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1.-
6.3 ANTECEDENTES ECONÓMICOS
- Formulario N°5: Oferta económica. Regirá la evaluación bajo lo indicado en dicho formulario.
Ficha del portal www.mercadopublico.cl
Proveedor deberá indicar el precio neto, en unidad de fomento (UF), para cada uno de los ítems incluido en este formulario.
El monto total ofertado en la Ficha del portal www.mercadopubico.cl deberá ser expresado en Pesos valor neto y debe ser igual al monto consignado en numeral “1.3 Valor formalización oferta económica”, correspondiente al contrato de 24 meses de este anexo, de no coincidir, se considerará como válido lo señalado en Formulario Económico.
2. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de 90 días corridos desde la fecha de cierre de la recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la entidad licitante podrá solicitar a través del portal www.mercadopublico.cl, la prórroga de las ofertas. Si alguno de los proponentes no accediere a esta solicitud, su propuesta no será considerada en el proceso de evaluación y adjudicación y no se le cobrará la boleta de seriedad de la oferta (Si fuese requerida), si el proveedor acepta el plazo de prorroga se somete las condiciones ya establecidas en las bases de licitación.
El plazo de validez de las ofertas será de noventa (90) días corridos contados desde el cierre, Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y el presente reglamento, cobrándose la boleta de seriedad de la oferta (Si fuese requerida).
3. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación (bases administrativas y términos técnicos de referencia), sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases de licitación.
La oferta se declarará Inadmisible en los siguientes casos:
- La no presentación de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
- La no presentación de formularios técnicos y/o económico.
- No presentar Certificado de Iniciación de Actividades en el Rubro de Seguros
- No adjuntar Clasificador de Riesgo entregado por CMF (a Septiembre 2025)
- Si la oferta omite presentación de los Formularios Técnicos
- Si la oferta omite la presentación del Formulario Económico
- Si la oferta carece de algunos de los elementos esenciales como son: precio, plazo de entrega u otros declarados como esenciales por la comisión evaluadora.
- No asistir a la Visita a Terreno Obligatoria
- Si la oferta presentada por el proveedor excede el presupuesto asociado al proyecto considerado por la institución. Cuando el oferente no posea la actividad o giro económico vigente, atingente a los productos o servicios licitados, a más tardar dentro del plazo de cierre.
- No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades (Articulo 58 y 120 del Decreto 661/2024)
- Se declarará inadmisible las ofertas simultaneas, conforme a lo señalado en Decreto 661/2024, Artículo 60.- Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
- Se, evaluará la oferta más conveniente para los intereses del Servicio, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 60, para las ofertas simultaneas de proveedores de acuerdo al Decreto 661/2024
- Se verificará la habilidad de los integrantes de la UTP, se declarará inadmisible si no da cumplimiento a lo establecido en Articulo 182 Decreto 661/2024 a cada integrante de la unión individualmente. La oferta presentada por una unión compuesta por proveedores que no correspondan a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
- De acuerdo a Artículo 48. Decreto 661/2024, inadmisible aquellos oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las demás causales que señala la ley 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, Ley 21.634 que Moderniza Ley de Compras y su reglamento, el Decreto N°661 publicado con fecha 12/12/2024 del Ministerio de Hacienda.
Una vez aceptadas las ofertas en el sistema de información, se efectuará la revisión de las ofertas recepcionadas, aquellas que resulten admisibles, conforme a lo establecido en Bases de Licitación Pública se someterán al proceso de evaluación. Para las ofertas declaradas inadmisibles, su justificación se consignará en el respectivo Informe de Evaluación y no se someterá a proceso de evaluación.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses técnicos y/o económicos.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
4. CONSULTAS Y RESPUESTAS, ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES DURANTE EL PROCESO DE LICITACION
La Unidad Licitante podrá efectuar aclaraciones y/o alcances a las Bases o Ficha de Licitación y demás documentos de la propuesta, antes de la recepción de las ofertas, hasta el día de la fecha indicada en el Calendario de la Licitación como fecha de término de consultas.
Las aclaraciones y/o alcances podrán o no, dar origen a una ampliación del plazo de presentación de las ofertas, según sea su naturaleza y entidad, todo ello de acuerdo a lo que resuelva el Servicio. De verificarse una ampliación, ella será dada a conocer a todos los oferentes mediante una aclaración a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras.
Las consultas que los proponentes deseen formular para la presentación de la propuesta, deberán
efectuarse a través del Sistema de Información, conforme a lo establecido en el Calendario de Licitación de las presentes Bases, en el periodo señalado en etapas y plazos de la ficha Portal Mercado Público, haciendo referencia explícita al punto de las Bases, Especificaciones Técnicas o documentos que la integran y que motiva la consulta. Las respuestas serán también públicas en el Sistema de Información, conforme a las fechas establecidas en el calendario de la Licitación. Posterior a la publicación en el portal, dichas preguntas y respuestas serán aprobadas por el correspondiente Acto Administrativo. (Art. 108 Decreto 661/2024).
Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las aclaraciones y/o respuestas que se emitan en virtud de este procedimiento, las cuales se entenderán que forman parte de la licitación y del contrato para todos los efectos correspondientes.
El Servicio deberá publicar todos los antecedentes relacionados con la propuesta de que se trate, así como informar oportunamente respecto a la actualización de aquellos antecedentes que hayan sido modificados o aclarados.
Contestadas las consultas, efectuadas las aclaraciones, se supone plena comprensión de las presentes Bases Administrativas Formularios y documentos que integran la propuesta. No se dará respuesta a las consultas verbales, telefónicas o efectuadas fuera de plazo o en forma distinta a la indicada anteriormente.
En todo caso las modificaciones que pudieran realizarse por efectos de aclaraciones que se realicen en este periodo deberán ser aprobadas mediante el correspondiente Acto Administrativo, en cuyo caso se considerará una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta efectuada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web.
www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tal modificación, según lo señalado en los Artículos 40 y 36 del Decreto N°661/2024.
5. MODIFICACION DE FECHA DE CIERRE
En caso de modificarse (ampliarse) la fecha de cierre de recepción de ofertas de las presentes bases de licitación, el Servicio de Salud Talcahuano publicara una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando las razones de dicha ampliación.
6. MODIFICACION FECHA DE ADJUDICACION
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl , informando las razones de dicha ampliación.
7. REGISTRO PROVEEDORES DEL ESTADO
Los interesados en participar en esta licitación deberán acreditar encontrarse inscritos en el Registro Oficial de Proveedores del Estado para acreditar su idoneidad técnica y financiera de acuerdo a lo establecido en Articulo N°26 y a su vez dar integro cumplimiento a lo que dispone la Dirección de Compras en el sistema de información, conforme a lo establecido en Capitulo X “REGISTRO PROVEEDORES DEL ESTADO” del Decreto N°661/2024.
Los oferentes deberán velar por mantener documentación actualizada en la ficha de proveedor inscrito y la información deberá actualizarse dentro de los plazos que defina la Dirección de Compras. Efectuar la renovación de inscripción, en los casos que correspondan. Considerando Articulo 153 Decreto 661/2024 que define: “Cuando la Dirección de Compras y Contratación Pública tome conocimiento de que el proveedor no ha actualizado sus datos en forma y plazo, le comunicará tal circunstancia a fin de que este último realice las actualizaciones correspondientes dentro del plazo de cinco días hábiles. En caso de no efectuar la correspondiente actualización dentro del plazo de cinco días hábiles, se notificará al proveedor, el inicio de un procedimiento de suspensión en el Registro de Proveedores.”
Conforme a lo descrito en Articulo 58 y 120 del Decreto 661/2024: “No podrán adjudicarse ofertas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades”
Considerar con la reciente publicación del Decreto 661/2024, en su Segundo transitorio que señala: Los proveedores que a la fecha de publicación del reglamento estén inscritos en el Registro de Proveedores, tendrán un plazo de cuarenta y cinco días corridos para actualizar la declaración jurada a que se refiere el inciso primero del artículo 145 “Proceso de inscripción” de dicho reglamento.
8. COMISIÓN DE EVALUACION Y SUS FUNCIONES
La apertura en el Portal Mercado Publico, y la respectiva evaluación, calificación de las ofertas de manera administrativa, técnica y económica estará a cargo de una Comisión de Evaluación considerando los Artículos 13 y 54 y otras disposiciones sobre la materia contenidas en Decreto N°661/2024, la que estará integrada por los siguientes profesionales del Servicio:
- Referente Técnico Depto. Abastecimiento y Logística
- Enc. Administrativo de Licitación del Depto. de Abastecimiento y Logística
- Jefatura Depto. Abastecimiento y Logística
O quienes lo subroguen o reemplacen legalmente, en caso de fuerza mayor, por determinación de su jefatura directa o de nivel superior.
Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a la administración y siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran.
La ley N°21.634 que moderniza la ley N°19.886 de compras públicas, en su artículo N°35 nonies del capítulo VII donde se señala que los funcionarios y funcionarias que sean parte de Comisiones evaluadoras deberán suscribir una Declaración Jurada en donde indiquen que no tienen conflicto de intereses en el proceso, al mismo tiempo que guardaran confidencialidad del proceso de evaluación. Esta Declaración Jurada se adjuntará en los documentos del proceso de la compra que se publiquen en la plataforma de Mercado Público.
Los miembros de la Comisión Evaluadora conforme a lo establecido en Manual de Procedimientos de Compras de la institución, no podrán:
- Tener contacto con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la Ley 19.886.
- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados, directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la comisión evaluadora.
- Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
La Comisión de Evaluación en conformidad a las atribuciones entregadas por el Mandante de acuerdo al contenido de este capítulo y demás antecedentes de las presentes Bases, queda facultada para:
a. Resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes bases de licitación o ficha técnica del portal www.mercadopublico.cl.
b. Efectuar consultas técnicas a asesores expertos cuyas opiniones o respuestas podrán, o no, ser tomadas en consideración.
c. Solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias, para una correcta evaluación de éstas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del portal www.mercadopublico.cl. Las solicitudes de aclaraciones y sus respuestas se comunicarán a los demás oferentes, sólo para efectos que estos tomen conocimientos de las mismas. El ejercicio de esta facultad no podrá implicar desequilibrios o rupturas del principio de igualdad de los oferentes y se orientará a proporcionar antecedentes para la adecuada evaluación y comprensión de las propuestas.
d. Solicitar a cualquier oferente, que subsane errores menores o aclare los documentos presentados, cuando existan dudas. Estos requerimientos se harán por escrito a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo el oferente dar respuesta en la misma forma, dentro de 48 horas siguientes a la solicitud de subsanación.
e. En caso de falta de algún antecedente administrativo, se solicitará su ingreso a través del portal www.mercadopublico.cl, dentro de las 48 horas posteriores a la consulta.
f. Revisar y estudiar toda la documentación solicitada, evaluar las ofertas técnicas y económicas confeccionando un cuadro comparativo entre los oferentes.
g. Rechazar una o más ofertas, con expresión de causa y sin ningún tipo de indemnización al oferente.
h. Confeccionar y firmar, un “Informe de Evaluación”, el cual considerará en sus análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter administrativo, técnico, legal, económico u otros. Este informe contendrá a lo menos: los hitos más relevantes del proceso de licitación, un cuadro comparativo o evaluativo de las ofertas, y el puntaje o nota final obtenido por cada oferente según la ponderación de la pauta de evaluación, mediante el cual propondrá al Director del Servicio de Salud Talcahuano la adjudicación o rechazo de las propuestas.
i. Desestimar la propuesta de alguno de los oferentes, si de la evaluación se determina que no se ajusta a las necesidades del Servicio, ha incurrido en alguna de las causales para ello o excedieren del presupuesto asignado al proyecto.
9. NOTAS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Para la evaluación de las ofertas la comisión de evaluación ponderará los factores de acuerdo al porcentaje que se indica en la ficha técnica del Portal mercado público y en las presentes Bases, los que serán evaluados según nota de uno (1.0) a siete (7.0), siendo el siete (7.0) la mayor nota de las ofertas. Proceso que estará considerado en el informe de evaluación. Proceso que estará considerado en el informe de evaluación.
N° CRITERIOS DE EVALUACION PORCENTAJES
1 Económico Precio 50%
2 Técnico Experiencia del Oferente 20%
3 Clasificador de Riesgos 20%
4 Administrativo Política de Integridad 3%
5 Comportamiento Contractual Anterior 5%
6 Cumplimiento Presentación de Antecedentes 2%
NOTA: La nota máxima a obtener será de Nota 7.0, mientras que el mínimo aceptado para adjudicar la licitación será de Nota 4.0 (Todo basado en el cálculo de los factores mencionados anteriormente versus su ponderación)
Criterio N°1: Evaluación Económica
Se evaluará el precio con impuesto incluido por el servicio de 01 Empaste, este precio será estipulado por cada oferente en el Portal Mercado Público y el Formulario correspondiente denominado Oferta Económica, el cual será sometido al ejercicio de evaluación una vez que se le hubiese agregado todos los impuestos correspondientes según las condiciones tributarias del oferente. La oferta que presente el menor precio con todos sus impuestos incluidos se calificará con un siete (7), las demás ofertas tendrán su nota de acuerdo al porcentaje de cercanía a la oferta menor:
Criterio N°2: Experiencia del Oferente
Para acreditar la empresa deberá obligatoriamente adjunto Certificado Iniciación de Actividades y se evaluará de la siguiente manera:
Años de Experiencia en el Rubro Nota
Mayor o igual a 5 años 7.0
Mayor o igual a 3 e inferior a 5 años 5.0
Mayor o igual a 1 e inferior a 3 años 3.0
Inferior a 1 año 1.0
Criterio N°3: Clasificador de Riesgos:
Para la evaluación de este criterio, el oferente deberá adjuntar el documento emanado por la Superintendencia de Valores y Seguros, en el que se establezca claramente el clasificador de riesgo establecido para la empresa.
La clasificación será de acuerdo a la siguiente tabla:
Clasificador de Riesgos Nota
Igual o Superior a AA+ 7.0
Igual a AA 5.0
AA- 3.0
A+ 1.0
Inferior a A (No informo o declara) Inadmisible
Criterio N°4: Programa de Integridad
Conforme a Artículo 17, Decreto 661/2024.- Programas de integridad por parte de los proveedores. Los oferentes que contraten con las Entidades deberán acreditar la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación será considerada en un criterio de evaluación en las Bases de licitación. En el caso de Tratos Directos, dicha exigencia deberá incluirse en cláusulas específicas del contrato.
El oferente deberá adjuntar copia del programa de integridad utilizado y acreditar, además, la difusión del mismo a su personal, para esto último podrá presentar copia de correo corporativo de difusión, copia de participación de los trabajadores en charlas o capacitaciones o cualquier otro antecedente que permita acreditar su difusión.
Si los documentos adjuntos en su oferta no contienen la información necesaria para acreditar que cuenta con programas de integridad y fueron difundidos a su personal, serán desestimados y no serán considerados en la evaluación del criterio de “Cumplimiento Programa de Integridad”
Programa de Integridad Nota
Presenta y Declara en Formulario, que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta todos los medios verificadores requeridos. 7.0
Presenta Programa de Integridad en Formulario / No adjunta verificables / No es legible la información /No es posible abrir archivos 4.0
No declara en Formulario /No informa/No es posible comprobar/No es legible la información /No es posible abrir archivos/ Otros 1.0
Criterio N°5: Comportamiento Contractual Anterior
Se calificará de acuerdo a la “Nota comportamiento base” que la empresa tenga en portal www.mercadopublico.cl, en la sección “Registro de sanciones aplicadas al proveedor”. El puntaje se calificará según lo siguiente:
Comportamiento Contractual Anterior Nota
Nota 5 7.0
Nota 4 a 4,99 5.0
Nota 3,99 o menos 1.0
Esta información se recopila en Ficha de Proveedor del portal www.mercadopublico.cl, la nota se califica en base al comportamiento base en el sistema los últimos 24 meses.
Criterio N°6, Cumplimiento En La Presentación De Antecedentes:
Si el oferente ingresa al Portal www.mercadopublico.cl la totalidad de los documentos solicitados en el numerando 5. “DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN” de las presentes bases, a más tardar el día y hora de cierre de la presente licitación, será evaluado con nota 7 (siete). Pero si un oferente omite uno o más de los Antecedentes Administrativos o tienen errores de forma, la Comisión de Evaluación solicitará a través del portal (Foro Inverso) el ingreso de los antecedentes omitidos o la corrección de éstos, dando un nuevo plazo para subsanar, pudiendo optar a una nota de 4 (cuatro). En caso que el oferente no ingresa el o los documentos faltantes o no responde dentro del nuevo plazo la oferta será evaluada con nota de 1 (uno). Sin embargo, si dentro de los documentos faltantes fuera uno o más de los antecedentes técnicos y económicos, la oferta se declarará Inadmisible en forma inmediata por ser imposible de evaluar.
En el caso de presentar antecedentes técnicos o económicos, pero contengan errores de forma, se solicitará la aclaración a través del portal (foro inverso), la falta de aclaración será considerada como no presentación, declarándose la Inadmisibilidad de la Oferta presentada.
La clasificación será de acuerdo a la siguiente tabla:
Cumplimiento de la Presentación de Antecedentes Nota
Ingresa la totalidad de documentos solicitados antes del día y hora de cierre. 7.0
Ingresa documentos omitidos o subsana errores de forma dentro del nuevo plazo 4.0
No Ingresa documentos administrativos faltantes y no responde o subsana errores dentro del nuevo plazo otorgado. 1.0
No Ingresa Antecedentes Técnicos y/o Económicos Obligatorios. Inadmisible
Nota: El puntaje obtenido será multiplicado por el porcentaje asignado a cada criterio de evaluación, para obtener la nota final de cada oferta.
Observaciones Generales:
a) Las empresas podrán salvar errores u omisiones formales, a solicitud de la Institución, y en la medida que no afecte los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, mediante el proceso de aclaración de ofertas, adjuntando lo solicitado a través del portal www.mercadopublico.cl
b) Se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los distintos oferentes, de acuerdo a la evaluación técnica y económica de las ofertas.
c) Será responsabilidad de los oferentes haber proporcionado toda la información que permita efectuar la evaluación de sus propuestas.
10. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES.
En caso de que exista empate entre dos o más oferentes, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje hasta el máximo de decimales posibles durante la evaluación de las ofertas, se privilegiará a quien haya obtenido el máximo puntaje, en orden de prelación sucesiva y excluyente:
- Primero en el Monto Neto de la oferta
- Segundo lugar Clasificador de Riesgo de la Compañía
- Tercer lugar Experiencia del Oferente
- Cuarto lugar, Comportamiento Contractual Anterior
- Quinto Lugar, Política de Integridad
- Sexto, Cumplimiento de Requisitos Formales
En caso de persistir el empate se dirimirá con la oferta que ingresó primero al portal www.mercadopublico.cl considerando en primer lugar fecha y luego hora.
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