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Resolución de Empates |
En caso de empate producto de la evaluación de las ofertas entre dos o más proponentes,
el criterio que definirá la adjudicación será la obtención de mayor puntaje en primera
instancia en el factor “Oferta Económica”; en segundo lugar el criterio “Propuesta Técnica”,
tercer lugar, “Experiencia del proveedor”, cuarto lugar el “desarrollo local”; en quinto
“Cumplimiento de requisitos formales para participar del proceso de Licitación”, en sexto
“Pacto de integridad o cumplimiento normativo compliance” y en séptimo lugar “Enfoque
de género”.
En caso de persistir el empate, se definirá la adjudicación en favor del oferente que primero
haya presentado su oferta en este proceso, según la información que proporcione la
plataforma www.mercadopublico.cl, a través del comprobante de ingreso de la oferta.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PAGO |
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El pago de los servicios se efectuará en un total de 24 cuotas, considerando un presupuesto máximo mensual de $1.250.000.- para todo el período de vigencia del servicio requerido considerando la renovación (24 meses total); renovación que quedará sujeta a lo indicado en la cláusula sexta de las presentes bases. Este pago se realizará previa recepción conforme de los servicios solicitados la que será emitida por la Contraparte Técnica del Departamento requirente de la Seremi, quien certificará la correcta, oportuna y completa ejecución del servicio entregado.
Los informes deberán ser entregados físicamente, impresos por ambos lados, en las dependencias de la Seremi, considerando un envío previo para revisión por correo electrónico.
Para proceder al pago de cada factura, el proveedor deberá adjuntar obligatoriamente los documentos que acrediten el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales respecto del personal destinado a la ejecución del servicio. El incumplimiento de esta entrega facultará a la entidad para retener el pago hasta que se subsane la omisión, para esta acreditación será necesario adjuntar formulario oficial de la Dirección del Trabajo (DT) Certificado F30-1. Es el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales. Este documento acredita que el proveedor no tiene deudas de sueldos ni de cotizaciones con sus trabajadores.
Cualquier retraso o modificación en los plazos de entrega del informe asociado a la entrega del bien/servicio contratado, según lo establecido en las presentes bases, debe informarse a la Contraparte Técnica de la Seremi señalando los motivos y solicitando extensión del plazo de entrega correspondiente, la cual no podrá ser mayor a 10 días hábiles. De lo contrario se aplicarán las multas establecidas en el numeral 25 de las presentes Bases, en la forma que se indica en éste.
Para poder emitir la recepción conforme del servicio, la Contraparte Técnica de la Seremi, deberá revisar en un periodo no superior a 05 días hábiles el informe entregado por parte del adjudicatario/a, el que debe contener todos los medios de verificación que den cuenta de lo indicado en dicho informe, a contar de la fecha de su entrega física debidamente firmada. En caso de que existan observaciones y correcciones reconocidas al trabajo realizado y/o sus adjuntos, estas deberán subsanarse en un plazo máximo de 05 días hábiles desde solicitada la corrección.
Si los servicios son recibidos conforme por el requirente, en calidad y pertinencia local, deberá remitirse el correspondiente formulario de Recepción Conforme y medios de verificación correspondientes, al Departamento de Administración y Finanzas, al Encargado de Compras o la persona designada en su defecto, para adjuntar a la Orden de Compra correspondiente en la opción “Recepción Conforme”.
El documento tributario correspondiente deberá emitirse una vez sea ingresada la recepción conforme en Portal. Cualquier documento tributario que se emita antes de la confirmación por parte del requirente, será reclamado en el Sistema de Gestión de Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE) por el Departamento de Administración, Sección de Pagos.
Posteriormente, se procederá al pago respectivo dentro de los 30 días corridos contados desde la recepción del documento tributario correspondiente, conforme a lo establecido en la Ley 21.131 de 2019.
El documento tributario correspondiente deberá asociarse a la Orden de compra respectiva sin errores tipográficos, de lo contrario será rechaza automáticamente por el Sistema tributario SGDTE, y deberá emitirse de acuerdo con lo siguiente:
Producto: “SERVICIO DE ASEO EN LAS DEPENDENCIAS DE LA SEREMI DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN DE ÑUBLE, PARA LOS AÑOS 2026, 2027 y 2028”
Extendida a:
Nombre: Secretaría Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio de la región de Ñuble.
RUT: 62.000.430-8.
Giro: Administración Pública.
Dirección: Arturo Prat núm. 430, 3er piso, comuna de Chillán.
Teléfono: (56 42) 2219671.
Correo electrónico Encargado de pagos: Cristian.urrutia@cultura.gob.cl
Casilla para envío de factura (formato XML): dipresrecepcion@custodium.com
Para proceder al pago, el proveedor deberá presentar en tiempo y forma los informes y documentación indicada precedentemente.
Ministerio de las
Culturas, las Artes
y el Patrimonio
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Las modificaciones o ajustes en los plazos de entrega no deberán significar en ningún caso una modificación del servicio requerido y de los informes asociados establecidos en las presentes Bases.
IMPORTANTE: LA SEREMI DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO DE LA REGIÓN DE ÑUBLE SOLO PAGARÁ LOS SERVICIOS EFECTIVAMENTE EJECUTADOS, UNA VEZ SEA VISADO EL INFORME FINAL.
a) Se condicionará el pago de los servicios a:
1) La entrega de los informes solicitados.
2) La emisión por parte del departamento requirente, de los respectivos certificados de conformidad, de acuerdo con lo requerido en las bases Técnicas.
3) La emisión del documento tributario respectivo debidamente asociado a la Orden de Compra emitida.
b) Información relevante para considerar:
1) Los servicios detallados anteriormente deberán coordinarse entre la SEREMI de la Región Ñuble y la o el oferente adjudicado.
2) La SEREMI, se reserva el derecho de modificar fechas, horarios, lugares y cantidades, teniendo presente que dichas modificaciones pueden influir en el monto de la contratación, sin exceder la oferta adjudicada y en coordinación con el adjudicatario.
Con todo, dentro del plazo máximo de 08 (ocho) días corridos, contados desde la recepción de la factura la Seremi, a través de su Encargado de Contabilidad y Tesorería, podrá reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de mercaderías o de la prestación del servicio. Dicho reclamo será puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, juntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente, conforme lo autoriza el artículo 3 Nº 2 de la ley Nº 19.983, que regula transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
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RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
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El proveedor adjudicado, será responsable por todo accidente, daño o perjuicio que, durante la vigencia del contrato, y a raíz de su ejecución u omisión, pudiere ocurrir a sus trabajadores, colaboradores, a terceros o a la propiedad privada o pública existente.
El proveedor adjudicado se obliga expresamente a responder y pagar todo daño o perjuicio que se produzca o se ocasione en accidentes de tránsito, trabajo u otros relacionados con el servicio a ejecutar, cualquiera sea la causa, razón o motivo del accidente originado por responsabilidad total o parcial del proveedor. Dicha responsabilidad se extenderá incluso a aquellos casos en que encontrándose asegurado el riesgo respectivo, la Compañía de Seguro retardare el pago, o se negare a pagar los daños resultantes de acuerdo con cláusulas de la póliza u otras normas legales o reglamentarias o a disposiciones internas, comprometiéndose el proveedor a asumir la total responsabilidad en el accidente y a soportar el pago de tales daños o perjuicios, liberando al Ministerio por los hechos que se produzcan y de todo cobro que se le formule.
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SUPERVISIÓN DEL CONTRATO |
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Para los efectos establecidos en estas bases, la Contraparte Técnica será el/la requirente o quien designe la Seremi para esta función. La Seremi, con el objeto de coordinar y supervisar el correcto cumplimiento del contrato por parte del proveedor, tendrá las siguientes facultades:
i. A través de su Departamento de Administración y Finanzas o la unidad, división, sección o departamento que continúe sus funciones:
a. Mantendrá actualizado el archivo con la totalidad de los antecedentes originales del contrato;
b. Aprobará los pagos, previo informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios por parte de la Jefatura de la unidad requirente;
c. En caso de proceder multas, calculará su monto y podrá hacerlas efectivas descontando su cuantía de los respectivos pagos
d. Fiscalizará, previo al pago, el cumplimiento de la normativa laboral mediante la solicitud del certificado de cumplimiento de las obligaciones previsionales y laborales del proveedor, otorgado por la Dirección del Trabajo, junto con la nómina de los trabajadores que intervienen en la prestación del servicio. Tratándose de UTP, cada uno de sus integrantes debe acompañar dicho certificado.
e. En su caso, determinará el término anticipado del contrato, con el mérito del informe de incumplimiento y los antecedentes aportados por el requirente, así como los respectivos descargos formulados por el proveedor.
ii. A través de la Sección Requirente o la unidad, división, sección o departamento que continúe sus funciones:
a. Emitirá el informe de recepción conforme de los bienes y/o servicios por parte del proveedor. Este documento versará sobre el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el proveedor y será condición para la aprobación del pago por parte del Departamento de Administración y Finanzas en conformidad con la letra c) del número que antecede;
b. En caso de incumplimiento del contrato por parte del proveedor, informará y acompañará los antecedentes al Departamento de Administración y Finanzas mediante un informe fundado de incumplimiento de productos y/o servicios;
c. Mantendrá actualizado el archivo con la totalidad de las copias de los antecedentes del contrato.
d. Supervisar, controlar la entrega en tiempo y forma del Servicio y en general actuar como contraparte técnica del servicio requerido.
e. Informar a la contraparte administrativa, el o los incumplimientos de obligaciones de parte del proveedor, mediante informe fundado.
f. En general cualquier acción que implique velar por el cumplimiento del servicio, supervisando directa del cumplimiento del contrato.
iii. A través de su Departamento Jurídico o la unidad, división, sección o departamento que continúe sus funciones:
a. En su caso, determinará la aplicación de las multas que correspondan, con el mérito del informe de incumplimiento y los antecedentes aportados por el requirente, así como los respectivos descargos formulados por el proveedor.
Por su parte, el proveedor designará un coordinador que se relacionará con la contraparte técnica de la Seremi, para coordinar la ejecución del contrato, así como los efectos a que haya lugar con ocasión de su incumplimiento.
La Contraparte técnica designada por la Seremi será responsable de la supervisión directa del cumplimiento del contrato.
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El contrato que se origine como consecuencia de la presente propuesta, tendrá una vigencia de 12 meses, desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe (resolución de adjudicación), renovable por mismo periodo. Dicha vigencia estará sujeta hasta que se cumpla cualquiera de los siguientes hechos:
1. Gasto Total de la Disponibilidad Presupuestaria
2. Cumplimiento del tiempo previsto
La ejecución de los servicios se estima iniciar el 01 de abril del presente año, hasta marzo del año siguiente; renovable por igual período sujeto a modificaciones entrada en vigencia de la Ley N° 21.634.
El contrato podrá renovarse por una sola vez, por un período de 12 meses sujeto modificaciones en razón de la entrada en vigencia de la Ley N° 21634. si una de las partes NO estuviere de acuerdo con renovar, debe manifestar su intención de ponerle término, mediante el envío de carta certificada con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de su vencimiento, para la renovación del contrato la contraparte técnica deberá certificar por escrito la conformidad del servicio”.
Se suscribirá un contrato de prestación de servicios, entre la SEREMI y el oferente que se adjudique la propuesta, siendo el plazo máximo para firmar el contrato de 3 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación al proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl, plazo en el cual, además éste deberá presentar los siguientes antecedentes:
a) Fotocopia de la Escritura pública o documento legal, en que conste la personería del o de los representantes legales del adjudicatario, si procediere;
b) Copia de la Cédula de identidad de su representante legal o persona natural;
c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, Núm. y año), del año, o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días hábiles contados desde la publicación de la Resolución que dispone la contratación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y de Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
d) Tratándose de UTP, deberá acompañar, además, instrumento público o privado de constitución en la que conste el acuerdo de constitución para la ejecución del servicio adjudicado. Sin embargo, si el proceso de compra es igual o superior a 1.000 UTM, el acuerdo deberá formalizarse a través de una escritura pública. Cualquier modificación a las características y composición de la UTP, deberá cumplir con las mismas formalidades llevadas a cabo para su constitución según lo establecido en el Reglamento de la Ley de Compras, Art. 183.
Los antecedentes requeridos en los literales a), b) y c) precedente no se exigirán al adjudicatario que se encontrare registrado oficialmente en el Registro de Proveedores www.mercadopublico.cl siempre y cuando esta documentación se encuentre publicada y que corresponda y sea suficiente para la suscripción del contrato respectivo.
La SEREMI exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar:
1) No encontrarse afecto a la prohibición prevista en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº20.393 y 4º de la Ley Nº19.886, lo cual se verificará con la Dirección de Compras y Contratación Pública, al tenor de lo establecido por el inciso final del artículo 10º de la referida ley.
El contrato que suscriba la Seremi con el adjudicatario estará sujeto a aprobación administrativa mediante resolución de la autoridad competente.
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