Licitación ID: 1057389-69-LE24
CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES
Responsable de esta licitación: SERVICIO SALUD ARAUCANIA NORTE HOSPITAL VICTORIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 41
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Productos o servicios
1
Exámenes médicos 1 Unidad
Cod: 85122201
CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación tiene como objetivo la contratación de análisis e informes de biopsias renales para cubrir la necesidad y demanda del Hospital San José de Victoria.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.229-6
Dirección:
Avda Dartnell N°1100
Comuna:
Victoria
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-01-2025 16:00:00
Fecha de Publicación: 06-12-2024 9:50:00
Fecha inicio de preguntas: 06-12-2024 10:01:00
Fecha final de preguntas: 09-12-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-12-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-01-2025 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-01-2025 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-03-2025 16:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1 ANTECEDENTES GENERALES DE LA EMPRESA
2.- Res 1281 aprueba bases
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS
 
2.- ANEXO 4 PLAZO DE ENTREGA DE RESULTADOS E INFORMES DE BIOPSIAS
 
3.- ANEXO 5 EXPERIENCIA DEL PATOLOGO
 
4.- ANEXO 6 TECNICAS DISPONIBLES PARA BIOPSIAS RENALES
 
5.- ANEXO 7 ANTECEDENTES DE PREPARACION
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 2 CARTA OFERTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Descripción Puntos. Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo. 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 5%
2 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 40%
3 Evaluación técnica Subfactor Puntaje Oferente entrega información que incluya los antecedentes de toma de muestra, preparación, conservación y traslado de muestras 50 No incluye información o entrega parcialmente 0 Experiencia del Patólogo Puntaje Acredita experiencia de 6 años o más 50 Acredita experiencia entre 4 y menos de 6 años 30 Acredita experiencia entre 2 y menos de 4 años 15 Acredita experiencia inferior a 2 años o no acredita 0 40%
4 Ubicación oferente Domicilio del oferente Puntaje Región de la Araucanía 100 Entre región del Biobío y Los Ríos 70 Otras regiones 15 No informa 0 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22.12.999.002.01
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Damaniel Cid Inzunza
e-mail de responsable de pago: damaniel.cid@araucanianorte.cl
Nombre de responsable de contrato: Carmen Sánchez Iturra
e-mail de responsable de contrato: carmen.sanchez@araucanianorte.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2555995-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con la institución contratante.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital San José de Victoria
Fecha de vencimiento: 16-06-2027
Monto: 5 %
Descripción: Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público. Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días hábiles superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. Nota: la fecha de vencimiento señalada es sólo estimativa.
Glosa: De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá ser entregada previo a la confección del contrato. Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato “CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES” ID 1057389-69-LE24”. Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Bases administrativas
1. ANTECEDENTES BÁSICOS DE LA ENTIDAD LICITANTE Razón Social Hospital San José de Victoria Unidad de Compra Hospital San José de Victoria R.U.T 61.602.229-6 Dirección Avda. Dartnell N°1100 Comuna Victoria Región Región de la Araucanía 2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Número de Adquisición 1057389-69-LE24 Nombre de Adquisición “CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES” Descripción La presente licitación tiene por objetivo suscribir contrato para la prestación de servicios de análisis e informes de biopsias renales para cubrir la necesidad y demanda del Hospital San José de Victoria. Tipo de Adquisición Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE) Tipo de Convocatoria Abierta Moneda o unidad reajustable Peso chileno Presupuesto Disponible o Estimado $54.978.000, como máximo disponible para convenio Etapas del Proceso de Apertura Una Etapa Requiere suscripción de contrato Si Toma de Razón por Contraloría No Licitación Contrato de Obra No Publicidad de Ofertas Técnicas Si 3. ETAPAS Y PLAZOS Fecha de publicación Dentro de 5 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución que apruebe el llamado de la presente licitación pública, en el portal www.mercadopublico.cl. Plazo para realizar consultas sobre la licitación Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, dentro de 3 días corridos contados desde la publicación del llamado en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl. Plazo para publicar respuestas a las consultas La entidad licitante pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de 7 días corridos posteriores al vencimiento del plazo para realizar consultas. Fecha de cierre para presentar ofertas 10 días corridos desde el momento de la publicación del llamado, a las 16:00 horas. En todo caso, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 16:00 horas. Fecha de apertura de las ofertas El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las 16:01 horas en el portal www.mercadopublico.cl. Fecha de adjudicación Dentro de los 90 días corridos posteriores a la fecha del acto de apertura de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl. Si por causas no imputables a la Entidad compradora, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, la Entidad compradora publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl en los términos indicados en el artículo 41 del Reglamento de la ley 19.886. Asistir a Reuniones y/o Visitas a Terreno No aplica. Plazo para firma de contrato Dentro de 20 días corridos posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Consideraciones respecto de los plazos de la licitación Los plazos de días establecidos en esta cláusula son de días hábiles administrativos, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos en Chile, sin considerar los feriados regionales. En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes bases serán de días hábiles administrativos, entendiéndose por estos los días comprendidos entre lunes y viernes, ambos inclusive, con excepción de los festivos de carácter nacional, salvo aquellos plazos en los que expresamente se señale que se tratarán de días corridos. Extensión Automática del Plazo de Ofertas No 4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES Preguntas y respuestas Los interesados en participar en la respectiva licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones respecto de las bases y sus anexos dentro de los plazos señalados en la cláusula N° 3 “Etapas y plazos” de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación respectiva. La entidad licitante dispondrá las preguntas y sus respuestas para conocimiento de todos los interesados, través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula citada. Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en la cláusula N°3 de estas bases. Modificaciones a las bases Toda modificación de las Bases Administrativas se sujetará al mismo procedimiento a que está sometida la aprobación de las presentes bases, por tanto, dicha modificación deberá aprobarse mediante resolución exenta. Junto con lo anterior, se deja establecido que las modificaciones sólo serán procedentes hasta antes de cierre de la recepción de ofertas, considerándose un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones acorde con lo dispuesto por el artículo 19 del Reglamento de la Ley 19.886. 5. REQUISITOS MÍNIMOS PARA OFERTAR El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases de licitación. En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta, o bien, se indique el incumplimiento de uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimara la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible. Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP. 6. ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA Anexos Administrativos • Anexo N°1: “Antecedentes Generales de la Empresa”, • Anexo N°4: “Plazo de entrega resultados e informes de biopsias” Nota: - ingresar vía portal Mercado Público. “Declaración jurada simple de inhabilidades” la suministra Portal Mercado Publico. Anexos Económicos • Anexo N°2: Formulário “Carta Oferta”. Nota: ingresar vía portal Mercado Público. Anexos Técnicos • Anexo N° 3: “Especificaciones técnicas”. • Anexo N° 5: “Experiencia del patólogo”. • Anexo N° 6: “Técnicas disponibles para biopsias renales” • Anexo N° 7: “Antecedentes de preparación, toma de muestra, conservación y traslado de muestra, para análisis de biopsia” Nota: Ingresar vía portal Mercado Público. Otros antecedentes a incluir en la licitación • Certificaciones de profesionales según corresponda. • Nomina con anatomo-patólogos y tecnólogos médicos que prestarán el servicio, junto con los respectivos certificados emitidos por la Superintendencia de Salud. • Copia de certificado de seremi de salud para funcionamiento o certificado de acreditación. • Toda la información de los proveedores y que adjunten a su oferta tales como fichas técnicas, resoluciones, certificados, etc. • Se debe adjuntar a la oferta certificado de acreditación y/o resolución sanitaria de funcionamiento. • Certificado de vigencia de personería del representante, emisión no superior a 30 días • Certificado de vigencia de sociedad, emisión no superior a 30 días Nota: ingresar vía portal Mercado Público. 7. FACTORES EXCLUYENTES Serán considerados incumplimientos, los siguientes: • No presentar anexos N° 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de presente licitación aceptando las condiciones técnicas y administrativas solicitadas por el Hospital San José de Victoria, debidamente completados. • No contar con autorización sanitaria correspondiente o certificado de acreditación. • No contar con acreditación de la superintendencia de salud de los anatomo-patólogos y tecnólogos médicos que participen del proceso. • No contar con la totalidad de las técnicas solicitadas en licitación. • No incluir en oferta el retiro y traslado de muestras desde el Hospital San José de Victoria, en caso de que el laboratorio ofertado se encuentre a más de 300 Km., de la institución. • No contar con protocolos de control de calidad internos para los exámenes solicitados y estos deben estar a disposición del Hospital. • Ofertar por sobre el 10% del valor referencial unitario por cada servicio de análisis e informe de biopsia renal. • No cumplir o vulnerar algún precepto de las bases administrativas o anexos. • Tratándose de uniones temporales de proveedores, por la no entrega del documento que formaliza la unión, o en caso de entregarse éste, por no establecerse la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Además, la unión temporal de proveedores no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple al contrato. Se deja establecido que el no cumplimiento total o parcial de cualquiera de los factores excluyentes indicados anteriormente, en cualquier momento de la evaluación de ofertas, será causal para declarar inadmisible la oferta. 8. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO Persona Natural Se requiere estar hábil en Registro de Proveedores. Persona Jurídica Se requiere estar hábil en Registro de Proveedores. Unión temporal proveedores Todos sus integrantes requieren estar hábiles en Registro de Proveedores. 9. CRITERIOS DE EVALUACIÓN (Se considerarán 2 decimales en evaluación) Criterios de Evaluación 7.1 Precio 40% 7.2 Evaluación Técnica 40% 7.3 Ubicación oferente 15% 7.4 Cumplimiento de Requisitos formales 5% 9.1 Precio (40%): El presente criterio de evaluación, cuya ponderación es de 40%, comprenderá como único factor el “Valor Unitario Neto”, este valor debe ser el ingresado en anexo 2 “Carta Oferta” en el cuadro correspondiente y debe coincidir con el ingresado en mercado público. En caso de discrepancia se considerará el valor ingresado en “Anexo N°2”. Para el cálculo de evaluación se asignará a cada oferta un puntaje (evaluación con 2 decimales), que será el resultado obtenido aplicando la siguiente fórmula: Fórmula X= Precio mínimo ofertado * 100/precio oferta X 9.2 Evaluación Técnica (40%): El puntaje del presente criterio corresponderá a la sumatoria de puntajes obtenidos en los siguientes sub criterios: a) Antecedentes de preparación, toma de muestra, conservación y traslado de la muestra para análisis de Biopsia: Cada oferente debe acompañar anexo que incluya indicaciones de preparación, toma de muestra, conservación y traslado de muestras. En caso de que el oferente realice estos análisis e informes en zonas distantes a más de 300 kilómetros de la Ciudad de Victoria, deberá hacerse cargo del traslado de las muestras desde el Hospital, informando de aquello en dicho anexo. Se evaluará de la siguiente manera: Subfactor Puntaje Oferente entrega información que incluya los antecedentes de toma de muestra, preparación, conservación y traslado de muestras 50 No incluye información o entrega parcialmente 0 b) Experiencia del Patólogo: El oferente deberá certificar la experiencia del patólogo en Biopsias Renales, mediante copia de convenios, contratos o certificados, en reparticiones públicas o privadas. Se debe señalar esta información en anexo N° 5. Se evaluará según la siguiente tabla: Experiencia del Patólogo Puntaje Acredita experiencia de 6 años o más 50 Acredita experiencia entre 4 y menos de 6 años 30 Acredita experiencia entre 2 y menos de 4 años 15 Acredita experiencia inferior a 2 años o no acredita 0 Nota: El oferente deberá obligatoriamente adjuntar los documentos que certifiquen la información detallada. (Certificados, copia de contratos, etc) 9.3 Ubicación oferente (15%): Debido a la naturaleza del servicio licitado, se evaluará la distancia de las dependencias donde los oferentes realizarán las prestaciones y el Hospital San José de Victoria, de acuerdo a lo indicado por el proveedor en el Anexo N°2, se le asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla: Domicilio del oferente Puntaje Región de la Araucanía 100 Entre región del Biobío y Los Ríos 70 Otras regiones 15 No informa 0 9.4 Cumplimiento de Requisitos Formales (5%) El presente criterio, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 40º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios es facultativo para el Hospital San José de Victoria el posibilitar a un oferente presentar certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido: i) con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar las ofertas, o ii) se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar las ofertas y el periodo de evaluación, debiendo informarse de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. Lo anterior, solo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, la igualdad de los oferentes, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. Para tales efectos, se le otorgará al proveedor un plazo de 2 días hábiles a fin de que entregue, vía portal web, las certificaciones o los antecedentes requeridos la Comisión de Evaluación, término que comenzará a correr desde que se realice el requerimiento respectivo a través del mismo portal. En virtud de lo anterior, dependiendo de la situación en que se encuentre cada oferente, se asignará a cada oferta por línea de licitación un puntaje, de acuerdo al rango contenido en la siguiente tabla: Descripción Puntos. Oferta presentada no contiene errores u omisiones. 100 Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendadas dentro de plazo. 50 El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo. 0 10. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO Estimación en base a Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE) Publicar Presupuesto Si Moneda Peso chileno. Duración del contrato 24 meses o hasta el término del presupuesto disponible Ejecución del Contrato Contrato de ejecución en el tiempo. Modalidad de Pago 30 días. Fuente de Financiamiento Ítem: 22.12.999.002.01 Nombre Responsable del Pago Damaniel Cid Inzunza Email damaniel.cid@araucanianorte.cl Teléfono 45-2556013 Nombre Responsable Contrato administrativamente Carmen Sánchez Iturra, o quien le subrogue en el cargo de encargada de contratos. Email Carmen.sanchez@araucanianorte.cl Nombre Responsable Contrato Técnicamente Dr. Andrés Arriagada Fuentes, Nefrólogo del Hospital San José de Victoria – Dra. Gracia Regalado De Agreda, Jefe Unidad Anatomía Patológica o quienes les subroguen Email docvalpo@hotmail.com – gracia.regalado@araucanianorte.cl Responsable Proceso licitación Gabriel Garay Pailahueque, o quien subrogue en el cargo de profesional de apoyo abastecimiento gabriel.garay@araucanianorte.cl Nombre Responsable proceso y ejecución administrativa contratación Carlos Medrano Sepúlveda, o quien subrogue en el cargo de ejecutivo de compras, carlos.medrano@araucanianorte.cl 11. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN Prohibición de cesión de contrato y subcontratación El proveedor no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con la institución contratante. 12. NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS 12.1 Garantías de Seriedad de la Oferta No aplica. 12.2 Garantía Fiel Cumplimiento de Contrato (cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales en sus casos). Beneficiario Hospital San José de Victoria Fecha de Vencimiento 60 hábiles días posteriores al término del contrato. Monto 5% del valor total del contrato según la cantidad estimada de prestaciones, el valor adjudicado y los 24 meses de duración del contrato. Glosa De garantía por fiel cumplimiento de contrato, irrevocable, a la vista, pagadera a su sola presentación y sin aviso previo, tomada de preferencia en una institución con sucursal en la ciudad de Victoria. Dicha garantía deberá otorgarse física o electrónicamente, debiendo en este último caso ajustarse a la ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Dicha garantía deberá ser entregada previo a la confección del contrato. Glosa: Fiel Cumplimiento de Contrato “CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES” ID 1057389-69-LE24”. Nota: en caso de entregarse un vale vista, la glosa deberá ser estampada al reverso del documento, o en un documento anexo. Forma y Oportunidad de Restitución Será devuelta a la empresa o prestador adjudicado, una vez finalizado el convenio respectivo. Descripción Este documento deberá ser entregado por la empresa, en un plazo máximo de 10 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación de la presente licitación en mercado público. Este documento deberá tener una vigencia a lo menos 60 días hábiles superiores a la fecha de término del contrato. Se deja establecido que en caso de hacerse efectivas las deducciones sobre aquellas, el contratante deberá reponer las garantías manteniendo siempre su monto y vigencia original. Nota: la fecha de vencimiento señalada es sólo estimativa. 13. RESOLUCIÓN DE EMPATES En caso de empate se establecerán como medio de desempate los mismos criterios de evaluación, los que se aplicarán en el siguiente orden decreciente: Precio, Evaluación Técnica, Ubicación oferente y Cumplimiento de requisitos formales. Si aún con lo anterior no pudiese dirimirse el empate, se considerará la primera oferta realizada el portal www.mercadopublico.cl, según fecha y hora indicada en el acta de comprobante de ingreso de oferta. 14. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN En caso de existir dudas después de la adjudicación se deberán comunicar con Gabriel Garay Pailahueque, Profesional de Apoyo Abastecimiento al fono 45-2555995 o al e-mail Gabriel.garay@araucanianorte.cl, el plazo para realizar estas consultas será de 5 días hábiles administrativos posteriores a la adjudicación de licitación en Portal Mercado Público. 15. ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES Al momento de la apertura de ofertas se revisarán la documentación presentada por los oferentes y en caso de que un proveedor omita algún documento solicitado como “FACTORES EXCLUYENTES” en las presentes bases, su oferta será declarada inadmisible por lo que no será evaluada. 16. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a abstenerse de recibir donativos mientras integren la comisión. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. Como contrapartida, respecto de los miembros de la comisión evaluadora éstos se obligan a no mantener contacto ni sostener reuniones con oferentes, lobbistas o gestores de intereses particulares, mientras integren la comisión, salvo en el caso de actividades previamente contempladas dentro de las bases del procedimiento licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente, por el mero hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que ha analizado y aceptado tanto las bases administrativas, especificaciones técnicas y anexos de la misma, así como las respuestas o aclaraciones efectuadas a las consultas de la licitación, las que se entiende formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales. 8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 17. REQUERIMIENTOS La adquisición a realizar tiene como objetivo la contratación de análisis e informes de biopsias renales para cubrir la necesidad y demanda del Hospital San José de Victoria, lo que, dependiendo de la oferta adjudicada, debe incluir el retiro y traslado de muestras o la recepción. Las exigencias se encuentran individualizadas en las bases administrativas, y demás anexos de la presente licitación pública, las que se entienden formar parte integrante de estas bases para todos los efectos legales. En los casos que corresponda, el proveedor puede presentar más de una oferta. Es obligatorio completar los Anexos respectivos por cada oferta, sin perjuicio que el oferente incluya otra documentación que considere relevante para complementar lo indicado en los citados anexos. 18. REQUISITO GENERAL Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales y/o jurídicas, chilenas o extranjeras cuyo giro social comprenda lo solicitado en las presentes Bases Administrativas, que cumplan con los requisitos exigidos, lo que deberá ser acreditado en su oportunidad, con la documentación correspondiente. No podrán participar en la presente propuesta aquellas personas naturales o jurídicas que se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley 19.886 y artículos 8 y 10 de la ley 20.393. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá sujetarse a lo dispuesto en el artículo 67 bis del DS N° 250 de 2004, que Aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Adicionalmente, se deberá presentar la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, no podrá tener una vigencia inferior a la del contrato, incluyendo la renovación que se contemple. 19. PRECIOS El precio de los exámenes en la(s) Oferta(s) presentadas vía Mercado Público, deben expresarse en pesos, moneda nacional, valores netos Unitarios. Los valores deben coincidir con los ingresados en el portal mercadopublico.cl, en caso de discrepancia se considerará el ingresado en El Anexo N°2 Carta Oferta. Los valores consignados deben considerar cualquier otro costo asociado a las ofertas, lo que incluye los costos directos asociados, aun cuando no esté indicado expresamente en los antecedentes de la licitación por el concepto de la buena fe, por lo que no se aceptará cobro extraordinario por este concepto, el cual deberá ser asumido por el contratista. Lo anterior cobra mayor relevancia tomando en consideración el periodo de consultas y aclaraciones respectivas, dentro del cual el contratista ha tenido el tiempo suficiente de plantear sus dudas. Las ofertas se considerarán con una vigencia mínima de 120 días corridos contados desde la fecha del cierre de presentación de ellas en el portal Mercado Público. La oferta debe ser presentada en español. 20. FINANCIAMIENTO Los fondos destinados al financiamiento de estos servicios se pagarán con cargo a fondos del Hospital San José de Victoria Ítem 22.12.999.002.01 Exámenes. 21. ENTREGAR ANTECEDENTES FÍSICOS O ELECTRÓNICOS Garantía de fiel cumplimiento de contrato. Dicha garantía deberá entregarse física o electrónicamente, según la naturaleza del documento. En caso de entregarse físicamente, ésta documentación debe ser entregada en sobre cerrado, dirigido al Jefe del Sub-Depto. de Abastecimiento, en la Oficina de Partes del Hospital San José de Victoria, ubicada en Avda. Dartnell N° 1100 en la ciudad de Victoria, horario de lunes a jueves hasta las 16:30 hrs., y viernes hasta las 15:00 hrs. La entrega de esta garantía deberá efectuarse dentro de los 5 días hábiles administrativos contados desde la adjudicación de la respectiva propuesta en Portal Mercado Público. La institución no se responsabiliza por ofertas recibidas en condiciones diferentes a las señaladas. Identificación del sobre:  Individualización del oferente.  R.U.T. (no exigible tratándose de uniones temporales de proveedores).  Identificación de la licitación, es decir, “CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES ID 1057389-69-LE24”.  En caso de entregarse la garantía de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, según lo previsto en el inciso segundo del artículo 31 de la ley Nº 19.886. En dicho caso, se deberá adjuntar a los demás documentos integrantes de la oferta a ingresarse en el portal Mercado Público. 22. VISITAS A TERRENO No aplica. 23. APERTURA DE LA LICITACIÓN La presente licitación se realizará en una sola etapa, para lo cual los oferentes deberán presentar en un mismo acto los antecedentes administrativos, oferta técnica y oferta económica, a través del sistema de información. Estas ofertas estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará el oferente adjudicado. 24. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La oferta se declarará inamisible en los siguientes casos:  La no presentación de la oferta económica en el Portal Mercado Público.  La inobservancia de lo señalado en el acápite de factores excluyentes.  Las demás causales que establezcan las presentes Bases Administrativas. La declaración de inadmisibilidad se traducirá en el rechazo de la oferta, a través del sistema de información. 25. ACLARACIÓN DE LAS OFERTAS El Hospital San José de Victoria, podrá solicitar a los oferentes, salvar errores u omisiones formales en la presentación de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información de compras públicas. (Artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886). 26. EVALUACIÓN La evaluación de la propuesta será realizada por una Comisión de Evaluación designada para estos efectos mediante resolución exenta del Director del Hospital San José de Victoria. Su objeto será evaluar las ofertas, aplicando en su cometido tanto los factores excluyentes de licitación así como los criterios de evaluación considerados en la misma. La información alterada, falsificada o incompleta, entregada por el (los) oferente(s), eliminará automáticamente a éste (éstos) de la presente propuesta, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales en que incurra por los perjuicios producidos. La Comisión de Evaluación informará al Director del Hospital de Victoria el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la(s) propuesta(s) más conveniente(s). Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de intereses, obligándose, además, a guardar la confidencialidad respecto del proceso de licitación. Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido en el párrafo anterior, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso licitatorio tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda. Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada. En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y en aplicación del artículo 6° bis del Reglamento de la Ley N°19.886, en concordancia con los artículos 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de interés se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado. Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° bis del Reglamento de la Ley N° 19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable no solo a funcionarios de planta o a contrata, sino también a los contratados a honorarios que excepcionalmente participaren en el proceso, en este caso, como miembros de la Comisión Evaluadora. La comisión evaluadora emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. Por su parte, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación, y para ello, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad o una declaración jurada que contenga un compromiso de confidencialidad en cuanto a las ofertas y antecedentes que no tengan el carácter de públicos, y a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación. En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se Verificará lo siguiente: • Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases. • Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos. Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá: • Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de éstas. • Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas. • Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases. • Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución. • Proponer la adjudicación. Durante el proceso de evaluación la comisión podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación. 27. ADJUDICACIÓN El Director del Hospital adjudicará la propuesta al oferente que cumpla con lo estipulado en las Bases Administrativas y demás antecedentes que la rigen, y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente para el Hospital, según el resultado arrojado en el Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación. En caso contrario, declarará inadmisibles las ofertas o declarará desierta la licitación, todo lo cual se efectuará mediante resolución exenta. Los antecedentes no serán devueltos a los oferentes. Queda estrictamente prohibido a los oferentes consultar o enviar alguna comunicación y/o documento sobre la apertura, evaluación o adjudicación de la propuesta de los productos mientras éste se encuentre en proceso de evaluación y de adjudicación, salvo que la Comisión de Evaluación lo solicite expresamente, de conformidad a lo establecido en las presentes bases. En el caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes bases de licitación, el Hospital San José de Victoria, publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso. 28. INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE PROVEEDORES En caso que el adjudicatario no esté inscrito en Registro de Proveedores, o su inscripción no esté vigente, o figure con la calidad de “inhábil” para contratar con el Estado, se le concederá un plazo de 10 días hábiles para regularizar su situación en Registro de Proveedores, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación (una vez trascurridas 24 horas desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal Mercado Público). En caso contrario quedará inhabilitado de contratar en esta licitación, entendiéndose que se desiste de su oferta. Lo anterior facultará al Hospital San José de Victoria para no suscribir el contrato, si éste procediere, y adjudicar al segundo mejor oferente, si lo hubiere, además de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta. En caso de ser el adjudicatario una unión temporal de proveedores, cada uno de sus integrantes deberá estar inscrito en calidad de “hábil” en Registro de Proveedores. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la unión temporal de proveedores, o no encontrarse inscrito o con su inscripción no vigente, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes hábiles de la misma, o desistirse de su participación en el respectivo proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis inciso penúltimo del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 29. ANTECEDENTES A ENTREGARSE PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO A) Garantía de fiel cumplimiento del contrato: en los términos señalados en el acápite “NATURALEZA Y MONTOS DE LAS GARANTÍAS”, sub-acápite “garantía fiel cumplimiento de contrato”. B) En caso de que el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, se deberá entregar el documento o acuerdo que formaliza la unión mediante escritura pública (como documento para contratar en adjudicaciones sobre las 1.000 UTM). En caso de no entregarse los antecedentes señalados, el adjudicatario no podrá contratar con la Administración del Estado, entendiéndose que se desiste de su oferta. En dicho supuesto, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y se procederá a readjudicar la contratación. Si el oferente es persona natural, deberá acompañar fotocopia de su cédula de identidad por ambos lados, y Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. Si el oferente no es persona natural, deberá acompañar: 1. Certificado de vigencia de poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencias indicados. 2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no mayor a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, considerando la vigencia ya señalada. 3. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. 30. FIRMAS Y GASTOS DEL CONTRATO La empresa adjudicada deberá suscribir un contrato, cuya(s) firma(s) de su(s) representante(s) legal(es) deberá(n) autorizarse ante Notario Público o mediante firma electrónica avanzada y devolver el contrato firmado en duplicado dentro de los diez días corridos siguientes a la fecha de recepción del mismo, para su aprobación mediante resolución exenta. El contrato deberá enviarse por el Hospital dentro de los 10 días corridos siguientes, desde la Recepción de la Garantía de Fiel cumplimiento. Se entenderá entregado el contrato por parte del Hospital al proveedor transcurrido 24 horas desde su envío al e-mail señalado por éste en Anexo Nº 1. El Hospital San José de Victoria dictará la correspondiente resolución exenta aprobatoria del contrato en cuestión. Todos los gastos notariales serán de cargo exclusivo de la empresa. 31. READJUDICACIÓN En caso que el adjudicatario: i) No regularice su situación en el Registro de Proveedores para figurar como “hábil” en dicho registro en el plazo señalado en el acápite “INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE PROVEEDORES” (si no figura inscrito en Registro de Proveedores, o su inscripción no está vigente, o figure como “inhábil” para contratar con el Estado); ii) O no suscriba o entregue el contrato respectivo dentro del plazo establecido en el numeral 29 de las presentes bases de licitación; iii) Si no hace entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato dentro del plazo establecido en bases; iv) Que el proponente se desista de su oferta; v) Si la unión temporal de proveedores se desistiera de la contratación en el evento de que alguno de sus integrantes estuviera inhábil en Registro de Proveedores, o tratándose de adjudicaciones superiores a las 1.000 UTM no entregase el acuerdo en cuestión mediante escritura pública como documento para contratar; el Hospital San José de Victoria podrá readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias de las presentes bases. En el caso que se presente respecto del proponente readjudicado las mismas circunstancias descritas anteriormente, se podrá volver a readjudicar al oferente que le sigue en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, y así sucesivamente. La presente facultad de readjudicar se podrá efectuar dentro del plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal Mercado Público. 32. DE LA CONTRATACIÓN DE LOS TRABAJADORES. No aplica. 33. RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL PROVEDOR El proveedor o adjudicatario será el único responsable y deberá de sujetarse a las normas legales, reglamentarias o administrativas, así como a las disposiciones establecidas al efecto por “El Hospital”. “El adjudicatario” será responsable de los daños y perjuicios que cause “ al Hospital” o a terceras personas, con motivo de la ejecución del suministro por no ajustarse a lo estipulado en el contrato, por inobservancia de las instrucciones que por escrito le haya dado “el Hospital” o por violación a las leyes o reglamentos aplicables. 34. DE LA CONFIDENCIALIDAD Atendida la naturaleza de las acciones que se otorgarán, queda expresamente establecido que todos los antecedentes a que accede el proveedor para el desarrollo y ejecución del suministro son confidenciales por estar cautelados por las normas que avalan la protección de la intimidad, razón por la que el Adjudicatario se obliga a mantener en la más estricta reserva todos y cada uno de ellos. Por ende, queda estrictamente prohibido transmitir, o difundir, o reproducir cualquier información a que se acceda a toda persona, natural o jurídico, que no sea el Hospital San José de Victoria. El Adjudicatario se asegurará que sus trabajadores cumplan con este artículo de confidencialidad. La obligación de confidencialidad se mantendrá vigente luego del término del contrato. 35. EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA El Hospital San José de Victoria generará durante el periodo contratado las órdenes de compra respectivas, las que se emitirán una vez firmada resolución que apruebe contrato. Se entenderá notificada al proveedor transcurridas 24 horas desde su publicación en www.mercadopublico.cl. El proveedor adjudicatario deberá ACEPTAR la orden de compra emitida a su favor. En caso que la orden de compra no haya sido aceptada, el Hospital podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud (artículo 63 incisos 1° y 2° del Reglamento de la Ley Nº 19.886. En caso de esta orden de compra no ser aceptada por proveedor, el Hospital no puede generar recepción conforme en plataforma ACEPTA, lo que provoca el rechazo automático de la facturas asociadas. 36. COORDINACIÓN Y RECEPCIÓN Al inicio de vigencia del convenio el adjudicatario deberá hacer envío de, a lo menos, un kit con todos los elementos necesarios para una correcta realización del servicio y reponer este kit cada vez que sea utilizado, manteniendo permanente stock para las necesidades del Hospital. La coordinación de envío y recepción de las muestras estará a cargo de unidad de anatomía patológica del Hospital San José de Victoria. Las muestras serán retiradas por el proveedor adjudicado o despachada por el Hospital con su respectiva interconsulta u otra documentación que especifique el contenido de la encomienda enviada, datos de paciente y cualquier otra información necesaria para la correcta prestación de servicios. El responsable técnico del contrato o en su defecto la unidad de anatomía patológica, deberá corroborar que los informes enviados por el proveedor contengan el contenido mínimo indicado en anexo N°3. Mensualmente el proveedor deberá hacer envío mediante correo electrónico a referente técnico del contrato y la unidad de anatomía patológica con la totalidad de exámenes recepcionados y enviados. El plazo máximo para entrega de los informes será el establecido en anexo N°4 “PLAZO DE ENTREGA DE RESULTADOS E INFORMES DE BIOPSIAS” y en el contrato respectivo, la entrega será a través de correo electrónico a dirección a convenir entre proveedor adjudicado y responsable técnico del contrato. La negativa sin causa justificada, para prestar el servicio contratado, por hecho o circunstancia no imputable al Hospital de Victoria, da derecho a este último para poner término anticipado ipso facto al convenio, de manera unilateral, sin necesidad de requerimiento judicial alguno. Además, procederá el cobro de la boleta de garantía correspondiente. 37. MULTAS En caso que el contratante no suministre el servicio, según lo dispuesto en las bases administrativas, técnicas y detalles entregados en su oferta, el mandante cobrará una multa por incumplimiento, la cual se podrá aplicar en los siguientes casos: a. Multa por atraso en la entrega de informes: El adjudicatario será sancionado con una multa del 10% del valor bruto a pagar del informe respectivo, por cada día de atraso según lo informado en anexo N°4 “PLAZO DE ENTREGA DE RESULTADOS E INFORMES DE BIOPSIAS” con un tope al décimo día de atraso, tras dicho plazo se configura una sanción por no entrega. b. Sanción por no entrega: Transcurrido el plazo de atraso en entrega de informes, y sin mediar comunicación al referente técnico de licitación manifestando los motivos fundados del no envío, se sancionará con una multa del 10% del total mensual a facturar en el mes de incurrida la falta. c. Sanción por informe incompleto o erróneo: En la eventualidad de recepcionarse informes que no cumplan con el mínimo del contenido exigido o bien con errores imputables al proveedor adjudicado, se procederá al descuento del 50% del valor del examen en cuestión además de la obligación de hacer envío de un nuevo informe de examen. d. Sanción por perdida de muestra: En caso de que el proveedor adjudicado se ubique a más de 300 kilómetros de distancia del Hospital San José de Victoria, tendrá a su cargo el retiro y traslado de las muestras a analizar por lo que en caso de incurrir en el extravío de éstas se le sancionará con el cobro del total de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y el Hospital San José de Victoria estará facultado a dar por terminado anticipadamente el contrato suscrito. e. Sanción por retiro de muestra fuera de plazo: En caso que el laboratorio del proveedor adjudicado se ubique a más de 300 Km., del Hospital San José de Victoria, le corresponderá realizar el retiro y traslado de muestras. De producirse atrasos en el plazo pactado, el Hospital sancionará al proveedor con una multa del 10% del valor del examen en cuestión por cada hora contada de atraso, con un tope de 6 horas contadas desde el horario pactado, tras ello se configurará un incumplimiento grave. f. Sanción por informes realizado por personal no informado. En caso de que el proveedor adjudicado presente informes realizados por profesionales no indicados en anexo 5 y no habiendo sido comunicado y autorizado por alguno de los referentes técnicos de licitación, se sancionará al proveedor con un descuento de un 50% del valor total del respectivo examen. g. Incumplimientos graves: • No hacer entrega de informes en los plazos ofertados en anexo 4, incluyendo el plazo máximo de tope indicado en letra a “multa por atraso en la entrega de informes”. • No realizar retiro de muestras en el plazo indicado en anexo 4, incluyendo plazo máximo de tope indicado en letra e “sanción por retito de muestra fuera de plazo”. • Entregar informes realizados por anatomo-patólogos no indicados a través de anexo 5. La concurrencia de tres incumplimientos graves facultará al Hospital San José de Victoria a efectuar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y podrá unilateralmente dar por terminado de forma anticipada el contrato suscrito. Las multas serán aplicadas mediante un acto administrativo notificado al proveedor al correo electrónico señalado como medio válido de comunicación y notificación en el anexo 1. El Hospital podrá hacer efectiva la multa descontándola del pago que proceda hacer a la empresa, si se encontrare pendiente, o también podrá ser pagada por el proveedor adjudicado mediante depósito bancario en una cuenta corriente del Hospital dentro de tercer día hábil desde la notificación del acto administrativo que aplica la multa. En caso de no verificarse el pago dentro de dicho plazo, se realizará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Sin perjuicio de lo anterior en la resolución que ordena proceder al cobro de la multa, podrá especificar modalidades de pago. Procedimiento cobro de Multa: Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al cobro de multas, lo cual informará alguno de los responsables de la respectiva licitación por escrito al responsable administrativo del contrato, quien a su vez informará al Jefe de Abastecimiento del Hospital el cual procederá a notificar de ello al proveedor mediante oficio remitido al correo electrónico señalado por éste en su oferta (Anexo N° 1), en el cual se establecerán los motivos que inician el proceso de aplicación de multas. Se entenderá notificado el proveedor una vez transcurrido el plazo de 24 horas desde la fecha de envió del correo electrónico. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el director del Hospital resolverá la aplicación o no de la(s) multa(s), de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas y a su vez notificada al correo electrónico del proveedor (indicado en anexo 1) en la misma fecha de la publicación en el www.mercadopublico.cl, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 38. PAGO Y FACTURACIÓN El Hospital San José de Victoria procederá al pago mensual, dentro de los 30 días siguientes de la recepción conforme de las facturas. Se pagarán solamente aquellos servicios que se encuentren debidamente acreditados y recibidos conforme. El proveedor deberá presentar la respectiva Factura o boleta de honorarios por los servicios prestados luego de tener visto bueno de la recepción conforme de dichas prestaciones, a: Nombre: Hospital victoria. RUT: 61.602.229-6 Domicilio: Avda. Dartnell Nº 1100 Giro: Salud. Al emitir la factura, el proveedor deberá indicar en el campo correspondiente (801) y de forma correcta la orden de compra asociada, de lo contrario esta factura será observada por plataforma ACEPTA. - Campo 801 “Folio de Referencia" informar OC sin anteponer números ni palabras : 1057389-xx-202x - Enviar archivo XML a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com De conformidad al artículo N° 8 de la Ley de Presupuesto 2024 que dice que: “Todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado durante el año 2024, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos”, el proveedor deberá indicar en el Anexo N° 1 los antecedentes necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la legislación vigente. De conformidad al artículo 3 Nº 2 de la Ley Nº19.983, se podrá reclamar del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días, contados desde su recepción por parte del Hospital. Si el contratista celebra un contrato de factoring o una cesión de crédito, este deberá ser notificado al Hospital Victoria dentro de las 48 horas siguientes a la de su celebración. Además, sólo se pagarán los contratos de factoring o de cesión de crédito efectuado por el contratista cuando no existan obligaciones o multas pendientes. Sin embargo, y en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.983, tratándose de facturas emitidas como documento electrónico en conformidad a la ley por un contribuyente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos, la cesión del crédito solo podrá efectuarse por medios electrónicos y se pondrán en conocimiento del Hospital Victoria mediante su anotación en un registro público electrónico de transferencias de créditos contenidos en facturas electrónicas que llevará el Servicio de Impuestos Internos, entendiéndose puesta en conocimiento del Hospital Victoria el día hábil siguiente al que figure anotada en el mencionado registro. En el caso de generarse montos pagados en exceso, el Hospital de Victoria a través de la Unidad de Contabilidad procederá a notificar al/los adjudicatarios/s mediante correo electrónico, requerimiento de devolución de fondos indicando el detalle del Documento Tributario Electrónico involucrado, la cuenta corriente correspondiente, y que el monto debe ser devuelto en un plazo de 5 días hábiles. En el caso de no proceder a la devolución en un plazo de 5 días hábiles, se notificará mediante carta certificada ampliando el plazo de devolución en 3 días hábiles. Si finalmente el monto no es reintegrado se iniciará el proceso de cobranza extrajudicial o judicial si corresponde”. 39. VIGENCIA DEL CONTRATO La vigencia del Contrato comenzará a regir una vez publicada en Portal Mercado Público la resolución que aprueba contrato, y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta que se agote el presupuesto asignado a la presente licitación, lo que ocurra primero. 40. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO El contrato celebrado entre las partes, podrá terminarse anticipadamente por alguna de las siguientes causas: • Resciliación o mutuo acuerdo: Las partes podrán poner término anticipado al contrato, de común acuerdo, en forma anticipada, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que no producirá sus efectos antes de 30 días de suscrito. • Unilateralmente por el Hospital San José de Victoria: Podrá unilateralmente declarar el término anticipado del contrato, en forma inmediata, sin indemnización alguna a favor de la contraparte, en los casos que a continuación se detallan, pudiendo en su caso, hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes: a. Si el proveedor fuera condenado por algún delito que tuviera pena aflictiva o tratándose de una empresa, sus socios, o en el caso de una sociedad anónima, alguno de los miembros del directorio o el gerente. También en caso que la empresa fuese condenada por aplicación de los artículos 8 y 10 de la ley Nª 20.393 que establece la responsabilidad legal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. b. Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c. Disolución de la empresa contratista y no tuviese continuador legal. d. Si el proveedor delega, cede, aporta o transfiere el presente convenio a cualquier título o efectúa asociaciones u otorga concesiones o subconcesiones. e. La aplicación de tres o más multas según el cuadro “Aumento de Plazo y Multa”. f. Por situación sobreviniente, consistente en orden o instrucción de una autoridad u organismo respecto del cual el Suministro dependa o deba acatar sus instrucciones, tales como el Ministerio de Salud, Contraloría General de la República, entre otras. En estos, se pondrá término al contrato en la oportunidad establecida por la entidad respectiva y sin derecho a indemnización. g. Registrar, a contar de los 6 meses de vigencia del convenio, saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años de acuerdo a la legislación vigente. h. Que el proveedor se encuentre incorporado en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, y no subsane dicho incumplimiento en el plazo de 15 días desde que es requerido por escrito. i. Incumplimiento grave de obligaciones, tales como, fallas reiteradas en la prestación de servicios, es decir, atrasos en la entrega de informes, informes erróneos y retiros fuera de plazo, en caso de corresponder. Y no realización de los servicios pactados, según lo detallado en numeral 36 de las presentes bases de licitación. j. Cuando las bases administrativas así lo ordenen, según los casos. k. Por algunas de las causales establecidas en el artículo 13° de la ley N° 19.886, y en su reglamento, artículo 77°, no contar con la autorización mediante resolución de ISP. l. Si el adjudicatario no cumple con el pago de la respectiva multa. m. Si el monto total de las multas acumuladas aplicadas por resolución supera el 2% del monto total del contrato. n. El proveedor no podrá subcontratar, ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y del respectivo contrato que se celebre con la institución contratante. En caso de transgredir lo anterior, el Hospital San José de Victoria podrá dar termino anticipado al contrato suscrito. o. También se podrá poner término anticipado al contrato cuando se agote el presupuesto asignado para la presente licitación. Será facultad privativa del Hospital, en los casos anteriores y demás contemplados en la ley, decidir el término anticipado del contrato, y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato. Una vez que se hubiere configurado la situación que habilite al término anticipado del contrato, se procederá a informar de ello al proveedor mediante oficio emanado del director del Hospital, en el cual se establecerán los motivos que dan pie para término anticipado del contrato. Dicho oficio le será remitido al proveedor mediante correo electrónico, según lo informado por el proveedor a través de su Anexo N°1. Se entenderá notificado el proveedor al día hábil siguiente del envío del correo electrónico, si este plazo ocurriese en un día inhábil se prorrogará hasta el día siguiente hábil. Una vez notificado, el proveedor tendrá un plazo de 3 días hábiles administrativos para que manifieste sus descargos en relación al eventual incumplimiento. Con la respuesta del proveedor o sin ella, el Director del Hospital resolverá, de lo cual se dejará constancia a través de la correspondiente resolución exenta, la cual se pronunciará sobre los descargos, si existieren, y será publicada en el sistema de información de compras públicas, notificándose también al proveedor mediante correo electrónico proporcionado por e mismo en el anexo N°1, procediendo a dicho respecto los recursos dispuestos en la ley N° 19.880 que rige los actos de los órganos de la administración del Estado. 41. MODIFICACIÓN DE CONTRATO El contrato podrá ser modificado en todo o en parte, por acuerdo de ambas partes, según las causales establecidas en el artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y 13 de dicho cuerpo legal, además de las otras que se encuentren previstas en las presentes bases administrativas. Sin embargo, tratándose de las causales de modificación contractual contenidos en los numerales N°1 (Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes) y N°6 (las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato) del artículo 77º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, dicha modificación de contrato deberá cumplir con los siguientes supuestos: i) no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes; ii) no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originariamente pactado (artículo 77° inciso final del reglamento de la ley N° 19.886). Debido a la naturaleza del servicio licitado, las partes deberán suscribir una modificación al contrato primitivo en la eventualidad que existan modificaciones legales al ingreso mínimo legal mensual durante la vigencia del convenio, que impliquen un reajuste en los valores de salario mínimo a trabajadores de proveedor adjudicado, y que por consiguiente, modifiquen el valor mensual de la oferta que resulte adjudicada. Dicha modificación no podrá aumentar el monto del contrato original en más de un 30%. 42. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD Se deja expresamente establecido que el Hospital San José de Victoria no tendrá ninguna relación laboral y, por lo tanto, no asume ninguna obligación ni le cabrá responsabilidad alguna respecto, del personal que el Prestador contrate o destine para el otorgamiento de los suministro materia de esta licitación, especialmente en lo relacionado con aspectos laborales y previsionales, siendo tales obligaciones de exclusiva responsabilidad y cargo del aludido Prestador, quien otorgará las Prestaciones bajo su propia responsabilidad y riesgo. 43. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS Cualquier diferencia en la interpretación de estas Bases Administrativas será resuelta por el Hospital San José de Victoria a través de su Jefe de Abastecimiento, o quien lo subrogue, en colaboración con el Asesor Jurídico, sin perjuicio de las facultades que a este respecto posee la Contraloría General de la República. 44. DOMICILIO DEL PROPONENTE U OFERENTE. Para todos los efectos legales de esta licitación, los oferentes fijan su domicilio en la ciudad de Victoria, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de sus tribunales de Justicia. 45. PROBIDAD Entiéndase incorporadas en las presentes Bases, todas las normas sobre PROBIDAD ADMINISTRATIVA establecidas en las leyes 18.575, 18.834 y 19.653 y la siguiente disposición expresa, dispuesta por el Ministerio de Salud: “Está prohibido aceptar, en beneficio del Hospital, cualquier donación que, por sus características de monto, tiempo, lugar o cualquier otro indicio, pueda estar asociada a alguna negociación con el donante”. La presente Licitación, se regirá por lo establecido en las presentes Bases Administrativas y técnicas, por las especificaciones técnicas, y en lo no regulado por dichos documentos, por lo dispuesto en la Ley 19.886 y su Reglamento. 46. PRODUCTOS Y/O SERVICIOS REQUERIDOS LÍNEA DESCRIPCION PRODUCTO 1 CONTRATACION ANALISIS E INFORMES BIOPSIAS RENALES 47. ANEXOS Archivo Descripción ANEXO 1 ANTECEDENTES GENERALES DEL OFERENTE ANEXO ADMINISTRATIVO ANEXO 2 CARTA OFERTA OFERTA ECONOMICA ANEXO 3 ESPECIFICACIONES TECNICAS ANEXO TECNICO ANEXO 4 PLAZO DE ENTREGA DE RESULTADOS E INFORMES DE BIOPSIAS ANEXO TECNICO ANEXO 5 EXPERIENCIA DEL PATOLOGO ANEXO TECNICO ANEXO 6 TECNICAS DISPONIBLES PARA BIOPSIAS RENALES ANEXO TECNICO ANEXO 7 ANTECEDENTES DE PREPARACION ANEXO TECNICO 48. La publicación de las bases administrativas en el portal www.mercadopublico.cl, se efectuará una vez aprobadas por resolución exenta. Las preguntas, respuestas y aclaraciones de la presente licitación se realizarán de acuerdo al calendario publicado a través del foro inverso disponible en la plataforma electrónica del portal Mercado Público. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay duda referente al contenido de los antecedentes del proyecto y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos por parte de los oferentes y del que resulte ser contratista. La fecha de cierre de recepción de ofertas se realizará en la fecha y hora consignadas en el cronograma de licitación. II. DESÍGNASE como RESPONSABLE TÉCNICO DEL CONTRATO, a Dr. Andrés Arriagada Fuentes, Nefrólogo del Hospital San José de Victoria – Dra. Gracia Regalado De Agreda, Jefe Unidad Anatomía Patológica o quienes les subroguen. III. DESÍGNASE RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, a Srta. Carmen Sánchez Iturra, funcionaria encargada de contratos del Hospital San José de Victoria o quien lo subrogue. IV. DESIGNASE ENCARGADO DEL PROCESO LICITATORIO, A D. Gabriel Garay Pailahueque, Profesional de apoyo del dpto. Abastecimiento, Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. V. DESIGNASE ENCARGADO DE LA GESTION OPERATIVA DEL CONTRATO a D. Carlos Medrano Sepúlveda ejecutivo de compras, Hospital San José de Victoria o quien le subrogue. IV. IMPÚTASE el gasto que irrogue la presente licitación con cargo al Ítem 22.12.999.002.01 VI. PUBLÍQUESE el llamado a propuesta pública en el sistema de información de compras públicas. ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.