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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes tendrán un plazo de 02 (dos) días corridos, contados desde la notificación de la
adjudicación a través del Portal www.mercadopublico.cl, para hacer consultas sobre la adjudicación
a través de los correos electrónicos institucionales que a continuación se indica:
nicole.castillo@mop.gov.cl, con copia a su jefatura directa: Hector.saavedra@mop.gov.cl
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 03
(tres) días hábiles siguientes a la fecha de ingreso de las mismas, a través del mismo medio. Este
plazo no afectará la vigencia de contratación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Durante la vigencia del contrato se exigirá la certificación o acreditación documentada del
cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, quedando
la Dirección de Vialidad facultada, en caso de detectarse incumplimientos, para poner término
anticipado al contrato, según lo dispuesto en el artículo 130 del Reglamento de Compras Públicas.
Esta certificación se concretará junto con cada factura mensual emitida, debiendo el adjudicatario
adjuntar el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) desfasado
en un mes con respecto del pago de los servicios, emitido por la Dirección del Trabajo
correspondiente.
Lo anterior, aparte de los antecedentes que pudiera solicitar el Responsable del Contrato. Ello, con
el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el
derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del
Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y
previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
La Dirección de Vialidad podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que
estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 4 de la Ley N 19.886, en caso de que el adjudicatario
registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la
empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad
del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. El respectivo servicio deberá exigir
que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que
demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte
de la empresa contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse
a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará
en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por
éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación
o dependencia de ellos con el órgano comprador.
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y
oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias; leyes sociales, de previsión,
de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto
de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración
sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios,
gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por
cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de
trabajo.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la etapa de evaluación, la Dirección de Vialidad según lo dispuesto en el artículo 56 del
Reglamento de Compras Públicas, podrá solicitar a los oferentes a través del Portal:
- Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. NO se considerará error formal
errores en el precio de la oferta.
- La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento
de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido
u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y
- La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones por parte de los oferentes, no podrán conferir una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que afectaría el principio de
igualdad de los oferentes. Esto, en tanto no se afecte los principios de estricta sujeción a las Bases,
de igualdad de trato y no discriminación entre los oferentes, de probidad, de competencia, de
publicidad, de transparencia y de libre acceso a las licitaciones.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de 48 horas,
contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante a través del Sistema de
información. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de
evaluación, recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Lo expuesto en el presente numeral, NO aplica ni incluye la presentación de los Anexos
Nº2 (oferta económica) y N° 3 (oferta técnica); los cuales por ser de carácter esencial, si
NO son presentados antes del cierre de recepción de ofertas, implicará que la oferta será
declarada inadmisible por resolución fundada totalmente tramitada, por no cumplir con
los requisitos establecidos en las Bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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