Resolución de Acta de Adjudicación
Adquisición Nº 519302-11-LE25
Adjudicación Informada en portal el
14/11/2025 16:38

En Santiago, 14-11-2025
Nro de Resolución 482
Vistos
Lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la Ley N°19.886, de 2003, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, modificada por la Ley N° 21.634, de 2023; en el Decreto con Fuerza de Ley N°3, de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°20.254, de 2008, que Crea el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, INAPI; en la Ley N°21.722, de 2024, de Presupuestos del Sector Público correspondientes al año 2025; en el Decreto Supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886; en la Ley N° 20.730, de 2014, en su artículo 4, número 7,que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios; en el Decreto Supremo N° 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 20.730; en la Resolución Exenta RA N° 957/33/2024, de 2024, que nombra a doña Katherinn Mitchell Rebolledo, como Jefa de la División de Administración y Finanzas del Instituto Nacional de Propiedad Industrial, correspondiente a la Alta Dirección Pública, 2º nivel de la Planta de Directiva, de conformidad a la delegación de firma dispuesta en el Artículo Primero, punto III, numeral 2, de la Resolución Exenta N° 308, de 2021, de INAPI o quien la subrogue legalmente; en la Resolución Exenta N° 390, de 2025, que llamó a Licitación Pública y Aprobó Bases Administrativas, Técnicas y Anexos para la compra de “EQUIPO COMPUTACIONAL (SERVIDOR) PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, INAPI”; en el Detalle de Requerimiento, del Encargado del Departamento Administrativo, remitido a través del Sistema de Gestión Documental a la Subdirectora Jurídica, ID 45668, mediante el cual adjunta el Acta de Análisis de Admisibilidad de la Comisión Evaluadora para la compra de “EQUIPO COMPUTACIONAL (SERVIDOR) PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, INAPI”, ID 519302-11-LE25; y en las Resoluciones N° 36, de 2024 y N° 8 de 2025, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando
1. Que con fecha 09 de septiembre de 2025, mediante Resolución Exenta N° 390 de 2025, se autorizó el llamado a Licitación Pública y se Aprobaron las Bases Administrativas y Técnicas y Anexos, para la compra de “EQUIPO COMPUTACIONAL (SERVIDOR) PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, INAPI”, ID 519302-11-LE25. 2. Que, conforme a lo señalado en el inciso séptimo del artículo 9 de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas, en cuanto prescribe que el órgano contratante declarará desierto el procedimiento de contratación, cuando no se presenten ofertas, o cuando las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la entidad licitante. 3. Que, de acuerdo al Acta de Análisis de la Comisión Evaluadora, de fecha 4 de noviembre de 2025, con sus antecedentes y las Bases se presentaron en la Licitación Pública Nº ID 519302-11-LE25, antes individualizada. 4. Sin perjuicio de lo anterior, esta Comisión ha constatado una vez revisadas las ofertas presentadas, que existía una significativa disparidad en los precios propuestos por los oferentes, lo cual se explica por un error de transcripción de las bases técnicas, lo cual se interpretado o ha sido suplido por algunos oferentes mediante la inclusión de servicios o capacidades no solicitadas, así el error ha sido manifiestamente inductivo para los oferentes, lo que habría incidido en forma directa e incidente en la disparidad en los precios ofertados. Ello explica que se produjeran diferentes interpretaciones por parte de los oferentes en relación al precio del servicio requerido por INAPI, lo que, no sólo afecta lo dispuesto en el artículo 2 bis, de la Ley N°19.886, sino que también impide hacer una correcta evaluación de las mismas ofertas a fin de establecer cuál de ellas sería la más conveniente para la Institución. 5. Que de acuerdo al mismo En este contexto, viéndose afectado lo dispuesto en el artículo 2.- bis de la Ley N°19.886, que dispone que “La contratación pública persigue satisfacer oportunamente las necesidades de las instituciones públicas y de la ciudadanía. Se rige por los principios de libre acceso a las licitaciones, de competencia, de publicidad y transparencia de los procedimientos, de igualdad de trato y no discriminación, de probidad, y de valor del dinero.” Toda vez que las Bases de la Licitación ID 519302-11-LE25 no fueron lo suficientemente claros y transparentes en su redacción, en particular en el precio, como para garantizar la igualdad y no discriminación, competencia, publicidad y transparencia que la ley exige, como a ojos vista se percibe del tenor de las ofertas presentas en este procedimiento. 6. En consecuencia, para la Comisión Evaluadora esta consideración hace imperativo plantear una solución que armonice los principios de Transparencia, eficiencia y eficacia, Igualdad y no discrminación, así como la estricta sujeción a las bases, por lo que esta Comisión ha decidido declarar desierta la presente Licitación, ya que , en las ofertas presentadas en el presente procedimiento de contratación no se puede determinar certeramente si resultan convenientes a los intereses del INAPI. 7. Que, en este contexto, viéndose afectado lo dispuesto en el artículo 2.- bis, que dispone que “La contratación pública persigue satisfacer oportunamente las necesidades de las instituciones públicas y de la ciudadanía. Se rige por los principios de libre acceso a las licitaciones, de competencia, de publicidad y transparencia de los procedimientos, de igualdad de trato y no discriminación, de probidad, y de valor del dinero.” 8. Que de acuerdo a lo estipulado en su punto 12.- “INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN”, letra c. “Licitación desierta:”, que señala: “La Comisión Evaluadora propondrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o cuando determine que las ofertas presentadas no resulten convenientes a los intereses de INAPI. Asimismo, se declarará desierta la presente licitación cuando todas las ofertas presentadas no sean admisibles. INAPI podrá además declarar desierta la licitación si al momento de adjudicar el objeto contratado se encuentra provisto mediante convenio marco, o si INAPI no cuenta con disponibilidad presupuestaria, conforme lo establecido en el artículo 5° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, o cuando INAPI, por razones de buen servicio, estime que no requiere contar con la respectiva contratación total o parcialmente. Dichas declaraciones deberán ser efectuadas por resolución fundada.” 9.- Que, conforme a lo señalado en los considerandos anteriores, las ofertas presentadas en el presente procedimiento de contratación no se puede determinar certeramente si resultan convenientes a los intereses del INAPI, para la compra de “EQUIPO COMPUTACIONAL (SERVIDOR) PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, INAPI” ID 519302-11-LE25, por lo que, por el presente acto se resolverá declarar desierto el ya individualizado procedimiento de Licitación, de acuerdo a lo ya fundamentado en los considerandos precedentes.
Resuelvo
ARTÍCULO ÚNICO: Declárese Desierta la Licitación para la compra de “EQUIPO COMPUTACIONAL (SERVIDOR) PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL, INAPI” ID 519302-11-LE25, por cuanto las Bases de la Licitación fueron redactadas, en cuanto a las Bases Técnicas, de manera inductiva a error, en razón de lo cual, no se pudo verificar correctamente la conveniencia de las ofertas presentadas para los intereses de la entidad licitante, el Instituto Nacional de Propiedad Industrial.
Acta Adjudicación
Organismo Demandante
Razón Social INSTITUTO NACIONAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Unidad de Compra Servicios Generales
R.U.T. 65.999.669-3
Dirección dipresrecepcion@custodium.com
Comuna Santiago
Ciudad en que se genera la Adquisición Región Metropolitana de Santiago
Datos del Contacto para esta Licitación
Nombre Completo Carolina Figueroa
Cargo Encargada de compras
Teléfono 56-02-28870400
Fax --
E-Mail
Datos de la Adquisición
Número de Adquisición 519302-11-LE25
Nombre de Adquisición COMPRA DE EQUIPO COMPUTACIONAL - SERVIDOR
Tipo de Adquisición Licitación Pública Entre 100 y 1000 UTM (LE)
Descripción El Instituto Nacional de Propiedad Industrial, en adelante INAPI, requiere contar con equipo computacional Servidor, con las características indicadas en el punto 2. de las Bases Técnicas.
Tipo de Convocatoria ABIERTO
Moneda Dólar Americano
Fecha de Publicación 11/9/2025 16:25
Fecha de Cierre 30/9/2025 16:00
Tipo de Adjudicación Adjudicación Múltiple sin Emisión de OC
Monto Neto Adjudicado US$ 0,00
Monto Neto Estimado del Contrato US$ 0,00



Anexos a la Adjudicación
Sel.AnexoTipoDescripciónTamañoFecha de AdjuntoAcciones
VB_Acta analisi de admisibilidad_Licitación Servidor_RRG.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENT151 KB14-11-2025 16:25:15
VB_Acta analisi de admisibilidad_Licitación Servidor_HBL.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENT210 KB14-11-2025 16:25:09
VB_ Acta analisi de admisibilidad_Licitación Servidor_CFP.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENT194 KB14-11-2025 16:25:03
Acta de Análisis de Admisibilidad y Evaluación_.pdfDOCUMENT_TYPE_ACTA_EVALUACION_ADJ_ATTACHMENT191 KB14-11-2025 16:24:58
RE N° 482 DECLARA DFESIERTA LICITACION.pdfResolución/Decreto Adjudicación334 KB14-11-2025 16:24:36

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Resultado de la Adjudicación
 

1 Clasificación ONU : 43211501 Servidores
Especificaciones del Comprador :
Cantidad : 1
ProveedorEspecificaciones del ProveedorMonto Unitario OfertaCantidad AdjudicadaTotal Neto AdjudicadoEstado
77.707.677-9 M INDUSTRIAL SPA SERVIDOR US$ 29000 0 0 No Adjudicada
77.698.377-2 SOCIEDAD COMERCIAL CRIMA SPA Servidor Dell PowerEdge R760XS - 2x Intel Xeon Gold 5416S, 64GB DDR5, 960GB SSD, 2U US$ 11500 0 0 No Adjudicada
76.497.659-2 SERVICIOS E IMPORTACIONES ALFARO Y PENA LIMITADA Valor neto US$ 16900 0 0 No Adjudicada
77.474.803-2 COMERCIALIZADORA SANTA CATALINA SPA SERVIDOR HPE PROLIANT DL380 G11 US$ 14862 0 0 No Adjudicada
77.646.099-0 COMERCIALIZADORA MAPY LIMITADA SERVIDORES US$ 9095 0 0 No Adjudicada
96.693.120-5 COMPUTACION E INGENIERIA S A HPE ProLiant DL380 Gen11 VALORES NO INCLUYEN IVA US$ 17990 0 0 No Adjudicada
76.011.397-2 TNS CHILE-TECHNETSECURITY SPA 43211501 - Servidores US$ 15946 0 0 No Adjudicada
77.683.370-3 ESPEX INGENIERIA LIMITADA Servidor HPE US$ 12871,76 0 0 No Adjudicada
76.949.185-6 PROSOTIC SPA Oferta por equipo Dell con soporte de 5 años 7x24 4 horas, valor en USD neto, se le debe agregar el IVA US$ 19456 0 0 No Adjudicada
76.335.493-8 NET TRUST SERVICIOS Y CONSULTORIA SPA Se adjunta valor Neto sin impuesto valor agregado US$ 18600 0 0 No Adjudicada
96.669.540-4 INTERGRADE S A Oferta Intergrade S.A. Valor Neto US$ 24900 0 0 No Adjudicada
76.131.929-9 SOCIEDAD COMERCIAL INFOSTORE LIMITADA Adjunto Propuesta Técnico Económica US$ 16640 0 0 No Adjudicada
76.445.889-3 OPEN SYSTEMS SPA OPEN SYSTEMS SpA RUT: 76.445.889-3 US$ 32844 0 0 No Adjudicada
96.565.670-7 S & A CONSULTORES ASOCIADOS CHILE S.A. Vigrencia de la oferta: 90 dias US$ 18874,36 0 0 No Adjudicada

Total Línea

US$ 0,00



Monto Total Adjudicado $ 0