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REQUISITOS PARA OFERTAR |
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para presentar ofertas
El oferente no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el código penal, dentro de los
dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Esto se acreditará mediante la declaración
jurada disponible a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de las facultades de la
entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios que se
encuentren a su disposición, como las declaraciones juradas anexas.
No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las
Entidades (Articulo 58 y 120 del Decreto 661/2024)
Instrucciones para presentar las Ofertas
Todo oferente deberá estudiar cuidadosamente las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus
respectivos anexos, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecten el
costo de los servicios ofertados. Cualquier omisión por parte del oferente, será a su propio riesgo y sólo
él será responsable de los errores u omisiones en que incurra. El hecho de no adjuntar información
requerida como obligatoria, o bien, que los archivos comprimidos no abran y/o no puedan ser leídos
correctamente, el Servicio declarará inadmisible la oferta. La fecha de la presentación de las ofertas en
el portal www.mercadopublico.cl será de acuerdo a las etapas y plazos indicados en las presentes bases.
Todos los antecedentes y formularios deberán ser anexados en formatos digitales a las respectivas
ofertas presentadas, utilizando para estos efectos Word (como procesador de textos), Excel (planilla
electrónica) e imágenes digitalizadas en formatos PDF u otro formato claro y legible. Todos los
Formularios anexos deben venir en idioma español, debidamente firmados si corresponde.
Subcontratación
Conforme a Articulo 128 Decreto 661/2024 El Proveedor podrá concertar con terceros la
subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento
permanecerá en el Proveedor adjudicado. En aquellos contratos de carácter secreto o reservado, o
cuando lo exija la seguridad del Estado, la subcontratación requerirá siempre autorización expresa de la
Entidad. Si así se prevé en las Bases, los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la
Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que
tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el
Registro de Proveedores. Las Entidades podrán establecer en las Bases que determinadas tareas críticas
no puedan ser objeto de subcontratación, debiendo ser estas ejecutadas directamente por el Proveedor
adjudicado.
No será admisible la subcontratación en los siguientes casos:
a) Si se trata de servicios especiales, y se ha contratado en vista de la capacidad o idoneidad del
contratista.
b) Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato, salvo que las Bases de licitación
establezcan un porcentaje mayor por razones fundadas.
c) Si afecta al subcontratista una o más causales de inhabilidad en el Registro de Proveedores.
d) Si el subcontratista se encuentra en alguna de las incompatibilidades para ser contratado por la
Entidad pública a que se refiere el artículo 35 quáter de la Ley de Compras.
El Proveedor principal deberá notificar por escrito al órgano contratante de cualquier modificación en
las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la
materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el
Proveedor principal deberá acreditar que este cumple con los requisitos señalados en el inciso anterior.
El límite de la subcontratación quedará determinado por el porcentaje que se determine en las bases, y
en ningún caso la subcontratación podrá ser utilizada para efectuar una cesión del contrato.
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PRESENTACION DE LAS OFERTAS |
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Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico
o digital, dentro del plazo de recepción de estas establecido en la calendarización de la licitación.
Los oferentes podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir
íntegramente con lo exigido en estas bases.
Los oferentes que participen en Unión Temporal de Proveedores (UTP), al momento del ingreso de la
oferta deben seleccionar la oferta conjunta con otros proveedores (UTP), según guía de uso de
proveedores de la dirección de compras públicas, ingresando en la casilla documento que formaliza la
unión temporal de proveedores, registrando la UTP según lo estipulado en la ficha de ingreso de la
oferta. Además, deberán dar cumplimiento a lo establecido en Artículo N°180, 181, Decreto N°661
Aprueba Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios, y deja sin efecto el Decreto 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los
antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar
de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores. (Artículo 48. Contenido de las ofertas,
Decreto 661/2024).
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta
económica, según se detalla en los siguientes puntos.
Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos del presente pliego de
condiciones se encontrarán disponibles en formato Word, en el portal Mercado Público.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación
sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección
de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado, en
clausula “LICITACIONES EN SOPORTE PAPEL” definidas en las presentes bases, dentro de las 24 horas
siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días
hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal.
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OFERTA TECNICA |
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La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en las Especificaciones Técnicas y satisfacer todos los
requerimientos allí señalados. La especificidad de lo ofertado deberá ser consignada en la propuesta
técnica, podrá además complementar con documento que debe ser adjunto al portal mercado público
si así lo considera siempre antes del cierre de la propuesta, en la cual se deberán incluir todos o los
antecedentes específicos descritos en su Formulario correspondiente, el que deberá ser, además,
suscrito por el oferente y declarar su cumplimiento, en señal de aceptación, además de los archivos
anexos de respaldo que estime pertinente en oferta técnica señalados en las presentes bases.
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OFERTA ECONOMICA |
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Las ofertas económicas deben ser expresadas en pesos Chilenos ($). Aquellas ofertas económicas que
sean expresadas en una moneda o unidad de reajustabilidad distinta a la señalada serán declaradas INADMISIBLES.
En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl se deberá informar el precio total del
servicio (24 meses) expresado en Pesos y sin impuestos (NETO). Adicionalmente, deberá presentarse en forma obligatoria a través del portal, la Oferta Económica Detallada, según se describe en el Formulario Económico de las presentes Bases.
La evaluación de las ofertas se efectuará en atención a lo informado en el referido Formulario
Económico, por lo que, los proponentes que no acompañen dicho formulario, debidamente completado
y firmado, no serán evaluados por resultar sus ofertas INADMISIBLES.
En caso de que se presente disconformidad entre el precio informado por el oferente en el formulario
electrónico y el precio señalado en el Formulario Económico, primará el precio informado en el referido
formulario. Asimismo, en caso de que se presenten disconformidades entre el precio y/o los impuestos
desglosados e informados por el oferente en el mismo Formulario Económico y las sumas totales
señalada en éste, primará el precio total con impuestos incluidos informado, y se procederá a ajustar de
manera que la suma del precio e impuestos, en su caso, cuadre con el precio total de la oferta.
El presupuesto referencial estimado para la contratación objeto de esta licitación es $67.195.048.-
(sesenta y siete millones ciento noventa y cinco mil cuarenta y ocho pesos), por dos años de convenio,
con los impuestos que lo afectan, y cualquier otro costo que, de acuerdo con lo dispuesto en las Bases
de Licitación, sea de cargo del oferente. No obstante, a lo anterior, si de las ofertas se desprende que el
precio ofertado, no corresponde a los intereses presupuestarios de la institución, podrá desestimar o no
la oferta, asociado a costos desproporcionados de las condiciones de mercado, previa investigación de
consulta de mercado efectuada.
Todos los costos asociados a la prestación de los servicios encomendados y/o cualquier otro gasto que
deba incurrir el proveedor para dar cabal cumplimiento a las responsabilidades y obligaciones contraídas
por éste al momento de participar de esta licitación, resultar adjudicado y finalmente contratado por
parte de la entidad licitante, gastos que incurra para adquisición de documento de garantía de fiel
cumplimiento y gastos por trámites notariales, deberán ser asumidos exclusivamente por el
adjudicatario y no podrán ser traspasados al organismo contratante bajo ningún tipo de mecanismo.
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DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Para la presente licitación los antecedentes requeridos serán los siguientes, LOS QUE DEBEN SER
INCLUIDOS EN LA OFERTA:
a) Documentos Administrativos
- Formulario N°1: Identificación del Oferente
- Formulario N°2: Declaración Jurada De Probidad, Transparencia y Composición Societaria
- Formulario N°3: Programa de Integridad de acuerdo a Artículo N°17 Decreto 661/2024, el cual será
sometido a evaluación, conforme a criterios de evaluación de la propuesta, con su respectivo
medio de verificación.
- Solo para aquellos proveedores que oferten en modalidad UTP. En caso de ofertar en modalidad
UTP, se deberá dar cumplimiento a lo establecido en los artículos N°180, 181 Decreto/661. Cada
uno de los integrantes de la UTP deberá presentar los formularios administrativos antes descritos
y los documentos deberán ser adjuntados en la oferta presentada. Adicionalmente deberá adjuntar
de forma obligatoria Formulario N°6.
- Declaración Jurada online los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos
para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información,
www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten
esta declaración, serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participaran de la evaluación
de las ofertas.
Consideraciones para el declarante:
“Selecciona a la persona que firmará esta declaración jurada. Te recordamos que debe ser un
Representante Legal de tu empresa. Podrás seleccionar alguno de los Representantes Legales obtenidos
del Servicio de Impuestos Internos o agregar uno nuevo.”
La omisión de documentos técnicos y/o económicos será causal de declarar la oferta inadmisible
b) Antecedentes Técnicos (OBLIGATORIO)
- Formulario N°4: Cumplimiento Especificaciones Técnicas, Plazo de Entrega y Monto Mínimo de
Despacho.
- Ficha Técnica del Producto y/o Imagen del Producto.
c) Antecedentes Económicos (OBLIGATORIO)
- Formulario N°5, todos los valores presentados deberán ser en moneda nacional y en valores netos.
- Ficha del portal www.mercadopublico.cl, valor total neto de los productos ofertados
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VALIDEZ DE LA OFERTA |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos desde la fecha de cierre de la recepción de
ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación,
la entidad licitante podrá solicitar a través del portal www.mercadopublico.cl, la prórroga de las ofertas.
Si alguno de los proponentes no accediere a esta solicitud, su propuesta no será considerada en el
proceso de evaluación y adjudicación y no se le cobrará la boleta de seriedad de la oferta, si el proveedor acepta el plazo de prorroga se somete las condiciones ya establecidas en las bases de licitación.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o
condiciones establecidos en las presentes bases de licitación (bases administrativas y términos técnicos
de referencia), sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases de licitación.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
- La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
- La no presentación de formularios técnicos y/o económico.
- Si el proveedor no adjunta la ficha técnica de lo ofertado.
- Si el proveedor no oferta en pesos chilenos ($).
- Si la oferta carece de algunos de los elementos esenciales como son: precio, plazo de entrega u
otros declarados como esenciales por la comisión evaluadora.
- Si la oferta presentada por el proveedor excede el presupuesto asociado al proyecto considerado
por la institución como desproporcionado.
- No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las
Entidades (Articulo 58 y 120 del Decreto 661/2024)
- Se declarará inadmisible las ofertas simultaneas, conforme a lo señalado en Decreto 661/2024
Artículo 60.- Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo
empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se
presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien
o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre
sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
- Se evaluará a la oferta más conveniente para el Servicio de acuerdo a lo señalado en el Artículo 60
para las ofertas simultaneas de proveedores de acuerdo al Decreto 661/2024
- Se verificará la habilidad de los integrantes de la UTP, se declarará inadmisible si no da
cumplimiento a lo establecido en Articulo 182 Decreto 661/2024 a cada integrante de la unión
individualmente. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no
correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
- De acuerdo a Artículo 48. Decreto 661/2024 inadmisible aquellos oferentes, quienes no podrán,
para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de
Proveedores.
- Las ofertas que consideren montos mínimos de despacho superiores a $35.000 Neto (Treinta y
cinco mil pesos).
Las demás causales que señala la ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y
prestación de servicios, Ley 21.634 que Moderniza Ley de Compras y su reglamento, el Decreto N°661
publicado con fecha 12/12/2024 del Ministerio de Hacienda.
Una vez aceptadas las ofertas en el sistema de información, se efectuará la revisión de las ofertas
recepcionadas, aquellas que resulten admisibles, conforme a lo establecido en Bases de Licitación
Pública se someterán al proceso de evaluación. Para las ofertas declaradas inadmisibles, su justificación
se consignará en el respectivo Informe de Evaluación y no se someterá a proceso de evaluación.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses técnicos y/o económicos.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no
darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO |
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La Unidad Licitante podrá efectuar aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y demás
documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, hasta el día de la fecha indicada en el
Calendario de la Licitación como fecha de término de consultas. Las aclaraciones y/o alcances podrán o
no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y
entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Servicio. De verificarse una ampliación, ella será dada
a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información de la
Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán
efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el Calendario de Licitación
de las presentes Bases, en el periodo señalado en etapas y plazos de la ficha Portal Mercado Público,
haciendo referencia explícita al punto de las Bases, Especificaciones Técnicas o documentos que la
integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información,
conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Posterior a la publicación en el portal,
dichas preguntas y respuestas serán aprobadas por el correspondiente Acto Administrativo. (Art. 108
letra a) Licitación Pública N°3, Decreto 661/2024)
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan
en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato
para todos los efectos correspondientes. El Servicio deberá publicar todos los antecedentes relacionados
con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados. Contestadas las consultas, efectuadas
las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas Formularios y
documentos que integran la propuesta. No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o
efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente. En todo caso las
modificaciones que pudieran realizarse por efectos de aclaraciones que se realicen en este periodo
deberán ser aprobadas mediante el correspondiente Acto Administrativo, en cuyo caso se considerará
una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
Cabe señalar respecto a la potestad revocatoria regulada, de acuerdo con el principio de impugnabilidad
contenido en los artículos 10 de la ley N°18.575 y artículo 15 inciso primero de la ley N°19.880, frente a su ejercicio, los interesados pueden reclamar por la vía administrativa mediante los recursos regulados
en el último texto legal.
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MODIFICACION DE BASES |
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La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una
consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar
ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web.
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones
de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con
aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las
propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal
modificación, según lo señalado en los Artículos 40 y 36 del Decreto N°661/2024.
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MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo
puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a
quien haya obtenido el máximo puntaje, a partir de los siguientes criterios en orden de prelación
sucesiva y excluyente:
- Primer decimal en puntaje Final
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Monto Total de la oferta con impuestos incluidos
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Plazos de Entrega
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Montos Mínimo de Despacho
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Desarrollo Regional
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Programa de Integridad
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Comportamiento Contractual Anterior
- El Oferente mejor evaluado en el criterio Cumplimiento Requisitos Formales.
Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará al oferente que primero hubiese ingresado su
oferta al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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El pago se realizará vía transferencia electrónica a través el Departamento de Finanzas del Servicio de
Salud Talcahuano, una vez recepcionados conforme los servicios prestados, por parte del referente del
convenio en el portal www.mercadopublico.cl, la cual debe ser aceptada por el proveedor dentro de las
24 horas siguientes al envío de ésta. El proveedor enviará el DTE a la casilla
dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, deberá considerar incluir en la glosa
de la factura el detalle de los servicios entregados y consignar el mes y año del servicio facturado. Para
realizar la facturación de los servicios el proveedor deberá enviar pre-factura o guía de despacho, la cual
será recepcionada por bodega para su recepción conforme, para la emisión de la factura posterior por
parte del proveedor, una vez aprobada por la contra parte técnica del Servicio de Salud Talcahuano la
Factura respectiva, se tramitará a su pago respectivo. En caso que no esté presente referente técnico
clínico o quien lo reemplace o subrogue, corresponderá la presente revisión al encargado de bodega, a
fin de, no detener procesos de gestión de pago a proveedores y dar cumplimiento a la normativa de
pago oportuno. El documento tributario electrónico (DTE) deberá ser enviado a la casilla antes señalada,
dentro de los 5 días siguientes al envío de la orden de compra, con toda la documentación soportante.
En el caso que el proveedor envié el DTE a la casilla sin hacer entrega de la documentación, el
establecimiento podrá rechazar el DTE mediante su sistema contable, por no cumplir con la
documentación de respaldo para proceder al pago.
Todo lo señalado anteriormente es requisito obligatorio para proceder al pago en un plazo que no
exceda a 30 días corridos, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Presupuesto de la Nación 2026 N°21.796
de fecha 12.12.2025 y siguientes, partida 16 del Ministerio de Salud, glosa 02 letra e)”. Sin estos
certificados y antecedentes no se recibirá el documento tributario respectivo, el cual será rechazado a
través del portal del SII, ni se cursará el estado de pago correspondiente, en caso de modificación de la
normativa de pago y plazos del mismo a la fecha de facturación de eventuales servicios, operará la
normativa vigente para los plazos de pago a proveedores.
En caso de modificación de la normativa, proceso y/o gestión de pago o su forma de tramitación
documental, ya sea, durante la evaluación, adjudicación y/o vigencia del presente proceso licitatorio y/o
acto administrativo, operará la normativa vigente a la fecha de su ejecución y/o aplicación, de los plazos forma y normativa de pago aplicable a los establecimientos, proveedores, prestadores y sus
condicionales asociadas.
El proveedor deberá emitir los documentos tributarios electrónico (DTE) respectivos en forma mensual,
de acuerdo a las órdenes de compra emitidas por cada Establecimiento dependiente del Servicio Salud
de Talcahuano. El DTE debe ser enviado a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en
el Campo 801 del DTE: el N˚ o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl y
se emitirá con los siguientes datos:
Órdenes de Compra Emitidas por el Servicio de Salud Talcahuano:
- Nombre: Servicio de Salud Talcahuano
- R.U.T: 61.607.200-5
- Dirección: Avenida Colón 3030 Talcahuano.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Órdenes de Compra Emitidas por el CESFAM Lirquén:
- Nombre : CESFAM Lirquén
- R.U.T: 61.980.370-1
- Dirección: Ruta 150 S/N, Penco.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Nota: En caso de modificación de la normativa de pago o tramitación documental durante la evaluación,
vigencia y/o adjudicación del presente proceso licitatorio y/o acto administrativo, operará la normativa
vigente a la fecha de su ejecución, ya sea, para los plazos, forma de pago y normativa aplicable a los
establecimientos, proveedores y sus condicionales.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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El pago se realizará vía transferencia electrónica a través el Departamento de Finanzas del Servicio de
Salud Talcahuano, una vez recepcionados conforme los servicios prestados, por parte del referente del
convenio en el portal www.mercadopublico.cl, la cual debe ser aceptada por el proveedor dentro de las
24 horas siguientes al envío de ésta. El proveedor enviará el DTE a la casilla
dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, deberá considerar incluir en la glosa
de la factura el detalle de los servicios entregados y consignar el mes y año del servicio facturado. Para
realizar la facturación de los servicios el proveedor deberá enviar pre-factura o guía de despacho, la cual
será recepcionada por bodega para su recepción conforme, para la emisión de la factura posterior por
parte del proveedor, una vez aprobada por la contra parte técnica del Servicio de Salud Talcahuano la
Factura respectiva, se tramitará a su pago respectivo. En caso que no esté presente referente técnico
clínico o quien lo reemplace o subrogue, corresponderá la presente revisión al encargado de bodega, a
fin de, no detener procesos de gestión de pago a proveedores y dar cumplimiento a la normativa de
pago oportuno. El documento tributario electrónico (DTE) deberá ser enviado a la casilla antes señalada,
dentro de los 5 días siguientes al envío de la orden de compra, con toda la documentación soportante.
En el caso que el proveedor envié el DTE a la casilla sin hacer entrega de la documentación, el
establecimiento podrá rechazar el DTE mediante su sistema contable, por no cumplir con la
documentación de respaldo para proceder al pago.
Todo lo señalado anteriormente es requisito obligatorio para proceder al pago en un plazo que no
exceda a 30 días corridos, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Presupuesto de la Nación 2026 N°21.796
de fecha 12.12.2025 y siguientes, partida 16 del Ministerio de Salud, glosa 02 letra e)”. Sin estos
certificados y antecedentes no se recibirá el documento tributario respectivo, el cual será rechazado a
través del portal del SII, ni se cursará el estado de pago correspondiente, en caso de modificación de la
normativa de pago y plazos del mismo a la fecha de facturación de eventuales servicios, operará la
normativa vigente para los plazos de pago a proveedores.
En caso de modificación de la normativa, proceso y/o gestión de pago o su forma de tramitación
documental, ya sea, durante la evaluación, adjudicación y/o vigencia del presente proceso licitatorio y/o
acto administrativo, operará la normativa vigente a la fecha de su ejecución y/o aplicación, de los plazos forma y normativa de pago aplicable a los establecimientos, proveedores, prestadores y sus
condicionales asociadas.
El proveedor deberá emitir los documentos tributarios electrónico (DTE) respectivos en forma mensual,
de acuerdo a las órdenes de compra emitidas por cada Establecimiento dependiente del Servicio Salud
de Talcahuano. El DTE debe ser enviado a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en
el Campo 801 del DTE: el N˚ o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl y
se emitirá con los siguientes datos:
Órdenes de Compra Emitidas por el Servicio de Salud Talcahuano:
- Nombre: Servicio de Salud Talcahuano
- R.U.T: 61.607.200-5
- Dirección: Avenida Colón 3030 Talcahuano.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Órdenes de Compra Emitidas por el CESFAM Lirquén:
- Nombre : CESFAM Lirquén
- R.U.T: 61.980.370-1
- Dirección: Ruta 150 S/N, Penco.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Nota: En caso de modificación de la normativa de pago o tramitación documental durante la evaluación,
vigencia y/o adjudicación del presente proceso licitatorio y/o acto administrativo, operará la normativa
vigente a la fecha de su ejecución, ya sea, para los plazos, forma de pago y normativa aplicable a los
establecimientos, proveedores y sus condicionales.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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El pago se realizará vía transferencia electrónica a través el Departamento de Finanzas del Servicio de
Salud Talcahuano, una vez recepcionados conforme los servicios prestados, por parte del referente del
convenio en el portal www.mercadopublico.cl, la cual debe ser aceptada por el proveedor dentro de las
24 horas siguientes al envío de ésta. El proveedor enviará el DTE a la casilla
dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, deberá considerar incluir en la glosa
de la factura el detalle de los servicios entregados y consignar el mes y año del servicio facturado. Para
realizar la facturación de los servicios el proveedor deberá enviar pre-factura o guía de despacho, la cual
será recepcionada por bodega para su recepción conforme, para la emisión de la factura posterior por
parte del proveedor, una vez aprobada por la contra parte técnica del Servicio de Salud Talcahuano la
Factura respectiva, se tramitará a su pago respectivo. En caso que no esté presente referente técnico
clínico o quien lo reemplace o subrogue, corresponderá la presente revisión al encargado de bodega, a
fin de, no detener procesos de gestión de pago a proveedores y dar cumplimiento a la normativa de
pago oportuno. El documento tributario electrónico (DTE) deberá ser enviado a la casilla antes señalada,
dentro de los 5 días siguientes al envío de la orden de compra, con toda la documentación soportante.
En el caso que el proveedor envié el DTE a la casilla sin hacer entrega de la documentación, el
establecimiento podrá rechazar el DTE mediante su sistema contable, por no cumplir con la
documentación de respaldo para proceder al pago.
Todo lo señalado anteriormente es requisito obligatorio para proceder al pago en un plazo que no
exceda a 30 días corridos, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Presupuesto de la Nación 2026 N°21.796
de fecha 12.12.2025 y siguientes, partida 16 del Ministerio de Salud, glosa 02 letra e)”. Sin estos
certificados y antecedentes no se recibirá el documento tributario respectivo, el cual será rechazado a
través del portal del SII, ni se cursará el estado de pago correspondiente, en caso de modificación de la
normativa de pago y plazos del mismo a la fecha de facturación de eventuales servicios, operará la
normativa vigente para los plazos de pago a proveedores.
En caso de modificación de la normativa, proceso y/o gestión de pago o su forma de tramitación
documental, ya sea, durante la evaluación, adjudicación y/o vigencia del presente proceso licitatorio y/o
acto administrativo, operará la normativa vigente a la fecha de su ejecución y/o aplicación, de los plazos forma y normativa de pago aplicable a los establecimientos, proveedores, prestadores y sus
condicionales asociadas.
El proveedor deberá emitir los documentos tributarios electrónico (DTE) respectivos en forma mensual,
de acuerdo a las órdenes de compra emitidas por cada Establecimiento dependiente del Servicio Salud
de Talcahuano. El DTE debe ser enviado a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en
el Campo 801 del DTE: el N˚ o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl y
se emitirá con los siguientes datos:
Órdenes de Compra Emitidas por el Servicio de Salud Talcahuano:
- Nombre: Servicio de Salud Talcahuano
- R.U.T: 61.607.200-5
- Dirección: Avenida Colón 3030 Talcahuano.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Órdenes de Compra Emitidas por el CESFAM Lirquén:
- Nombre : CESFAM Lirquén
- R.U.T: 61.980.370-1
- Dirección: Ruta 150 S/N, Penco.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Nota: En caso de modificación de la normativa de pago o tramitación documental durante la evaluación,
vigencia y/o adjudicación del presente proceso licitatorio y/o acto administrativo, operará la normativa
vigente a la fecha de su ejecución, ya sea, para los plazos, forma de pago y normativa aplicable a los
establecimientos, proveedores y sus condicionales.
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DE LA FORMA DE PAGO |
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El pago se realizará vía transferencia electrónica a través el Departamento de Finanzas del Servicio de
Salud Talcahuano, una vez recepcionados conforme los servicios prestados, por parte del referente del
convenio en el portal www.mercadopublico.cl, la cual debe ser aceptada por el proveedor dentro de las
24 horas siguientes al envío de ésta. El proveedor enviará el DTE a la casilla
dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en el Campo 801 del DTE: el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl. Asimismo, deberá considerar incluir en la glosa
de la factura el detalle de los servicios entregados y consignar el mes y año del servicio facturado. Para
realizar la facturación de los servicios el proveedor deberá enviar pre-factura o guía de despacho, la cual
será recepcionada por bodega para su recepción conforme, para la emisión de la factura posterior por
parte del proveedor, una vez aprobada por la contra parte técnica del Servicio de Salud Talcahuano la
Factura respectiva, se tramitará a su pago respectivo. En caso que no esté presente referente técnico
clínico o quien lo reemplace o subrogue, corresponderá la presente revisión al encargado de bodega, a
fin de, no detener procesos de gestión de pago a proveedores y dar cumplimiento a la normativa de
pago oportuno. El documento tributario electrónico (DTE) deberá ser enviado a la casilla antes señalada,
dentro de los 5 días siguientes al envío de la orden de compra, con toda la documentación soportante.
En el caso que el proveedor envié el DTE a la casilla sin hacer entrega de la documentación, el
establecimiento podrá rechazar el DTE mediante su sistema contable, por no cumplir con la
documentación de respaldo para proceder al pago.
Todo lo señalado anteriormente es requisito obligatorio para proceder al pago en un plazo que no
exceda a 30 días corridos, de acuerdo a lo señalado en la Ley de Presupuesto de la Nación 2026 N°21.796
de fecha 12.12.2025 y siguientes, partida 16 del Ministerio de Salud, glosa 02 letra e)”. Sin estos
certificados y antecedentes no se recibirá el documento tributario respectivo, el cual será rechazado a
través del portal del SII, ni se cursará el estado de pago correspondiente, en caso de modificación de la
normativa de pago y plazos del mismo a la fecha de facturación de eventuales servicios, operará la
normativa vigente para los plazos de pago a proveedores.
En caso de modificación de la normativa, proceso y/o gestión de pago o su forma de tramitación
documental, ya sea, durante la evaluación, adjudicación y/o vigencia del presente proceso licitatorio y/o
acto administrativo, operará la normativa vigente a la fecha de su ejecución y/o aplicación, de los plazos forma y normativa de pago aplicable a los establecimientos, proveedores, prestadores y sus
condicionales asociadas.
El proveedor deberá emitir los documentos tributarios electrónico (DTE) respectivos en forma mensual,
de acuerdo a las órdenes de compra emitidas por cada Establecimiento dependiente del Servicio Salud
de Talcahuano. El DTE debe ser enviado a la casilla dipresrecepcion@custodium.com y debe incluir en
el Campo 801 del DTE: el N˚ o ID de la orden de compra emitida por el portal www.mercadopublico.cl y
se emitirá con los siguientes datos:
Órdenes de Compra Emitidas por el Servicio de Salud Talcahuano:
- Nombre: Servicio de Salud Talcahuano
- R.U.T: 61.607.200-5
- Dirección: Avenida Colón 3030 Talcahuano.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Órdenes de Compra Emitidas por el CESFAM Lirquén:
- Nombre : CESFAM Lirquén
- R.U.T: 61.980.370-1
- Dirección: Ruta 150 S/N, Penco.
- Campo 801 del DTE: Indicar el N° o ID de la orden de compra emitida por el portal
www.mercadopublico.cl
- Glosa: Nombre de productos entregados.
Nota: En caso de modificación de la normativa de pago o tramitación documental durante la evaluación,
vigencia y/o adjudicación del presente proceso licitatorio y/o acto administrativo, operará la normativa
vigente a la fecha de su ejecución, ya sea, para los plazos, forma de pago y normativa aplicable a los
establecimientos, proveedores y sus condicionales.
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SANCIONES Y MULTAS |
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SANCIONES: Se entenderá por incumplimiento del contrato, si el oferente no da cumplimiento a lo
estipulado en su oferta, salvo razones de fuerza mayor, si fuese sin motivo razonable a criterio del
Servicio de Salud Talcahuano, lo que facultará al Servicio de Salud Talcahuano para aplicar las siguientes
sanciones:
- Resolver unilateralmente dejar sin efecto el contrato, sin necesidad de notificación judicial ni
requerimiento de ninguna especie.
- Exigir el cumplimiento judicial de la resolución.
- Informar por escrito al Ministerio de Salud, Servicios de Salud del País y Plataforma Chile
proveedores y respecto del incumplimiento por parte del proveedor.
MULTAS:
El adjudicatario será sancionado por el Servicio Salud Talcahuano, con el pago de una multa por atraso
en la entrega de los productos, respecto al plazo de entrega indicado en su oferta.
Tipo de
Infracción
Detalle
Multa a
Aplicar
Máximo
Atraso en la
Entrega de los
Productos
se aplicará por cada día hábil de atraso en la entrega del
producto(s), por razones atribuibles al proveedor adjudicado,
salvo que se trate de caso fortuito o fuerza mayor, la que se
calculará por un equivalente a un 0,1 UF del valor de la Orden
de Compra
0,1 UF 3
Incumplimiento
de Gestion
Administrativa
Incumplimiento y/o retraso en la gestión administrativa
requerida por parte del mandante con el proveedor, para
resolución de problemas de facturación, Notas de Crédito,
despacho, servicios postventa, garantías asociadas a
productos, incumplimiento en las EE.TT. del producto y/o
cambio no informado por el proveedor de marca,
características y/o condiciones del producto adjudicado,
desde enviada la notificación por parte del Ejecutivo de
compra vía correo electrónico
0,2 UF 10
Rechazo de
Orden de
Compra
Rechazo de una orden de compra emitida durante la vigencia
del convenio y que sea rechazada por proveedor adjudicado
sin respaldo o sustentado en deuda vigente de parte del
Servicio de Salud Talcahuano con el proveedor, el proveedor
no podrá rechazar una orden de compra por falta de stock,
daños en el producto o envío de un producto o marca distinta
al producto originalmente adjudicado.
1 UF 20
Factorización no
Informada
En el evento que el proveedor adjudicado celebre un
contrato de factoring o cesión de crédito, y no notifique al
Servicio de Salud o los establecimientos dependientes,
dentro del plazo de 48 horas corridas desde realizadas la
sesión.
1 UF 10
Procedimiento de Aplicación: En cumplimiento con los principios de transparencia y debida defensa, se
seguirá el siguiente procedimiento único:
1. Notificación: Detectada la falta, el Supervisor del Contrato notificará al adjudicatario a través del
Módulo de Gestión de Contratos de www.mercadopublico.cl, detallando la infracción, los hechos y
el monto preliminar de la multa, previo aviso mediante memo del Administrador de Contrato hacia
la jefatura del Departamento de Abastecimiento y Logística.
2. Descargos: El adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación,
para presentar sus descargos a través del mismo módulo de gestión, adjuntando todos los medios de
prueba que estime pertinentes.
3. Resolución: Una vez recibidos los descargos o vencido el plazo sin que se hayan presentado, el SST
tendrá un plazo de 15 días hábiles para dictar la Resolución Exenta que aplique la multa o desestime
el cargo.
4. Recursos: Notificada la Resolución que aplica la multa, el adjudicatario podrá interponer los recursos
de reposición y jerárquico establecidos en la Ley N°19.880, dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la notificación de dicha resolución.
Ejecución y Pago de la Multa
Una vez que el acto administrativo que aplica la multa se encuentre firme y ejecutoriado (es decir,
agotados los recursos administrativos o vencido el plazo para interponerlos), se procederá de la
siguiente forma:
1. Notificación de Pago: El Servicio de Salud Talcahuano notificará al adjudicatario la obligación de
pago, adjuntando la Resolución correspondiente.
2. Plazo y Medio de Pago: El adjudicatario dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para acreditar el
pago de la multa. Este pago deberá realizarse mediante transferencia electrónica a la cuenta
corriente del Servicio de Salud Talcahuano, o bien mediante depósito directo en la cuenta que la
institución designe para estos efectos.
3. Ejecución de Garantías: No aplica para la presente licitación
4. Reposición de la Garantía: No aplica para la presente licitación
Observaciones Técnicas:
- Para el cálculo de las multas, el valor de la UF será el vigente al momento de la notificación de la
infracción.
- Cuando el cálculo resulte en decimales, el monto se redondeará al entero más cercano.
- La aplicación de estas multas no obsta el derecho del Servicio de Salud para perseguir las
indemnizaciones por daños y perjuicios ante los tribunales ordinarios de justicia.
- El Servicio de Salud Talcahuano no podrá proceder al cobro de multas si adeuda al proveedor pagos
devengados de meses anteriores, conforme al Artículo 138 del Decreto N°661.
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TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
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De acuerdo a lo previsto en el artículo 130 Decreto 661/2024. Los contratos administrativos regulados
por la Ley de Compras y su reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas:
1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad
jurídica de la sociedad contratista.
2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en
mora de cumplir sus obligaciones.
3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o
el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a
esta medida.
4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas
o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea
posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento. En tal caso, la Entidad sólo
pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado,
según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad
de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se
apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del Reglamento Decreto
661/2024.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
7. Si durante la vigencia del contrato el proveedor es suspendido, eliminado del registro de
Proveedores del Estado.
8. Si el proveedor una vez notificado de efectuar la devolución de pago indebido, no responde y/o no
efectuada devolución en los plazos establecidos, facultara para realizar termino anticipado y
proceder con el cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato, según corresponda. Además,
será comunicado a DCCP para evaluar situación de su registro de proveedores del Estado, por ser
considerado como una falta grave e incumplimiento al contrato.
9. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas
Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes.
10. La eliminación del Registro de Proveedores será causal de término anticipado de contrato. Los actos
administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de
Información.
11. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
12. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Puesto término anticipado al contrato por alguna de las causales señaladas, con excepción de la indicada
en las letras 11) e 12) anteriores, el mandante cobrará y hará efectiva administrativamente la garantía
de fiel cumplimiento del contrato, sin forma de juicio, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial
alguna, en carácter de cláusula penal, y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su
naturaleza, y sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder en contra del
proveedor, en el evento de que el perjuicio originado, sea mayor al valor de la mencionada garantía.
Del Procedimiento
Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de
incumplimientos contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de
ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre
los hechos que la fundamentan.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días
hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes
que lo fundamenten.
Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida
por medio de una resolución fundada de la entidad licitante.
Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad
licitante tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles administrativos, contados desde la recepción de los
descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total
o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una
resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características
de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado
personalmente o mediante carta certificada.
Recursos: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados
desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar
dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar
todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que
contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los
contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a
terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas
que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la
conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas
de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar
para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para
asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de
licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta
seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que
aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se
relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus
subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
i) El oferente adjudicado, además, se obliga a realizar el pago del registro de Chileproveedores para
quedar hábil como prestador del Estado, mantener sus datos actualizados y efectuar renovación de
está, conforme a lo que determine la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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DESERCIÓN |
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El Servicio de Salud Talcahuano declarará inadmisible la o las ofertas cuando estas no cumplan con los
requisitos establecidos en las presentes Bases. Declarará a si mismo desierta la presente Licitación cuando no se presenten ofertas o interesados; o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los
intereses de este Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por Resolución fundada.
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REVOCACIÓN |
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Se podrá otorgar el estado de "Revocada" en aquellas situaciones donde la Licitación ya está publicada
y, en base a una decisión debidamente justificada, se desiste, no pudiéndose seguir el flujo normal que
conduce a la adjudicación. Este estado es similar al estado "Desierta" pero con la salvedad de que, aun
existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por la entidad licitante con la resolución fundada que así lo autorice y se podrá realizar hasta
antes de adjudicado el procedimiento.
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SUSPENSIÓN |
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Esta instancia procederá cuando el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional
ordenan esta medida. Este estado consiste en congelar el proceso licitatorio por un periodo
determinado de tiempo y posteriormente seguir con el curso normal de la licitación, y podrá aplicarse
desde la publicación hasta la adjudicación.
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RETROTRAER EL PROCESO |
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El Servicio, podrá retrotraer el proceso de adjudicación, cuando se detecte un error en el proceso de
evaluación de la propuesta y/o se detecten errores, vicios u omisiones en la propuesta adjudicada.
Procedimiento Publicar en la Plataforma de Mercado Público, resolución fundada dejando sin efecto la
adjudicación. Ya retrotraído el proceso, se reúne a la comisión evaluadora para realizar un nuevo
proceso de evaluación, para continuar con el proceso de adjudicación. En caso de que se requiera dejar
sin efecto todo el proceso, por errores, vicios u omisiones se revocará la propuesta, con resolución
fundada, se revisará el requerimiento y se levantara un nuevo llamado licitatorio.
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