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1. Que, de acuerdo a Memorándum N°066/2026, de fecha 24 de febrero de 2026, suscrito por el Director del Departamento de Salud de la Ilustre Municipalidad de Huara, solicita la compra de materiales y útiles de aseo año 2026 para los distintos establecimientos del Departamento de Salud;
2. Que, como consta en la cartilla de compra del memorándum N°066/2026, suscrito por el Director del Departamento de Salud, se individualizan y se describen los servicios requeridos en el anexo N°1 de las bases administrativas y técnicas;
3. Que, con fecha 26 de febrero de 2026, el Decreto de Exento N°346/2026, aprueba y autoriza la publicación de las Bases Administrativas y Técnicas de la licitación pública ID 5905-2-LE26, denominada como “MATERIALES Y ÚTILES DE ASEO” en el portal www.mercadopublico.cl;
4. Que, con fecha 18 de marzo de 2026, se realiza la apertura electrónica de las ofertas de la licitación pública ID 5905-2-LE26, denominada “MATERIALES Y ÚTILES DE ASEO“, a la cual se ingresaron 12 (doce) ofertas que se indican a continuación:
5. Que, al momento de la apertura electrónica, la Comisión evaluadora la Comisión evaluadora se percata de situaciones particulares de tres oferentes detallados en la siguiente tabla, por lo cual la Comisión evaluadora otorga un plazo de 30 horas a las siguientes empresas:
PROVEEDOR RUT CONSULTAS Y RESPUESTAS
DISTRIBUIDORA NENE SPA 76.067.436-2 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1, anexo N°3 y anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2, 3 y 4, no obstante, en la presente oferta al momento de descargar la información, la Comisión evaluadora se percata que la Declaración Jurada de requisitos para ofertar de la Plataforma del Mercado Público “FIRMADO SIN CLAVE ÚNICA” y el Anexo N°03, existe inconsistencias en la selección con la “x” entre ambos documentos, ya que en la declaración de la plataforma NO están marcados los puntos 10 y 11, por el contrario en el Anexo N°3 no están marcados los puntos declarados. Cabe mencionar que ambos documentos son exactamente iguales y se vuelve a requerir como anexo, dado a que, en ocasiones por error de la plataforma de mercado público, al momento de descargar la declaración, ésta no figura detallada, es por ello que se incorpora a la presente licitación como documentos solicitados, por ende, la Comisión evaluadora otorga un plazo de 30 horas para que el oferente analice la información reportada y vuelva a adjuntar la Declaración Jurada (Anexo N°3), debidamente marcado con una “x” en las áreas correspondientes a la realidad de la empresa, éste último se debe adjuntar de manera obligatoria a través del foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en caso de que el oferente no adjunte, será descartado en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.
2.- Finalizado el plazo de 30 horas, el proponente adjuntó la declaración jurada (Anexo N°3) requerido de manera obligatorio en el foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, no obstante, el proponente en dicho anexo declara que “… no forma parte de un grupo empresarial” y a la misma vez que “… sí forma parte de un grupo empresarial”, obteniendo una declaración contradictoria que genera dudas sobre la veracidad de lo declarado, por tanto, en vista a la inconsistencia originada en una primera instancia, otorgando un plazo prudencial para que el oferente analice y verifique la información reportada y se adjunte nuevamente la declaración correspondiente a la realidad de la empresa, la comisión evaluadora procede a RECHAZAR la oferta, conforme lo establecido en el punto 8.1 de las presentes bases.
JORGE DANIEL TORO PONCE DE LEÓN 15.911.723-5 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1, anexo N°3 y anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2, 3 y 4, no obstante, en la presente oferta al momento de descargar la información, la Comisión evaluadora se percata que en la Declaración Jurada de requisitos para ofertar de la Plataforma del Mercado Público “FIRMADO SIN CLAVE ÚNICA” y el Anexo N°03, existe inconsistencias en la selección con la “x” entre ambos documentos, ya que en la declaración de la plataforma NO están marcados los puntos 10 y 11, por el contrario en el Anexo N°3 están marcados los puntos 10 y 11. Cabe mencionar que ambos documentos son exactamente iguales y se vuelve a requerir como anexo, dado a que, en ocasiones por error de la plataforma de mercado público, al momento de descargar la declaración, ésta no figura detallada, es por ello que se incorpora a la presente licitación como documentos solicitados, por ende, la Comisión evaluadora otorga un plazo de 30 horas para que el oferente analice la información reportada y vuelva a adjuntar la Declaración Jurada (Anexo N°3), debidamente marcado con una “x” en las áreas correspondientes a la realidad de la empresa, éste último se debe adjuntar de manera obligatoria a través del foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en caso de que el oferente no adjunte, será descartado en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.
1.- Finalizado el plazo de 30 horas, el proponente adjuntó la declaración jurada (Anexo N°3) requerido de manera obligatoria en el foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, no obstante, el proponente en dicho anexo NO declara si forma parte de un grupo empresarial o no está relacionado, siendo uno de los requisitos que busca evitar conflictos de interés e inhabilidades por condenas y asegurar la libre competencia entre los oferentes, por tanto, en vista a la inconsistencia originada en una primera instancia, otorgando un plazo prudencial para que el oferente analice y verifique la información reportada y se adjunte nuevamente la declaración correspondiente a la realidad de la empresa, la comisión evaluadora procede a RECHAZAR la oferta, conforme lo establecido en el punto 8.1 de las presentes bases.
Cabe mencionar que en el Acta de apertura Pública de fecha 18 de marzo de 2026, se indicó que la Declaración jurada de requisitos para ofertar en la plataforma de Mercado Público se encontraba “FIRMADO SIN CLAVE ÚNICA”, no obstante, se deja constancia que hubo un error involuntario, pues, dicho anexo si se encontraba firmado con clave única, NO siendo éste el motivo de rechazo de la oferta.
SOCIEDAD FABRIL LIFTUN SPA 76.206.891-5 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1 y anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2, 3 y 4, no obstante, en la presente oferta al momento de descargar la información, la Comisión evaluadora se percata que la Declaración Jurada de requisitos para ofertar de la Plataforma del Mercado Público “FIRMADO SIN CLAVE ÚNICA” y el Anexo N°03, existe inconsistencias en la selección con la “x” entre ambos documentos, ya que en la declaración de la plataforma NO están marcados los puntos 10 y 11, por el contrario en el Anexo N°3 están marcados los puntos 10 y 11. Cabe mencionar que ambos documentos son exactamente iguales y se vuelve a requerir como anexo, dado a que, en ocasiones por error de la plataforma de mercado público, al momento de descargar la declaración, ésta no figura detallada, es por ello que se incorpora a la presente licitación como documentos solicitados, por ende, la Comisión evaluadora otorga un plazo de 30 horas para que el oferente analice la información reportada y vuelva a adjuntar la Declaración Jurada (Anexo N°3), debidamente marcado con una “x” en las áreas correspondientes a la realidad de la empresa, éste último se debe adjuntar de manera obligatoria a través del foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, en caso de que el oferente no adjunte, será descartado en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.
2.- Finalizado el plazo de 30 horas, el proponente adjuntó la declaración jurada (Anexo N°3) requerido de manera obligatorio en el foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, por tanto, se procede a ACEPTAR la oferta.
6. Que, conforme a lo indicado anteriormente, se aceptan las ofertas presentadas por los proveedores indicados en la tabla N°1, dado que en la apertura electrónica cumplen con los antecedentes, requisitos establecidos en las respectivas bases y se encuentran en condiciones de ser evaluados por esta comisión.
7. Que, la oferta rechazada corresponde al proveedor que no cumplió con los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y Técnicas, de acuerdo a lo siguiente:
PROVEEDOR RUT CAUSAL DE RECHAZO
COMERCIALIZADORA RUSTICO IQUIQUE SPA 77.344.062-K 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1, anexo N°3 y anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2 y 3, no obstante, el formulario N°4 no fue adjuntado en la presente oferta, siendo este documento obligatorio, por tanto, se procede a RECHAZAR la oferta.
PRO SALES DIEGO TORNERIA EIRL 76.748.475-5 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1, anexo N°3 y anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2, 3 y 4, no obstante, los formularios N°2, 3 y 4 no se encuentran rellenados, ni firmados en la presente oferta, siendo estos documentos obligatorios, por tanto, conforme al punto 8.2 de las Bases Administrativas y técnicas, se procede a RECHAZAR la oferta.
JORGE DANIEL TORO PONCE DE LEÓN 15.911.723-5 1.- Finalizado el plazo de 30 horas, el proponente adjuntó la declaración jurada (Anexo N°3) requerido de manera obligatoria en el foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, no obstante, el proponente en dicho anexo NO declara si forma parte de un grupo empresarial o no está relacionado, siendo uno de los requisitos que busca evitar conflictos de interés e inhabilidades por condenas y asegurar la libre competencia entre los oferentes, por tanto, en vista a la inconsistencia originada en una primera instancia, otorgando un plazo prudencial para que el oferente analice y verifique la información reportada y se adjunte nuevamente la declaración correspondiente a la realidad de la empresa, la comisión evaluadora procede a RECHAZAR la oferta, conforme lo establecido en el punto 8.1 de las presentes bases.
Cabe mencionar que en el Acta de apertura Pública de fecha 18 de marzo de 2026, se indicó que la Declaración jurada de requisitos para ofertar en la plataforma de Mercado Público se encontraba “FIRMADO SIN CLAVE ÚNICA”, no obstante, se deja constancia que hubo un error involuntario, pues, dicho anexo si se encontraba firmado con clave única, NO siendo éste el motivo de rechazo de la oferta
IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ITERLOG SPA 76.504.304-2 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1, anexo N°3 y anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2, 3 y 4, no obstante, en el formulario N°3 del anexo N°2 no se encuentra llenado el nombre y RUT del representante legal y la firma no coincide con los otros anexos firmados, por tanto, conforme a lo estipulado en el punto 8.2 de las presentes bases, se procede a RECHAZAR la oferta.
Además, se deja establecido que en la presente oferta al momento de descargar la información, la Comisión evaluadora se percata que la Declaración Jurada de requisitos para ofertar de la Plataforma del Mercado Público “FIRMADO SIN CLAVE ÚNICA” y el Anexo N°03, existe inconsistencias en la selección con la “x” entre ambos documentos, ya que en la declaración de la plataforma NO están marcados los puntos 10 y 11, por el contrario en el Anexo N°3 no están marcados los puntos declarados.
DISTRIBUIDORA NENE SPA 76.067.436-2 2.- Finalizado el plazo de 30 horas, el proponente adjuntó la declaración jurada (Anexo N°3) requerido de manera obligatorio en el foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, no obstante, el proponente en dicho anexo declara que “… no forma parte de un grupo empresarial” y a la misma vez que “… sí forma parte de un grupo empresarial”, obteniendo una declaración contradictoria que genera dudas sobre la veracidad de lo declarado, por tanto, en vista a la inconsistencia originada en una primera instancia, otorgando un plazo prudencial para que el oferente analice y verifique la información reportada y se adjunte nuevamente la declaración correspondiente a la realidad de la empresa, la comisión evaluadora procede a RECHAZAR la oferta, conforme lo establecido en el punto 8.1 de las presentes bases.
COMERCIAL SAN FERNANDO EIRL 76.194.668-4 1.- El oferente hizo ingreso del anexo N°1, no obstante, el oferente NO ingresó el anexo N°2 compuesto por los formularios N°1, 2, 3 y 4 y anexo N°3, habiendo dentro de estos algunos calificados como obligatorios, por tanto, conforme a lo estipulado en el punto 8.2 de las presentes bases, se procede a RECHAZAR la oferta.
8. Que, los criterios de evaluación de las ofertas contenidos en las Bases Administrativas y Técnicas para la Propuesta Pública ID 5905-2-LE26, denominada como “MATERIALES Y ÚTILES DE ASEO“, son los siguientes:
9. Que, mediante Decreto Exento N°661/2026 de fecha 09 de abril de 2026, se modifica la fecha de adjudicación debido a que toda vez que se realizó la apertura, la licitación consta de 38 ítems con lo cual concluye que el tiempo destinado a evaluar se hará más extensa, cuyo análisis requiere mayor tiempo al proyectado en las Bases Administrativas, generándose por razones administrativas un retraso en el proceso de evaluación;
10. Que, la evaluación de las ofertas aceptadas de la Propuesta Pública ID 5905-2-LE26, denominada como “MATERIALES Y ÚTILES DE ASEO”, realizada por la comisión de Selección y Evaluación de acuerdo a los criterios indicados procedentemente, determinó como resultado que se adjudiquen los ítems 2, 5, 9, 10, 11, 19, 26, 28, 29, 31, 32 y 37 a la empresa ANDRO DAVID LAFUENTE FERNANDEZ, RUT. 9.454.737-7, con domicilio en Arturo Fernández 1273, por la suma de $855.991.- (ochocientos cincuenta y cinco mil novecientos noventa y un pesos) IVA incluido y los ítems 1, 3, 4, 6, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 30, 33, 34, 35, 36 y 38 a la empresa SERVICIOS DISTRIBUCION Y LOGISTICA BRICH LTDA, RUT. 76.478.731-5, con domicilio en AV. LOS CONDORES 3710, CH CERRO TARAPACÁ, por la suma de $5.497.065.- (cinco millones cuatrocientos noventa y siete mil sesenta y cinco pesos) IVA incluido.
11. El Certificado de Disponibilidad Presupuestaria Nº28/2026 de fecha 25 de febrero de 2026.
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1. ADJUDÍCASE, la Licitación Pública ID 5905-2-LE26, denominada como “MATERIALES Y ÚTILES DE ASEO“, los ítems 2, 5, 9, 10, 11, 19, 26, 28, 29, 31, 32 y 37 a la empresa ANDRO DAVID LAFUENTE FERNANDEZ, RUT. 9.454.737-7, con domicilio en Arturo Fernández 1273, por la suma de $855.991.- (ochocientos cincuenta y cinco mil novecientos noventa y un pesos) IVA incluido y los ítems 1, 3, 4, 6, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 30, 33, 34, 35, 36 y 38 a la empresa SERVICIOS DISTRIBUCION Y LOGISTICA BRICH LTDA, RUT. 76.478.731-5, con domicilio en AV. LOS CONDORES 3710, CH CERRO TARAPACÁ, por la suma de $5.497.065.- (cinco millones cuatrocientos noventa y siete mil sesenta y cinco pesos) IVA incluido.
2. NOTIFÍQUESE, a los proveedores adjudicados mediante la emisión de la correspondiente órdenes de compra que deben ser publicada en el portal www.mercadopublico.cl.
3. PUBLÍQUESE, el presente Decreto Exento, en el portal web www.mercadopublico.cl.
4. IMPÚTASE, los gastos que genera la presente Propuesta Pública al Presupuesto Salud cuenta individualizada en el Certificado de Disponibilidad Presupuestaria N°28/2026.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE.
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