:59:48
Respecto de la medición de empos de viaje
en pares OD. Se señala que se deben medir 20
pares OD en Castro y 12 en Quellón.
Consultamos si se debe interpretar que sería:
20 pares x 2 sen dos x 3 pos de días x 4
períodos x 3 pasadas = 1440 pasadas en
Castro. De similar serían 864 en Quellón. Y
todo solo considerando un servicio. Lo
anterior parece excesivo. Por favor se solicita
aclarar.
R: Favor remi rse a la página 31 de 58,
“Medición de Tiempos de Viaje entre Pares
Origen‐Destino”.
3
10 10-12-2024
10:21:39
Respecto de la medición de nivel de servicio en
puntos de parada se consulta si: Dado que el
mínimo de horas señalado para Castro es de
240, si se consideran 3 pos de día x 4
periodos=12 horas, entonces se podría es mar
que la medición se realice en 240/12=20
paraderos. De forma similar en Quellón serían
10 paraderos. Por favor confirmar.
R: Favor remi rse a página 30 de 58 y 31 de 58,
“Medición Nivel de servicio en Punto de
Parada (Puntos informales y Paraderos)”.
11 10-12-2024
10:28:10
Respecto de la medición de empo de ciclo: si
suponemos que un servicio ene frecuencia de
2 buses/hora, y se miden 4 periodos en cada
día (laboral, sábado, fes vo), tendríamos que
medir un total de 2x4x3 (24 buses). Es decir, en
el caso de Castro midiendo 5 servicios ya se
superarían las 100 horas de medición. Pero, a
la vez los términos de referencia señalan que
se deben construir perfiles de velocidad para
cada línea de bus, lo cual posiblemente
superaría las 100 horas. Por favor aclarar.
R: Favor remitirse a página 32 de 58, “Medición
de tiempos de ciclo”
El Presente Informe Técnico es rela vo al proceso de licitación pública para la realización del estudio
mencionado, según el punto 3.4.6.1 de las bases de licitación citadas.
a). Evaluación de admisibilidad Propuesta presentada a través del portal público de licitaciones del
estado. (www.mercadopublico.cl)
Circunstancia de haberse recepcionado o no respecto del único oferente, todos los antecedentes
requeridos en las bases de licitación. Evaluación de admisibilidad Propuesta presentada a través del portal
público de licitaciones del estado. (www.mercadopublico.cl)
Cuadro N° 1: Oferente cumple con formalidades exigidas en Bases de Licitación.
Oferta NOMBRE OFERENTE RUT
N°1 Calibra Consultores Ltda 76.225.123-K
Fuente: Oferta Técnica del único proponente, enviada a través de www.mercadopublico.cl.
b). Garantías que cumplen con las formalidades exigidas en bases, se declaran Admisibles
Se eliminó esta exigencia de garan a seriedad de la oferta, debido al ar culo 2° transitorio del D.S. N°250
de 2004 del Ministerio de Hacienda, no exigiéndose presentación de boleta de garantía.
c). Oferta analizada por parte de la comisión.
De acuerdo a lo anterior, el único oferente cumple con las formalidades descritas en las bases de licitación,
por lo que procede a ser analizado en relación a la revisión de antecedentes legales del proponente.
Cuadro N° 2: Oferta analizada por parte de la comisión.
Oferta NOMBRE OFERENTE RUT
N°1 Calibra Consultores Ltda 76.225.123-K
Fuente: Oferta Técnica del proponente, enviada a través de www.mercadopublico.cl.
d). Evaluación de la Oferta.
1. Evaluación Técnica de la Oferta.
4
Por lo expuesto anteriormente y, habiéndose constatado que la propuesta dio cumplimiento con los
requisitos y antecedentes técnicos, administra vos y legales, exigidos en el punto 3.2.5 Presentación de las
Ofertas, la Comisión Evaluadora procedió a revisar en detalle la propuesta técnica, con el obje vo de
evaluarla, en función de los criterios de evaluación definidos previamente en las bases de licitación.
En el siguiente Cuadro N° 3 se dispone el puntaje obtenido en cada Ítem de la evaluación técnica:
Cuadro N° 3: Puntaje Oferta Técnica
Proponente
Puntaje Propuesta Técnica (80%)
Metodología Equipo de
Trabajo
Criterio
Evaluación
Adicional
Criterio de
Condiciones
de Empleo
Puntaje
Técnico
Puntaje
Técnico
Ponderado
(PTEC)
Calibra Consultores Ltda 36,00 31,00 2,00 - 69,00 55,20
Fuente: Oferta Técnica del proponente, enviada a través de www.mercadopublico.cl.
Concluida la etapa de evaluación técnica de la oferta, se ha podido constatar que cumple con los requisitos
técnicos y, en consecuencia, califica técnicamente para la evaluación de propuestas económicas.
Sin perjuicio de los puntajes asignados, los integrantes de la Comisión Evaluadora, y sin un orden de
prioridad, señalan algunas observaciones generales:
- Calibra Consultores SpA., presentó una oferta acorde a lo solicitado en las bases de licitación,
comprensible y abarcando todos los términos de referencia solicitados.
- Como producto adicional presentó dentro del desarrollo del estudio el uso de SIG, herramienta válida
para lograr un producto más afinado del proyecto.
- De igual manera, se considera un aporte especial que dentro de las Conclusiones, proporcione una
integración de resultados y propuesta de mejoras.
- En cuanto a que las reuniones programadas para exponer los avances y resultados parciales al término
de cada una de las fases del Estudio, la consultora concluye que es más ventajoso que sean virtuales en
lugar de presenciales, entregando su argumentación del caso, se puede indicar que no se considera que
sea así, ya que la presencialidad logra otros factores posi vos. Sin embargo, en el caso que existan
mo vos suficientes para cambiar esta decisión para alguno de estos talleres, se podría realizar de
manera virtual.
- Con respecto del equipo de trabajo, todos los cargos de responsabilidad cumplen con la experiencia
exigida, y muestran que la totalidad de profesionales han desempeñado funciones rela vamente
similares.
- No presentan personal con condición de discapacidad, por lo que no se pudo otorgar puntos por este
ítem.
2. Evaluación Económica de la Oferta.
El resultado de la apertura electrónica y evaluación de la propuesta económica, se muestra en el Cuadro N°
4.
Cuadro N° 4: Puntaje Oferta Económica
Proponente
Puntaje Propuesta Económica (Ponderador =20)
P(i) P(min) PEC
Puntaje
Económico
Ponderado (PEC)
Calibra Consultores Ltda 92.820.000,00 92.820.000,00 100,00 20,00
Fuente: Oferta económica del proponente, enviada a través de www.mercadopublico.cl.
3. Evaluación Final de la Ofertas.
El puntaje final de la oferta se determinó sobre la base de su evaluación técnica y económica, y se obtuvo
aplicando al puntaje obtenido por esa oferta, los ponderadores señalados en el punto 1.6, de las Bases de
Licitación, correspondientes a un 80% para el puntaje de la evaluación técnica y un 20% para el puntaje de
la evaluación económica.
Cálculo del Puntaje Final de las Propuestas
PF(i) = PT(i)*Ponderador Técnico + PEC(i)* Ponderador Económico
donde:
∙ PF(i): Puntaje final de la oferta i
∙ PT(i): Puntaje técnico de la oferta i
5
Paulina Lorena Muñoz Molina
Delegada Presidencial Regional de los Lagos 15/01/2025
ID DOC : 21238984
∙ PEC(i): Puntaje económico de la oferta i
El resultado de la evaluación final es el que se muestra en el Cuadro N° 5 siguiente:
Cuadro N° 5: Evaluación Final de la Propuesta
Puntaje Técnico Puntaje
Económico
Puntaje Final
(PTEC)+(PEC)
Calibra Consultores Ltda 55,20 20,00 75,20
Fuente: Oferta Técnica del proponente, enviada a través de www.mercadopublico.cl.
II. LISTA PRIORIZADA
Al contar con una sola postulación, no se generó lista priorizada. Sin perjuicio de ello, se puede decir que el
único oferente, Calibra Consultores Ltda., reunió el puntaje suficiente en las evaluaciones técnicas y
económicas, dando un resultado de Evaluación Final favorable.
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
En función de lo señalado, en virtud de los antecedentes observados, y de las evaluaciones técnicas‐
económicas realizadas en los puntos precedentes, esta Comisión Evaluadora sugiere adjudicar el presente
llamado a licitación pública, a Calibra Consultores Ltda., dado que su propuesta superó el puntaje
requerido en la evaluación final. En consecuencia, sa sface las necesidades y requerimientos técnicos para
esta contratación.
Firman la presente acta, la Comisión Evaluadora de esta propuesta, compuesta por: El Sr. Oscar Felipe
Moreno Beltrán, profesional a honorarios, calidad de Agente Público, Coordinador de macro zona urbana
sur, de la División de Transporte Público Regional, del Programa 06 de la Subsecretaría de Transportes; Italo
San Nicolo Bisso, profesional a honorarios, calidad de Agente Público, Coordinador de SECTRA Austral, del
Programa 08 de la Subsecretaría de Transportes; Luis Humberto Cuevas Almonacid, profesional a contrata,
encargado de Transporte Urbano de la unidad dependiente en la Región de Los Lagos, del Programa 06 de
la Subsecretaría de Transportes; Juan Ignacio Carmona Gárate, profesional a contrata, Encargado del
Departamento de Administración y Finanzas de la Delegación Presidencial Regional de Los Lagos; y, Luisa
del Carmen Becerra Vivar, profesional a contrata de la Unidad de Adquisiciones de la Delegación
Presidencial Regional de Los Lagos.
12° Que, la oferta evaluada cumple con los criterios establecidos en las bases de licitación y procede
adjudicar la propuesta a la empresa Calibra Consultores Limitada, RUT 76.225.123-K.
13° Que, resulta necesario adjudicar el proceso de Licitación Pública para el estudio de evaluación de los
sistemas de transporte público de Castro y Quellón, Región de Los Lagos, ID 1577‐8‐LP24, a Calibra
Consultores Limitada, RUT 76.225.123-K.
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