Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 2071-12-LE15
Adjudicación Informada en portal el
21/4/2015 11:32

En Chillán, 16-04-2015
Nro de Resolución 1319
Vistos
La Ley N°19.886/2003 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios; el decreto supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886; el D.S. N°140 de 2004 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; lo dispuesto en el D.L: 2763 de 1979; el Decreto Supremo Nº11/2015 del Ministerio de Salud sobre designación del Director del SSÑ; la Resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República que establece normas sobre la exención del trámite de Toma de Razón y la Ley 18.575 sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y
Considerando
a) Que, respecto del objeto de esta licitación, no existen ofertas en convenio marco del Portal Mercado Público; b) Que, se requiere suscribir convenio de servicios de canastas dentales integrales para usuarios(as) del Programa PRAIS del Servicio de Salud Ñuble, de acuerdo a lo solicitado por la Coordinadora Programa Prais SSÑ a través de Memorándum Nº13/2015; c) El llamado efectuado por el Servicio de Salud Ñuble para suscribir convenio por compra de servicios de canastas dentales, a través de la Licitación Pública ID.2071-12-LE15, cuyas bases fueron aprobadas por Resolución Exenta Nº907 de fecha 18/03/2015, del Director del Servicio de Salud Ñuble; d) Los siguientes criterios de evaluación establecidos en las bases de la licitación: Criterio % Oferta económica 45% Experiencia del Oferente 45% Garantía 5% Cumplimiento requisitos de presentación oferta. 5% 100% e) El informe de evaluación emitido por la comisión evaluadora de la Licitación Pública ID.2071-12-LE15, de fecha 16/04/2015, que se adjunta a la presente resolución, dicto la siguiente
Resuelvo
1.- ADJUDÍQUESE la Licitación Pública ID.2071-12-LE15 “CONVENIO COMPRA SERVICIOS CANASTAS DENTALES PARA USUARIOS(AS) DEL PROGRAMA PRAIS, SERVICIO DE SALUD ÑUBLE”, a los prestadores que se señalan a continuación, conforme lo dispuesto en las bases y anexos de la licitación: 1.1.- A la Prestadora D.María Verónica Serrano Muñoz, RUT 8.212.591-4, con domicilio en Calle 5 de Abril Nº210, Chillán, fonos 42 2223830 – 88110917, correo electrónico veronica.dent@hotmail.com, por el valor de $229.000.- la canasta (impuesto incluido). 1.2.- Al Prestador D. Victor Palma Chávez, RUT 12.795.386-4, con domicilio en Calle El Roble Nº770. Oficina Nº702-8, fono 42 2424003, por el valor de $240.000.- la canasta (impuesto incluido). 2.- DESCRIPCION DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS Descripción de las atenciones dentales integrales, asimilada a canasta dental GES para mayores de 60 años, consistente en: CÓDIGO FONASA GLOSA CTDAD. OBSERVACIONES 2701013 Examen de salud oral 1 2701009 Obturación amalgama y silicato 1 2701010 Obturación composite 2 2701016 Obturación Vidrio Ionómero 1 2701003 Destartraje y pulido corona 2 Destartraje y pulido radicular 2 2701015 Radiografía retroalveolar y Bite-Wing (por placa) 3 2702003 Endodoncia unirradicular 1 2702002 Endodoncia bi o multirradicular 1 2701005 Exodoncia permanente 2 Kit Salud Oral 1 Incluye pasta, cepillo y seda dental, en caso de prótesis incluye cepillo para prótesis dental 2702011 Prótesis de restitución (fase laboratorio) 2 2702007 Prótesis de restitución (fase clínica) 2 Prótesis metálica (Fase Laboratorio) 2 2702008 Prótesis metálica 2 Control odontológico 3 a. Las atenciones deberán hacerse bajo estricto cumplimiento de las normas del Ministerio de Salud vigentes para estos efectos, que el prestador declara conocer y aplicar en sus procedimientos. b. El prestador adjudicado deberá otorgar las prestaciones indicadas a través de los especialistas individualizados en la propuesta y exclusivamente en su Centro Médico. c. Las horas de atención serán entregadas a la funcionaria responsable del Programa PRAIS, luego de emitida la orden de compra por parte de la Unidad de Abastecimiento del Servicio de Salud Ñuble. En esta orden de compra se señalarán los nombres de los usuarios que deben ser atendidos. d. Las atenciones deberán realizarse en horarios a convenir entre las 08:30 y las 19:30 hrs. e. Se establece un plazo de citación de 7 días hábiles desde la fecha de solicitud. La citación de pacientes rurales será en horario de 10:00 a 15:00 horas, para evitar perdida de horas por dificultades de acceso. f. El prestador adjudicado debe garantizar envío del estado de avance de la ejecución de atenciones en planilla electrónica vía e -mail al Responsable del Programa PRAIS, lo cual será requisito para efectos del pago de las prestaciones. g. El prestador debe designar un coordinador o responsable del convenio que garantice una expedita atención de los usuarios. h. No se puede realizar ningún cobro al usuario (toda la atención está incluida en la canasta contratada) i. Procedimiento de atención: • Examen de salud oral • Confección ficha clínica, con registro de fecha de inicio de atención, NSP, controles. • Consentimiento informado de tratamiento a ejecutar y al término del tratamiento. • Educación, enseñanza de técnica de cepillado, uso seda dental, cuidado de prótesis. • Destartraje supra y subginginal, pulido coronario y radicular. • Exodoncias • Obturaciones de composite en las piezas anteriores y posteriores según indicación clínica. • Rehabilitación protésica, la que consistirá en la confección de aparatos protésicos removibles totales o parciales, con base metálica, según indicación clínica y considerando como referencia Guía Clínica de paciente GES de 60 años. Se deberán utilizar dientes y acrílicos marca Marche o equivalente. • Radiografías dentales, en los casos que sea necesario. • Encuesta de satisfacción usuaria al término del tratamiento. 3.- DEL CONTRATO Y VIGENCIA Por tratarse de servicios estándar de simple y objetiva especificación, el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación por parte del proveedor. En todo caso el contrato se regirá por lo dispuesto en las bases, en la presente resolución de adjudicación y en lo no provisto en tales instrumentos por la legislación chilena. La aceptación de la primera orden de compra dará inicio a los derechos y obligaciones entre las partes El Servicio de Salud Ñuble podrá poner término anticipado al convenio en cualquier momento y por simple vía administrativa, cuando el oferente adjudicado incurra en incumplimiento, de acuerdo a lo establecido en la presente resolución. El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2015, renovable tácita y automáticamente por un año a contar del 01 de Enero de 2016, según necesidades del programa y disponibilidad presupuestaria. Además, deberá existir evaluación favorable por parte de la Encargados del Equipo PRAIS del Servicio de Salud Ñuble. El contrato podrá ser terminado por: 1. Mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, con aviso escrito de treinta días. 2. Unilateralmente por el Servicio de Salud Ñuble: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan: a. Entrega de los servicios con atraso superior a 5 días de acuerdo al plazo de término convenido. b. Incumplimiento de las instrucciones del supervisor del convenio. c. Incumplimiento de las bases y orientaciones técnicas para el desarrollo de las prestaciones. d. Si el Servicio de Salud compruebe, previo peritaje técnico, errores en las prestaciones informadas o en la autenticidad de los registros de dichas prestaciones. e. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. f. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal; g. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones. h. Por situación sobreviviente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Servicio dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. i. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente; j. Las demás que se establezcan en el artículo 13 de la ley 19.886, y el artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº19.886, aprobado por el Decreto Nº250 del año 2004. Producida cualquiera de las situaciones señaladas, serán sancionadas mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, la que deberá contener todos los antecedentes relacionados con la infracción. Esta resolución se deberá publicar en el Portal Mercado Publico a más tardar dentro de las 24 horas de dictada, plazo al término del cual se entenderá notificado el contratista. 4.- DE LA FORMA DE PAGO El prestador adjudicado emitirá factura o boleta de prestación de servicios dentro de los primeros 5 días de cada mes, por el valor correspondiente a los servicios efectivamente prestados durante el mes anterior, adjuntando nómina de pacientes atendidos. Una vez revisada y aprobada esta nómina por el Jefe de Programa del Servicio se enviará la factura o boleta al Departamento de Finanzas para su respectivo pago. El pago será realizado dentro de los 30 días corridos siguientes de recibida conforme la factura o boleta en Oficina de Partes del Servicio de Salud Ñuble y VºBº de conformidad de la Coordinadora del Equipo PRAIS, conforme la verificación, sin observaciones, de los siguientes antecedentes:  Debe presentar “planilla odontólogo – Excel” digitalizada e impresa.  Encuesta Satisfacción Usuaria. Todo paciente DADO DE ALTA debe llenar esta encuesta.  Ficha Odontológica. 5.- DEL PRECIO Y REAJUSTABILIDAD Los precios ofertados se mantendrán inalterables por toda la vigencia del Convenio. Solo para el periodo de renovación el oferente podrá solicitar reajuste con una anticipación mínima de 60 días antes del término del contrato. El reajuste propuesto no podrá exceder la Variación del Arancel FONASA y se hará efectivo a contar de la publicación del arancel que regirá el año 2016. El Servicio podrá aceptar o rechazar la propuesta. La respuesta de aceptación o rechazo del Servicio se dará en un plazo máximo de 30 días posteriores a recibir la propuesta 6.- DE LAS SANCIONES Y MULTAS El incumplimiento en la fecha de prestación de los servicios será sancionado por el Servicio con una multa equivalente al 20% del valor total del producto/servicio solicitado por cada día de atraso en la ejecución que supere el plazo de entrega convenido, con tope de 5 días. Esta multa será aplicada igualmente en los casos de incumplimiento de lo ofertado por el adjudicatario en virtud de las Bases Técnicas y cualquier otro respecto de las obligaciones asumidas en el presente convenio. Estas multas se aplicarán en forma administrativa, a través de Resolución Exenta emitida por el Jefe del Departamento de Recursos Físicos y notificada al proveedor mediante correo electrónico dirigido a su Representante, la que se presumirá y tendrá por recibida conforme por el Proveedor, al tercer día corrido desde su envío. Una vez ejecutoriada la sanción mediante Resolución fundada, se procederá a descontar y/o retener las sumas que deba pagarle al Adjudicatario en la factura en que recayó la sanción o en cualquiera otra. Solo ante la ocurrencia de casos de fuerza mayor o caso fortuito, el Servicio podrá, de común acuerdo y a partir de la notificación respectiva, acordar un aumento en el plazo de la ejecución del servicio, cuando ello procediere. 7.- DE LA MODIFICACIÓN CANTIDADES ADJUDICADAS La cantidad de atenciones dentales licitadas referencial, pudiendo aumentar o disminuir dependiendo de las necesidades del programa y las evaluaciones de cumplimiento que realice la Coordinadora del Equipo PRAIS. Asimismo, el Servicio de Salud Ñuble podrá disponer del presente convenio para resolver requerimientos formulados por otros programas o establecimientos dependientes, previa confirmación de disponibilidad por parte del prestador. 8.- DE LA SESION Y SUBCONTRATACIÓN Se podrá subcontratar, no obstante lo anterior el responsable directo sigue siendo el especialista con quien el Servicio contrató, además el Servicio deberá aprobar al especialista que se quiera subcontratar quien deberá estar debidamente acreditado y cumplir con los mismos requisitos y perfil por el cual se le adjudico al oferente que realiza el contrato. Solo se podrá subcontratar una parte de los servicios, no la totalidad y por razones fundadas que deben ser previamente aceptadas y autorizadas por el Servicio de Salud, no obstante lo anterior, el responsable directo sigue siendo el especialista con quien el Servicio contrató, el adjudicatario. 9.- DEL COORDINADOR DEL CONVENIO El Adjudicatario, deberá nombrar un coordinador del convenio, cuyo desempeño será el siguiente: a. Representar al Adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del Convenio. b. Establecer procedimientos para el control de la información manejada por las partes. c. Informar cualquier cambio regulado por las bases de este convenio. d. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación de este convenio con la Institución que requiera sus productos y/o servicios. Todo cambio, relativo a esta designación, deberá ser informado al Servicio, por el representante legal del Adjudicatario. 10.- IMPÚTESE el gasto que el presente convenio irrogue a los Fondos del Programa PRAIS, del Presupuesto del Servicio de Salud Ñuble. 11.- PUBLÍQUESE el texto de la presente Resolución en el Portal Mercado Publico con el fin de dar cumplimiento a la normativa de compras y contrataciones públicas.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social SERVICIO DE SALUD NUBLE
Unidad de Compra Sección Abastecimiento en Red SSÑ
R.U.T. 61.607.000-2
Dirección Bodega Central, Avda.O"Higgins Nº1661, Interior.
Comuna Chillán
Ciudad en que se genera la Adquisición Región del Biobío
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Juan Carlos Alvear Sepúlveda
Cargo Jefe Abastecimiento en Red
Teléfono 56-42-2587243
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 2071-12-LE15
Nombre de Adquisición Canastas Dentales Usuarios PRAIS SSÑ
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción Se requiere suscribir convenio por “Compra de Servicios de Canastas Dentales para Usuarios(as) del Programa PRAIS, Servicio de Salud Ñuble”, de acuerdo a requerimientos especificados en Bases Administrativas y Técnicas de la presente licitación. Se requiere resolver aproximadamente 100 canastas dentales para el año 2015.-
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Peso Chileno
Fecha de Publicación 23/3/2015 14:09
Fecha de Cierre 2/4/2015 16:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado $ 16.415.000
Monto Neto Estimado del Contrato $ 16.415.000
Análisis de valores de mercado Este comprador declaró haber revisado que el acta de evaluación contuviese un análisis de precios de mercado para asegurar que se justifica el monto a pagar por el bien o servicio a contratar.



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
INFORME EVALUACION LICITACIÓN 2071-12-LE15.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTINFORME DE EVALUACION368 KB22-04-2015 11:53:21
INFORME EVALUACIÓN 2071-12-LE15.docDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENTINFORME DE EVALUACION277 KB21-04-2015 11:29:31
RESOLUCION ADJUDICACIÓN 2071-12-LE15.docResolución/Decreto AdjudicaciónRESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN121 KB21-04-2015 11:28:43
INFORME EVALUACIÓN 2071-12-LE15.docResolución/Decreto AdjudicaciónINFORME DE EVALUACIÓN277 KB21-04-2015 11:27:59

Generar nuevo código
*Ingrese el texto de la imagen
 
 
Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 85122001 Servicios de dentistas
Especificaciones del Comprador : CANASTA DENTAL INTEGRAL, SEGÚN BASES
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
8.212.591-4 MARÍA VERÓNICA SERRANO MUÑOZ Atencion Alta integral a pacientes PRAIS, en mi clínica privada Serrandoent, 5 de Abril 210. Amplia experiencia en estos programas. $ 229000 35 8015000 Adjudicada
7.679.341-7 RENÉ ANTONIO VÁSQUEZ RAMÍREZ Se ofrece atención odontológica integral en programas de resolutividad masiva. Amplia experiencia en este tipo de programas, especialmente realizadas en la microrred Bulnes-Quillón-Sta. Clara y Chillán. Experiencia acreditada por más de 15 años realizando estos proyectos con éxito certificado. $ 200000 0 0 No Adjudicada
16.218.941-7 LUIS RODRIGO NÚÑEZ ORELLANA Amplia experiencia en programas similares, clínica propia con lab. de protesis, materiales de primera calidad y entrega de kit bucal y apoyo en el traslado de los pacientes que lo requieran $ 21500000 0 0 No Adjudicada
16.783.120-6 NATHALY NICHOLE FUENTES LAGOS Tratamientos garantizados con experiencia en atención a pacientes de programa PRAIS $ 230000 0 0 No Adjudicada
76.313.897-6 centro de salud san francisco sociedad limitada La propuesta de atenciones ontológicas sera realizada en centro médico que cuenta con experiencia en programas con el servicio de salud Ñuble. $ 130301 0 0 No Adjudicada
12.795.386-4 VÍCTOR PATRICIO PALMA CHÁVEZ El tratamiento integral estara a cargo del dr. Víctor Palma Chávez, siendo este el encargado de su diagnóstico, planificación y ejecución de este, además de ser el responsable por el ALTA ODONTOLOGICA, sin embargo, los tratamientos endodónticos, serán desarrollados, por la dra. Rocío Quezada, especialista en Endodoncia. $ 240000 35 8400000 Adjudicada
17.350.372-5 VALENTINA ALEJANDRA PARRA DÍAZ La canasta constituye un tratamiento integral para casa paciente, además de buen trato y todas las facilidades posibles en temas de horario para agendar sus atenciones. $ 197479 0 0 No Adjudicada
16.998.130-2 IGNACIO NICOLAS FERRADA GUTIÉRREZ La propuesta de atenciones ontológicas sera realizada en centro médico que cuenta con experiencia en programas con el servicio de salud Ñuble. $ 230000 0 0 No Adjudicada

Total Línea

$ 16.415.000



Monto Total Adjudicado $ 16.415.000