Detalle del contrato

Resumen del contrato

Número del contrato:

941739-17-CL18


Unidad Requirente:

Dirección de infraestructura y equipamiento

Mecanismo de compra:

Órden de compra


ID Licitación / Orden de Compra:

941739-526-SE18

Nombre del contrato:

SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD UTA-ARICA

Estado del contrato:

Terminado

Evaluación del contrato:

Evaluación Pendiente

Proveedor:

99.531.690-0

DESARROLLOS Y PROYECTOS DE INGENIERIA INGETECH S A

Estado:

Hábil

Monto del contrato:

$ 174.930.000

Ejecución del contrato:


Categoría:


Tipo de Contrato:

Hitos del contrato

0
0
Hitos totales
Pagados fuera de plazo

Garantías

0
1
Vigentes
Vencidas

Sanciones

0
0
Solicitadas
Aplicadas

Productos / Servicios

Nombre de producto Cantidad Descuento Cargo Monto
Servicios de vigilancia 1 $ 0 $ 0 $ 24.500.000
Total neto $ 24.500.000
Descuento $ 0
Cargos $ 0
19% IVA $ 4.655.000
TOTAL OC $ 29.155.000





Monto descontado por recepción conforme






Días restantes para el término del contrato









Días de vigencia

Sólo días hábiles

Inicio

Término

Aviso de vencimiento

Adjuntos

Nombre documento Tipo documento Descripción documento Tamaño Fecha adjunto Acciones
0.308_2018 RES.EXE.VAF 0.308_2018 REGULARIZA TRATO DIRECTO.pdf Resolución / Decreto RESOLUCION EXENTA VAF N°0.308/2018 AUTORIZA TRATO DIRECTO
0.308_2018 PARTE 2.pdf Resolución / Decreto RESOLUCION EXENTA VAF N°308 PARTE 2

Contrato no registra hitos de pago, favor revisar que la(s) orden(es) de compra tenga(n) su recepción conforme.


Garantías añadidas

Tipo de garantía Tipo de instrumento N° de instrumento Monto Vencimiento Aviso vencimiento
Garantía de fiel cumplimiento de contrato Boleta de garantía 8746500
Ingrese aquellas cláusulas del contrato relevantes durante la ejecución. Esta información estará disponible para su uso durante el proceso de gestión del contrato.

Cláusulas añadidas

Título de cláusula: PLAZO DE ENTREGA Y MULTAS POR ATRASO

Clasificación de cláusula: Cláusula legal

El proveedor se entenderá notificado de la orden de compra a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de su envío a través del portal de mercado público. La fecha de entrega indicada en la orden de compra, regirá a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de notificación de la respectiva orden y sólo podrá ser modificada por causales debidamente fundada por la Universidad de Tarapacá.

MULTAS: En caso que el proveedor no cumpla sus obligaciones o incurra en infracciones leves, menos graves y/o graves de acuerdo a lo estipulado en el punto 2.5.9, 2.5.10 y 2.5.11  de los presentes términos de referencia, y previamente verificado por el Encargado de Seguridad de la Dirección de Logística, Obras  y Operaciones  de la Universidad de Tarapacá, será sancionado con una multa, que se determinará de acuerdo a la siguiente tabla, sobre el valor total de la orden de compra con un tope del 30%.

 

Tipo de infracción

Monto Multa

Observación

Infracción Leve

0,2% (Cero coma dos por ciento sobre

el total de la orden de compra

Por cada Infracción.

Infracción Menos Grave

0,5%   (Cero   coma   cinco   por   ciento                                                              sobre el total de la orden de compra

Por cada Infracción.

Infracción Grave

0,8% (Cero coma ocho por ciento sobre

el total de la orden de compra

Por cada Infracción.

 

Las multas podrán hacerse efectivas a través de descuentos en el pago de la orden de compra. Para efectos del cobro de la respectiva multa se incluirá las órdenes de compra suplementarias.

Las multas serán determinadas por el Departamento de Administración y Finanzas, y su aplicación aprobada por Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas, y será deducida del pago final. Lo anterior, sin perjuicio que la Universidad de Tarapacá podrá hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento de contrato cuando se haya exigido en los Términos de Referencia.

A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación del respectivo  cobro de las Multas.

1 Detectada una situación que amerite la aplicación del cobro de Multas, el responsable del respectivo  contrato notificará inmediatamente de ello al Director de Administración y Finanzas, quien notificará al proveedor por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.

2 A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos  por escrito (acompañando todos los antecedentes que lo respalden) ante el Vicerrectoría de Administración y Finanzas, quien junto al responsable de contrato evaluarán los antecedentes.

3 Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se haya presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una Resolución Exenta de la Vicerrectoría de Administración y Finanzas.

4 Si el proveedor ha presentado descargos  dentro del plazo establecido para estos efectos, la Universidad tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados  desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos total o parcialmente.

La indicada resolución deberá ser fundada y notificarse al respectivo proveedor personalmente o mediante carta certificada. El proveedor podrá recurrir ante el Vicerrector de Administración y Finanzas de la Universidad, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes  a la fecha de la notificación del acto administrativo que aplica la multa. El recurso debe plantearse en forma escrita y ser fundado. Podrá interponerse personalmente por el proveedor o por intermedio de un representante designado por él. En lo demás se estará a lo dispuesto  en el artículo 46º  y 59º  de la Ley Nº 19.880 del 2003. La reclamación será resuelta por el Vicerrector de Administración y Finanzas dentro del plazo de treinta (30) hábiles siguientes a la fecha de recepción de la carta de reclamo. Si transcurrido dicho plazo no se ha resuelto el reclamo, la Universidad de Tarapacá deberá pagar la suma que se encuentre retenida, sin perjuicio de quedar pendiente la decisión sobre la procedencia y monto de la multa, en su caso, y según ello, la obligación de pago del proveedor. En la resolución que acoja el recurso, se podrá, modificar, reemplazar  o dejar sin efecto  el acto impugnado; en todo lo demás, se aplicará el artículo 59 de la Ley 19.880. El valor de la multa se calculará según el valor de la unidad de fomento al momento que la Universidad de Tarapacá tome conocimiento de la infracción incurrida por el proveedor. En lo no contemplado en el procedimiento anterior, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley 19.880.

Se muestra sección Sanciones
Se muestra sección Sanciones Aplicadas
Evaluación del Contrato.
Estado
Fecha
Observación
Terminado 13-06-2022 20:40:02 Vigencia expirada.
En ejecución 08-06-2021 1:00:08 El instrumento de garantia ID 11967 ha vencido.
En ejecución 02-10-2018 10:49:50 Publicacion del Contrato